1. Introducción
El acceso a agua potable y saneamiento se consideró esencial para dar cumplimiento a las recomendaciones de las autoridades a nivel mundial ante la Emergencia Sanitaria por COVID-19. Bajo esas directrices, la Presidencia de Colombia declaró Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica -EEESE- en todo el territorio nacional a través del Decreto 417 (Presidencia de Colombia, 2020), con ello las entidades correspondientes emitieron las medidas necesarias para la prevención y mitigación para contener la propagación del COVID-19.
Dentro de las orientaciones se señaló que el agua debe ser en cantidad suficiente y calidad adecuada, resaltando la primordial importancia de garantizar la operación y mantenimiento ininterrumpida de los sistemas de abastecimiento de agua y saneamiento (Organización Mundial de la Salud [OMS] y UNICEF, 2020), evidenciando la importancia del agua para consumo humano para afrontar la emergencia sanitaria y con ello de las organizaciones que proveen este servicio, entre ellas las Organizaciones Comunitarias Gestoras del Agua y el Saneamiento, OCGAS.
Las OCGAS, conocidas en Colombia como acueductos comunitarios, no sólo han garantizado el acceso al agua durante el COVID-19, sino que lo han venido haciendo desde mucho tiempo atrás en las zonas rurales y periurbanas del país. Estas organizaciones de acuerdo con la Corte Constitucional de Colombia (2016) están
Constituidas para la gestión del agua principalmente en zonas rurales, autorizadas por la Constitución para prestar el servicio. Funcionan con base en un proceso participativo de la comunidad, que se involucra en el manejo de los recursos hídricos y en el suministro del recurso vital a los usuarios de una zona determinada. Constituyen una materialización de los principios de participación ciudadana en la toma de decisiones de su interés. (Sentencia T-245/16)
De acuerdo con la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios [SSPD] (2006), en el país se estima que existen alrededor de 12.000 de estas organizaciones, cifra que puede ser mucho mayor dado que “en Colombia hay 1.102 municipios con aproximadamente 30.000 veredas, en las cuales puede existir más de un prestador” (Moreno-Méndez, 2020, p. 34).
La manera en que podrían verse afectadas estas organizaciones, motivó la realización de la investigación Retos y oportunidades de la Gestión Comunitaria del Agua (GCA), en la ruralidad de la Cuenca Alta del Río Cauca (CARC), bajo la pandemia del COVID-19, que tuvo como objetivo general el mismo título de la investigación y como objetivos específicos, describir el marco normativo para la atención de la emergencia del COVID-19 del sector de agua y saneamiento (AyS) en Colombia e identificar las problemáticas que enfrentan las OCGAS durante COVID-19.
La investigación correspondió a un ejercicio colaborativo entre la Asociación de Organizaciones Comunitarias Prestadoras de Servicios Públicos de Agua y Saneamiento de Colombia [AQUACOL], la Federación de Organizaciones Comunitarias Prestadoras de Servicios Públicos Domiciliarios Rurales del Valle del Cauca [FECOSER], -organizaciones de segundo nivel que agrupan OCGAS- y el Instituto Cinara de la Universidad del Valle.
La literatura que relaciona la GCA y el COVID-19 es escasa. Aunque, la búsqueda en Google Scholar identificó el gran volumen de literatura producida sobre el COVID-19 en sí mismo, los estudios donde se aborda la relación entre GCA y COVID-19, se reducen a 38 y de estas publicaciones sólo 2 se centran en dicha relación. Los 36 documentos restantes hacen alusión a los impactos de cambio climático en los recursos hídricos, los usos del agua durante la pandemia e impactos en la calidad del agua, las amenazas ecológicas y climáticas en contextos específicos y la GCA como una alternativa a nivel local frente a estas situaciones.
Los dos textos que estudian la relación entre GCA y COVID-19, se desarrollan con base en experiencias de países Latinoamericanos, específicamente Costa Rica y Colombia. El primero, un artículo titulado Providing access to clean water despite climate change and COVID-19 escrito por Zhongming, Linong, Wangqiang y Wei (2021), analiza el papel de las OCGAS en Costa Rica para la garantía del acceso al agua en contexto del cambio climático y el COVID-19.
El segundo, un capítulo de libro titulado El suministro de agua a nivel comunitario en Colombia en tiempos de pandemia, escrito por Roca-Servat, Botero-Mesa y Correa-Zuluaga (2020), analiza la respuesta de las OCGAS que hacen parte de la Red Nacional de Acueductos Comunitarios de Colombia en el contexto de pandemia. Este capítulo de libro da cuenta de los resultados de la investigación realizada por la Red Nacional de Acueductos Comunitarios de Colombia en alianza con la Universidad Pontificia Bolivariana, titulada La Gestión comunitaria del agua en Colombia en tiempos de pandemia COVID-19 (Red Nacional de Acueductos Comunitarios de Colombia, 2020a) teniendo como propósito entender las prácticas y desafíos de la GCA en Colombia en el marco de la pandemia ocasionada por el virus COVID-19.
Los autores Roca-Servat, Meneses-Granados y Patiño-Sánchez (2021) publican los resultados de la investigación Los servicios públicos domiciliarios de agua en Medellín, Colombia: respuestas institucionales y comunitarias en tiempos de pandemia COVID-19. Sin centrarse en la GCA, el análisis del marco normativo relacionado con la prestación de los servicios públicos domiciliarios, así como la identificación de acciones institucionales y comunitarias para asegurar el acceso al agua durante la pandemia, contribuyen al presente estudio.
Si bien estos documentos hacen parte de la literatura académica, en la denominada literatura gris se encuentran otros documentos que abordan nuestro tema de investigación. Estos escritos son principalmente publicados por organizaciones u organismos internacionales como la OMS y UNICEF (2020) y el BID (Vásquez, 2020), quienes produjeron orientaciones para una adecuada prestación del servicio del agua, haciendo énfasis en aspectos técnico-operativos de los sistemas.
Por su parte la UNICEF, y el Instituto Internacional del Agua de Estocolmo (SIWI), además de presentar recomendaciones, avanzaron en la identificación de las iniciativas que diversos actores implementaron como respuesta a la pandemia en los países de América Latina y el Caribe (Mariezcurrena, Álvarez, Avello, Giné y Jiménez, 2020). Profundizaron en el caso colombiano promoviendo un proceso de diálogo entre diversos actores para analizar las fortalezas, los desafíos en la implementación y la identificación de las brechas existentes a partir de la intervención durante la pandemia con el fin de definir instrucciones generales para el sector de agua y saneamiento en Colombia (SIWI y UNICEF, 2021).
Finalmente se encuentra un documento producido por LatinWASH y escrito por Encalada-Torres (2020), Los Problemas en el Servicio de Agua Potable Rural en Latinoamérica por el COVID-19, el cual visibiliza los problemas que existen en los servicios comunitarios de agua potable en Latinoamérica, los principales desafíos y necesidades que enfrentan las OCGAS.
La presente investigación comparte algunos de los propósitos de los documentos anteriores como la identificación de problemáticas y la revisión del marco normativo, sin embargo, esta no es abordada a un nivel nacional, sino que se desarrolla en un territorio particular donde no se ha llevado a cabo investigaciones relacionadas con el tema. Además, las problemáticas son analizadas desde varios componentes de la GCA, lo que permite la identificación de elementos para su fortalecimiento no sólo desde las mismas organizaciones sino desde procesos de acompañamiento institucionales. Finalmente, el estudio aporta nuevo conocimiento sobre la realidad de las OCGAS y a la sistematización de información como insumo para los procesos de incidencia que realizan estas organizaciones.
Estudiar las afectaciones de la pandemia es importante porque visibiliza las desigualdades sociales y evidencia la relación entre zoonosis, pandemia y crisis socioecológica (Svampa, 2021, p. 81). Además, Svampa coincide con Méndez (2021) en que el COVID-19, corresponde a una sindemia en tanto el virus es transmitido en condiciones de inequidad social y no se ha comportado igual en las diferentes regiones del mundo, es por esto que el escenario del COVID-19, debe llevar a pensar en los aspectos estructurales que lo generaron y la necesidad de su transformación, que permitan nuevas formas de relación entre los seres humanos y de estos con la naturaleza en la búsqueda del bien común.
2. La Gestión Comunitaria del Agua
La gestión comunitaria del agua, además de ser un concepto abordado por la academia (Bastidas y García, 2000; Quintana, 2008; Sandoval-Moreno y Günther, 2015), también es un concepto construido por las comunidades organizadas (AQUACOL, 2017; Red Nacional de Acueductos Comunitarios de Colombia, 2017). Esta última comprende la GCA como
Las actividades sin ánimo de lucro destinadas a la preservación, conservación, restauración y los usos sustentables del territorio para la captación, distribución de agua y mantenimiento de infraestructuras y sistemas organizativos comunitarios que incorporen los derechos de sus integrantes, fundamentados en las prácticas, usos y costumbres que orientan las interacciones humanas de quienes comparten un ámbito territorial común y sus relaciones con el ambiente (Red Nacional de Acueductos Comunitarios de Colombia, 2017, p. 22).
En el marco de la GCA, son protagonistas las OCGAS, creadas por los pobladores de un territorio para garantizar su acceso al agua, usando sistemas de abastecimiento que captan este líquido y la distribuyen en las viviendas. Estas organizaciones son de carácter social, “sin ánimo de lucro y buscan incidir en el mejoramiento de las condiciones de la calidad de vida de las comunidades” (AQUACOL, 2017, p. 11).
Las OCGA cuentan en su mayoría con una larga trayectoria histórica por lo cual han sido consideradas como estructuras sociales tradicionales (Cadavid-Giraldo, 2009). Estas organizaciones no sólo han hecho parte de la historia de ocupación de las periferias urbanas y las zonas rurales, donde la población resolvió por sí misma el suministro de agua (Cadavid-Giraldo, 2009 y Correa, 2006), sino que han ocupado un rol importante en los procesos fundacionales de las ciudades, a partir de su configuración alrededor de los acueductos comunitarios (Quintana-Ramírez, 2016). Además pueden ser concebidas como acciones colectivas alternativas a los modelos urbanos hegemónicos, excluyente y segregador (Millán-Guzmán, 2010).
Las organizaciones que se reconocen en el marco de la GCA lo hacen bajo los principios de trabajo, cooperación mutua y confianza, siendo lugares, espacios y momentos de encuentro para hacer comunidad y construir bienestar en los territorios. Por tratarse de un proceso organizativo que provisiona el agua en sus contextos locales, en estas formas organizativas subyacen diferentes dimensiones. Penca de Sábila (2013) señala cuatro: organizativa, administrativa, técnica y ambiental.
La dimensión organizativa da cuenta de las formas de interacción de los integrantes de la organización para la prestación del servicio de agua y la promoción de la participación de la comunidad. La dimensión administrativa se refiere a la gestión de los recursos con que cuenta la organización con miras a cumplir sus objetivos. La dimensión técnica hace alusión al proceso operativo que se desarrolla para prestar el servicio de agua, desde su captación hasta la distribución en las viviendas. Y la dimensión ambiental, da cuenta de las fuentes de abastecimiento de agua y los procesos que la organización desarrolla para su conservación.
AQUACOL, también recoge esas mismas dimensiones. Sin embargo, a la dimensión administrativa, le agrega el componente financiero, “relacionado con las fuentes o mecanismos para garantizar el sostenimiento económico de las organizaciones y sus sistemas de infraestructura” (AQUACOL, 2017, p. 12).
3. Metodología
El estudio correspondió a una investigación colaborativa entre las agrupaciones comunitarias de segundo nivel, AQUACOL y FECOSER, y el Instituto Cinara de la Universidad del Valle, en tanto además de compartir el interés por la ejecución del proyecto y el esfuerzo por su desarrollo, los resultados son de utilidad para los diferentes actores involucrados.
Esta investigación de carácter exploratoria y descriptiva, pretendió adentrarse en el conocimiento de un fenómeno social no abordado como objeto de estudio en un espacio temporalidad específica, como lo es la identificación de las problemáticas de las OCGAS en contexto de COVID-19 en la CARC, concretamente en las zonas priorizadas por el Proyecto Seguridad Hídrica y Sustentabilidad Hub1, las cuales corresponden a las siguientes:
En el departamento del Valle del Cauca: Cuenca del Río La Vieja, Caicedonia; Cuenca del Río Guachal (Bolo - Frayle), Palmira, Pradera, Florida y Candelaria; Cuenca del Río Cali y Cuenca de los Ríos Lili, Meléndez y Cañaveralejo en Cali; Cuenca del Río Jamundí, Cuenca del Río Claro y Cuenca del Río Timba en Jamundí (Figura 1).
En el departamento del Cauca: Cuenca del Río Mondomo, en el Corregimiento de Mondomo, municipio de Santander de Quilichao. Subcuenca del Río Palacé, Corregimiento de Gabriel López, municipio de Totoró; Subcuenca del Río Piedras, en el radio de acción de la organización ASOCAMPO, municipio de Popayán (Figura 1).
La investigación fue realizada entre julio de 2020 y diciembre de 2021, recurriendo a la combinación de herramientas de carácter cualitativo y cuantitativo, con el fin de lograr una comprensión más amplia y profunda del objeto de estudio. Los objetivos fueron desarrollados de manera simultánea a partir de la realización de actividades como:
Construcción de base de datos de las OCGAS ubicadas en la zona de estudio, a partir de información de instituciones públicas y del equipo de trabajo Proyecto HUB, se identificaron 143 OCGAS en total.
Revisión documental del marco normativo (leyes, decretos y resoluciones) del sector de AyS, emitido entre marzo de 2020 y julio de 2021, para atender la emergencia del COVID-19 en Colombia.
Encuesta a representantes de OCGAS para indagar sobre los problemas afrontados en sus organizaciones durante la pandemia. Se diligenció en Formulario de Google, a través de llamadas telefónicas realizadas por los investigadores, ya que los representantes comunitarios tienen dificultades para responder por este tipo de medio virtuales, incluso el acceso a señal de telefonía móvil es complejo en algunas zonas.
Encuentros presenciales con representantes de OCGAS para recopilar información sobre problemáticas. Se realizaron 7 encuentros en total, no se llevaron a cabo en mayor cantidad puesto que el contexto del Paro Nacional2 coincidió con algunas fechas de los encuentros programados y la movilidad estuvo muy restringida en la zona de estudio.
Entre las llamadas telefónicas y los encuentros presenciales, se lograron diligenciar 86 encuestas, correspondientes al 60% de las OCGAS identificadas (143). Para el análisis de la información obtenida, se definieron dos rangos de acuerdo al número de suscriptores atendidos o familias asociadas al sistema. Las condiciones, niveles de gestión y capacidades de estas organizaciones varían significativamente de acuerdo al tamaño de la OCGAS determinado a partir del número de suscriptores que este abastece. En el primer rango se ubicaron 67 OCGAS con menos de 500 suscriptores (78% del total) y en el segundo, 19 OCGAS con más de 500 suscriptores (22%).
4. Hallazgos
4.1 Análisis del marco normativo
En Colombia, la carta magna es la Constitución Política de Colombia [Const.] de 1991 en la cual se establece la responsabilidad del Estado en prestar los servicios públicos a través del municipio (Const., 1991, art. 311). Sin embargo, crea la posibilidad de su prestación de manera directa o indirecta, por comunidades organizadas o por particulares (Const., 1991, art. 365), manteniendo el Estado la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios, lo cual es reglamentado en la Ley 142/1994 (Congreso de Colombia, 1994), régimen de los servicios públicos domiciliarios.
La Ley 142/1994 fue constituida en el marco de la neoliberalización de la sociedad, en la década de los noventa. En este marco quedó establecida la obligatoriedad del pago por el agua, la posibilidad casi inherente de explotación económica y beneficio privado a través del servicio prestado en el mercado. La Ley abordó temas como subsidios, reguló la no gratuidad en los servicios públicos para Colombia y definió la estructura de regulación, vigilancia y control de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios [SSPD] y la Comisión Reguladora de Agua y Saneamiento [CRA] (Montoya-Domínguez y Rojas-Robles, 2019).
Las OCGAS, han sido reguladas bajo esta Ley, en la que predomina una visión empresarial, la que desconoce el carácter comunitario de estas organizaciones y el desarrollo de su actividad en ámbitos rurales y periféricos. En ese sentido se puede decir que la legislación regula a partir de un monismo jurídico desconociendo la diversidad de modelos de gestión del agua existentes en el país, evidenciando el vacío jurídico sobre las OCGAS. Es por esta razón que las OCGAS, se han agrupado en organizaciones de segundo y tercer nivel para denunciar la situación y desarrollar procesos de incidencia para la defensa de su forma de gestión (Blanco-Moreno, 2022).
A partir de sus procesos de incidencia se ha creado un marco normativo de esquema diferencial concretado en el Decreto 1898 de 2016. Sin embargo, esta norma no busca reconocer la pluralidad de formas de gestión del agua, sino promover su transformación paulatina a partir de la formulación de planes de gestión que contemplen el cumplimiento de los requisitos planteados por las entidades de vigilancia y control.
Igualmente, se creó desde el año 2019 una Mesa de Interlocución de Gestión Comunitaria del Agua, conformada en el marco del Primer Congreso de Agua al Campo, llevado a cabo en el municipio de Armenia. Esta Mesa es coordinada por el Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico y participan en ella la Red Nacional de Acueductos Comunitarios de Colombia y COCSASCOL, organizaciones de tercer nivel que agrupan a las OCGAS en el ámbito nacional-, siendo este espacio un escenario “una oportunidad para incidir en el cumplimiento de los deberes del Estado frente a los acueductos comunitarios” (Red Nacional de Acueductos Comunitarios de Colombia, 2020b, p. 26).
En el ejercicio de incidencia, las OCGAS y sus agrupaciones realizan interlocución con diversas entidades relacionadas con el sector de AyS a nivel nacional, departamental y municipal, principalmente aquellas que cumplen funciones en la formulación de políticas públicas y expedición de normativa (Figura 2).
Es así como la normativa sancionada en el contexto de emergencia sanitaria por COVID-19, fue emitida en su mayoría por las instituciones de orden nacional, no se identificaron en la revisión bibliográfica ordenanzas, acuerdos o normas sancionadas por los niveles departamental o municipal. Las normas expedidas en el contexto de pandemia, correspondientes a decretos, resoluciones y circulares (Figura 3).
Como se muestra en la Figura 3, se lograron identificar 3 categorías para agrupar la normativa emitida en Colombia durante la pandemia en relación con la GCA. El primer grupo representado de color azul claro, corresponde a aquellas que fueron emitidas en el contexto de la emergencia por COVID-19, relacionadas con el sector de AyS, responden a orientaciones de carácter general, por lo que no hacen diferenciación entre empresas prestadoras de servicios y OCGAS.
En la segunda categoría, se encuentran las normas que tuvieron una relación directa con las OCGAS, representada por un color azul más fuerte. Y el tercer grupo, representado por un fondo de color verde, identifica aquellas normas que fueron sancionadas durante la pandemia y guardan una relación directa con las OCGAS, empero no fueron emitidas como respuesta a la emergencia sanitaria.
En el primer grupo se observa mayor cantidad de normas expedidas, direccionadas principalmente a garantizar el acceso del agua a la población, relacionadas por un lado, con los usuarios, y por el otro, hacia el funcionamiento de los sistemas para garantizar el servicio. También se encuentran orientaciones sobre la bioseguridad y procedimientos administrativos.
Con respecto a las normas concernientes a los usuarios, se encuentran disposiciones relacionadas con la suspensión de incrementos tarifarios, pagos diferidos o incentivos para el pago oportuno, reconexión y no suspensión (Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico [CRA], resolución 911/2020a, resolución 922/2020b; Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, decreto 441/2020a, decreto 528/2020f), sin embargo, estas medidas desconocen el funcionamiento de las OGCAS. Gran parte de estas organizaciones no emiten factura, sino que sus asociados realizan aportes económicos solidarios para el sostenimiento de los sistemas de acueducto o cuotas familiares, desde una lógica comunitaria, con valores monetarios bajos. Además, en su mayoría, las organizaciones no realizan suspensiones debido a que priorizan el acceso al agua en sus comunidades tal como lo señalan Roca-Servat et al. (2020).
Sin embargo, dentro de las OCGAS, hay algunas que cuentan con sistema de facturación -generalmente las de mayor tamaño-, y otras quienes llevan a cabo desconexiones y suspensiones. Este rango, se vio afectado por dichas normas dado que del aporte mensual de sus asociados depende la operatividad del sistema y la continuidad del servicio. Dichos aportes, aunque no son la única fuente de sostenimiento, son significativos para las organizaciones, por lo que no resultan favorables estas opciones.
Otra medida relacionada con los usuarios fueron los subsidios para el pago de los servicios públicos de los estratos 1, 2, y 3, dirigidas a los prestadores urbanos o prestadores que ya recibían subsidios previamente (decreto 580, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, 2020e). Frente a esta medida se presentó desinformación, debido a que en su difusión no se especificó a los sectores a los que estaba dirigida, lo que hizo que muchas familias de las zonas rurales no hicieran su aporte económico a las OCGAS, provocando problemas financieros.
Los medios de comunicación de orden nacional aportaron a la confusión puesto que divulgaron que el apoyo era de carácter estatal para solventar la crisis económica y la imposibilidad de pagar los servicios públicos de Acueducto y Alcantarillado ocasionada por la cuarentena. En realidad la medida significó en las ciudades un incremento en las facturas de los servicios para estratos 4, 5 y 6, y financiar los subsidios ampliados a los estratos 1, 2 y 3. Luego de las diferentes situaciones que se presentaron, el decreto fue declarado inexequible por la Corte Constitucional por vicios de forma. Sin embargo, a través de los Decretos 512 y 513 de 2020 el gobierno buscó habilitar recursos como los fondos de solidaridad o cambios en el régimen de asignación de regalías (Red Nacional de Acueductos Comunitarios de Colombia, 2020a).
El propósito de estas medidas era garantizar el acceso al agua independientemente de la capacidad de pago. Por ello, la SSPD se vio obligada a emitir una circular (Circular Externa 20201000000144, SSPD, 2020c), en la que aclara que en Colombia no hay gratuidad en materia de servicios públicos domiciliarios a causa del COVID-19.
En cuanto a las normas dirigidas al funcionamiento de los sistemas para la continuidad en el abastecimiento del agua, se identifica la autorización de inversión (Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, decreto 441/2020a; Circular 2020EE0022183/2020d), facultando a los alcaldes y gobernadores para destinar recursos del SGP para la financiación de medios alternos de aprovisionamiento de agua lo que requiere de la coordinación entre las entidades territoriales y las personas prestadoras de servicios. Para las OCGAS que no se encuentran registradas como personas jurídicas, el acceso a estas inversiones es limitado. Además, históricamente las administraciones municipales y departamentales han demostrado que no priorizan las inversiones para las zonas rurales. Por otra parte, la inversión sólo es considerada para aspectos operativos pero no señala apoyos de otro tipo como acompañamiento técnico operativo, psicosocial, ambiental, laboral, de salud, para enfrentar la emergencia.
En torno a los direccionamientos sobre Protocolos de bioseguridad se encontró la Resolución 680 (Ministerio de Salud y Protección Social, 2020c), que se remite a solicitar el cumplimiento o adopción de estos protocolos, mas no estipula apoyo y/o seguimiento para tal fin, manteniendo el enfoque de vigilancia, dejando en manos de cada organización el cumplimiento de dichas disposiciones. Por su parte, la Circular Externa 20201000000084 (SSPD, 2020b), promulga medidas para garantizar el distanciamiento social, canales virtuales, protocolos, atención en las oficinas, evitar reuniones presenciales. Aunque se presentó como instrucciones necesarias para el manejo de la pandemia, estas medidas afectaron la dinámica organizativa de las comunidades ya que se limitó la realización de asambleas generales, reuniones de juntas directivas y otras actividades propias de la autogestión comunitaria como son las mingas y los convites.
Con relación a los procedimientos administrativos, se debían ajustar los planes de emergencia (Circular Externa 20201000000114, SSPD, 2020a), contemplando acciones como medios alternativos de potabilización, seguimiento de las cuencas y fuentes de agua, monitoreo de calidad y turbiedad; consultar fuentes como el IDEAM; coordinar con los municipios; actualizar inventarios, presupuestos, planes de gestión, elementos de protección para los trabajadores. Esta circular presenta una oportunidad de fortalecer y mejorar las condiciones de prestación del servicio de AyS desde la optimización de los sistemas y utilización de otros medios, siempre y cuando haya coordinación con los entes territoriales, acompañamiento técnico, y exista la voluntad política para posibilitar los procesos.
Finalmente, se encontró otra norma relacionada con los procesos administrativos, la Resolución 20201000009825 (SSPD, 2020d), que contempla los esquemas de reporte temporal de información financiera y operativa, formatos para reportes electrónicos, cuenta de Gmail. La información financiera a tiempo y organizada es algo que adolecen las OCGAS, pues demandan mejora de procesos, inversiones en talento humano, aplicaciones o software especializado y sobre todo acompañamiento técnico a los gestores comunitarios, por lo cual no resulta una prioridad para estas organizaciones en medio de la emergencia sanitaria.
En cuanto a la segunda categoría, las normas relacionadas con la GCA y el COVID-19, se identificó sólo una norma, el Decreto 819 (Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, 2020b), el cual corresponde al subsidio rural para los usuarios. Aunque el subsidio rural constituyó un escenario más cercano a las oportunidades para la GCA, su impacto no fue altamente representativo ya que del total de OCGAS que se tienen identificadas en el país, según comunicado de prensa del Ministerio de Vivienda sólo 463 organizaciones lograron acceder a los beneficios que este decreto implicaba (Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, 2020g). Adicionalmente, estuvieron sujetos a las organizaciones que se encontraban registradas en la SSPD, una cifra poco representativa en el país como se mencionó anteriormente y que restringió abruptamente la posibilidad de acceder al beneficio de subsidio rural como también se planteó en Roca-Servat et al. (2020).
Sin embargo, se reconoce que para las pocas organizaciones que lograron acceder a este subsidio, se convirtieron en una oportunidad en la contribución de su sostenibilidad financiera.
En el tercer grupo, integrado por las normas relacionadas con las OCGAS no relacionadas con la pandemia, se encuentran aquellas normas que venían siendo formuladas previamente, fueron sancionadas durante el periodo de pandemia, mencionadas porque representan en su mayoría, oportunidades para las OCGAS.
Se identificó oportunidades relacionadas con las tecnologías (Decreto 1688, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, 2020c). Esta norma está relacionada con establecer la aplicación de estándares diferenciales y soluciones alternativas para la gestión de agua, saneamiento y aseo en las zonas rurales. Menciona que estas soluciones alternativas pueden ser administradas por las juntas de acción comunal, asociaciones de usuario e incluso el municipio si así las personas lo quieren.
Este Decreto abre una oportunidad para las OCGAS, porque no solo permite generar acciones alternativas para el abastecimiento de agua y solución en saneamiento básico, sino que establece que una persona natural o jurídica puede permitir la intervención en un predio de su propiedad para el desarrollo de los proyectos del sector de AyS en zonas rurales y donar ese predio a la comunidad organizada, a la que el municipio le podrá entregar bajo la figura de “aporte bajo condición” el bien por no menos de 10 años. Esta situación mejora el proceso de inversión en los sistemas de abastecimiento para las OCGAS, ya que anteriormente la donación solo se podía hacer al municipio y este no podía ceder bajo ninguna figura a las comunidades las obras construidas en esos predios.
Por su parte, el Decreto 1210 (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, 2020a), es importante porque reconoce que para las viviendas de áreas rurales dispersas, el agua para consumo humano y doméstico se da en estas actividades: 1. Bebida directa y preparación de alimentos para consumo inmediato; 2. Satisfacción de necesidades domésticas, individuales o colectivas, tales como higiene personal y limpieza de elementos, materiales o utensilios. 3. Agrícola, pecuaria y acuícola para la subsistencia de quienes habitan la vivienda rural dispersa.
Estas normas, que han resultado como oportunidad para las OCGAS, han sido producto de los procesos de incidencia que han realizado las agrupaciones de organizaciones comunitarias de orden nacional.
Otra norma que hace parte de este grupo en la cual no incidieron las agrupaciones de OCGAS, es la Resolución 622 (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, 2020b) que modifica la manera en que se venía haciendo el proceso de Inspección, Vigilancia y Control (IVC) en las OCGAS, dejando a algunas por fuera de ese proceso basados en la figura de sistemas de abasto que se encuentra en el esquema diferencial. Esta Resolución mantiene un enfoque de control más que de acompañamiento, lo cual no ayuda a fortalecer los procesos de gestión de las OCGAS.
La forma en que esta norma comprende la calidad del agua es diferente a la que dimensionan las comunidades. La norma sólo tiene en cuenta la calidad a partir de su ingreso al sistema de acueducto, descargando a las OCGAS la responsabilidad de sanear el agua y hacerla apta para consumo humano. Mientras que las comunidades comprenden que la microcuenca es un cuerpo vivo y complejo que se ve afectada por todas las dinámicas productivas o que se presenten en el territorio, que la calidad del agua va mucho más allá de los procedimientos que se realicen al interior del sistema de tratamiento con que cuente la OCGAS.
A partir del análisis del marco normativo, se pudo identificar que el principal enfoque que hubo para el sector de AyS fue hacia la garantía del acceso al agua a la población, evidente en la exigencia de reconexión de viviendas a los sistemas de servicios (CRA, resolución 911/2020a; Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, decreto 441/2020a), hacia la garantía del acceso al agua mediante sistemas diferenciales en los sectores urbanos y comunidades rurales en los que no existen sistemas de abastecimiento, el suministro de agua con medios alternativos de aprovisionamiento y la no suspensión del servicio a los usuarios (Decreto 1688, Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, 2020c).
La normativa emitida representa un enfoque general de prestación del servicio que responde al marco jurídico de la Ley 142/1994 (Congreso de Colombia, 1994), desde una mirada comercial y centrada en el usuario o consumidor, sin reconocer las diferencias que dicho contexto tiene con las condiciones de las OCGAS, desde los tipos de sistemas de acueducto e infraestructura o las condiciones geográficas y culturales de los territorios. Así como las diferencias del acceso al agua en la zona urbana donde se garantiza fundamentalmente a través de prestadores especializados, con las de la zona rural donde se realiza mayoritariamente a partir de organizaciones comunitarias desde una visión de bienes comunes.
En los decretos, resoluciones y circulares analizadas, es débil la visión alrededor de aspectos sobre la calidad del agua que reconozca sus características desde la fuente en el sistema complejo que es cada microcuenca, o la cantidad y disponibilidad en términos de la oferta ecológica; ambas características directamente relacionadas con los usos del suelo y el modelo económico de desarrollo que tiene Colombia, el cual a partir de la cuarentena y la emergencia global no demostró detenerse, al contrario se evidenció el avance de las actividades extractivas.
El análisis realizado evidenció la ausencia de un enfoque con perspectiva hacia el fortalecimiento de capacidades de las organizaciones gestoras y/o acompañamiento técnico, psicosocial y en salud para sus representantes, para el personal administrativo y operativo, y por ende para sus usuarios, en un contexto complejo como el de la pandemia por COVID-19, lo cual pone en evidencia el énfasis en la vigilancia y control que se mantiene en el marco regulatorio actual.
En general, las medidas normativas adoptadas en el contexto de la emergencia por COVID-19 presentó más retos, incluso más presiones para las OCGAS siendo pocas las oportunidades, continuando con el desconocimiento de la realidad de dichas organizaciones lo que radica en gran medida en problemas estructurales, que se reflejan en el marco jurídico que fundamenta la Ley 142/1994 (Congreso de Colombia, 1994), con una perspectiva opuesta a la visión de las comunidades organizadas alrededor del agua.
4.2 Problemáticas en la GCA
Las problemáticas identificadas afectaron de manera diferenciada a las OCGAS, de acuerdo al número de suscriptores que las componen. Se encontró que en las OCGAS con menos de 500 suscriptores se identificaron problemáticas por debajo del 50% de los casos, mientras que las de más de 500 identificaron por encima del 50% de los casos en todos los componentes de la GCA (Figura 4).
Se podría inferir que la cantidad de suscriptores o población asociada es una variable que incide en la manera en que el contexto las afecta. Un mayor número de asociados representa un mayor nivel de complejidad para el funcionamiento de las organizaciones, complejidad que a su vez requiere mayor interrelación con el entorno lo que las hace más dependientes de las contingencias externas, en este caso, de los efectos de la pandemia por COVID-19, contexto que generó de manera repentina nuevas situaciones que debían enfrentar las OCGAS “Los auténticos problemas surgen a raíz de cambios que se producen inesperadamente, sin que haya podido discernirse pauta alguna con anterioridad” (Pinto, Soto, Gutiérrez y Castillo, 2003, p. 78).
Así como la afectación es diferente de acuerdo al tamaño de las OCGAS, también tiene un comportamiento diferenciado entre los componentes de la gestión: organizativo, técnico operativo, administrativo financiero, ambiental.
Por lo cual, al discriminar la información por componente, se evidencia que en ambos grupos de organizaciones, en el componente administrativo y financiero se presentaron mayores problemas, 49% de casos en OCGAS con menos de 500 suscriptores y 74% de casos en las OCGAS con más de 500, los cuales estuvieron relacionados con la disminución del recaudo por parte de los asociados o suscriptores, principalmente debido a las dificultades económicas de la población como consecuencia del COVID-19, a lo que se le sumó la desinformación que hubo en los medios de comunicación relacionada con los subsidios por parte del gobierno lo cual desestimuló el pago de los servicios públicos.
Otro aspecto señalado por las OCGAS, fue el incremento en los costos de sostenimiento debido a la escasez y aumento de precios de algunos insumos: Las ferreterías cerraron y no se pudieron comprar las cosas, se agotaron algunos productos y hubo variación en los precios (representante OCGAS con 370 asociados, municipio de Florida).
Por otro lado, el aumento de los costos de operación y mantenimiento a raíz de la exigencia de mayor frecuencia en estas actividades relacionadas con un mayor consumo de agua por el acrecentamiento de población en las comunidades, como producto de las cuarentenas decretadas por el gobierno nacional o como consecuencia de los procesos de migración de las zonas urbanas a las zonas rurales; el DANE estima que 598.000 personas salieron de las ciudades al campo durante julio y noviembre de 2020 (Gutiérrez, 2021). En palabras de uno de los encuestados,
Hubo muchos inconvenientes porque como muchas personas se trasladaron a vivir a la zona, hay muchas solicitudes de conexión nuevas y el consumo aumentó, se quedan vacíos más rápido los tanques entonces se llena de aire la tubería y significa más trabajo para el fontanero y más consumo de cloro. (Representante OCGAS con 612 asociados, municipio Santander de Quilichao)
El que sea el componente administrativo y financiero en el que más se evidencian problemáticas independientemente del tamaño puede relacionarse con la necesidad de recursos para el adecuado funcionamiento de la organización, pues al ser organizaciones sin ánimo de lucro, dependen de los aportes de los asociados para su funcionamiento.
En cuanto al componente organizativo, fue el segundo en importancia para las OCGAS de menos de 500 suscriptores, quienes evidenciaron estos problemas en el 42% de los casos, relacionados con las dificultades para tener encuentros presenciales de juntas directivas o de asambleas generales como para la realizar actividades colectivas (mingas y convites), las cuales son importantes ya que contribuyen a las labores de mantenimiento y reparación de los sistemas, disminuyendo los costos operativos. “No se han podido realizar las reuniones, asambleas y las mingas que se hacen para ayudar al mantenimiento o arreglo de daños del acueducto” (Representante de OCGAS de 228 asociados, municipio de Jamundí).
El encuentro entre los asociados de las OCGAS también contribuye al fortalecimiento del sentido de identidad y del tejido social comunitario, evidenciando la importancia de la diversidad de los aportes de los asociados, sumados a los monetarios.
Si bien las restricciones decretadas por el gobierno nacional también afectaron a las organizaciones de más de 500 suscriptores, para ellas las problemáticas en los componentes organizativo y ambiental representaron menor importancia en cuanto al porcentaje de casos manifestados por las OCGAS, el cual correspondió al 58% en cada uno, ello puede relacionarse con que encontraron otros mecanismos para continuar con la comunicación a falta de encuentros presenciales, como por ejemplo vía WhatsApp, llamadas telefónicas o encuentros de pocas personas de la Junta Directiva, pues debido al nivel de complejidad de estas organizaciones se hacen imprescindibles los esfuerzos de coordinación para el funcionamiento adecuado del sistema.
En las organizaciones de más de 500 suscriptores, el segundo lugar en cuanto a relevancia de las problemáticas lo representa el componente técnico-operativo con un 68%, lo cual está estrechamente relacionado con las problemáticas identificadas en el componente administrativo financiero, que como ya se mencionaron corresponden mayores exigencias en las actividades de operación y mantenimiento.
En este componente, sólo un 33% de las OCGAS con menos de 500 suscriptores identificaron problemáticas a causa de la pandemia lo que puede corresponder a que cuentan con un menor número de personas a cargo de los procesos operativos, generalmente cuentan con un fontanero dado que los sistemas que operan tienen menor nivel de complejidad.
En cuanto al componente ambiental, las organizaciones de menos de 500 asociados evidencian en un 39% de casos dichas problemáticas mientras que para las de más de 500 asociados, representa el 58%. Los aspectos que configuran la problemática a nivel ambiental a los que hacen referencia las OCGAS, se relacionan con los fenómenos de escasez de agua en época de sequía y alta turbiedad del agua en épocas de lluvia, situaciones que se venían presentando desde tiempo atrás por el deterioro ambiental de las cuencas, los impactos de cultivos y ganadería extensiva, así como la ausencia de control por parte de las autoridades ambientales. Todos estos problemas, hacen que el componente ambiental permita visualizar de manera más concreta que las problemáticas identificadas trascienden el contexto de pandemia y encuentran su génesis en problemas más estructurales.
Además de los componentes de la GCA, se indagaron las variables normativas y salud (Figura 5).
Para la mayoría de las OCGAS, independientemente de su tamaño, no hubo problemáticas relacionadas con el marco normativo. Entre las razones por las que consideran que no hubo afectación se encuentra que históricamente las OCGAS han llevado a cabo el acceso al agua en sus territorios, sin mayor acompañamiento institucional y estatal, sumado a que la información no fluye de manera efectiva para llegar hasta sus comunidades.
Sin embargo, el 42% de las OCGAS que se han visto afectadas en las de más de 500 suscriptores, plantean que muchas de las exigencias que estipuló la normativa para enfrentar la emergencia como la reconexión de usuarios, la no suspensión del servicio a los usuarios, entre otras, afectó el componente administrativo y financiero de la organización, pues “no se pudieron hacer cortes lo que hizo que nuestra cartera creciera enormemente” (representante OCGAS con 980 asociados, municipio de Candelaria)
Otros problemas en este sentido están relacionados con el acceso a los servicios institucionales, como renovación de concesión de agua, subsidios y trámites en cámaras de comercio o DIAN, que debido a la no atención presencial se vieron retrasadas.
Con respecto a la salud, en las organizaciones de menos de 500 asociados, fue la variable que menor porcentaje obtuvo (16%), mientras que en las organizaciones de más de 500, el porcentaje fue mayor (63%), relacionándolos con los contagios de COVID-19 que hubo en el personal operativo y administrativo de las organizaciones, más los frecuentes aislamientos preventivos.
Es posible que la diferencia entre las OCGAS de menor y mayor tamaño - de acuerdo al número de suscriptores- en cuanto a los problemas en salud, se deba a que las organizaciones de mayor número de suscriptores se ubican más cerca a los cascos urbanos, por lo cual podrían haber recibido la mayor cantidad de población de las ciudades durante la cuarentena obligatoria pues “como llegó mucha gente de afuera se incrementó la vulnerabilidad de contagio para las personas del campo que vivían desde antes en el territorio” (representante OCGAS con 536 asociados, municipio de Cali).
Mientras que las OCGAS de menos de 500 suscriptores son comunidades distantes de las zonas urbanas; de ellas “No se tiene información que haya habido casos de contagio en la vereda, ya que nuestra convivencia fue aislada porque las viviendas se encuentran muy separadas” (representante OCGAS con 45 asociados, municipio de Caicedonia).
La diferenciación de afectación por COVID-19 en zonas rurales dispersas y centros poblados no pudo ser contrastada con datos oficiales debido a que el Instituto Nacional de Salud INS, no realiza una discriminación entre las cifras de contagio por COVID-19 entre los cascos urbanos y la zona rural, sino que presenta las cifras de manera global a nivel municipal.
De acuerdo a los resultados, las oportunidades de las OCGAS durante la pandemia estuvieron más relacionadas con su capacidad de agencia para resolver las situaciones a las que se vieron enfrentadas; por ejemplo, el encontrar nuevos mecanismos de comunicación que les permitirá coordinar actividades sin requerir de la presencialidad. Por otra parte, la pandemia generó nuevas problemáticas para las OCGAS, principalmente para aquellas de mayor complejidad, representando más presión y mayor responsabilidad frente a lo cual debieron adaptarse para llevar a cabo el abastecimiento de agua a sus comunidades.
Para las organizaciones de menor tamaño no hubo mayores afectaciones a causa de la pandemia sino que se pusieron en evidencia los problemas existentes de las OCGAS en los aspectos organizativos, técnicos, administrativos y ambientales, los cuales las OCGAS continúan resolviendo a partir de la autogestión debido a que las acciones del gobierno son limitadas y se centran en la vigilancia y control.
Precisamente, que las normativas del gobierno se limiten a las acciones de vigilancia y control puede verse como un reto para las OCGAS, más cuando la Corte Constitucional ha señalado que estas organizaciones deben contar con el apoyo de las autoridades del Estado en los aspectos necesarios para garantizar el suministro del líquido a todas las personas ubicadas en su área de funcionamiento (Sentencia T-245, Corte Constitucional de Colombia, 2016).
Los problemas identificados por los encuestados expresan afectaciones específicas que se presentan en la cotidianidad en cada uno de los componentes y es a lo que generalmente los integrantes de las OCGAS, intentan dar solución. Estos pueden ser considerados efectos de situaciones más complejas que no necesariamente están dentro del ámbito de acción de las organizaciones y requieren de otros actores sociales para su resolución. Es el caso del aumento de la población en los centros poblados que tiene efectos en diferentes componentes de la GCA, pero a su vez, es consecuencia de la pandemia, cuyas causas estructurales se relacionan con la degradación de la naturaleza.
5. Conclusiones
En su mayoría las disposiciones normativas para mitigar la pandemia no estaban dirigidas a las OCGAS, sino a las empresas prestadoras de servicios. Durante la pandemia se expidieron algunas normas relacionadas con la GCAS, no a causa de la pandemia sino como resultado del proceso de incidencia que han tenido las agrupaciones de OCGAS a nivel nacional. De acuerdo con esto se puede señalar que el marco normativo colombiano aún no reconoce las particularidades de las OCGAS, no refleja un conocimiento de la diversidad presente en la CARC y en todo el país, por lo que se requiere un marco jurídico que sí lo haga.
La investigación muestra que las problemáticas en las OCGAS se presentaron de manera diferencial. Hubo un mayor porcentaje de organizaciones con más de 500 asociados que identificaron problemáticas, lo cual puede deberse al nivel de concentración de su población, favorable para la presencia y propagación del virus. En general, la pandemia afectó el recaudo por falta de pago de la población, limitó la realización de actividades colectivas por las restricciones de movilidad establecidas por el gobierno nacional y aumentó la demanda de agua por la migración de población de las ciudades a la zona rural.
En Colombia, es necesario desarrollar una política pública específica para las organizaciones comunitarias gestoras del agua en zonas rurales y periurbanas que además de reconocer las características comunitarias de estas organizaciones, contemple una visión integral de la Cuenca. Esta política debe partir de las situaciones identificadas en los territorios y debe contar con la participación de la población, en este caso, de las agrupaciones de OCGAS. Además, abordar las causas de las dificultades que presentan las OCGAS y no únicamente los problemas puntuales que los afecta en su cotidianidad.
Es necesario destacar la capacidad que tienen las OCGAS de seguir garantizando el acceso a agua para sus comunidades, incluso en contextos tan complejos como el de pandemia. Las OCGAS, se han constituido históricamente en ejes fundamentales de sus territorios, no sólo por la gestión del agua para consumo humano sino por el cuidado de la cuenca.