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Franciscanum. Revista de las Ciencias del Espíritu

Print version ISSN 0120-1468

Franciscanum vol.53 no.156 Bogotá July/Dec. 2011

 

El concepto de familia hoy

The concept of Family today

Fr. Luis Hernando Acevedo Quiroz, O.F.M.*

*Filosofía y teología en el Seminario Mayor de los Franciscanos de Bogotá. Licenciado en Filosofía (Universidad de San Buenaventura, sede Bogotá), Diplomado en Derecho de Religiosos (Sagrada Congregación para los religiosos. Ciudad del Vaticano), Doctor en Derecho Canónico (Pontificia Universidad Antonianum de Roma). Ha sido profesor de la Universidad de San Buenaventura, sede Bogotá y de la Pontificia Universidad Javeriana. Actualmente es el Rector general de la Universidad de San Buenaventura. Contacto: secgenusb@etb.net.co.

Recibido: noviembre de 2010 Aceptado: marzo de 2011


Resumen

En primera instancia, el artículo hace un recorrido histórico sobre la forma como fue evolucionando el concepto de familia desde los tiempos más antiguos en las principales culturas de que se tenga noticia. Se constata que la primera forma de familia que existió fue la matriarcal y que por causas y circunstancias bien identificadas, se convirtió en la familia patriarcal. Al mismo tiempo, se comprueba que la religión primitiva o doméstica de los pueblos fue la que verdaderamente constituyó la institución familiar, el matrimonio como tal y la autoridad paterna. En un segundo momento, al referirse a las diversas modalidades actuales del concepto de familia, se alude especialmente a las así llamadas uniones libres o de hecho y a las uniones homosexuales, que de acuerdo con la doctrina de la Iglesia no se pueden aceptar, toda vez que atentan contra la institución natural del matrimonio, que es de derecho divino positivo. En el tercer apartado del artículo se aduce el magisterio eclesiástico sobre el matrimonio y la familia, concorde con la Sagrada Escritura y la Tradición, haciendo especial referencia a la doctrina del Concilio Vaticano II y a la enseñanza del Papa Juan Pablo II. El análisis investigativo de la temática concluye con unas consideraciones sobre cómo debería ser la pastoral familiar por parte de la Iglesia, para subsanar la actual crisis de la familia y así poder rescatar la verdadera identidad de la familia como "santuario de la vida y elemento unificador de la sociedad".

Palabras clave: Familia, matrimonio, magisterio, tradición, pastoral familiar.


Abstract

Firstly, the article makes a historical tour along the manner of how the concept of family has been evolving, since the oldest times in the principal cultures that are known. It is true that the first type of family that existed was the matriarchal and, because of causes and well identified circumstances, it became a patriarchal family. At the same time, it has been proved that the primitive or domestic religion of peoples was the one that truly constituted the family institution, marriage and the parental authority. In a second moment, when referring to the diverse and current modalities of the concept of family, it is alluded to the cohabitation or de facto relationships and homosexual relationships, which, according to the doctrine of the Church, can't be accepted because they aggress against the natural institution of marriage, which is a positive Divine right. In the third part of the article, the ecclesiastic Magisterium about marriage and the Sacred Family is invoked, according to the Scripture and Jean Paul the second's teaching. The investigative analysis of the topic concludes with some considerations about hoe the family pastoral from the part of the Church should be in order to be able to solve the crisis of the family nowadays and so, be able to rescue the true identity of the family as a "life sanctuary and unifying element of the society".

Keywords: Family, marriage, magisterium, tradition, family pastoral.


Introducción

"La familia en los tiempos modernos ha sufrido quizá como ninguna otra institución, la acometida de las transformaciones amplias, profundas y rápidas de la sociedad y de la cultura" (Familiaris consortio 1).

Esta afirmación del Papa Juan Pablo II a la vez que es una constatación, es al mismo tiempo una premonición. Constatación de lo que ya en tiempos de su pontificado había llegado la evolución conceptual de la Familia, y una premonición de lo que vendría más pronto que tarde, como lo estamos evidenciando en esta inimaginable evolución de la Familia no sólo en su dimensión conceptual, sino tristemente, en su dimensión legislativa.

En esta perspectiva vamos a intentar un análisis histórico-doctrinal y jurídico de la institución familiar que, aunque en principio sigue siendo la célula de la sociedad humana, actualmente ya no comprende exactamente todo su significado y contenido.

1. El matrimonio y la familia en la antigüedad

En la evolución prehistórica de la sociedad humana se dan dos etapas bien definidas: la matriarcal y la patriarcal.

1.1 Sociedad matriarcal

De acuerdo con el análisis que hace la Dra. María José Infante sobre la evolución humana para encontrar los elementos conceptuales de la Familia, afirma que Bahofen con su obra el Derecho materno, publicada en 1861, inicia el estudio de la historia de la familia, en la que el autor formula las siguientes tesis:

  1. Primitivamente los seres humanos vivieron en promiscuidad sexual, el heterismo.
  2. Tales relaciones excluyen toda posibilidad de establecer con certeza la paternidad, por lo que la filiación sólo podía contarse por línea femenina.
  3. A consecuencia de este hecho, se llegó al dominio femenino absoluto, es decir, la "ginecocracia".
  4. El paso a la monogamia en la que la mujer pertenece a un solo hombre, encerraba la transgresión de una antiquísima ley religiosa, es decir, el derecho inmemorial que los demás hombres tenían sobre aquella mujer.1

En 1865 McLennan, refiriéndose a la prehistoria de la Familia, distingue dos tipos de tribus: a). Las exógamas, en la que los hombres deben buscar esposas y las mujeres esposos fuera del grupo. b). Las endógenas, en las que tomaban esposas sólo en el seno del mismo grupo. Este autor habla de tres formas de matrimonio: poligamia, poliandria y monogamia.2

La autora citada refiere que Morgan, en 1871, realizó un estudio sobre los iroqueses, donde pasó la mayor parte de su vida porque fue adoptado por una de esas tribus. Allí "encontró vigente entre ellos un estado primitivo en el que en el seno de la tribu había un comercio sexual promiscuo, de modo que cada mujer pertenecía igualmente a todos los hombres y cada hombre a todas las mujeres".3

Según Morgan, la familia pasó por las etapas de la "familia consanguínea", la "punalúa" y la "familia sindiásmica". En esta última etapa, ya se formaban parejas conyugales para un tiempo más o menos largo. Un hombre vivía con una mujer, pero la poligamia y la infidelidad ocasional seguían siendo un derecho para los hombres. Había facilidad para la disolución del vínculo conyugal, pero los hijos sólo pertenecían a la madre. Con el matrimonio sindiásmico, comienza el rapto y la compra de mujeres.4

1.2 Sociedad patriarcal

Dado que el sistema matriarcal no era lo suficientemente estable, puesto que no permitía el desarrollo de las energías de la civilización, se hizo necesario el patriarcado, "basado en los valores masculinos y que permitía el desarrollo del derecho civil, de la racionalidad y de los aspectos de la cultura, frente al derecho natural matriarcal".5

En la sociedad patriarcal se llega a la familia monogámica, fundada en el predominio del hombre cuya finalidad principal es procrear hijos, cuya paternidad sea indiscutible y así poder transmitirles la herencia de los bienes del padre. En la sociedad patriarcal, el padre es el dueño y señor de la familia, tanto que en el derecho patriarcal primitivo "tanto la mujer como los hijos eran propiedad del paterfamilias, de igual forma que lo eran los esclavos, propiedades o ganados".6

1.3 La familia en la sociedad babilónica

Según el Código de Hammurapi de tradición sumérica, la familia se fundamentaba en el matrimonio que en principio era monogámico, pero con la influencia semítica el citado Código autorizaba al esposo que tuviera otras esposas secundarias, distintas de las esclavas, en caso de que la primera esposa no le diera hijos. La finalidad principal del matrimonio era la procreación para asegurar la perpetuidad de la familia y la perpetuidad del culto. El Código en sus Artículos 154-155, prohibía con graves sanciones el matrimonio entre padre e hija, o entre madre e hijo.7

Mediante un contrato escrito entre el novio y el padre de la novia se hacía la promesa del matrimonio, e implicaba que el futuro esposo diera una dote al padre de la futura esposa. Con la evolución de la sociedad babilónica más tarde apareció la forma consensual de contraer matrimonio. El derecho del esposo de repudiar a la esposa no requería que hubiera causas justas, y los textos legislativos permitían el repudio de la mujer estéril o infiel, pero el Código de Hammurapi prohibía el repudio de la esposa cuando ella se enfermara.8

1.4 La familia en el Imperio egipcio

La costumbre familiar en el antiguo Imperio egipcio, muy probablemente se fundamentaba en el matrimonio monogámico, puesto que en principio sólo al Faraón se le permitía tener varias esposas. El matrimonio se celebraba con determinadas ceremonias religiosas. En el nuevo Imperio egipcio, el matrimonio es monogámico. El consentimiento de los esposos es requerido juntamente con la redacción de un documento escrito en el que se determina su estatuto patrimonial y la sociedad de los bienes. La esposa tiene capacidad jurídica para disponer de sus propios bienes, en especial, de los recibidos por sucesión. Al esposo se le concedía el derecho de divorcio.9

De acuerdo con la normatividad del Código Hitita no se hace mención ni a la monogamia ni a la poligamia. Lo que sí establecía era que el Rey podía tener al lado de la Reina esposas asociadas a su vida oficial y ellas tenían especial importancia en la vida religiosa. El Código admitía también el rapto y la compra como formas de matrimonio.10

1.5 La familia en la sociedad hebrea

En esta sociedad el matrimonio se encontraba normatizado en el Deuteronomio (23-24). El jefe de la familia tenía varias esposas legítimas y, además, concubinas tomadas frecuentemente de las esclavas. Este régimen se dio durante el tiempo del patriarcado y persistió durante la monarquía (1 R 11, 1-3). El matrimonio se celebraba con ritos y ceremonias de carácter religioso y familiar. Pero jurídicamente el matrimonio hebreo era un matrimonio civil.

1.6 La familia en la Grecia clásica

En la Atenas clásica la familia representaba un elemento constitutivo de la ciudad. El derecho antiguo confirma la opinión de Aristóteles sobre las relaciones "familia-polis". La célula base estaba constituida por la familia, que era creada por el matrimonio y agrupaba a los padres con los hijos y asociaba a la servidumbre. La familia ateniense era monogámica, pero el concubinato era frecuente y admitido por las costumbres.11

En Atenas, la mujer carecía de derechos ciudadanos y políticos. Jurídicamente, la mujer estaba siempre sometida a un señor (kyrios) que era el padre o el tutor, o su marido y en caso de quedar viuda quedaba sometida a sus hijos.12

Los analistas de la ciudad antigua, en especial de la sociedad griega y la romana, han llegado a comprobar que "una religión primitiva construyó la familia, estableció el matrimonio y la autoridad paterna y consagró el derecho de propiedad y de herencia. De la religión partieron todas las instituciones, así como todo el derecho privado de los antiguos".13

Lo anterior se explica porqué en cada casa había un altar y alrededor de cada altar una familia. El fundamento de la familia no estaba constituido solamente en la generación o lazos de sangre y, prueba de ello, es que la hija casada o el hijo emancipado ya no formaban parte de la familia. La unión de los miembros de la familia antigua "consiste en algo más poderoso que el nacimiento, que el afecto y la fuerza física: es la religión del hogar y de los antepasados lo que hace que la familia forme un núcleo compacto en esta vida y la otra. La familia antigua es una asociación más que natural".14

Concretamente, en el tema que nos ocupa, Fustel afirma que "el matrimonio fue la primera institución establecida por la religión doméstica"15 puesto que las familias tenían dioses diferentes y cuando un joven pedía en matrimonio a una joven de otra familia, para ella no se trataba sólo de pasar de una casa a otra, sino de abandonar el hogar paterno "para irse a invocar en adelante al dios del hogar de su esposo".16 Era un cambio de religión, de ritos y de ceremonias. Por lo mismo, la ceremonia matrimonial no se celebraba en el templo de los dioses, sino en la casa presidiéndola el dios doméstico.17

El matrimonio entre los romanos era muy semejante a como se celebraba entre los griegos. Comprendía también, tres actos: traditio, deductio in domun, confarreatio.

La "traditio" consistía en que el padre de la joven entregaba la hija al futuro esposo. Esta formalidad era indispensable. La deductio in domun era la conducción de la joven a la casa del esposo. Ella llevaba velo y corona e iba precedida de la antorcha nupcial. A la entrada en la casa se simulaba el rapto, pues el esposo la alzaba en brazos para que los pies de ella no tocasen el umbral de la casa. La confarreatio consistía en comer juntos una torta de harina de flor (pañis íarreus). Esta torta, comida durante el rezo de las oraciones, "era la que causaba la unión santa entre el esposo y la esposa".18

De esta concepción religiosa del matrimonio se deduce que la unión conyugal era algo más que una simple relación de sexos o una afección pasajera, puesto que unía a los esposos con el poderoso lazo del mismo culto. Y asimismo, en dicha concepción no se podía admitir la poligamia, ni el divorcio, porque se exigía que la familia no pereciera, ya que si desaparecía, quedaba necesariamente extinguido el culto al dios de la familia.

En virtud de ello, el celibato era considerado como "una desgracia y grave impiedad". Por lo mismo, el matrimonio era obligatorio para unir a los esposos en el mismo culto doméstico y garantizar así la generación de los hijos para poder continuar el culto. En consecuencia, cuando la mujer era estéril, se justificaba el repudio: y si el estéril era el esposo, un hermano o un pariente del mismo debía sustituirlo y la esposa tenía que admitirlo y los hijos habidos de esa manera eran considerados como hijos del marido, para poder continuar el culto doméstico. En casos extremos, para perpetuar dicho culto se recurría a la adopción. De todo lo anterior se deduce que el parentesco no era precisamente la misma sangre, sino el culto.19

La familia aparecía, entonces, compuesta por el padre, la madre, los hijos y los esclavos, siendo el padre la primera figura, el encargado de todos los actos religiosos. Y así, por su medio, se perpetuaba la familia y el culto doméstico, viniendo a ser "el único representante de todos sus ascendientes sobre la tierra".20

Tanto el derecho griego como el romano y el hindú prohibían a la mujer tener un hogar propio para sí, o ser jefe del culto. Era tanta la autoridad del marido sobre la mujer que aún podía, antes de morir, asignarle tutor y hasta elegirle un segundo marido. En tal concepción, el adulterio se consideraba como la "mayor falta que podía cometerse", porque atacaba el orden del nacimiento que transmitía la regla del culto de padre a hijo.21

Por tales razones, en un principio la familia vivía aislada, pero, con el transcurso del tiempo, sobre la familia se formó la "fratria" con el dios Juno Curialis. Más tarde, se constituyó la "tribu" para así formar la ciudad.

Con la aparición del cristianismo, a medida que iba extendiéndose por todo el universo e influyendo en la sociedad, se fue cambiando aquella estructura religiosa de la familia antigua. Se fueron derribando poco a poco los "penates domésticos". Ya el padre no tenía la autoridad absoluta que le daba el sacerdocio en el culto del hogar y la mujer "llegó a ser moralmente igual al hombre".22

Como conclusión del somero análisis que hemos hecho de cómo era el matrimonio y la concepción de la familia en la sociedad antigua, se evidencia con toda claridad que, según dichas costumbres y legislaciones, en ninguna parte aparece la absurda concepción, ni menos la aceptación del matrimonio entre las personas del mismo sexo. Y así mismo, se deduce también, que la familia fundamentada en el matrimonio entre hombre y mujer no fue inventada por el cristianismo, sino que es una institución de derecho natural con fines específicos dados por el Autor de la naturaleza humana.

2. El matrimonio y la familia hoy

El fenómeno de los cambios de mentalidad y de la práctica del hombre actual en varios aspectos de la vida, se deben, especialmente, al hecho de que no se acepta la institucionalidad frente a la libertad individual. Concretamente, cuando se trata del matrimonio, la relación afectivo-conyugal depende más de la voluntad y libertad de cada uno de los componentes de la pareja, que de cualquier otro elemento. De ahí que, en la práctica, ambos deciden al inicio de la relación cuál sea la modalidad, cuál su duración y cuándo debe terminar.

A este respecto, el conocido autor Aznar Gil afirma que

    Se ha dado un paso de la institucionalización a la privatización en esta relación: para sentirse personalmente comprometido con la pareja se desea que la unión sea privada, libre y, al menos teóricamente, sin papeles, por lo que se rechaza la mediación institucional, el miedo a los compromisos definitivos que en determinados y amplios ambientes, equivale a una práctica negación de todo compromiso permanente.23

R. Funghini, de un atento análisis de las causas de nulidad matrimonial tramitadas en el Tribunal de la Rota Romana, concluye que la mayoría de dichas causas se deben "al preocupante debilitamiento de las defensas morales, la falta de conciencia de pecado, la dificultad de aceptar una elección de vida que comporte un empeño duradero y vinculante en la buena o en la mala suerte, una distorsionada concepción de la libertad que implica una aceptación implícita del divorcio como solución a situaciones humanamente adversas y dolorosas".24

2.1. Modalidades actuales de Familia

En un intento de distinguir y definir los grupos familiares que se dan actualmente, el Dr. Dukeiro Ruiz Amaya, siguiendo a Resende Reis, los clasifica de la siguiente manera:25

  1. Familia nuclear o completa: compuesta por el esposo (padre), la esposa (madre) y los hijos. Estos hijos pueden ser los descendientes biológicos o los adoptivos.
  2. Familia fruto de las relaciones de hecho: no amparadas ni por ley civil ni eclesiástica, generalmente porque existe de por medio algún impedimento en uno o ambos miembros de la pareja.
  3. Familia fruto de la unión libre: en la que su relación es tan fuerte que no sienten la necesidad de que alguna institución los salvaguarde o proteja.
  4. Familia de madre soltera: fruto de encuentros casuales o accidentales entre varón y mujer.
  5. Familia extensa o consanguínea: compuesta por más de una unidad nuclear porque comprende también a los abuelos, tíos, primos y hasta nietos que viven bajo un mismo techo.
  6. Familia monoparental: compuesta por uno de los padres y sus hijos. Esta familia puede tener diversas causas: o porque los padres se han divorciado y los hijos quedan con uno de ellos, o por muerte de uno de los cónyuges.

A los anteriores Grupos de Familia podríamos agregar también la "Familia sin vínculos", que no es propiamente una familia porque no tienen lazos de consanguinidad, sino que comparten una vivienda y sus gastos por motivos económicos.

Dentro de la tipología de los Grupos Familiares que acabamos de reseñar quiero aludir, especialmente, a las así llamadas "uniones libres o de hecho y a las uniones homosexuales", que lamentablemente cada día se multiplican más con la complicidad de una sociedad permisiva y relajada y, peor aún, con la protección jurídica que algunos estados les están dando.

  1. En relación con las uniones libres o de hecho, el Sínodo Romano de 1980 en la proposición 41 trata de este fenómeno, cada vez más en aumento, señalando entre sus diversas causas aquellas que se conforman porque "rechazan el matrimonio, incluso el civil, por desprecio a la sociedad o para protestar contra el orden sociopolítico. Algunos porque no buscan sino una unión destinada a saciar su apetito sexual o asegurar su bienestar material. La gravedad de la situación se destaca todavía más como resultado de la tendencia a situar tales uniones libres en el mismo plano del matrimonio. Sus consecuencias morales y sociales son desastrosas. Se infiere un golpe irreparable al sentido de la fidelidad, de la que deben dar testimonio igualmente en el plano social. Se destruye la célula misma de la sociedad".26

    En esta misma proposición se califica a tales uniones como "la madriguera del egoísmo", en donde desaparecen los auténticos sentimientos humanos y religiosos.

    Por su parte, el Consejo Pontificio para la Familia en el año 2000 promulgó el documento "familia, matrimonio y uniones de hecho", en el que hace un análisis esmerado y profundo de esta cuestión tan delicada, con implicaciones de índole antropológica y teológica. Entre los elementos constitutivos de estas uniones de hecho, el documento pontificio destaca los siguientes:

    1. El carácter puramente práctico (fáctico) de esa relación. Suponen una cohabitación acompañada de relación sexual (lo que las distingue de otra clase de convivencia), juntamente con una relativa tendencia a la estabilidad.
    2. Las Uniones de hecho no implican derechos y deberes matrimoniales, ni buscan la estabilidad como sí la tiene el vínculo matrimonial.
    3. Otro elemento constitutivo es la inestabilidad constante debida a la posibilidad de interrupción de la convivencia, característica propia de tales uniones.
    4. Algunas uniones de hecho son "a prueba", cuando tienen el proyecto de casarse en el futuro, pero esto está condicionado a la experiencia de la unión sin vínculo matrimonial.
    5. A veces, justifican tales uniones por razones económicas y, en algunos casos, se establecen entre personas divorciadas.

    Casi siempre, quienes se deciden por una unión libre es porque rechazan explícitamente el matrimonio por motivos ideológicos. Ven el matrimonio como algo inaceptable, algo que se opone a su manera de pensar, como una "violencia inadmisible contra su bienestar personal".27

    El reconocimiento y la equiparación de las uniones de hecho discriminan el matrimonio. De este modo, se crea un "marco jurídico asimétrico", porque mientras la sociedad asume obligaciones con respecto a quienes conviven en uniones de hecho, estos no asumen para con la misma sociedad las obligaciones propias del matrimonio. Y así, la equiparación que se quiere hacer agrava la situación, porque privilegia a tales uniones de hecho con respecto al matrimonio, al eximirlas de los deberes esenciales para con la sociedad. Y, en este caso, se acepta una disociación paradójica, que va en perjuicio de la institución familiar.28

  2. En cuanto a la equiparación del matrimonio a las uniones homosexuales, que hoy en día algunas legislaciones quieren institucionalizar, el citado documento del Consejo Pontificio señala las graves consecuencias sociales que de ellos se derivan:

    1. La imposibilidad objetiva de hacer fructífera la unión mediante la transmisión de la vida, según el proyecto inscrito por Dios en la misma estructura del ser humano.
    2. La ausencia de los presupuestos para la complementariedad interpersonal querida por el Creador, tanto en el plano físico-biológico, como en el eminentemente psicológico entre el varón y la mujer.29

    El matrimonio nunca podrá reducirse a una condición semejante a la de una relación homosexual; eso contradice el sentido común. Porque no existe equivalencia entre la relación de dos personas del mismo sexo y la conformada por un hombre y una mujer. Solamente esta última puede ser calificada de pareja, puesto que implica la diferencia sexual, la dimensión conyugal, la capacidad del ejercicio de la paternidad y de la maternidad.30

    Obviamente, las uniones de hecho entre homosexuales constituyen una deplorable distorsión de lo que debería ser la comunión de amor y de vida entre un hombre y una mujer, en recíproca donación abierta a la vida.31

    En verdad, no puede haber fundamento alguno para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre la familia y el matrimonio. "El matrimonio es santo, mientras que las relaciones homosexuales contrastan con la ley moral natural. Los actos homosexuales cierran el acto sexual al don de la vida. No pueden recibir aprobación en ningún caso."32

    El principio jurídico-moral, aceptado universalmente, afirma que la ley civil o religiosa nunca puede ser contradictoria con la recta razón y, si acaso lo fuera, automáticamente pierde la fuerza de obligar en conciencia. "Toda ley propuesta por los hombres tiene razón de ley en cuanto es conforme con la ley moral natural, reconocida por la recta razón y respeta los derechos inalienables de cada persona".33

    Por consiguiente, ninguna legislación puede conferir garantías jurídicas a las uniones de hecho entre homosexuales, análogas a la institución matrimonial, puesto que tales uniones son contrarias a la recta razón y al bien común de toda la organización social, toda vez que la sociedad debe su supervivencia a la familia fundada en el matrimonio.

    Ahora bien, si de por sí es ya muy grave la pretensión de equiparar las uniones de hecho entre personas del mismo sexo al matrimonio legítimo, cuánto lo serán las iniciativas de legalizar la adopción de niños en el contexto de las uniones homosexuales. "No puede constituir una verdadera familia el vínculo de dos hombres o de dos mujeres y mucho menos, se puede atribuir a esa unión el derecho de adoptar niños privados de familia".34

    Lógicamente, la ausencia de la bipolaridad sexual crea graves obstáculos al desarrollo normal de los niños, eventualmente integrados a las uniones de parejas homosexuales. "Tal práctica sería gravemente inmoral y se pondría en abierta contradicción con el principio, reconocido también por la Convención Internacional de la ONU sobre los derechos del niño, según el cual, el interés superior que en todo caso hay que proteger es el del infante, la parte más débil e indefensa."35

    El Papa Juan Pablo II, en su histórico Discurso del 4 de noviembre del 2000, afirmó categóricamente: "Toda ley que perjudique a la familia y atente contra la unidad e indisolubilidad, o bien, otorgue validez legal a uniones entre personas, incluso del mismo sexo, que pretendan suplantar con los mismos derechos a la familia basada en el matrimonio entre un hombre y una mujer, no es una ley conforme al designio divino".

    En esta perspectiva doctrinal y jurídica del magisterio eclesiástico, es de suma importancia tener en cuenta la aclaración que el Consejo Pontificio para la Familia proclama: por el hecho de afirmar que es absolutamente inadmisible un matrimonio entre homosexuales, ello no implica de ninguna manera, la discriminación de tales personas. Es el mismo bien común de la sociedad el que exige que las leyes reconozcan, favorezcan y protejan la unión matrimonial como base de la familia.36

3. Magisterio eclesiástico

La enseñanza de la Iglesia acerca del matrimonio y de la familia a través de los siglos ha sido siempre unánime y universal, fundamentada en la revelación que Dios ha hecho al hombre contenida en la Sagrada Escritura y en la Tradición, que son las fuentes del magisterio eclesiástico.

Por este magisterio sabemos que el hombre, imagen de Dios, ha sido creado "varón y hembra" (Gn 1,27). Que tanto el hombre como la mujer en cuanto personas son iguales, pero a la vez complementarias por ser varón y hembra. Que Dios ha querido asociar al hombre a su obra creadora de nuevos seres: "Sed fecundos y multiplicaos" (Gn 1,28). En el designio creador del género humano, complementariedad de los sexos y fecundidad, pertenecen a la naturaleza misma de la institución del matrimonio: "Por eso, dejará el hombre a su padre y a su madre y se unirá a su mujer y se harán una sola carne" (Gn 2, 24).

La instrucción Dignitas connubii del Pontificio Consejo para los textos legislativos, afirma: "El matrimonio y la familia no son algo privado que cada quien pueda configurar a su arbitrio. El mismo Concilio Vaticano II (GS 48), que tanto realza todo lo que se refiere a la dignidad de la persona humana, consciente de que la sociabilidad del hombre pertenece a esa dignidad, no deja de poner de manifiesto que el matrimonio es, por su propia naturaleza, una institución establecida por el Creador y dotada de sus propias leyes". (Proemio 9).

El matrimonio es la base de la institución familiar. Se convive como la íntima unión de vida y amor conyugal (GS 48), como un consorcio de toda la vida entre un varón y una mujer, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole. Que, además, entre bautizados fue elevado por Cristo a la dignidad de sacramento (c.1055).

La exhortación Apostólica de Juan Pablo II Familiaris consortio enseña que el matrimonio, como institución natural, "no es una injerencia indebida en la sociedad o de la autoridad, ni la imposición intrínseca de una forma, sino exigencia interior del pacto de amor conyugal que se confirma públicamente como único y exclusivo, para que sea vivida así la plena fidelidad del designio de Dios Creador". (n.11).

Fundamental para el matrimonio y la familia es reconocerle su identidad y dignidad en el designio de Dios y su importancia para el bienestar de los individuos y de toda la sociedad humana y cristiana (GS 47). En esta dimensión es muy significativa la Declaración Universal de los Derechos Humanos, al asignarle a la Familia ser "elemento natural y fundamental de la sociedad" (Art. 16,3). Y, por su parte, la Constitución Política de Colombia declara: "El Estado ampara a la familia como institución básica de la sociedad" (Art. 5). Por consiguiente, la familia es "una comunidad de personas, la célula social más pequeña y, como tal, es una institución fundamental para la vida de toda sociedad".37

Para salvaguardar los valores fundamentales del matrimonio y de la familia se debe presentar, con toda claridad a los mismos esposos y a la sociedad, la verdad y el significado del "evangelio del matrimonio y la familia. Porque con este evangelio se anuncia, no sólo el ideal al que está llamado el hombre, sino también la promesa y el don de Dios que constituyen su vocación. Es esta gracia de Dios la que, en último término, le permite a todo hombre vivir en la comunión con Dios y con sus hermanos".38

Consecuentemente, Juan Pablo II afirmaba que el futuro de la humanidad se fragua en la familia y, por lo mismo, es urgente e indispensable que todo hombre de buena voluntad se esfuerce por salvar y promover los valores y exigencias de la familia (FC 86). Y expone acertada y claramente los cometidos generales de la familia: formar comunidad de personas, servir a la vida, participar en el desarrollo de la sociedad y participar en la vida y misión de la Iglesia. (FC 17-64).

4. Pastoral familiar

Lamentable y preocupante es la constatación de cómo la familia actual, no obstante ser la institución fundamental de la sociedad, se encuentra "sacudida por una crisis generalizada y radical" (NMI 47). La familia "sufre crisis de convivencia y estabilidad, crisis de valores y de conceptos, crisis internas y externas, que en su conjunto dañan el tejido humano y espiritual de la institución fundamental".39

La pastoral familiar constituye en cierto modo "la quinta esencia del ministerio sacerdotal" (Juan Pablo II: Carta a los Sacerdotes del Jueves Santo de 1994). De lo cual se deduce que los sacerdotes, en el ejercicio de su ministerio, son "directa y plenamente responsables de acompañar el crecimiento espiritual, moral, cultural y social de las familias".40

Ahora bien, el trabajo pastoral con la familia no es, en modo alguno, una pastoral sectorial, sino una dimensión esencial de toda la evangelización.41 Puesto que si el camino de la Iglesia es el hombre (RH 14), hay que tener en cuenta que este hombre vive su existencia concreta en el marco de una familia.

Y es aquí donde tiene gran trascendencia la oportuna y eficaz preparación de los jóvenes para el sacramento del matrimonio y así evitar su fracaso. El connotado autor Aznar Gil, al referirse a las causales más frecuentes del fracaso matrimonial, además de señalar la influencia negativa del embarazo prematrimonial y de la celebración del matrimonio sin la debida libertad, aduce las siguientes:

El matrimonio de personas inmaduras psicológicamente. Porque tal inmadurez repercute negativamente en la relación interpersonal manifestada en los comportamientos habituales: "Egoísmo, escasa o nula capacidad de entrega y donación al otro, comportamientos caprichosos e irresponsables, vida centrada en el yo y no en el tú o nosotros matrimonial, búsqueda del propio placer y felicidad, olvidando al otro; escasa o nula capacidad de compromiso, etc."42

El matrimonio de personas desconocidas, cuando uno de los cónyuges "culpa del fracaso matrimonial al otro y empieza a descubrir en él defectos, taras, vicios, etc., que no vio o conoció durante el noviazgo".43

Así mismo, el matrimonio que fracasa porque se celebra sin una verdadera vinculación, es decir, sin comprometerse con el matrimonio, ni aceptarlo en sí mismo, "sin aceptar la indisolubilidad, la fidelidad o la procreación que obedece a una mentalidad divorcista, antinatalista. Aquí se incluyen también los matrimonios celebrados ante la Iglesia por personas que no son creyentes o no practicantes, para los que la fe y la doctrina católica nada o bien poco les influye en su vida diaria".44

La pastoral familiar viene a ser como "un eje transversal de la actuación evangelizadora de la Iglesia. Por ello, en toda diócesis se requiere una pastoral familiar intensa y vigorosa para proclamar el evangelio de la familia, promover la cultura de la vida y trabajar para que los derechos de las familias sean reconocidos y respetados".45

Lógicamente, la pastoral familiar no es sólo de los Pastores de la Iglesia, sino que es responsabilidad de todos los miembros del Pueblo de Dios y, por lo mismo, toda la comunidad eclesial debe concientizarse y prepararse para esta misión. Y dentro del Pueblo de Dios, más peculiarmente corresponde a las mismas familias a tenor del canon 226,1 del CIC: Quienes, según su propia vocación, viven en el estado matrimonial tienen el peculiar deber de trabajar en la edificación del pueblo de Dios a través del matrimonio y de la familia.

Para rescatar la verdadera identidad de la familia y sus valores fundamentales, es urgente y necesaria una concientización a nivel universal y más concretamente por parte de la Iglesia, una pastoral integral y progresiva, toda vez que la familia como "santuario de la vida es el lugar donde madura la vocación humana y cristiana y es el elemento unificador de la sociedad".


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1 María José Infante Trescastro, "La influencia de la sociedad patriarcal en la comunidad de vida y de amor", en Curso de Derecho Matrimonial y Procesal Canónico para Profesionales del Foro XII (Salamanca: Publicaciones Universidad Pontificia de Salamanca, 1996), 71-72.
2 Cf. Ibíd., 73.
3 Cf. Ibíd., 74.
4 Cf. Ibíd., 75-76.
5 Cf. Ibíd., 82.
6 Cf. Ibíd., 83.
7 Cf. Jean Gaudemet, Institutions de l'Antiquité (Paris: Sirey, 1967), 35 y ss.
8 Cf. Ibíd., 36-44.
9 Cf. Ibíd., 76.
10 Cf. Ibíd., 91.
11 Cf. Ibíd., 205-206.
12 Cf. Ibíd., 207.
13 Numa Denis Fustel De Coulanges, La Ciudad antigua (Bogotá: Ed. Universales, 1988), 7.
14 Cf. Ibíd., 32.
15 Ibíd., 33.
16 Ibíd.
17 Cf. Ibíd., 33.
18 Cf. Ibíd., 36.
19 Cf. Ibíd., 37-45.
20 Ibíd., 67.
21 Cf. Ibíd., 67-76.
22 Cf. Ibíd., 348.
23 Federico Aznar Gil, "La atención pastoral prematrimonial", en Revista Española de Derecho Canónico 149 (2000): 501.
24 Citado por Ibíd., 502.
25 Cf. Dukeiro de Jesús Ruiz Amaya, Consumación del matrimonio humano modo (Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana, 2005), 9-10.
26 "Las 43 proposiciones del Sínodo de los obispos sobre la familia", en Eclessia 2039, (1981): 8-23.
27 Consejo Pontificio para la familia, "Familia, matrimonio y uniones de hecho", L'Osservatore Romano 45 (2000), nn. 4-5.
28 Cf. Ibíd., n. 16.
29 Juan Pablo II, "Discurso al Tribunal de la Rota Romana, 21 de enero de 1999", Revista Universitas canónica 34 (2001): n. 8.
30 Cf. Conferencia Episcopal Francesa, septiembre 17 de 1998, L'Osservatore Romano 48 (2000): n. 16.
31 Cf. Juan Pablo II, "Discurso al Consejo Pontificio de Familia, 4 de junio de 1999", L'Osservatore Romano 48 (2000): n. 11.
32 Congregación para la doctrina de la Fe, Consideraciones acerca de los proyectos de reconocimiento legal de las uniones entre homosexuales (Bogotá: Ediciones Paulinas, 2003), n. 4.
33 Ibíd. n. 6.
34 Juan Pablo II, "Alocución del 20 de febrero de 1994", L'Osservatore Romano 48 (2000): n. 11.
35 Congregación para la doctrina de la Fe, Consideraciones acerca de los proyectos de reconocimiento legal de las uniones entre homosexuales. Op. Cit., n. 7.
36 Ibíd., n. 23.
37 Juan Pablo II, Carta a las familias (Bogotá: Ediciones Paulinas, 1994), n. 17.
38 Saúl Efrén Cruz Torres, La atención pastoral de los esposos, estrategia para salvar el matrimonio y la familia (Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana, 2009), 56.
39 Ibíd., 88.
40 Ibíd., 150.
41 Conferencia Episcopal Española, "La familia santuario de la vida y esperanza de la sociedad", Instrucción Pastoral, 2001, n. 165 (Bogotá: Editorial San Pablo, 2001).
42 Federico Aznar Gil, op. cit., 505.
43 Ibíd.
44 Ibíd.
45 Documento de Aparecida (Bogotá: CELAM, 2007), 435.


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