Services on Demand
Journal
Article
Indicators
- Cited by SciELO
- Access statistics
Related links
- Cited by Google
- Similars in SciELO
- Similars in Google
Share
Justicia Juris
Print version ISSN 1692-8571
Justicia Juris vol.11 no.1 Barranquilla Jan./June 2015
Usos y prácticas de las técnicas de información y de la comunicación TIC's en la enseñanza del derecho del trabajo*
Uses and practices of the techniques of information and communication in teaching labor law
Jorge Luis Restrepo Pimienta**
Rafael Forero Contreras***
* Artículo de reflexión producto del proyecto "Estrategias de enseñanza y aprendizaje en el Derecho del Trabajo y la Seguridad Social"
** Abogado, magíster en derecho profundización en seguridad social, candidato a doctor en derecho, docente de planta tiempo completo Universidad del Atlántico, Barranquilla, Colombia, docente de postgrados de la Universidad Libre. jrestrepo@unilibrebaq.edu.co. Calle 3B No transversal 3B-105- Plazuela del Mar II Apartamento 302 Torre 8. Barranquilla-Colombia
*** Abogado; Doctor en Derecho del Trabajo. Profesor de Planta, Director del Área Laboral de la Facultad de Derecho de la Universidad Militar Nueva Granada, Bogotá, Colombia. rafael.forero@unimilitar.edu.co
Para citar este artículo
Jorge Luis Restrepo Pimienta, J & Forero Contreras, R. (2015). usos y prácticas de las tÉcnicas de información y de la comunicación tic's en la enseñanza del derecho del trabajo. Justicia Juris, 11(1), 63-70.
Recibido: Enero 23 de 2015 Aceptado: Marzo 29 de 2015
Resumen
Comprender la educación a partir de los avances tecnológicos y los fenómenos de la comunicación, partiendo de los medios masivos permite ahondar en métodos y estrategias de enseñanza que hacen más fácil el aprendizaje del derecho al trabajo dentro del contexto de teletrabajo en cuanto usos prácticos y en cuanto a objeto defensa e interpretación de acción tecnológica y medio o forma de realizar una labor.
Hoy, es necesario asumir los comportamientos de los educandos en materia de derecho del trabajo desde una perspectiva, integracionista, movilidad, compatibilidad, dinamismo en cuanto a la forma de adquirir el conocimiento científico y desarrollar las competencias comunicativas hoy fundamentales en el ejercicio de la profesión y de los diferentes perfiles descritos en un perímetro de ideas liberales, criticas, reflexivas, pragmáticas y usuales en la nueva forma de hacer y crear disciplina jurídica.
Palabras clave: TIC, Teletrabajo, virtualidad, empleo y trabajo.
Abstract
Understanding education from technological and communication advances make learning the right to work easier.
However, this document aims to highlight the technological tools in the field of teaching and learning of concepts, standards, techniques, principles, actions, proceedings in the field of labor relations and their field of space time and place.
Today, it is necessary to adopt the behaviors of students in the field of labor law from a perspective, integration, mobility, compatibility, and dynamism regarding how to acquire scientific knowledge and develop basic communication skills. Today in the practice of the profession and the different profiles, it is described a new way of doing and creating legal discipline ideas.
Key words: TIC'S Telework, Virtually, Employment and labor.
Introducción
Los procesos educativos y pedagógicos son el producto de los avances y desarrollo de ciencias, la técnica y la tecnología, de esta manera, las sociedades evolucionan y permiten a los hombres accionar de diversas formas en su quehacer cotidiano. Es por ello que se torna valido dentro de la educación acceder a las nuevas herramientas tecnológicas para dos propósitos fundamentales: que se adquieran competencias comunicativas desde la electrónica y la virtualidad en tiempos y espacios reales, así mismo facilitar a los educando una serie de estrategias que permitan crecer y ahondar en temas y contenidos específicos de las disciplinas.
En este sentido la formación en educación superior a partir de la virtualidad y las técnicas de información y comunicación se hacen presentes en la medida que los docentes diseñen las estrategias que hacen posible la necesidad del teletrabajo y la exploración de las competencias comunicativas a partir de los medios masivos de comunicación.
Por lo antes expuesto, es válido decir que el tema a desarrollar y que se inscribe en la temática intitulada "tendencias contemporáneas del derecho del trabajo y de la seguridad social" gira en torno a formular la hipótesis de si es viable aplicar las TIC (técnicas de la Información y la Comunicación) a la creación de un Aula Virtual para complementar el trabajo presencial del docente en la asignatura de derecho laboral desde lo académico y abrir las discusión a su eventual aplicación práctica en otros ámbitos como puede ser el caso del teletrabajo.
Metodología
La presente escrito de carácter científico investigativo, es un resultado de los procesos teóricos y prácticos del quehacer pedagógico, que se han consolidado en el positivismo científico en una propuesta investigativa entre la Universidad de Militar Nueva Granada y la Universidad del Atlántico, la cual tiene por objeto indagar y conocer la estrategias de enseñanza y aprendizaje utilizadas y usadas por los docentes en derecho del trabajo, partiendo de la denotación tecnológica, internacional, evolucionista, integracionista, estructural y funcional que tiene este en el desarrollo de la disciplina y la sociedad actual de consumo, es así que para lograr los objetivos propuestos se toma dentro de marco metódico la investigación cualitativa, en consonancia a un tipo descriptivo documental, donde se aplican para verificar la realidad y el contenido técnicas como la observación, análisis documental y la visitas dirigidas.
De esta manera se construye el presente artículo científico de carácter investigativo el cual tiene un esquema relacionado acerca de las estrategias relacionadas con telemática, ofimática, técnicas telecomunicación y la información, los desafíos del derecho al trabajo y en un marco de aprendizaje significativo de realidades y crecimiento acelerado de nuevas forma de vinculación al trabajo y al empleo, tales como Teletrabajo.
1. Técnicas de información y de las comunicaciones tic frente al trabajo y empleo
Para ahondar en el tema de las técnicas de la Información y la comunicación es propicio partir de las apreciaciones contemporáneas de las ciencias sociales en relación a las comunicaciones en cuanto a fenómeno, realidad, situación y disciplina, dado a que este mundo de la revolución de las telecomunicaciones suelen presentarse.
Ahora bien siguiendo este orden de ideas cabe destacar desde la óptica de las Ciencias Laborales o Ciencias Sociales de Recursos Humanos, el concepto teórico científico de trabajo el cual es un hecho natural o biológico propio del hombre lo cual simboliza el transcendentalismo el pretender comprender y analizar sus implicaciones jurídicas, económicas y sociales (De La Cueva, 1986, pág. 86), es decir, nace con él por tanto es parte de la naturaleza humana según Kant, o también es de afirmar en este horizonte dialógico de ideas que es inherente a su condición humana prototipo de los aspectos externos de trasformación ello muy bien lo preceptúa (Arendt, 1996, págs. 21-28) dice:
Condición humana está concebida por medio de características inherentes de los seres humanos proponiendo designar tres actividades fundamentales en el hombre: labor, trabajo y acción.
Estas actividades son fundamentales porque cada una corresponde a una de las condiciones básicas bajo las que se ha dado al hombre la vida en la tierra. Labor es la actividad correspondiente al proceso biológico del cuerpo humano, cuyo espontáneo crecimiento, metabolismo y decadencia final están ligados a las necesidades vitales producidas y alimentadas por la labor en el proceso de la vida. La condición humana de la labor es la misma vida.
Trabajo es la actividad que corresponde a lo no natural de la exigencia del hombre, que no está inmerso en el constantemente repetido ciclo vital de la especie, ni cuya mortalidad queda compensada por dicho ciclo.
El trabajo proporciona un artificial mundo de cosas, claramente distintas de todas las circunstancias naturales. Dentro de sus límites se alberga cada una de las vidas individuales, mientras que este mundo sobrevive y trasciende a todas ellas.
La acción, única actividad que se da entre los hombres sin la mediación de cosas o materia, corresponde a la condición humana de la pluralidad, al hecho de que los hombres, no el Hombre, vivan en la Tierra y habiten en el mundo.
En este sentido teórico filosófico se puede afirmar que es considerado un derecho natural de los seres humanos, por medio del cual, el ser humano desarrolla todo su potencial, cuya actividad está enmarcada por un fin. Al mismo tiempo, el trabajo se ha plasmado en textos legales, en consecuencia, convirtiéndose en un derecho humano positivo, reconocido por instancias supranacionales, como en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 de la ONU.
Asimismo, las legislaciones de cada uno de las naciones han reconocido y garantizado, el derecho al trabajo en sus constituciones. Teniéndolo en cuenta, de este modo, también como un valor, un principio y un fin del Estado, tal es el caso Colombiano. Por lo que resulta claro, la evolución a lo largo de la historia de los derechos de los trabajadores, y de igual modo la protección de lo único que poseen, su fuerza de trabajo.
Luego de las afirmaciones anteriores, conlleva a aclarar, que el trabajo tiene diferentes modalidades, y que todos los seres humanos independientemente de su actividad trabajan, lo que difiere, de lo que es empleo, que de allí pues, se constituyen las relaciones de trabajo. Por lo tanto, conviene dilucidar, en el caso del Estado de Colombia, que las organizaciones jurídicas, políticas y organizadas están en la obligación de la protección del trabajo en cualquiera de sus modalidades y formas; más aún, cuando se conoce que la actividad humana libre acarrea consecuencia de progreso para las naciones, es decir, que si los países quieren desarrollo, deben propugnar el fomento y difusión del trabajo.
Continuando con este orden lógico y dinámico acerca de las relaciones de trabajo merecen una protección especial por parte del Estado, aún más, cuando se tratan de carácter dependiente. Porque en ese tipo de relaciones se encuentra la parte débil que es el trabajador, como ya se explicó, su único bien es su fuerza de trabajo. Por tal motivo, se ejerce toda una política de protección, como los principios consagrados, en la legislación Colombiana, en el artículo 53 de la Constitución, tales como la asociación sindical, prestaciones sociales, seguridad social, el mínimo vital y móvil, entre otros.
Seguidamente cabe desatacar que dado al fenómeno de cambio mentalidad y acciones de comunicación humana denominado globalización y la interacción e innovación de las tecnologías informáticas, nace el teletrabajo, una modalidad de trabajo a distancia con el que se interactúa mediante las modernas Tecnologías de la información y la Comunicación.
En los Estados, donde se quiere desarrollar el teletrabajo, es necesaria una implementación mediante procesos de modernización y modernidad el fomentado por el Estado, a través del ejecutivo, para lograr la modernidad, por lo cual se requieren acciones administrativas para la difusión y provocación del teletrabajo, que en una época se convertirá en la forma cotidiana de trabajar, por ello desde la formación de ciencias jurídicas del trabajo es menester orientar la tecnología de la información desde dos perspectivas, la actualización de los conocimientos científicos en materia Laboral y seguridad social que son vinculantes y tiene sus fuentes en los instrumentos internacionales y por otra parte se requiere explorar la competencia y creatividad de los educandos llamada hoy habilidad para la gestión de la Información (Niño Rojas, 2008, pág. 25).
Con base en lo expuesto, esta forma de trabajo merece toda la protección del Estado, por ser esa su obligación, a su vez, cuando se constituyan por medio del teletrabajo, relaciones de trabajo dependiente, se desarrolla una forma de flexibilización laboral, lo que resulta imperioso el auxilio del Estado a la parte desdeñada de esta relación, coaccionando a los empleadores, de acuerdo al principio de la primacía de la realidad, a la garantía de cada uno de los derechos del empleo. Ese rescate lo hace a través de desarrollo de normas jurídicas, inspección y vigilancia por entes de la administración competente y elaborando estrategias de protección.
De esta manera se considera imperioso conocer y discernir acerca las Técnicas de Información y Comunicaciones; aunque para otros dentro del ambiente didáctico o pedagógico hablen de Ambientes o de Entornos Virtuales de Aprendizaje, otros se refieren a e-learning, por lo cual surge la duda metódica si hace al mismo instituto o se trata de asuntos diferentes entre sí, para elle es indispensable esbozar ideas.
Con respecto a las tecnologías de la información y la comunicación son aceptadas internacionalmente como los procedimientos, los recursos y las técnicas informáticas que permiten procesar, almacenar y transmitir información con la utilización de los novedosos recursos informáticos cada vez más accesibles a la población sin tanta formación en informática o sin ser consumados ingenieros de sistemas.
Asimismo se comprende por Ambiente Virtual de Aprendizaje se estima el conjunto de entornos de interacción, que en el tiempo resulten sincrónicos o asincrónicos, que a partir de una base informática permitan adelantar el proceso de enseñanza aprendizaje a través de un equipo de cómputo, cabe destacar que esta definición se aproxima a la propuesta por la Dirección de Tecnología Educativa del Instituto politécnico Nacional (de México); de otro lado (Ospina Pineda) propone:
En el ámbito educativo se puede definir el ambiente (virtual de aprendizaje) como la organización del espacio, la disposición y la distribución de los recursos didácticos, el manejo del tiempo y las interacciones que se dan en el aula. Es un entorno dinámico, con determinadas condiciones físicas y temporales, que posibilitan y favorecen el aprendizaje.
Cabe destacar que existe una apreciación metódica y conceptual en un artículo de revista indexada de cara a los entornos virtuales de aprendizaje como instrumento de mediación, elaborado por (Guerrero Suarez) Cristóbal de la Universidad de Salamanca considera:
La educación es un proceso social por naturaleza, un evento que al estar implicado en una red de influencias mutuas, es indudablemente, el suceso más humano y humanizador de todas las finalidades sociales. Pero, ¿qué ocurre cuando esta constante y afortunada acción social discurre y se apoya sobre los hombros de las Nuevas Tecnologías de la Información y de la Comunicación (NTIC), que son hoy una variante?
Los que defienden la tesis del e-learning manifiestan que "...no se trata solamente de tomar un curso y colocarlo en un ordenador, se trata de una combinación de recursos, interactividad, apoyo y actividades de aprendizaje estructuradas".
De todo lo anterior expuesto se puede sintetizar, primeramente, que el "entorno" ha de referirse al ambiente y no sólo a la técnica de utilización del computador para la enseñanza o la instrucción; es así que para los alcances de este documento académico científico se pretende indagar si los docentes de las facultades de derecho estarían dispuestos a capacitarse en el uso de las TIC como una medida de actualización propia y a su vez como un canal de comunicación más expedito con sus alumnos, quienes a no dudarlo, demuestran estar más al tanto de los avances tecnológicos.
Entonces es menester someramente aludir a los elementos o componentes de este ambiente virtual de aprendizaje para contestar la pregunta recién formulada; tendremos a disposición todos los elemento que se resumen a continuación para desarrollar una labor de calidad?
En este nuevo escenario del conocimiento se requiere tener unas condiciones materiales y recursos económicos e informáticos para la puesta en marcha del programa, curso o currículo. De otra parte debe adelantarse una labor de acercamiento tanto de profesores como de estudiante para prepararlos a aceptar estas nuevas formas de interacción que en la mayoría de casos no será presencial o cuya presencialidad será limitada en el tiempo o en razón de la distancia física entre ellos. No debe dejarse de lado asegurar para los interesados y vinculados al proyecto la organización de espacios físicos y de horarios de trabajo, tutoría y acompañamiento que definirán previamente para determinar si se trata de cursos a distancia o de complemento de la labor presencial. Es claro que en uno u otro caso, las condiciones variarán para su adecuación a cada programa. Tener claros los roles asignados de profesor, tutor, consejero, etc. para que el alumno sepa a quién y cuándo recurrir a cada uno de ellos, así como los del equipo de gestión; saber el número de alumnos para poder asignar tiempos de intervención mediática, tamaño y extensión de tareas o informes y número de involucrados en "chats" o conversatorios simultáneos para no bloquear los sistemas o canales de comunicación.
Ahora bien, se hace suficiente desde lo tecnológico, didáctico y telemático definir los tipos de actividades o didácticas que se recomienda implementar en el entendido que todo documento, video, etc. tiene un "peso" que pueden llegar a soportar las plataformas informáticas y que excederlos conducirá a los inconvenientes que se desea evitar desde el comienzo.
Por ello se afirma con todo sentido "...ésta modificación se genera a partir de una estructura básica de acción tecnológica que facilita el procesamiento, gestión y distribución de la información, agregando a la relación educativa, nuevas posibilidades y limitaciones para el aprendizaje. Esta transformación de la relación educativa promovida por la tecnología merece una atención distinta."(Suárez)
Dentro de esta perspectiva armónica de carácter pragmático de herramientas ofimáticas y telemáticas es viable decir que para la Administración, gestión y facilitación del curso, del programa o del aula, los requerimientos generales son igualmente trascendentes:
-
Plataformas informáticas en las universidades que soporten la comunicación creciente a través de navegadores adecuados y seguramente protegidos para que la comunicación se restrinja entre los inscritos o autorizados, y no de libre acceso.
-
Asegurar servicios web a todos los interesados en las mismas condiciones de velocidad gracias al soporte de un robusto equipo informático y de ingenieros que logren crear las plantillas o modelos de aulas para lograr una simetría y orden en la presentación de las aulas o entornos informáticos.
Asimismo en este orden consonante de ideas, tampoco resulta de poca importancia recordar otros detalles técnicos que van desde la adquisición de licencias o utilización de software gratuito, compatibilidad de los programas de la Universidad o centro de educación con los computadores del alumnado, idioma a emplearse si se trata de actividad internacional, así como todas las herramientas que aseguren y faciliten la planeación, organización, puesta en práctica y valoración o evaluación final del trabajo adelantado a lo largo del curso.
Para todos es un hecho que la implementación de estos tipos de colaboración dentro de las formas actuales de enseñanza también están sujetas a diversos inconvenientes que vale la pena mencionar someramente: posible lentitud en la transmisión de la información en especial si te trata de documentos "multimedia" que contengan imágenes, sonido etc., caída del sistema, o interrupción del servicio de la web, fallas del servicio de energía eléctrica en general. Es de entender que los costos de las tarifas de servicios informáticos pueden tener una influencia limitativa negativa en el volumen de interesados en su utilización.
Seguidamente se puede destacar que para los docentes actuales en cátedra presencial el reto es lograr que durante la hora de clase no se dediquen a cultivar amistades mediante las redes sociales sino más bien atraerlos a complementar lo dicho por el docente o a mejorar el debate con información en línea de última hora.
Atrás quedaron los tiempos en que conseguir un libro, un código o una ley e importarlos tomaba tiempo y recursos económicos nada despreciables, siempre con el temor de la vigencia en el tiempo de lo recibido con tanto esfuerzo.
¿Qué docente actual en aula no enfrenta el escenario de ver cada vez más a sus alumnos con teléfonos inteligentes o dispositivos informáticos? ¿Cuál ha de ser el uso permitido o permisible ya que resulta a todas luces imposible decirles que lo guarden? La negativa -y con razón- es que en esos elementos tienen almacenados sus códigos, leyes y otros materiales de clase.
La propuesta lleva a definir a un educador virtual, de acuerdo con lo afirmado por el Rector de la Universidad de Barcelona, en el entendido que "la introducción de nuevas tecnologías en la educación no supone la desaparición del profesor, aunque obliga a establecer un nuevo equilibrio en sus funciones" (Bricall Joseph María).
Dentro de las características de estos nuevos educados virtuales debe entenderse que quien asume tal obligación se convierte más en un tutor del proceso de enseñanza que en un comunicador tradicional de información. De una u otra forma es claro que su gestión no es estandarizada sino que adquiere una condición personalizada desde el principio porque tanto profesor como alumno tienen una actitud activa frente a este sistema educativo.
De esta manera llevará buen tiempo que docente y dicente adquieran un mismo ritmo de trabajo puesto que, de todas formas, los tiempos de respuesta de los estudiantes deberán ser diferentes y adaptables a su entorno. Ello no obsta para que el docente adquiera ritmos de trabajo diferentes con sus pupilos -como acontece en cátedra presencial- sin que ello afecte el resultado final del curso en su promedio ni los resultados de conjunto.
En la actual sociedad de la información, el problema no radica en la consecución de recursos bibliográficos, sino por el contrario, en la gran cantidad de documentos que un buscador informático puede, en tiempo record, ofrecer al investigador o consultante, quien se puede ver abrumado por los cientos, miles o millones de datos a los que puede acceder.
De allí la importancia de la capacitación para saber encontrar para el propio uso documentos o fuentes confiables y con mayor razón estar en capacidad e ofrecer al alumnado canales de búsqueda o documentos depurados o por lo menos confiables.
A manera de ejemplo práctico podemos citar el Diplomado sobre Apropiación de las TIC que actualmente adelanta la Universidad Militar Nueva Granada a través de su Facultad de Estudios a Distancia FAEDIS a su cuerpo docente con miras a la actualización profesoral en la materia, y ofrecer material de apoyo informático construido por sus docentes para reforzar el trabajo que se adelanta en el aula de manera presencial.
Dentro del mencionado diplomado, se tocan temas de suma importancia, además de la presentación se navega en Módulos sobre el uso potenciado del correo electrónico, la ayuda inmensa que ofrece youtoube.com, bases de datos y documentos de interés así como materiales de estudio, lineamientos generales de Aulas Virtuales, y montaje de su propia asignatura dentro de la plataforma Moodle . Acompañado de tutoriales, videos guía, páginas web y otras fuentes documentales.
2. Aula virtual y enseñanza de los instrumentos internacionales del trabajo.
Cabe destacar en este sentido que dentro del esbozo acerca de la virtualidad y espacio de desarrollo, cabe precisar dentro de la metodología de este documento de corte didáctico dentro de modernización tecnológica y renovación de ambientes de aprendizaje para alcanzar Abogados competitivos en cuanto a fortalezas y destrezas metodológicas, es por ello que resulta pertinente definir qué se entiende por aula virtual y cuál ha de ser su razón de ser:
Con precisión conceptual y práctica se podría establecer en un marco de expresiones básicas que el aula virtual es el medio en la Internet en el cual los educadores y educandos se encuentran para realizar actividades que conducen al aprendizaje. (Horton, 2000)
Por tanto, se debe entender que su razón de ser no se limita a copiar y transmitir masivamente información y aun mas a hacerlo indiscriminadamente, nos referimos a hacerlo sin una coherencia o una ponderación que conduzca a crear instrumentos de diverso índole que faciliten la comunicación y de ella adquirir el conocimiento y las destrezas que permitan posteriormente una utilidad profesional práctica. Ello dentro de un proceso robusto que permita la interacción entre los involucrados, la utilización de diversas didácticas, el poder emplear recursos multimedia que faciliten la comprensión de modelos de pensamiento, la aplicación práctica de la imaginación de los alumnos en la construcción de nuevos modelos o teorías así como las discusiones entre los participantes, asistir a video conferencias en tiempo real o revivir aquellas paradigmáticas que vale la pena volver a ver como aquellas películas clásicas de la filmografía. Todo ello precedido de reglas claras dadas al comienzo de los cursos con explicación de los tiempos de entrega de los aportes tareas o estudios que desprenden de la didácticas acordadas así como los métodos de evaluación al final del ejercicio del mencionado curso.
Como resultado de la teoría de aprovechamiento de las TIC, el docente estará idóneamente facultado para construir su propia aula incorporando en ella sus conocimientos y experticia guiado por las directrices que sobre el particular dicten las Directivas de la Universidad para que el departamento de informática prepare una "plantilla" o una base de aula que pueda concebir y desarrollar cada docente según lo estime conveniente. Creeríamos viable afirmar que aún desde la plataforma del aula virtual prima de manera inobjetable la llamada Autonomía o Libertad de Cátedra -de origen constitucional- que faculta al docente para dar a conocer su pensamiento en forma verbal, escrita o informática.
Entonces los instrumentos internacionales del trabajo se encuentran en las diversas plataformas o páginas donde el estudiante debe estar adiestrado o preparado en el manejo de ellas para nutrirse de los diferentes tratados, convenios y recomendaciones en materia de derecho del trabajo ello para indagar, conocer y determinar el bloque de constitucionalidad que atañe a la defensa de casos concretos o para entender las fuentes formales internacionales o supraestatales que soportan y sostienes este derecho en su característica de nuevo, internacional globalizado y vinculante.
3. Enseñanza derecho del trabajo en el contexto de teletrabajo.
El derecho del trabajo, también denominado como derecho de clases (González Charry, 2004, pág. 13), por algunos tratadistas mexicanos, tal como lo afirma uno de los expositores de derecho laboral mexicano (De La Cueva, Mario, 1981, pág. 25), que el derecho laboral es producto de la lucha de las niveles materiales de vida y todo beneficio del trabajo es un logro de justicia como lo manifiesta De La Cueva "la justicia tendrá que ser una conquista de quienes sufren injusticia".
Este preámbulo demuestra la importancia del derecho del trabajo para toda persona, es por esta razón que la Constitución Política, le da una protección especial por parte del Estado (Peña Peña, 2012, pág. 3), entre tanto que la H. Corte Constitucional de Colombia ha dicho, que es una manifestación de la libertad del hombre y por tanto su fundamento en la dignidad del hombre (Derechos Colectivos, 1992).
Desde la práctica es dado afirmar que si es viable emplear el aula virtual como soporte o ayuda multifacética del trabajo presencial en la enseñanza del derecho laboral y de la seguridad social.
Con ello se puede constatar que en el Estado Colombiano existen varias Universidades ya cuentan con un modelo activo sobre el particular, con la utilización de la plataforma MOODLE, como es el caso de la UMNG y la Universidad del Atlántico.
4. Aplicación práctica posible: el teletrabajo
En los últimos años se ha constituido un punto de inflexión de las relaciones laborales, cuya época ha estado marcada por la fuerte competencia internacional (globalización) y la innovación tecnológica, trayendo consigo las nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), jugando un papel fundamental en la transformación y modernización de las empresas (Lenis Gomez, 2007)
Pretendiendo anunciar soportes o dimensiones estructurales es oportuno connotar La globalización capitalista actual no es otro que el mismo capitalismo egoísta, despiadado y racionalista del Renacimiento europeo, que ven al Estado intervencionista como un límite para el desarrollo empresarial que traen como consecuencia la supresión de la noción de la relación laboral y del contrato de trabajo para ser reemplazados por un contrato civil o comercial, cuya prestación esté liberada de derechos, obligaciones, indemnizaciones y carga prestacionales (Obando Garrido, 2007).
Otros efectos de las transformaciones mencionadas, son la deslocalización de los puestos de trabajo con el apoyo de las TIC, en esto consiste el teletrabajo, en no estar bajo guarda del empleador sino en un lugar diferente, como en el domicilio, regulada en Colombia a partir de la ley 1221 de 2008, cuya norma manifiesta una serie de garantías laborales, sindicales y de seguridad social, pero a la realidad muchas de estas vinculaciones de trabajo se han visto como independiente y generación de trabajo informal precario.
En síntesis y observando la definición del teletrabajo, se podría decir que no es más que una derivación de una forma de empleo de vieja data denominada "trabajo a domicilio", el cual debería funcionar como lo hace esa antigua forma de vinculación, porque obviamente no se encuentran los elementos constitutivos de un contrato de trabajo pero sigue siendo una forma de relación dependiente (Lenis Gomez, 2007). Además el uso de medios tecnológicos e informáticos ha hecho posible que se desarrolle el trabajo a domicilio.
Con el sistema capitalista, economía globalizada y las tecnologías cada vez siendo menos complejas, el teletrabajo podría convertirse en la forma de empleo más utilizada, de esta forma se observa, si desde la relación trabajador- empleador se seguirá deteriorando o por el contrario, éstas entrarían en una nueva evolución; así como los sistemas económicos evolucionan, también lo harán las relaciones laborales.
Conclusiones
Entorno de aprendizaje no es solamente saber usar un computador para hacer docencia directa donde se dejen espacios para realizar las actividades independientes previstas en el sistema de unidades de crédito.
Se requiere una enorme infraestructura informática, una robusta plataforma y un comprometido grupo de soporte informático de ingenieros y expertos que creen las bases o aulas tipo para que los docentes logren trabajo ordenado y organizado metodológicamente.
Es claro que este sistema tiene inconvenientes de orden técnico y económico para los usuarios que deberán saber manejar las entidades educativas para acoger el mayor número de interesados.
Cabe resaltar en este espacio de análisis y reflexión de las competencias comunicativas a partir de la tecnología y el teletrabajo que se requiere adaptarse a los tiempos de trabajo y a metodologías diferentes de la cátedra presencial.
Por ultimo en un ciclo de síntesis se puede afirmar de forma positiva y creciente ya hay ejemplos prácticos de las TIC y aulas virtuales para la enseñanza del derecho del trabajo y de la seguridad social.
Referencias
Arendt, H. (1996). La condición humana. Barcelona: Paidos. [ Links ]
De La Cueva, M. (1986). Tratado de Derecho al Trabajo. México. Porrua.S:A. [ Links ]
De La Cueva, M. (1981). El nuevo derecho mexicano. Mexico: Porrua S.A. [ Links ]
Flórez Ochoa, R. (1996). Hacia una Pedagogía del Conocimiento. Bogotá: Mcgraw-Hill. [ Links ]
Florez Perez, E. (2005). Elementos de Etica, Filosofía, Política y Derecho. Caracas: El Nacional. [ Links ]
Gonzáles Charry, G. (2004). Derecho laboral Colombiano. Bogotá: Legis. [ Links ]
Guerrero Suarez, C. (s.f.). Entornos virtuales de Aprendizaje. Unidad de Tecnología Educativa (UTE) Universidad de Valencia. [ Links ]
Niño Rojas, V. M. (2008). Competencias en la Comunicación hacias las Prácticas del Discurso. Bogotá: Eoe Ediciones. [ Links ]
Ospina Pineda, D. P. (s.f. [ Links ]).
Obando Garrido, J. M. (2007). Derecho laboral. Bogotá: Editorial ABC Ltda. [ Links ]