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Eidos

Print version ISSN 1692-8857On-line version ISSN 2011-7477

Eidos  no.42 Barranquilla July/Dec. 2024  Epub June 28, 2024

https://doi.org/10.14482/eidos.42.009.864 

Artículos originales

DESVELANDO EL ESPACIO POLÍTICO. Tipos DE APROPIACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO COMO POLÍTICAS ACTIVAS

Revealing Political Space. Types of Appropriation of Public Space as Active Politics

Felix Alejandro Cristiá1 
http://orcid.org/0000-0003-3786-7444

1Universidad de Costa Rica (Costa Rica) cristiabatista@outlook.com


RESUMEN

Esta investigación aborda la validez del espacio público como auspiciador de la participación política, centrándose en las diversas formas de apropiación del espacio que pueden fomentar dicha participación. El objetivo principal consiste en demostrar las posibilidades de acción política de las y los ciudadanos al expresar su desacuerdo a través de distintos procesos de apropiación del espacio público: la apropiación por dominación, por rebelión, la apropiación vandálica y artística. Se sostiene que la legitimidad de un sistema de gobierno puede cuestionarse o debilitarse según la actuación pública del cuerpo ciudadano contra el Estado o la entidad que ejerce la soberanía sobre el espacio. El análisis se llevará a cabo desde la filosofía política de la vertiente disociativa y el realismo político a través de los conceptos de conflicto, soberanía y desacuerdo.

Palabras clave: apropiación del espacio; soberanía; filosofía política; Estado; espacio público

ABSTRACT

This research addresses the validity of public space as a promoter of political participation, focusing on the various forms of appropriation of space that can foster said participation. The main objective is to demonstrate the possibilities of political action of citizens by expressing their disagreement through different processes of appropriation of public space: appropriation by domination, appropriation by rebellion, vandalic, and artistic appropriation. It will be argued that the legitimacy of a government system can be questioned or weakened depending on the public actions of the citizen body against the State or the entity that exercises sovereignty over space. The analysis will be carried out from the political philosophy of the dissociative aspect and political realism, through the concepts of conflict, sovereignty, and disagreement.

Keywords: Appropriation of space; sovereignty; political philosophy; State; public space

INTRODUCCIÓN

¿De qué manera los espacios públicos constituyen un medio legítimo de manifestar oposición al poder político? Las plazas, los parques, las calles, los espacios comunes a los y las ciudadanas han permitido expresar públicamente ideas, desacuerdos y protestas; y aunque podrían considerarse propiedad pública, no se podría decir que le pertenecen al Estado. La participación ciudadana como uno de los fundamentos de una sociedad de carácter democrático no puede llevarse a cabo sin lugares que la posibiliten, por lo tanto, la construcción de lo público guarda una estrecha relación con el espacio que el ser humano ha logrado ocupar en colectividad.

Si bien los usos del espacio público están regulados por un acuerdo que antecede a cada nuevo ciudadano, el mismo espacio puede posibilitar movimientos sociales que no están determinados por el poder que regula sobre el espacio. En un sistema de gobierno de carácter democrático, los miembros que conforman la ciudadanía, entendida esta preliminarmente como "el estatus de pertenencia plena a cualquier comunidad"1 (Kochenov, 2019, p. 2), pueden hacer demandas a través de las instituciones que los representan. En este sentido, los procesos de apropiación del espacio público serían una alternativa, puesto que durante la apropiación se despoja al sistema institucional de su labor representativa, y, en determinadas situaciones, hasta puede evidenciar un fallo en el sistema mismo de representatividad. Todo esto apunta a que los modos de usar el espacio público no están totalmente determinados por quienes los producen; de hecho, pueden dejar al descubierto una debilidad institucional: el poder regulador, el que ejerce el Estado por medio de sus instituciones, no puede evitar que las personas se apropien del espacio en todas las circunstancias posibles, a menos que este incremente sus modos de represión.

La apropiación del espacio, entendida como un proceso de expresión y ocupación llevado a cabo por un determinado número de personas ciudadanas sobre el espacio, puede cambiar la forma de su manifestación según como actúa el poder que regula los usos del espacio cuando pretende recuperar el control sobre este. "A través de la acción sobre el entorno, las personas, los grupos y las colectividades transforman el espacio, dejando en él su "huella", es decir, señales y marcas cargadas simbólicamente" (Vidal y Pol, 2005, p. 283).

Ahora bien, pensar en las posibilidades de acción por medio de la apropiación espacial permite -como diría Jacques Rancière (2008) a propósito de la inversión del teatro- "enseñar a sus espectadores los medios para cesar de ser espectadores y convertirse en agentes de una práctica colectiva" (p. 15). En otras palabras: participación política activa. A través de los procesos de apropiación espacial, los y las ciudadanas adquieren una forma alternativa de poder constituyente y transforman el espacio según la causa u objetivos acordados. De esta manera, el espacio público, más allá de fungir como lugar de encuentro o de transición, pasa a ser espacio público-político.

La pregunta problema de esta investigación se refiere a la validez del espacio público -y sus formas de apropiación- como medio que permite y promueve la participación política de los miembros de la ciudadanía. El objetivo del presente trabajo consiste en demostrar las posibilidades de acción política de las personas ciudadanas al manifestar su desacuerdo mediante distintos procesos de apropiación del espacio público. La importancia de estudiar el espacio y su apropiación desde la filosofía política radica en la posibilidad de comprender hasta dónde llegan los límites del ciudadano dentro de un sistema cuyas normas se instauran antes de que las personas desarrollen un conocimiento vasto sobre los lineamientos que lo constituyen. Por lo tanto, se estudiará el espacio público como medio de expresión del desacuerdo en cuanto es apropiado, bajo la premisa de que la imposibilidad de la expresión del desacuerdo en un sistema de gobierno de carácter democrático (representativo) implica la imposibilidad -o el declive- de su carácter democrático.

En primer lugar, abordaremos el tema de la apropiación del espacio público y su relación con el poder que decide sobre el espacio en las ciudades (soberanía), no tanto según sus condiciones de posibilidad, sino como procesos y relaciones que se vuelven en sí mismos movimientos de expresión del desacuerdo mediante la participación política activa de los y las ciudadanas.2 A continuación, analizaremos los órdenes de apropiación espacial que se llevan a cabo de acuerdo con el cambio de las condiciones del desacuerdo y del conflicto que ponen en suspensión el acuerdo formal (los usos predeterminados del espacio). El análisis de la presente investigación se llevará a cabo desde la filosofía política de la vertiente disociativa, que parte de los conceptos políticos y sus relaciones a través del conflicto, el antagonismo y el desacuerdo, como sugiere Marchart (2009), y desde el realismo político, que pretende estudiar el fenómeno de lo político emancipado en la medida de lo posible de los aspectos morales.

La relevancia de este enfoque radica en que, para llevar a cabo procesos de apropiación, se parte de un poder ya instituido al cual se opone y que a su vez ha establecido una serie de normas acerca de los usos del espacio público, cuya eficacia como ente regulador de los mismos reside en la labor de las instituciones que lo componen. Por consiguiente, nos apoyaremos principalmente en pensadores que se han dedicado a los problemas del desacuerdo, legitimidad y consenso como Schmitt, Rancière y Arditi. No obstante, cuando se estudian fenómenos cuyas cualidades se definen espacialmente se hace necesario abordar a autores y autoras que no necesariamente se circunscriben dentro de la teoría política realista o filosófica disociativa,3 sin pretender que los mismos justifiquen alguna postura política.

1. ESPACIO PUBLICO Y APROPIACIÓN DEL ESPACIO

Imaginemos una plaza abierta (sin muros o vallas) localizada frente a un edificio gubernamental en la capital de alguna ciudad. Dicha plaza había sido uno de los lugares más populares para llevar a cabo distintas actividades durante muchos años: huelgas, protestas, marchas, discursos públicos o instalaciones artísticas. Ahora supongamos que el Gobierno tomó la iniciativa de construir un nuevo edificio legislativo dentro del espacio que ocupa esa misma plaza, con el fin de albergar a los funcionarios del edificio que tenía enfrente. Para evitar un descontento por parte de la comunidad que la ha ocupado históricamente, se propone construir la obra por encima de la plaza para seguir dejando libre a los ciudadanos y ciudadanas su lugar de reunión. Imaginemos que en una próxima protesta estos ocupan la plaza como de costumbre, pero la manifestación no se extiende por mucho tiempo, pues los funcionarios ya no se encuentran enfrente de los manifestantes, sino encima de ellos. El nuevo edificio estatal ha cambiado las condiciones espaciales de la plaza a pesar de que no se ha modificado norma alguna concerniente a su uso, y su ocupación diaria va decreciendo.

Siguiendo con nuestro ejemplo, supongamos que ha pasado un año, y la plaza se vuelve cada vez menos concurrida o pasa a ser un mero punto de reunión. Eventualmente, para impedir que este espacio se convierta en el refugio de personas desahuciadas, el Estado decide construir una valla alrededor, la cual estaría abierta únicamente durante el día para el libre tránsito de los ciudadanos y ciudadanas. Aquí surge una pregunta: ¿el espacio continúa siendo una plaza pública?, y si no, ¿cuándo dejó de serlo?, ¿en el momento en que se dispuso a colocar un edificio por encima de esta o cuando se decidió construir la valla? Imaginemos que acontece otra manifestación pública. A pesar de que el mismo espacio se encontraba abierto para las y los ciudadanos, no lo utilizan para llevar a cabo su protesta, sino que lo bordean y se sitúan alrededor del edificio donde los funcionarios pueden verlos más fácilmente a través de las ventanas. Las personas se desplazan a las aceras y ocupan parte de las calles desde donde gritan o utilizan como lienzos para pintar y escribir sus demandas, obstaculizando el tránsito de otros ciudadanos. En estos momentos, ¿las aceras continúan siendo únicamente aceras o han adoptado el uso que originalmente poseía la plaza?

A raíz de este ejercicio podemos establecer algunas generalidades: en un caso inicial el Estado se apropió (dominó) la plaza sin cambiar su uso; continuaba siendo una plaza pública, pero después se dejó de utilizar como tal. Más adelante, los ciudadanos y ciudadanas en su protesta se apropiaron de las aceras que rodeaban el nuevo edificio, pues encontraron sobre estas lo que anteriormente se les había arrebatado. Lo que hace que las personas eventualmente se trasladen de la plaza a la acera es la necesidad ciudadana de manifestar su desacuerdo al margen de la representación institucional. La confrontación, entonces, no reconoce límites claros acerca de lo que está dentro y lo que queda afuera.

El concepto de espacio como medio físico puede referir al ámbito sociopolítico, al urbano o al medio espacio-temporal de las experiencias humanas. Para Hillier y Hanson (2005), el espacio es un "lenguaje mórfico", entendiendo esto como un conjunto de elementos ordenados de distintas maneras para generar experiencias sociales, así "cada sociedad construye un 'dominio étnico' organizando el espacio de acuerdo con ciertos principios" (Hillier y Hanson, 2005, p. 48). Por espacio público entendemos "calles, callejones, edificios, plazas, bolardos: todo lo que puede ser considerado parte del entorno construido. La vida pública también debe entenderse en el sentido más amplio como todo lo que ocurre entre edificios [...]" (Gehl y Svarre, 2013, p. 2).

Para obtener una comprensión más clara del tema, se podrían mencionar los aportes del filósofo alemán Jürgen Habermas (2005) que, aunque su pensamiento no se ubica dentro de la corriente disociativa de la filosofía política, resultan importantes de señalar. Habermas fundamenta una sociedad justa en una relación entre el derecho y la realidad empírica, donde los individuos son reconocidos en la comunidad en la medida en que se reconocen como seres racionales, unidos por la ley. Desde esta perspectiva, el ámbito público político (el que Habermas diferencia del espacio público general) se configura no solo por espectadores, sino por hablantes que intercambian razones. La esfera pública4 se presenta como un espacio abierto a la libertad comunicativa, lo que implica que el espacio no solo promueva acuerdos, sino también desacuerdos.

Así pues, se suele entender lo público como lo que no le pertenece a alguien en particular, sino a todos aquellos que conforman una comunidad o sociedad, o como aquello que es de propiedad pública, es decir, corresponde al ámbito cuyo uso es común a todas las personas, pero su control y administración es ejercido por el Estado o por alguna institución sujeta al mismo. Partimos del Estado como "un instituto político de actividad continuada, cuando y en la medida en que su cuadro administrativo mantenga con éxito la pretensión al monopolio de la coacción física legítima para el mantenimiento del orden vigente" (Weber, 2014, p. 160), definición que ha de ser expandida o modificada.

Existen numerosos debates sobre la idea del Estado. Por ejemplo, si tal entidad es "real" o un concepto abstracto: "la máscara que nos impide ver la práctica política tal como es" (Abrams, 1988, p. 82); en otras palabras, si el concepto de Estado es fútil, y más bien su cualidad real debería considerarse un "sistema-Estado" (conjunto de instituciones). Para Mitchell (2006), el sistema-Estado y la idea-Estado son dos aspectos de un mismo proceso: "'el Estado' surge de técnicas que permiten que prácticas materiales terrenales adquieran la apariencia de una forma abstracta, inmaterial" (p. 146). No se podría comprender el concepto de Estado desprendiendo alguno de estos aspectos. En una forma más sintética y realista, pero vinculada a la noción weberiana, el Estado sería un orden jurídico (Schmitt, 2009), lo que para Turner (1995) corresponde a una "forma autoritaria de democracia desde arriba en donde el Estado administra el espacio público" (p. 46), donde los ciudadanos son convocados a elegir un líder que les quita responsabilidad política.

Para Rancière, siguiendo de lejos a Schmitt, pero sin olvidar que tanto la política y lo político involucran momentos de la vida social y pública que no se reducen al poder del Estado, hay política "cuando hay un lugar y unas formas para el encuentro entre dos procesos heterogéneos" (1996, p. 46). El primero al que define como proceso "policial", es decir, referente esencialmente a la ley y su vigilancia, y el segundo el proceso de igualdad de las partes, donde los ciudadanos y ciudadanas, bajo su presunto estatuto de iguales, verifican esta igualdad por medio de la estructura institucional que el mismo Estado permite. De esta manera, se identifica un principio democrático a partir del reconocimiento de un lugar en donde se verifica la igualdad de las partes.

El concepto de apropiación (hacer propio algo) refiere a la acción de tomar para sí mismo, adueñarse de alguna cosa. En el tema que nos compete, tomar, ocupar, adueñarse del espacio. La apropiación del espacio es el proceso mediante el cual el ser humano, mediante sus actos sobre el espacio, lo dota de significado y se vuelve el medio de identificación y movilización que genera en las y los ciudadanos un sentido de pertenencia en colectividad y la posibilidad de demandar cambios. La mera ocupación se diferencia de la apropiación en que la primera posee un carácter más temporal; se usa el espacio, pero no se llega a dar necesariamente un hábito o un movimiento inspirado por un objetivo en común. La apropiación en este sentido no refiere a expropiación o robo, sino que más bien:

[...] es un proceso dialéctico por el cual se vinculan las personas y los espacios, dentro de un contexto sociocultural, desde los niveles individual, grupal y comunitario hasta el de la sociedad. Este proceso se desarrolla a través de dos vías complementarias, la acción-transformación y la identificación simbólica. (Vidal y Pol, 2005, p. 292)

Por ello, al hablar de tipos de apropiación no se trata de categorías estáticas que podrían definirse por condiciones inmutables, sino que el proceso de apropiación alberga movimientos sociales; implica la participación activa por parte de los seres humanos, participación que se vuelve política en la medida en que se manifiestan las demandas a través del espacio. Por consiguiente, un tipo de apropiación puede producirse a raíz de otro como reacción o respuesta, y este, a su vez, puede cambiar a otro tipo según cambien los acontecimientos.

A partir de nuestro ejemplo podemos reconocer por lo menos cuatro órdenes principales de apropiación del espacio público, que envuelven distintos momentos de la vida social relacionados con la participación política activa de los miembros que comparten la ciudadanía. En primer lugar, el tipo de apropiación primario que ocurre cuando un grupo de personas se apodera o simplemente se asienta sobre determinado espacio como resultado del contexto sociohistórico. Supone el establecimiento previo de una ley normalmente avalada por el Estado que, no obstante, puede convivir con procesos graduales de apropiación no conflictiva. Luego tenemos un espacio dominado, marcado por el nuevo edificio que se construyó encima de la plaza, que después devino en lugar de exclusión. De tal modo, el Estado acentúa su propiedad sobre lo público.

En segundo lugar, una apropiación que nace como respuesta o rechazo a la anterior, relacionada con la desobediencia civil y el derecho a la resistencia, donde el espacio es tomado por grupos que cambian los usos de este en medio de su participación. A continuación, se llevó a cabo una apropiación por rebelión manifestada sobre las aceras que colindaban con la plaza original y el nuevo edificio que ya la había dominado. En tercer lugar, tenemos el tipo de apropiación que deriva del anterior, pero que se manifiesta de distintas maneras como formas de denuncia que pueden llegar a ser conflictivas; se trata de una apropiación vandálica, vinculada al concepto de desobediencia incivil. Finalmente, tenemos el tipo de apropiación que puede llevarse a cabo a lo largo del tiempo sin que medie necesariamente un conflicto social: una apropiación paulatina.

Cabe señalar que, a diferencia de la apropiación paulatina, en los demás órdenes de apropiación del espacio como formas de participación política activa media un conflicto entre los miembros de la ciudadanía y el poder regulador o legislador del espacio que establece el consenso. La apropiación del espacio, por lo tanto, se opondría a la soberanía sobre el espacio, entendiendo esta desde una concepción básica schmittiana (que expandiremos más adelante) como "quién decide en caso de conflicto, en qué estriba el interés público o estatal, la seguridad y el orden público [...]" (Schmitt, 2009, p. 14) que, en el caso del ámbito público, la soberanía sobre el espacio refiere a la facultad de decisión del Estado sobre el estatuto de lo público.

2. APROPIACIÓN POR DOMINACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL CONSENSO

Para lograr comprender los tipos de apropiación primeramente se hace necesario señalar su condición de posibilidad elemental. Se parte de la apropiación como propiedad, proceso que aconteció cuando la tierra todavía no estaba totalmente dominada o dividida en parcelas sin dueños que las reclamasen. Desde este punto de vista, los teóricos del pensamiento político moderno "formularon la apropiación de la tierra como acto de fundación de la soberanía política y el requisito esencial del derecho público y privado, de la propiedad y el orden" (Brown, 2015, p. 65) que, bajo la necesidad de hacer permanecer este orden, se fortalece en las ciudades mediante las instituciones que legislan sobre los usos del espacio.

A esta primera apropiación,5 legitimada jurídicamente, le siguen los procesos de dominación, en los que se producen espacios por imposición, como ha sucedido históricamente en los territorios conquistados y colonizados. Dentro del ámbito urbano supone la dominación de espacios que eran ocupados por otros grupos, donde el nuevo uso del espacio es establecido y legitimado mediante la ley del dominador, quien instaura un nuevo nómos.6 Henri Lefebvre, en su obra publicada póstumamente, Hacia una arquitectura del placer, distingue la dominación del espacio y la apropiación, incluso las muestra como antagónicas.7

La apropiación se puede definir por contraste con la dominación y simultáneamente por oposición a la propiedad y sus consecuencias. El espacio apropiado no pertenece a un poder político, a una institución como tal. Ningún poder lo ha modelado según las necesidades de su prolongación. (Lefebvre, 2018, p. 149)

Siguiendo al pensador francés, un proceso de apropiación puede oponerse al espacio dominado, llegándose a dar de manera inmediata, por ejemplo, cuando un espacio es tomado por un grupo revolucionario o reaccionario.8 Podríamos hablar entonces de un proceso de reapropiación, es decir, devolver o recuperar un espacio que había sido ocupado con anterioridad. No obstante, si atendemos a una de sus principales obras, La producción del espacio, la dominación posee un doble carácter. Por un lado, cualidad de práctica humana cuando el espacio es "pasivamente experimentado, que la imaginación desea modificar y tomar. Recubre el espacio físico utilizando simbólicamente sus objetos" (Lefebvre, 2013, p. 98). Y, en segunda instancia, entiende la dominación como un producto humano cuando el espacio es apoderado por medio de intervenciones, como el caso de la arquitectura militar o los encausamientos de los ríos.

A diferencia de la división planteada por Lefebrve (dominación-apropiación), y según el modo en que cambian los procesos de apropiación del espacio público, sostendremos que la primera (dominación del espacio) también es un tipo de apropiación, no necesariamente su contrario. Esto porque la toma o reconquista de un espacio supone la existencia de un modo de uso previo, además de que el proceso de toma no implica necesariamente que se produzca un movimiento "liberador", sino que se puede reemplazar un espacio dominado por otro del mismo carácter. Así bien, entenderemos la dominación como una apropiación de primer orden, cuya instauración legal, no obstante, posee legitimidad política por medio del Estado.

Un espacio dominado instaura una norma de pretensión permanente (un espacio hegemónico o avalado por la ley) o temporal (en situaciones de excepción). En su forma permanente la dominación se convierte en institucionalidad, es legitimada por un acuerdo, entendido este como la expectativa de reciprocidad ante la ley (Arendt, 2015). La forma radical del espacio dominado de pretensión permanente puede devenir en monumento (espacio monumental según la terminología de Lefebvre), es decir, el espacio se convierte en símbolo de un recuerdo de interés social o político mediante el uso de una obra conmemorativa como complemento; se convierte en hito y legitima un discurso. Apropiar el espacio dominado implicaría entonces suspender el símbolo que alberga. Si un espacio legitima un discurso político (en pequeña escala) o un sistema de gobierno (a gran escala), entonces el proceso de apropiación que nace en oposición a ese discurso provoca una inversión de sentido.

En efecto, un proceso de apropiación sugiere una inversión; en muchas ocasiones "niega" el espacio derivado del consenso y llega a ocupar los espacios públicos cuyos usos son los esperados por las lógicas gubernamentales. Pero, ¿cómo podemos entender esta inversión como producto de la desobediencia o del desacuerdo? Para intentar responder esta pregunta se hace necesario comprender a qué se oponen los procesos de apropiación.

La política para Carl Schmitt se refiere a la administración basada en la experiencia del conflicto, y lo político a la distinción y asignación amigo-enemigo (Schmitt, 1991). En síntesis, el establecimiento de una otredad. Ahora bien, el concepto schmittiano de soberanía se vuelve insuficiente al considerar su existencia plena únicamente en casos de gobiernos de excepción, en los que el poder "regresa" a su fundamento teológico, a un Estado absoluto, y su capacidad de decisión última es puesta a prueba o demostrada. Rancière critica la distinción amigo-enemigo de Schmitt como fundamento de lo político, es decir, basada en un conflicto inminente, debido a que en la vida pública intervienen aspectos no contemplados por el jurista alemán. El filósofo francés afirmaría que la política se basa, más bien, en el desacuerdo manifestado contra lo dado, "por la parte de los que no tienen parte",9 por el cuerpo común de la ciudadanía contra los que ejercen el poder. En otras palabras, la irrupción en el momento del litigio.

La política actúa sobre la policía. Lo hace en lugares y con palabras que les son comunes, aun cuando dé una nueva representación a esos lugares y cambie el estatuto de esas palabras. Lo que habitualmente se postula como el lugar de lo político, a saber el conjunto de las instituciones del Estado, no es precisamente un lugar homogéneo. Su configuración está determinada por un estado de las relaciones entre la lógica política y la lógica policial. (Rancière, 1996, p. 49)

Rancière identifica dos lógicas distintas de acción: por un lado, describe como "policía" a todos los procesos relacionados con la asignación y distribución de poderes y funciones administrativas, lugar que ocupaba la "política" en la teoría de Schmitt. Y por el otro lado, la política, que abarcaría todas las actividades centradas en los principios de igualdad y su distribución, especialmente cuando el desacuerdo deshace el orden policial. Así bien, la política se manifiesta en el momento de la disputa y la verificación de igualdad. El choque entre el cuerpo policial y la verificación de la igualdad que ocurre durante el momento de la disputa se convierte en una tercera lógica.

El filósofo francés menciona que "La política es la institución del litigio entre clases que no lo son verdaderamente" (Rancière, 1996, p. 33), es decir, que normalmente son representadas. El momento de la disputa dota de existencia política a las personas que son representadas y que al mismo tiempo desacuerdan con esta representación. Si la política antigua (Grecia clásica) reconoció la existencia del ciudadano común en la medida en que este conformaba un démos, se podría decir que el espacio de la representación (el foro, las instituciones) se convirtió en el espacio del litigio. La disputa llevada a cabo en el espacio público, pasando por alto el foro, deviene en forma de apropiación, desembocando en una ruptura del consenso en un contexto determinado. Al fallar el foro, las y los ciudadanos se representan a sí mismos. Tomando esto en cuenta, podríamos suponer que parte de lo que posibilita un proceso de apropiación espacial que pretende suspender o invertir el espacio dominado es el desencadenamiento de un conflicto tras la denuncia o el señalamiento de una desigualdad, y es precisamente en este momento en que la participación de la ciudadanía se convierte en participación política.

3. APROPIACIÓN POR TOMA o REBELIÓN

¿Podríamos imaginar la apropiación del espacio como un tipo de activismo en el sentido de una participación pública activa, esto es, que al expresar un desacuerdo permite cambiar lo que se supone establecido? Edward Soja (2010) afirma que "aunque la búsqueda de la justicia espacial no debe limitarse solo a luchas por el espacio público, tales luchas son vitales y pueden extenderse en muchas direcciones diferentes en la búsqueda de la justicia y el derecho a la ciudad" (p. 45). La transformación del espacio según las prácticas que en este se llevan a cabo surge de una contradicción o choque entre la fuerza que instaura un modo de usar el espacio y una fuerza de oposición.

Ahora bien, no debemos caer en un exceso de optimismo sobre los sistemas que promueven la razón pública en el espacio como medio constituyente de las normas de convivencia,10 vicio en el que caen muchas veces los teóricos del espacio, en opinión de Soja (2008), sino que es preciso comprender si este sigue teniendo validez como medio posibilitador de cambios en los sistemas democráticos que le dan existencia política, pues al mismo tiempo "el «espacio» define el reino de la diferencia, de la otredad, de lo incontrolado, lo impredecible y lo inesperado y, por ello, el locus de la capacidad de acción y el punto de apoyo de la política emancipadora" (Harvey, 2018, p. 147).

Para Rancière (1996), la democracia no forma parte del poder oligárquico, lo que él denomina "orden policial", esto es, la vigilancia del cumplimiento de las normas sociales, sino que es la manifestación de una búsqueda de igualdad a través del conflicto. En otras palabras, una política a partir del desacuerdo, donde los sujetos políticos "miden los inconmensurables, la lógica del rasgo igualitario y la del orden policial" (Rancière, 1996, p. 51). Por lo tanto, la acción política en la manifestación de un conflicto u oposición a las normas que obedecen a una jerarquía de poder es democrática en el sentido de que denuncia una lógica de desigualdad que se ha llegado a naturalizar por medio de la lógica policial, y la mejor manera de llevar a cabo esta manifestación es en el espacio que ha sido reclamado para la misma ciudadanía. En términos de la división tripartita del poder político que propone este pensador francés (la policía, la verificación de igualdad, y el choque entre estos), el medio del orden policial serían las instituciones; el medio de lo político es el espacio público, que posibilita el disenso; y el tercer medio, que pone en conflicto los dos anteriores, sería la apropiación del espacio.

Benjamin Arditi (2012), en una crítica al concepto schmittiano de lo político (la distinción amigo-enemigo), argumenta que, de una relación de confrontación, pueden surgir marcos normativos que afectan la relación misma, por lo que dentro de la política el combatir puede implicar acordar. Por esta razón, aclara Arditi, es que la posibilidad de negociar es compatible con el concepto schmittiano de lo político, pues presupone una confrontación previa a la que hay que reducir en la medida de lo posible para prevenir un conflicto mayor (la guerra, si seguimos el caso extremo propuesto por Schmitt). Con esto en cuenta, y llevándolo al ámbito del espacio de esa confrontación, en este caso el espacio público:

Un enemigo bien identificado puede darle un sentido de identidad y de propósito político a un conglomerado de estados, partidos o movimientos, mientras que la pérdida de ese enemigo puede debilitar la percepción de quiénes somos y por qué estamos luchando. (Arditi, 2012, p. 18)

En efecto, el espacio público -las plazas, las calles- aumentan la dimensión de participación que normalmente -en momentos de elección popular, por ejemplo- se limitan al espacio/momento de ejercer el voto. Hannah Arendt recuerda que debido a la extensión de los países, que evita una plena unión entre todos sus ciudadanos y ciudadanas en determinados momentos, "necesitamos disponer de cierto número de espacios públicos. La cabina en la que depositamos nuestros sufragios es indiscutiblemente demasiado pequeña porque solo hay sitio para uno" (Arendt, 2015, p. 176). La toma del espacio público amplía la voz del pueblo.

La apropiación por rebelión, toma o levantamiento vendría a ser una reacción a la apropiación por dominación y al espacio monumental, y puede llegar a darse de manera lo suficientemente rápida como para que la entidad reguladora (o dominadora) no pueda contrarrestar la inversión. En este sentido, ocurre la negación del pacto, la abolición del consenso y la suspensión del monumento. Georges Bataille afirmaba que la cualidad distintiva del espacio es su discontinuidad (Vidler, 2000), pero por lo menos lo referente al ámbito público, sostendremos justamente lo opuesto: su característica es la continuidad que permite el desplazamiento.

Los tipos más comunes de apropiación por toma o rebelión son los acontecidos durante las huelgas, las protestas y las manifestaciones públicas. La causa inmediata de estos tipos de apropiación viene dada por un sentimiento de inversión "cuando se reúnen muchos para formar una masa, pueden conseguir lo que individualmente les estaba vetado", apunta Canetti (2016, p. 127). Este efecto de apropiación, si bien siempre opera según las particularidades del acontecimiento, posee ciertos momentos que se pueden identificar y en los que supone que un determinado grupo, o varios grupos, han acordado desacordar.

De este modo, el espacio público, que ya se ha percibido como espacio democrático, no como lugar de litigio, sino como espacio del disenso, permite que el ciudadano que normalmente ocupa un estatus pasivo como sujeto representado y protegido por la ley mediante las instituciones públicas se convierta en sujeto político "emancipado" de la representación mediante el proceso de apropiación. Excede así el espacio de "lo dado". Las personas, motivadas por una causa común se siguen las unas a las otras. Una sola persona puede expresar un desacuerdo y oponerse a un poder (institucional o jurídico), pero es la multitud, la masa, la que convierte el grupo en un agente político efectivo.

Una apropiación por toma o rebelión puede llegar a darse de manera inmediata según un detonante, esto es, el momento del estallido -siguiendo un término empleado por Elias Canetti en su obra Masa y poder-; se trata de la razón o el impulso por la cual un grupo de personas decide aglomerarse, donde se reconocen verdaderamente como iguales. A propósito de esto, Canetti (2016), en su teoría -más del tipo descriptiva- sobre las masas humanas, argumenta:

La inversión presupone una sociedad estratificada. La delimitación de ciertas clases entre sí, unas con más derechos que las otras, tiene que haber existido y haberse hecho sentir durante mucho tiempo en la vida cotidiana de los hombres antes de que pueda surgir una necesidad de inversión. (p. 126)

El momento del estallido puede estar marcado por una decisión adoptada repentinamente por un grupo de ciudadanos decididos o puede comenzar por una o muy pocas personas en oposición a algo, y que atraen a su vez un mayor número de personas identificados con su causa; o bien, puede desencadenarse por una decisión repentina del Estado que genera rechazo o repudio público, hasta en casos más extremos como en situaciones de excepción. El estallido representa el motivo y la necesidad de la identificación social, lo que hace que el grupo se mantenga unido y se enfrente a lo que considera contrario a sus derechos. Se trataría entonces del primer momento públicamente expresado del desacuerdo en el espacio, el que viene acompañado por "la insatisfacción por el número limitado de integrantes, la repentina voluntad de atraer, la decisión apasionada de llegar a todos" (Canetti, 2016, p. 79). Pero la apropiación del espacio del tipo de toma o rebelión no siempre trae consigo el movimiento humano como condición suficiente, sino que también puede estar auspiciada por una prohibición.

En el proceso de rebelión, el espacio se convierte en escenario de prohibición (un segundo momento): una norma autoimpuesta por el grupo, por ejemplo, no trabajar o no moverse del lugar acordado. "Cuando son muchos los que, juntos, resuelven no seguir haciendo lo que hasta ese momento hacían individualmente. La prohibición es repentina; ellos mismos se la imponen" (Canetti, 2016, p. 122). Tal vez la forma más habitual que podemos señalar de esta sea la huelga, la cual históricamente manifiesta sus demandas ocupando el espacio que en teoría es común a todas las personas que conforman la ciudadanía, impidiendo el libre movimiento a todos aquellos que no forman parte de la protesta. Por lo tanto, si anteriormente se había puesto en suspensión el consenso, con este segundo orden de apropiación, lo público también es puesto en suspensión, ya que lo que une a un grupo de personas es la identificación con una causa en común que le está otorgando identidad a la masa durante el tiempo en que se lleva a cabo la movilización; no depende de su identidad jurídica.

Por medio de las huelgas, los ciudadanos y ciudadanas han logrado alcanzar triunfos sociales en la historia moderna. Se han incorporado en los sistemas jurídicos de los Gobiernos democráticos como un derecho adquirido. Sin embargo, ¿el derecho a la resistencia debería ser avalado por el poder político que en teoría lo permite? Si es así, ¿cuándo estas clases de manifestaciones sobrepasan lo que se les ha permitido por medio de la ley? La jurisdicción es incapaz de establecer todas las condiciones en que una huelga es legítima, por lo que la legalidad de la huelga es en sí misma una contradicción que se evidencia cuando cambian los tipos de apropiación y de represión por parte del orden policial, como veremos a continuación.

4. APROPIACIÓN VANDÁLICA Y ARTÍSTICA

La apropiación vandálica puede ser entendida como una derivación de la apropiación por toma o rebelión, relacionada con la desobediencia incivil, el hacer daño -ya sea a quienes se oponen al grupo demandante o al espacio mismo- se convierte en la principal manifestación de apropiación. Es normal que al proceso de apropiación de toma se le introduzca un impulso -definido por la necesidad de comunicar un mensaje por todas las vías posibles- que llega a ser asumido por todas las personas de un determinado grupo. A pesar de que la apropiación vandálica puede derivarse de la apropiación paulatina, es decir, de la clase de apropiación que se lleva a cabo gradualmente a lo largo del tiempo y en la que no interviene necesariamente un conflicto, en este momento nos centraremos en su primera acepción. En esta no solo se da la "captura" del monumento, también su profanación. Este orden de apropiación espacial opera en sentido contestatario; no obedece a lo que se supone que es permitido.

Así, cuando el poder permite que se realicen en la calle mascaradas, bailes, festivales folklóricos, etc., se trata de una apariencia caricaturesca de apropiación y de reapropiación del espacio. En cuanto a la verdadera apropiación, la "manifestación" efectiva, es combatida por las fuerzas represivas [...]. (Lefebvre, 2013, p. 21)

Durante las movilizaciones acontecidas en el proceso de apropiación, en el que cada persona tiene a su disposición una porción de espacio, que al mismo tiempo no le pertenece a nadie, crece la necesidad de dominarlo mediante la destrucción o modificación de los símbolos que lo caracterizan. El éxito de la apropiación y del mensaje que se desea expresar radica en generar el mayor daño a menor tiempo. El espacio vacío se vuelve entonces una blasfemia. El horror vacui se puede entender como un acuerdo informal: un vacío sin rayar supone un espacio todavía sujeto al discurso hegemónico que se intenta doblegar, tal como argumenta Candice Delmas.

La resistencia puede designar una amplia gama de actividades disidentes, todas las cuales expresan una oposición y/o rechazo a ajustarse a un sistema dominante de valores, normas, reglas (incluida la ley) y prácticas. Para ser claros, el "sistema" que es el objetivo de la resistencia no se limita a las instituciones básicas de la sociedad, sino que abarca las estructuras sociales [...]. (Delmas, 2018, p. 16)

En el punto en que los grupos de protesta llegan a entrar en conflicto directo con el poder que reclama los usos del espacio, se podría decir que el espacio público se libera por completo de las normas jurídicas que constituían su uso; el Estado intenta recuperar el espacio por medio de la supresión de lo público o proclamando la excepción. En el espacio "el poder no aparece como tal, sino que se disimula bajo la denominada «organización del espacio». Suprime, elude y evacua todo cuanto se le opone mediante la violencia inherente y, si esta no fuera suficiente, mediante la violencia expresa" (Lefebvre, 2013, p. 356). La apropiación vandálica del espacio es intencionalmente conflictiva, nace de la desobediencia incivil, la que Delmas (2018) concibe "como un concepto de grupo, para cuya aplicación tratamos cualquiera de las cuatro características (encubrimiento, evasión, violencia y ofensa) como suficiente" (p. 44), y no reconoce la autoridad del Gobierno para castigar, a diferencia de la desobediencia civil, la cual implica desobedecer cuando una ley es percibida como injusta, pero que en cierta medida reconoce el sistema jurídico al que se opone.

Lo público abandona el espacio en la medida en que el poder soberano pretende recuperarlo; este lo reclama como su propiedad bajo la justificación de la pertenencia ciudadana en lugar de solo a un determinado grupo de manifestantes, y en ocasiones este poder puede clamar una excepción para posicionarse por encima de las normas que se habían instaurado para legislar sobre el espacio público, desencadenando un proceso de represión y persecución contra los sujetos que están llevando a cabo el acto vandálico, pues "la comprensión pública de la desobediencia civil excluye la desobediencia incivil del ámbito de la protesta de desobediencia justificable"11 (Delmas, 2018, p. 39). El triunfo de la apropiación vandálica no radica en hacer llegar un mensaje que de todas formas ya era conocido por los miembros que la ejercen, sino en irrumpir en la cotidianidad haciendo llegar ese mensaje a todo aquel que no participa de la movilización, al mismo tiempo que deslegitimar el poder soberano sobre el espacio en la medida en que este último no pueda reprender o castigar a todos los culpables del movimiento. Por ello, las manifestaciones vandálicas carecen de una autoría individual y sus expresiones son adjudicadas al grupo.

Ahora bien, otro tipo de apropiación espacial que puede derivar de la apropiación por toma, así como de la paulatina, es el que opera por medio de manifestaciones artísticas, por ejemplo, murales, grafitis y performances, con el fin de difundir el mensaje o la demanda por vías que, si bien podrían atentar contra un sentido público de moral, suelen apelar a las emociones de las personas sin que medie necesariamente un conflicto violento. Respecto a esto, Lefebvre (2013) se pregunta: "¿Es realmente posible usar las superficies murales para describir con graffiti las contradicciones sociales?" (p. 196). En el ámbito pictórico sobresale el mural y el grafiti, estando el segundo más del lado de la marginalidad y el abandono. Acerca del primero, Silva (2019) argumenta:

Los murales, como modo de apropiación y resignificación del espacio público urbano, abren una interesante vía de análisis de los imaginarios urbanos y cómo estos se plasman y recrean en intervenciones estéticas específicas, transformando paisajes cotidianos, en ocasiones desde los discursos hegemónicos y otras veces permitiendo la escenificación de otredades urbanas. (p. 136)

La apropiación artística puede llevarse a cabo de diversas maneras: en primer lugar, como una forma de la apropiación vandálica, donde se utiliza el espacio público y los elementos que lo conforman como los medios físicos que serán modificados mediante la acción. Pintar, bailar, rayar, entre otras expresiones efectuadas al desacordar, se convierten en los gestores de cambio o de demanda, ya no tanto la sola ocupación humana del espacio. El espacio público pasa de ser un medio de movilización a un medio instrumental. Se pueden llevar a cabo, por supuesto, procesos de apropiación que incluyan actos tanto vandálicos como artísticos, en otras palabras, pueden llegar a darse de manera independiente, así como complementaria. En una apropiación vandálica de carácter artístico existe una intención de dañar bienes públicos como expresión de apropiación. Se utiliza la sátira y la ridiculización de lo que se opone al movimiento.

La segunda forma de la apropiación artística sucede gradualmente en distintos espacios urbanos, y no media necesariamente un conflicto. En otras palabras, este tipo de apropiación puede ser un derivado tanto de la apropiación vandálica como del cuarto y último orden de apropiación: la paulatina, cuando los espacios olvidados, solitarios o degradados se vuelven lienzos destinados a ser el soporte de distintas manifestaciones artísticas. El grafiti es el gran exponente, y puede llevarse a cabo a lo largo de un proceso lento o inmediato. En actos de apropiación artística, las paredes y los muros se convierten en lo que en épocas anteriores habían representado los panfletos y afiches para dar a conocer determinados mensajes y protestas, y una de sus particularidades es que no siempre se suele reconocer a sus autores, por lo que, al igual que con lo visto anteriormente con la desobediencia incivil, se reduce la posibilidad de aplicar represalias, y, por lo tanto, se evidencia que el Estado no puede "decidir" sobre los castigos y las represalias.

Nota: Las flechas rojas indican un conflicto, mientras que las azules indican que no media conflicto en el proceso de apropiación.

Elaboración propia.

Figura 1 espacio como propiedad 

No pretendemos, de ninguna manera, abarcar todas las clases de manifestaciones humanas que se pueden dar cuando la ciudadana o ciudadano resiste en colectividad contra lo que considera acciones injustas o políticas opresivas. A pesar de que cuando nos hemos referido al espacio público, la gran mayoría de las veces se hace referencia a la plaza en primer lugar, y a las calles, aceras o parques en segundo, es importante destacar que el ámbito público no se limita a estos espacios, sino que a una mayor escala lo público puede considerarse como todo el espacio abierto interrelacionado donde los ciudadanos y ciudadanas pueden transitar libremente.

Recordando a Hillier y Hanson (2005), el espacio público no tiene una forma determinada, se abre y se reduce a lo largo de la ciudad hasta unirse consigo mismo. Es en la relación entre vacío y materia, entre continuidad y fragmentación avalada por las edificaciones, que se concibe la vida pública. Si algún poder logra dominar el espacio para resistir la ocupación de un grupo de personas, este habrá perdido ese espacio, pero no necesariamente habrá perdido el ámbito público, que permite redistribuir la movilización. Por lo tanto, podemos entender que la posibilidad de apropiación es dada por el mismo sistema instaurado que ha producido la diferenciación entre lo público y lo privado.

Esta política de la acción que surge cuando se expresa el desacuerdo en el espacio, generando su apropiación, recuerda lo que Hannah Arendt (2015) afirmaba sobre las asociaciones voluntarias: no se trata de partidos, sino de organizaciones ad hoc creadas para lograr un objetivo a corto plazo y que una vez logrado se disuelven. De esta forma, es el espacio público su posibilitador principal debido a su carácter de no-propiedad y accesibilidad. En este sentido, el desacuerdo manifestado públicamente puede derivar en desobediencia civil o incivil, y estas implican una apropiación del espacio que actúa como fundamento de una demanda de cambio que pretende constituir la legitimidad de una causa desde el cuerpo de la ciudadanía. Por ello, no en vano consideraba la filósofa a los desobedientes civiles como "la última forma de asociación voluntaria" (Arendt, 2015, p. 74).

CONCLUSIONES

Con base en este recorrido podemos concluir que la apropiación del espacio público es un medio legítimo de manifestación en contra del poder soberano, en la medida en que este último no reclame los usos del mismo espacio. Durante el choque entre la ciudadanía que se apropia del espacio y el poder que lo intenta recuperar tanto la legitimidad como la soberanía se ponen en suspensión. Así bien, el espacio público y sus formas de apropiación mantienen una validez fundamental como auspiciadores de la participación política activa. Mientras en determinado territorio exista una ciudad bajo un Gobierno de carácter presuntamente democrático, es decir, cuyos gobernantes se instauran de manera temporal mediante la elección popular, esta validez se mantendrá vigente en la medida en que el sistema siga dando las condiciones que diferencian lo público de lo privado. Sin embargo, hemos de admitir que los regímenes democráticos -en cuanto Gobiernos de elección popular- poseen diferencias en cuanto a su legitimidad política, y de la misma manera varían los modos de represión que adoptan contra las formas de apropiación del espacio.

La apropiación del espacio como participación política activa permite ver el espacio público como un medio de resignificación. Las personas se identifican con una causa u objetivo común que no necesariamente estaba auspiciada o avalada por el consenso establecido; los miembros se desprenden por un momento de su identidad como ciudadanos y ciudadanas, que lo son en la medida en que aceptan y se comportan según el acuerdo establecido por la entidad que les da esa posición en primer lugar. El sujeto político -en el que recae una de las preguntas fundamentales de la filosofía política- es el ciudadano -aquel que usa el espacio en la ciudad- que, mediante la apropiación propiciada por la expresión del desacuerdo, se emancipa del acuerdo formal instituido y crea un acuerdo informal, donde la soberanía -capacidad de decisión- recae en la comunidad formada por el grupo que comparte el disenso.

Lo que se concibe como público no necesariamente representa lo común, pero potencialmente se puede convertir en espacio de lo común mediante los procesos de apropiación, cuando en los movimientos sociales se "suspenden" los usos habituales de los espacios, disolviendo los límites entre cada uno, entre la plaza y la calle. Pero el proceso de apropiación también puede operar a la inversa, prohibiendo el libre tránsito a todo aquel que no se identifica con la causa. Esto permite repensar el diseño de los espacios públicos, el espacio arquitectónico y la planificación urbana como una arquitectura sin edificaciones, procesos de diseño que incluyen análisis y síntesis de las posibilidades de apropiación, tanto para propiciarlas como para impedirlas. Esta investigación se presenta en una última instancia como una estructura conceptual que permite entender la relación entre la política y la dimensión arquitectónica del espacio.

Una ciudad no es únicamente el conjunto de los espacios privados y de transición, sino la integración de los espacios cerrados y abiertos, privados y públicos, el lugar que posibilita el movimiento de las personas que la integran. Tendríamos que aceptar que la validez del espacio público como auspiciador de cambios sociales radica en la identificación de este como medio político, pues de lo contrario se presentaría como mero espacio de transición o de ocio, posible blanco de una potencial marginalidad. Una ciudad que ha reducido los espacios públicos a favor del privado, y peor aún, del espacio privado que pretende mostrarse como público, se convierte en una ciudad que de antemano ha imposibilitado el desacuerdo. Y si no se puede expresar un desacuerdo, en otras palabras, si solo un mismo acuerdo puede regir en determinado lugar, entonces el sistema de gobierno de esa ciudad no podría considerarse democrático.

REFERENCIAS

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1 Para extender: "La ciudadanía se trata de un estatus asignado por ley, que no se elige [...]" (Kochenov, 2019, p. 28). Traducción propia. Todas las traducciones de las referencias bibliográficas escritas originalmente en idioma inglés son propias.

2Se analizan los procesos de apropiación como movimientos en oposición a poderes reguladores como los ostentados por el Estado o la soberanía, por lo que se dejan de lado otras posibles formas de apropiación espacial como el caso de la apropiación de los espacios privados, la expropiación o la ocupación como recuperación de lo que le fue quitado a determinada población.

3Las teorías de la filosofía política asociativa y disociativa no son contrarias o excluyentes entre sí, sino que parten de diferentes enfoques: la asociativa estudia los conceptos relacionados al bien común, al acuerdo y el contrato social, mientras que la disociativa se centra en el conflicto, el antagonismo y el desacuerdo.

4La esfera pública no se refiere a un espacio físico determinado, sino un espacio no específico de participación racional ciudadana.

5Al situar una primera apropiación del espacio dentro del ámbito jurídico, donde se supone el establecimiento de alguna idea de Estado, se marca un momento histórico diferenciado de las distintas formas de apropiación del espacio que pudieron haberse llevado a cabo previo a la invención del Estado.

6Para Schmitt (2006), la palabra nómos (conjunto de comportamientos humanos según su división territorial) está estrechamente ligada a la apropiación de la tierra y a un principio de legalidad crucial para la formación de la sociedad civil.

7Si bien la dominación del espacio es tratada con un poco más de profundidad en esta obra, Lefebvre ya se había referido a ella en La producción del espacio. También en El derecho a la ciudad, aunque este último desde un enfoque de la naturaleza con su relación a la producción de la vida material.

8Henri Lefebvre utiliza el término "contra-espacio" para referirse al espacio producido en oposición a las lógicas dominantes de construcción; de esta manera el espacio se vuelve revolucionario. Un ejemplo de ello seria "cuando una población se opone a un programa de construcción de carreteras o de extensión urbana, cuando la población reclama «equipamientos» o plazas libres para el juego y el encuentro social" (Lefebvre, 2013, p. 413).

9Para expandir, el filósofo francés apunta: "Las estructuras del desacuerdo son aquellas en las que la discusión de un argumento remite al litigio sobre el objeto de la discusión y sobre la calidad de quienes hacen de él un objeto" (Rancière, 1996, pp. 10-11). Pero el litigio todavía supone un reconocimiento entre las partes para resolver un conflicto; en este sentido, el desacuerdo se anularía por medio de la actividad política.

10De hecho, la noción del espacio público como medio liberador es una idea moderna. En muchos casos históricos las plazas se ubicaban en la intersección de hasta 10 calles, como en París, con el fin de reunir y reprender fácilmente distintas manifestaciones.

11Más que todo desde el punto de vista de la entidad reguladora, pues la desobediencia incivil también puede estar justificada por principios, si bien no es una condición necesaria (Delmas, 2018).

Recibido: 28 de Noviembre de 2022; Aprobado: 28 de Febrero de 2024

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