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Revista Colombiana de Antropología
Print version ISSN 0486-6525
Rev. colomb. antropol. vol.47 no.1 Bogotá Jan./June 2011
LOS DOCUMENTOS COMO CAMPO. REFLEXIONES TEÓRICO-METODOLÓGICAS SOBRE UN ENFOQUE ETNOGRÁFICO DE ARCHIVOS Y DOCUMENTOS ESTATALES
DOCUMENTS AS FIELD. THEORETICAL AND METHODOLOGICAL REFLECTIONS ABOUT AN ETHNOGRAPHIC PERSPECTIVE ON ARCHIVES AND OFFICIAL DOCUMENTS
EVA MUZZOPAPPA
MAGÍSTER EN ESTUDIOS LATINOAMERICANOS, UNIVERSIDAD DE CHILE. BECARIA DOCTORAL E INVESTIGADORA DEL EQUIPO DE ANTROPOLOGÍA POLÍTICA Y JURÍDICA, INSTITUTO DE CIENCIAS ANTROPOLÓGICAS, UBA. DOCENTE DE LA UBA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO NEGRO.
eva.muzzopappa@gmail.com
CARLA VILLALTA
DOCTORA EN ANTROPOLOGÍA, UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, UBA. INVESTIGADORA DEL CONICET Y DEL EQUIPO DE ANTROPOLOGÍA POLÍTICA Y JURÍDICA, INSTITUTO DE CIENCIAS ANTROPOLÓGICAS, FACULTAD DE FILOSOFÍA Y LETRAS, UBA. DOCENTE DE LA UBA.
carla-villalta@hotmail.com
Recibido: 26 de febrero de 2010 Aprobado: 24 de agosto de 2010
Resumen
En este artículo reflexionamos sobre las aproximaciones utilizadas en nuestras respectivas investigaciones, sobre las lógicas de funcionamiento de instituciones estatales diversas. En ambas, distintos tipos de documentos devinieron en una pieza central en la composición del campo. A partir de la descripción de los obstáculos y de las precauciones adoptadas para su análisis, nuestro objetivo es dar cuenta de las formas en que los(as) antropólogos(as) abordamos fuentes escritas producidas y archivadas por instituciones del Estado, que portan por ello la fuerza de lo estatal (Bourdieu, 1996). Consideramos que esos documentos deben ser construidos como un campo de indagación en sí mismo.
Palabras clave: antropología política y jurídica, archivos, Estado, etnografía, Argentina.
Abstract
In this article we consider the methodology in our own respective research projects about the functioning of different State-institutions. Both projects use a variety of documents and these became a central piece to outline the field. Describing the obstacles and precautions assumed for the document's analysis, our aim is to account for the ways in which the anthropologists deal with written sources produced and archived by the State and which, therefore, enhance the power of the state (Bourdieu, 1996). We understand that these documents should rather be studied as a field for interrogation.
Key words: political and legal anthropology, archives, records, State, ethnography, Argentine.
INTRODUCCIÓN1
Desde los inicios de la antropología política como área de estudios, la pregunta por el Estado se ha mantenido vigente. Ya fuera para explicar su presencia o ausencia, este tema ocupó un lugar destacado en las etnografías clásicas cuya preocupación central recaía en las instituciones políticas y se reflejaba en el énfasis en temas tales como estructuras, sistemas políticos y tipos de autoridad (Pires do Rio Caldeira, 1989). Si bien esos intereses iniciales han sido abandonados -y en todo caso, relegados al estudio de otras disciplinas (Abélès, 1995; Colson, 1979; Mendes de Miranda, 2005)-, la reflexión sobre el Estado y las prácticas concretas que despliegan sus instituciones continúa siendo un campo fértil para nuestra disciplina. Distintas aproximaciones dan cuenta de sus formas de constitución y permanente actualización como resultado de su indagación desde una antropología de la política (Bevilaqua & Leirner, 2000; Shore & Wright, 1997; Souza Lima, 2002). Analizan los rituales de representación de lo estatal y estudian la constitución cultural y representación del poder del Estado (Abélès, 1995; Balandier, 1994; Sharma & Gupta, 2006). Se interesan por las prácticas y políticas de los márgenes que moldean formas de regulación y disciplinamiento constitutivas del Estado (Das & Poole, 2008), mientras que otros reflexionan sobre la redefinición de sus "límites" en un contexto de globalización y las estrategias para su estudio (Trouillot, 2001).
De esta forma, en la actualidad, el Estado ha devenido en un foco de interés etnográfico, y distintas investigaciones continúan examinando sus prácticas, burocracias y rituales. Para ello se valen de distintas fuentes y materiales con el propósito de alejarse y complejizar el modelo canónico de trabajo de campo que signó a nuestra disciplina hasta mediados del siglo XX (Clifford, 1997).
En nuestras respectivas investigaciones, de un modo u otro, también hemos abordado distintos aspectos del Estado o, más precisamente, nos hemos interrogado acerca de sus límites y fronteras, de sus efectos prácticos, de los procesos de constitución de perdurables burocracias, de la legitimidad y/o autoridad de la que inviste a determinados sujetos. De este modo, si bien nuestros problemas de investigación han sido las prácticas y dispositivos desplegados por instituciones muy diferentes entre sí y guiadas por objetivos disímiles, una de sus características en común ha sido la de encontrarse situadas en el campo de lo estatal.
Un campo compuesto por múltiples y diversas burocracias, por distintos actores y grupos sociales, y por diferentes lógicas de funcionamiento, así como por una diversidad de documentos -reglamentos, normas, publicaciones institucionales, expedientes y sentencias- que, producidos y rubricados por agentes institucionales, portan la fuerza de lo estatal, esto es, de la palabra autorizada, legítima, oficial. Como tales -en términos de Bourdieu (1996)- son una muestra del "verdadero poder creador del Estado"2. Sin embargo, y por esta misma razón, si solo así son abordados, pueden encandilar al investigador y llevarlo a creer que allí está el Estado, creencia abonada por el reconocido hecho de que la mayor parte del Estado moderno está construido a partir de prácticas escritas (Das & Poole, 2008).
Este trabajo pretende, pues, reflexionar sobre los principales problemas metodológicos a los que nos hemos enfrentado a la hora de analizar, a través de documentos de distinto tipo, las prácticas concretas de instituciones estatales. Problemas de índole metodológica que, en tanto no es posible escindirlos de opciones teóricas, nos conducirán también a dar cuenta de los problemas conceptuales que se plantean cuando el objetivo de la investigación implica un análisis de las lógicas de funcionamiento de diferentes instituciones del Estado. Un tipo de análisis que, desde la perspectiva que proponemos, permita evitar la reificación de esta poderosa ilusión (Abrams, 1988; Taussig, 1995) y reconocer sus efectos bien reales y concretos.
LA ANTROPOLOGÍA Y EL ESTADO. DEL ESTADO Y EL CAMPO DE LO ESTATAL
En el prefacio a la clásica obra de Meyer Fortes y Evans-Pritchard, Radcliffe-Brown (1940/1950) señalaba que si en los estudios sobre las instituciones políticas se presenta al Estado "como si fuera una entidad sobre y por encima de los individuos que conforman una sociedad [...], como si tuviera una voluntad o emitiera órdenes", era necesario tener en cuenta que, en ese sentido, el Estado es solo una ficción de los filósofos. Tal disputa con las propuestas conjeturales de la filosofía política acerca de la organización política en general y del Estado en particular fue central en el surgimiento de la antropología política. Ante dicha situación, la propuesta de Radcliffe-Brown consistió en afirmar que "lo que sí existe es una organización, esto es, un grupo de seres humanos individuales conectados por un complejo sistema de relaciones. Dentro de esa organización, diferentes individuos tienen roles diferentes, y algunos están en posesión de un poder o de una autoridad especial" (1950, p. 15). A partir de esta afirmación, entendemos que el autor, antes que negar la realidad del Estado, reivindicaba para la antropología una manera particular de estudio de las instituciones políticas. En otras palabras, lejos de decretar su muerte por conceptualización (Trouillot, 2001), llamaba la atención acerca de las redes de relaciones sociales que constituyen aquello que llamamos Estado.
Sin embargo, señala Taussig (1995), este énfasis en lo que "sí existe", su "seducción por la realidad real, policía real, reyes reales y votantes reales" (1995, p. 146), si bien refleja su hostilidad respecto a aquella ficción filosófica, deja sin explicación la ficción del Estado y, en consecuencia, también su fetichismo, es decir, la existencia y realidad del poder político de esa ficción.
Es en ese sentido que el análisis del Estado moderno y sus instituciones constituye un objeto reciente para la antropología política (Mendes de Miranda, 2005), proceso durante el cual la disciplina ha abrevado teóricamente en distintas fuentes. Una de las más interesantes, y que definitivamente ha influido en muchos de los enfoques etnográficos citados en la introducción, es la propuesta de Philip Abrams (1988), para quien la idea del Estado es una poderosa ficción reificada en los análisis que lo consideraban como la máscara detrás de la cual se encuentra la práctica política. Para enfatizar este riesgo, sostenía que el Estado
[...] no es un objeto a la manera de la oreja humana. Ni siquiera es un objeto a la manera del matrimonio humano. Es un objeto de tercer orden, un proyecto ideológico. Es, primero y sobre todo, un ejercicio de legitimación; y cabe suponer que lo que se legitima es algo que, si se pudiera ver directamente como es, sería ilegítimo, una dominación inaceptable. Si no ¿para qué tanto trabajo legitimador? (Abrams, 1977, p. 15, como se cita en Corrigan & Sayer, 2007, p. 51)
Con base en estos argumentos, Philip Corrigan y Derek Sayer (2007) propusieron abordar el estudio del Estado a partir de identificar sus mecanismos de sujeción, teniendo en cuenta simultáneamente que, si bien las instituciones de gobierno son perfectamente reales, el Estado es, en un sentido importante, una ilusión, una construcción ideológica. Por tanto, su planteamiento radicó en seguir la pista de la idea del Estado para mostrarla como una construcción, para descifrar su mensaje de dominación e indagar la intrincada maquinaria subyacente a su formación y regulación moral.
Una maquinaria que, desde la perspectiva de Darío Melossi (1992), puede ser mejor comprendida si el concepto de Estado es utilizado para arrojar luz sobre la orientación de los actores que cotidianamente construyen el Estado, antes que para, ingenuamente, dar explicación a fenómenos sociales que se hallan relacionados con él. De esta forma, plantea que "muchas de las aporías que han caracterizado aquellas cuestiones que se debaten bajo la etiqueta de una teoría del Estado se podrían abordar mejor si se las considerara como acciones organizadas y restringidas por parte de individuos, y no como efectuadas por un superindividuo, el Estado" (Melossi, 1992, p. 19)3.
Esto significa abandonar una noción casi metafísica de Estado que presupone una realidad bien definida, circunscripta y unitaria que mantiene una relación de externalidad con las fuerzas del afuera. Una noción de este tipo no resulta útil para emprender una indagación de lo que sucede en el Estado ya que, al desarrollar una investigación empírica:
[...] lo que encontramos, concretamente, es un conjunto de campos administrativos o burocráticos (a menudo bajo la forma empírica de comisiones, oficinas y consejos) dentro de los cuales agentes y categorías de agentes, gubernamentales y no gubernamentales, luchan por esta forma peculiar de autoridad que consiste en el poder de mandar por medio de la legislación, regulaciones, medidas administrativas (subsidios, autorizaciones, restricciones, etc.). (Bourdieu & Wacquant, 2005, p. 168)
Para recapitular, entonces, sostener que el Estado es una ficción implica reconocer que se trata de una ilusión bien fundada a partir de procesos de sujeción y legitimación. Es una ficción, una idea, que ha dado lugar a formas estatales bien reales -esto es, a todo un repertorio completo de rituales y rutinas (Corrigan & Sayer, 2007)-, que se encuentran corporizadas en campos burocráticos más o menos estables y duraderos.
A su vez, estas burocracias, si bien se presentan como homogéneas y con contornos definidos, se pueden comprender mejor si son analizadas como un complejo sistema de relaciones sociales y de poder entre grupos, agentes y organizaciones. Y aquí entendemos que la noción de campo de lo estatal constituye una herramienta valiosa para la indagación antropológica, en la medida en que posibilita ver al Estado como una arena de disputas que se desarrollan en torno al poder de lo estatal, entendido como la capacidad de esta poderosa ficción de transformar, innovar o mantener condiciones que repercuten de diversas maneras y con distinta intensidad en la vida cotidiana de los sujetos.
Esta capacidad puede ser rastreada en reglamentos, decretos, leyes o discursos institucionales, documentos que pueden constituir -si son abordados como pistas de las relaciones de poder en ellos inscriptas (Tiscornia, 2004)- una rica vía de análisis etnográfico. Sin embargo, también pueden contribuir a recrear la ficción de la burocracia delimitada: habiendo sido producidos por las burocracias estatales, no deben ser vistos como generados exclusivamente en su seno.
En este sentido, el campo de lo estatal es una construcción analítica que al mismo tiempo nos permite deshomogeneizar la idea de Estado y eludir el efecto de desvanecimiento que puede conllevar la ampliación de sus límites. Esto posibilita abordar los documentos producidos por el Estado como el resultado de las relaciones de poder que lo constituyen y atraviesan.
INTERROGANTES, PRECAUCIONES Y POTENCIALIDADES EN LA CONSTRUCCIÓN DEL CAMPO DE INVESTIGACIÓN
En la introducción planteábamos que las burocracias que componen el Estado pueden ser más o menos herméticas y, por tanto, más o menos accesibles al investigador que se interese en su análisis. Así, pues, muchas veces es necesario ensayar diversas vías de indagación. En nuestras respectivas investigaciones, una gran parte del trabajo requirió la revisión de documentos producidos por distintas agencias estatales, con diferentes niveles de hermetismo. Ante esto, y por distintos motivos, debimos tomar algunos recaudos metodológicos.
En los siguientes apartados, exponemos brevemente estos recorridos. Si bien, por razones de espacio, evitamos detenernos en detalles sobre cada uno de los problemas abordados, lo cierto es que se trata de reflexiones metodológicas situadas, esto es, producto de trayectorias de investigación histórica y contextualmente ubicadas. De tal manera, organizamos nuestras reflexiones a partir de la delimitación de los principales problemas metodológicos a los que nos enfrentamos en el transcurso de las investigaciones.
El acceso: documentos, secretos y confidencialidad
El objetivo principal de la primera de nuestras investigaciones fue analizar e identificar las condiciones sociales de posibilidad para la concreción de la apropiación criminal de niños. Esta investigación se desarrolló en la Argentina durante la última dictadura militar (1976-1983), a través de una reconstrucción genealógica de dos dispositivos centrales en la historia de la intervención estatal sobre la infancia pobre y sus familias: la tutela estatal y la adopción4.
Si bien las categorías de robo y apropiación remiten a una primera imagen de niños apropiados por sórdidos personajes, y en ella destaca la existencia de verdaderas maternidades clandestinas montadas en los centros de detención, de listas de militares que esperan adoptar un niño y de toda una serie de procedimientos abiertamente ilegales5, al analizar la variabilidad de formas en las que la apropiación fue instrumentada podremos constatar que también fue desarrollada a través de distintos mecanismos que constituían procedimientos jurídico-burocráticos de larga data, apoyados en tramas de relaciones preexistentes. Así, si bien muchos de los niños y niñas desaparecidos fueron inscriptos falsamente como hijos propios por personal de las fuerzas de seguridad, otros -en general, aquellos secuestrados con sus padres- fueron remitidos a juzgados de menores, institutos o a casas-cuna, e incluso algunos de los niños nacidos durante el cautiverio de sus madres fueron encaminados a hogares religiosos o equipos privados de adopción y adoptados legalmente6.
Esta apropiación criminal, un hecho ciertamente excepcional y en más de un sentido sin precedentes, pudo ser en buena medida normalizada burocráticamente a partir del ingreso de esos niños en el circuito jurídico-institucional destinado a la minoridad. De tal manera, el análisis de los procedimientos ideados para tratar con los menores y la constitución de esas burocracias se presentó como otro de los objetivos.
Para analizar ese sustrato de prácticas previas al período dictatorial, nuestra primera tentativa consistió en acceder a los expedientes judiciales sobre adopción, guarda y tutela de niños, así como a los legajos institucionales de niños y niñas internados en alguna de las instituciones para menores, ya que considerábamos que su análisis permitiría identificar las características de los procedimientos usualmente utilizados con los menores que, por una u otra razón, ingresaban al circuito de instituciones destinadas a la infancia.
Sin embargo, estos documentos archivados en diferentes instituciones -algunos en el Archivo del Poder Judicial de la Nación, otros en el Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia7- son considerados secretos y reservados. Por lo tanto, a pesar de haber solicitado por escrito, en ambas instituciones, la correspondiente autorización para consultar esos documentos, resultó imposible acceder a ellos.
En contraste con esta negativa, otras estrategias resultaron más fructíferas y, contrariamente a lo que se podría suponer, los expedientes que pudimos finalmente consultar no fueron aquellos que se tramitaron hace más de cincuenta años y que se encuentran archivados, sino los que se han tramitado más recientemente, dado que recurrimos a las relaciones que pudimos entablar durante el transcurso del trabajo de campo con jueces, agentes del organismo administrativo y abogados de distintos organismos de derechos humanos. Ellos nos facilitaron la consecución de las fotocopias de expedientes judiciales de adopción y de restitución de niños apropiados durante el terrorismo de Estado8.
Tal recelo sobre la documentación no constituye, sin embargo, novedad. Ya en su clásica obra, Philip Abrams sostenía que "cualquiera que haya intentado negociar un contrato de investigación con la Oficina de Hacienda o el Departamento de Salud, conocerá la extrema celosía con la que tales agencias instintivamente protegen la información sobre sí mismas" (Abrams, 1988, p. 61). Así, planteaba que el principal obstáculo inmediato para cualquier estudio serio del Estado lo constituye, de hecho, la presunción de que el sector público es un sector privado cuyo conocimiento no debe ser público.
Tal fenómeno se replicó en el transcurso de la segunda de nuestras investigaciones, pero con una ligera variante. Vale antes aclarar que se trata de una investigación en curso, cuyo objetivo central es rastrear la lógica que vertebra el discurso militar, sus concepciones acerca del Estado, la seguridad y el secreto en relación con las disputas por espacios de injerencia y poder en el aparato estatal. El punto de partida es una causa judicial de gran repercusión que involucró a distintos niveles jerárquicos de la Armada Argentina. En marzo de 2006 se interpuso una denuncia según la cual la Oficina de Inteligencia de la Base Naval Almirante Zar de la ciudad de Trelew realizaba tareas de inteligencia interior expresamente prohibidas por la legislación vigente. Un suboficial, integrante de esa Oficina, hizo llegar al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)9 algunos documentos que corroboraban estas prácticas. De esta manera, los abogados del organismo pudieron presentar una denuncia detallando el posible circuito institucional que seguía esta información de inteligencia.
En el marco de la causa judicial, se realizó un allanamiento, tal como había solicitado la querella. El material secuestrado permitió procesar tanto a los integrantes de esa dependencia como a jerarquías superiores de la Armada. Entre esa documentación se encontraba un archivo que a partir de entonces pasó a convertirse en prueba10 , compuesto por una serie de carpetas de papel con memos institucionales de entrada (órdenes y directivas de la superioridad) y salida (envío de información solicitada, pedidos); artículos periodísticos; cuadernos manuscritos; listados con información sobre distintas dependencias del Estado provincial e información digital contenida en computadoras, entre la cual se encontraban varias fotografías de manifestaciones y reclamos sociales. Habiendo colaborado con la querella para llevar delante la causa judicial11, pudimos acceder al material secuestrado en el allanamiento: un archivo desarmado y depositado, sin orden alguno, en las dependencias del Poder Judicial12. Sin lugar a dudas, este acceso habría sido imposible sin la mediación de las relaciones personales y la inserción laboral en el organismo de derechos humanos que se encuentra querellando en esta causa judicial.
Sin embargo, el celo en la custodia de la información se evidenció en este caso a partir de las dificultades que tuvo el propio Ministerio de Defensa para responder a los pedidos de la Fiscalía. Dadas sus funciones constitucionales de organizar y administrar las fuerzas armadas, el Ministerio de Defensa recibió la solicitud del fiscal de proporcionar material relevante para la causa: reglamentos internos, normativa específica de la Armada, entre otros. Sin embargo, esta información no se encontraba en las dependencias ministeriales y debió solicitarse a la propia fuerza, que escamoteó dicho material, primero argumentando cuestiones de seguridad nacional y luego dilatando el trámite.
Notaba también Abrams (1988) que, muy a menudo, cuando el acceso es permitido y los secretos revelados, estos resultan ser triviales y teóricamente previsibles. Sin lugar a dudas, la información estrictamente secreta y confidencial que compone este archivo cae dentro de esta categoría13, lo que nos lleva a nuestra siguiente propuesta: no es necesariamente el dato contenido en el documento, en el archivo, lo que nos permite desarmar esta ficción del Estado, sino que los secretos, vistos desde esta perspectiva, no hacen más que reificar la idea de que el Estado es una entidad especial, que está realmente ahí, que es realmente poderosa y que un aspecto de su poder es precisamente su capacidad para evitar su propio estudio.
De tal manera, las negativas y limitaciones a las que muchas veces nos enfrentamos como investigadoras pueden y deben ser consideradas como obstáculos habituales que desaniman al investigador, aunque no por ello hagan naufragar la investigación. Principalmente porque estas trabas también constituyen algo más, ya que el tipo de acceso -o, directamente, el no acceso- a la documentación producida por determinadas instituciones estatales resulta ser una pista para el análisis. Esto significa que el obstáculo puede ser convertido en dato y su análisis permite explorar algunas de las características más persistentes de este ámbito institucional: la del secreto y la reserva, en primer término; y en segundo, la importancia que adquieren las relaciones personales, ya sean intra o extrainstitucionales.
Así, al analizar la primera de estas dimensiones, podremos identificar que si en uno de estos campos institucionales la reserva tradicionalmente se ha justificado en la "protección" de los menores, en tanto formalmente se orienta a preservar su intimidad, antes bien ha conducido a reforzar las relaciones asimétricas que atraviesan ese ámbito institucional, ya que incluso los familiares de los niños debían ser autorizados por el juez para tener acceso a los expedientes en los que se decidía su destino14. Así mismo, la restricción asociada a la idea de protección de la seguridad nacional es susceptible de idéntico análisis, ya que nos permite indagar cómo, dentro del propio Estado, se generan las asimetrías entre quienes producen y tienen acceso a información clasificada, lo cual conduce a desarmar la idea de Estado para ver cómo se parcela, agrupa y reorganiza en virtud de diversos intereses.
De tal manera que, si por un lado las restricciones legales y formales para acceder a determinados documentos se pueden presentar como obstáculo a la investigación, por otro lado constituyen un indicio para comprender los sentidos con los que fueron dotados temas tales como la adopción, las cuestiones de familia y los menores en un campo, y el secreto de Estado en el otro.
Transformar estas negativas en un dato para ser analizado implica asimismo abandonar una visión normativa del Estado y sus burocracias para entender que muchas veces las posibilidades de acceso dependerán de otra suerte de variables no meramente legales. Así, aquello que formalmente está vedado al conocimiento del público puede estar al alcance del investigador si este conoce a las personas indicadas o, por el contrario, lo que es de registro público puede convertirse en material literalmente imposible de conseguir si la articulación de la red de relaciones no es propicia.
Si ello, en primer lugar, nos habla del monopolio que ejercen las instituciones sobre la información, en otro nivel de cosas pone en evidencia la importancia que asume la trama de relaciones personales en este tipo de ámbitos, en tanto, por ejemplo, el ámbito judicial se transformará en más o menos inexpugnable de acuerdo al tipo de contactos y la red de relaciones que se pueda entablar, cuestión que se verifica en el proceso de investigación, pero que también nos habla, como plantea Da Matta (1988), de las características de regímenes de privilegios en donde la operatividad de las leyes mucho depende de la posición social de quien cometió el crimen.
Por lo tanto, analizar documentos estatales desde una perspectiva etnográfica implica convertir las limitaciones en un dato objeto de análisis, en la medida en que no solo es posible construir conocimiento a partir del examen de lo que los documentos dicen, sino también a través del estudio de las formas en que se posibilita o se impide nuestro acceso a ellos. Y es así porque entendemos que un documento no puede ser considerado solo como una fuente de la cual extraer datos, sino que, ante todo, debe ser construido él también en campo de indagación. En este sentido, contextualizar un documento supone en primer lugar situarlo en el contexto de su producción, conservación y clasificación, lo que nos lleva a reflexionar sobre la temporalidad de las instituciones y de la investigación.
Temporalidades: entre documentos históricos y preocupaciones presentes
Dice Johannes Fabian (1983) que el proceso de investigación consiste siempre en una ruptura con la temporalidad única del investigador para ir en busca de la temporalidad en que está el otro. Si ello es característico de toda investigación, entendemos que resulta más evidente cuando los temas que se abordan se inscriben en el seno de perdurables burocracias estatales y el material objeto de análisis está constituido por sus prácticas escritas, en tanto no es posible analíticamente escindir a unas y otras de los procesos históricos que las generaron y de los escenarios que contribuyeron a constituir.
En estos casos, el rompimiento con la propia temporalidad implica, por un lado, cuidarse de leer retrospectivamente problemas que hoy están construidos como tales pero que en su momento no lo eran; esto es, supone indagar sobre los sentidos que en esos momentos prevalecían alrededor de determinados temas sin trasladarles los cuestionamientos actuales que se realizan a los mecanismos y facultades de intervención que detentaban aquellas instituciones estatales. Sin embargo, evitar el anacronismo no entraña dejar de reconocer que muchas veces la motivación para indagar las condiciones y causas profundas de esos procesos históricos radica justamente en los problemas actuales, en el interés en comprender y explicar la perdurabilidad de categorías, de marcos de significación, de relaciones jerárquicas y asimétricas, de consolidadas burocracias que se presentan como linajes particulares (Tiscornia, 2004). En este sentido, las propias condiciones de producción de la investigación deben ser también extrañadas (Da Matta, 1999; Lins Ribeiro, 1999). En otras palabras, al investigar determinados temas que hunden sus raíces en un remoto pasado a la vez que siguen teniendo incidencia en el presente, dado que forman parte de las agendas políticas actuales, es preciso considerar cómo la mirada del investigador se encuentra atravesada por las explicaciones y argumentos que elaboran y defienden distintos actores -legisladores, especialistas, organismos de derechos humanos, medios de prensa, etc.- para poder incorporar esas explicaciones al análisis y simultáneamente tomar distancia de ellas (Eilbaum & Sirimarco, 2006).
A su vez, los documentos -tales como memos institucionales, reglamentos y disposiciones internas- muchas veces remiten al pasado institucional, ya sea para oponerse a aquello que en ese momento se consideran procedimientos antiguos o desacreditados, o bien para reafirmar la continuidad de la institución como tal. Desentrañar entonces el contexto de su producción, procurando no tomar como explicación de su enunciación lo que esos mismos documentos postulan como causa para su existencia, habilita para comprender por qué y cómo determinados temas fueron -y son- definidos como problemáticos y, en consecuencia, motivo del diseño de procedimientos específicos para que la institución diera respuesta a ellos. Se trata pues de abandonar aquello que Fabian (1983) ha denominado realismo ingenuo o ilusión positivista, es decir, la creencia en que el contenido de los textos y objetos históricos refleja linealmente el mundo y sus interrelaciones.
Así las cosas, en lugar de considerar que la Ley de Patronato del año 1919 y la facultad de la tutela estatal que ella inauguró fueron las respuestas estatales a un incremento extraordinario de menores "abandonados" en las primeras décadas del siglo XX, tal como se menciona en distintos proyectos legislativos, memorias y balances institucionales; o que la sanción a fines de la década de 1940 de la primera ley de adopción en Argentina se debió a los miles de huérfanos producto del enorme terremoto ocurrido en el año 1944 en la provincia de San Juan, resulta mucho más fructífero extrañar esos documentos y vincularlos con el contexto político mayor en el que fueron producidos. Ello permite lograr un análisis más complejo y comprender que esas innovaciones legislativas pueden ser explicadas no solo en virtud de acontecimientos externos a los cuales el Estado no hace más que dar respuesta, o de las transformaciones en las dinámicas familiares y en las concepciones sobre la niñez, sino también en relación con las disputas que mantenían distintas instituciones -públicas y privadas- así como con las prácticas de encierro, colocación o adopción informal que, aun a falta de una legislación específica, tales organismos y agentes ya se encontraban desarrollando15. Por lo tanto, este extrañamiento y la tarea de dar contexto a esos textos, asignando valor a las ecuaciones de poder y significado que expresan (Comaroff & Comaroff, 1992), permiten comprender que en ellos se manifiestan determinadas lecturas e interpretaciones de una realidad sobre la cual diferentes agentes y organismos se arrogaban la capacidad de intervenir como representantes del Estado, ya que la realidad objetiva -que suele ser invocada para arbitrar las contiendas entre adversarios en un campo- no es más, en definitiva, que lo que los agentes "implicados en el campo en un momento determinado del presente coinciden en considerar como tal" (Bourdieu, 1999, p. 150). En este sentido, como plantea Melossi, los esfuerzos de las denominadas elites morales para establecer sus posiciones no deben comprenderse tanto como resultado directo de un cambio objetivo en el contexto social, sino como fruto de transformaciones en su contexto de percepción y de la "interpretación moral que son capaces de ofrecer relativa a la coyuntura y lo que ella requiere" (Melossi, 1992, p. 38). Un tipo de análisis que posibilita examinar cómo los actores que contribuyen con esaproblematización (Foucault, 1994) están a la vez construyendo -y dirimiendo- su legitimidad en tanto únicos responsables para ocuparse del problema16.
De la misma manera pueden abordarse las pugnas que enfrentan a diversos actores e instituciones en el marco de la causa judicial de Trelew acerca de la delimitación de las atribuciones de las fuerzas armadas. En este sentido, se trata de un debate ya histórico donde la delimitación de los conceptos de seguridad y defensa va de la mano con la asignación de responsabilidades e incumbencias institucionales17. La búsqueda de nuevos roles castrenses tras el fin de la guerra fría, experiencia que ha debido enfrentar con algún grado de dificultad la mayor parte de las fuerzas armadas latinoamericanas, se ha llevado a cabo en la Argentina también a través de este tipo de debates, en los cuales se intenta fijar un sentido a los conceptos o bien se pretende encontrar la "correcta interpretación" de las leyes que regulan este ámbito, su articulado y algunos decretos presidenciales.
Pero tales enfrentamientos no son un ejemplo anómalo de los modos a través de los cuales se definen las incumbencias institucionales. Si esta disputa en algún momento tuvo su confrontación en el recinto parlamentario (durante los años 1988 a 1991 principalmente), lo cierto es que las presiones para ampliar o limitar dichas atribuciones, o bien para definir a los responsables de determinados problemas, han sido viabilizadas a través de múltiples canales, no necesariamente públicos todos ellos.
Esta disputa, por otra parte, debe ser contextualizada para comprender por qué adquirió tanta relevancia, de manera que nos ayude a comprender por qué determinados fenómenos se convierten en puntos de quiebre respecto de situaciones que tienen cierta duración en el tiempo. En primer lugar, los hechos denunciados en la causa judicial de Trelew no eran novedosos y el archivo hallado contenía material previsible, pero la denuncia se efectuó en un momento en el cual algunas relaciones institucionales se estaban replanteando y cierto malestar respecto de las llamadas relaciones cívico-militares volvió a reinstalarse tras la derogación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, que suspendían los juicios a los integrantes de las fuerzas armadas involucrados en la represión durante la última dictadura militar. Por su parte, el Ministerio de Defensa18, en contravía de un accionar histórico que lo convertía en un aliado cuando no en un apéndice de las fuerzas armadas, tomó cartas en el asunto presionando a las jerarquías de la Armada para que respondieran por las acusaciones ante la justicia.
Desde esta perspectiva, este caso permite analizar cómo se pone en juego una disputa sobre los ámbitos de intervención de cada una de las instituciones involucradas. En otras palabras, posibilita entender las formas que asumen las disputas y alianzas dentro del aparato estatal y a través de las cuales se implementan políticas en diversos ámbitos. En tal sentido, introducir la cuestión de la temporalidad conduce a explorar la genealogía de la constitución de los campos y categorías que delimitan las áreas del Estado (Bourdieu, 1996).
En otro orden de cosas, el trabajo analítico con documentos también nos introduce en el tema de cómo -y por quién(es)- son conservados y clasificados, ya que las formas que adquieren esos procesos nos ofrecen pistas para comprender qué fue lo que en determinado momento histórico se consideró oportuno guardar y se evaluó como adecuado conservar (Catela, 2002). De este modo, es importante tener en cuenta que si bien, en teoría, las instituciones deberían archivar sus producciones escritas de acuerdo a reglas de archivística y procedimientos estandarizados, suele ocurrir que, en la práctica, la conservación, almacenamiento y disposición de los documentos para su acceso público dependa de otras variables y relaciones (Nazar, 2003; Nazar & Pak Linares, 2006). Aun cuando estos reservorios pueden parecer, así descriptos, producto del mero azar, lo cierto es que una etnografía de estos archivos permite seguir la pista de los modos a partir de los cuales diversos actores ponen en práctica tradiciones y lógicas burocráticas para construir conocimiento. Y, en virtud de estas mismas razones, ordenen, clasifiquen, guarden celosamente, se deshagan o destruyan información. Es en este sentido que el archivo debe considerarse una formación discursiva que refleja las categorías y operaciones del Estado mismo (Dirks, 2002, p. 58).
Al mismo tiempo, la cuestión acerca de qué es lo que se encuentra en determinado repositorio o es propiedad de determinada institución y qué documentos se encuentran en otra, enfrenta al investigador a recorrer archivos diversos, bibliotecas y distintos organismos. Estos recorridos, entendemos, bien pueden ser integrados al análisis, ya que nos aportan datos sobre las formas de constitución de las burocracias locales. Al igual que las restricciones al acceso, este mapeo de la dispersión o concentración documental puede proporcionar información sobre las lógicas institucionales y ser convertido en indicio para analizar las formas en que el Estado se constituye, así como las modalidades en que sus burocracias construyen una tradición y disputan por su autonomía en el seno del propio Estado.
Ahora bien, si las formas en que accedemos, los recorridos que debemos realizar, y la contextualización histórico-política de los documentos constituyen, a nuestro entender, piezas clave para un análisis etnográfico de documentos estatales, en el siguiente apartado nuestro objetivo es mostrar las distintas formas en que es posible leer y analizar lo que esos documentos dicen.
Los documentos: un campo de indagación
Los documentos producidos por las instituciones estatales suelen estar plagados de formulismos, términos técnicos, reglas de cortesía e imperativos redactados bajo la forma de objetivos o de atribuciones. Este formato burocrático, en primer lugar, enfrenta al investigador con la necesidad de aprender un vocabulario altamente formulario y críptico.
Pero es también frecuente la utilización de un lenguaje que se superpone con términos del "sentido común", términos que deben ser extrañados (Da Matta, 1999) y puestos en relación con su tradición en un específico ámbito institucional, donde habitualmente adquieren un significado muy distinto. En tal sentido, las fórmulas burocráticas, recurrentemente utilizadas e inscriptas en distintos documentos, deben también ser contextualizadas a fin de comprender los sentidos que ellas encierran, sentidos que muchas veces se nos presentan opacos o que, incluso, pueden desorientar al investigador. Parafraseando a Geertz (1997), se trata de pasar de una descripción superficial a una densa, para desentrañar las estructuras de significación y determinar su campo social y su alcance.
Así, por ejemplo, la fórmula "solicita la guarda del menor que conoció en los estrados del tribunal", que es posible leer en distintos expedientes de adopción de niños tramitados durante la década de 1970, nos podría conducir, desde una interpretación literal, a creer que, efectivamente, la persona que solicitaba la guarda preadoptiva de un niño casualmente haya estado en el tribunal y lo haya visto aparecer allí. Sin embargo, si la interrogamos y combinamos el análisis de esos expedientes con otro tipo de fuentes y también con los relatos de agentes que trabajaron en instituciones para menores, podremos ensayar otras interpretaciones y así comprender que esta fórmula era utilizada en los casos en que el juez otorgaba la adopción de un niño a las personas o matrimonios que formaban parte de un listado de adoptantes confeccionado con una gran cuota de discrecionalidad en el propio juzgado19.
De igual forma sucede con otras categorías que en este ámbito parecieran ser autoevidentes, por ejemplo la fórmula "lo que resulte más conveniente para el menor", que invariablemente aparece en los documentos judiciales o administrativos decisorios respecto de la vida de un niño y que parecieran ser meramente descriptivas de una situación como la de abandono, una categoría central en este circuito institucional, que incluso fue utilizada en los casos de niños desaparecidos y secuestrados con sus padres durante la última dictadura militar20. Tener en cuenta la polisemia de esta categoría y los sentidos con los cuales era dotada nos permite abordarla como una categoría clasificatoria que construye aquello que designa, haciendo funcionar la lógica performativa del lenguaje que, como plantea Bourdieu, "contribuye siempre a hacer (o a hacer existir) lo que afirma, en particular por medio de la eficacia constructiva inseparablemente cognitiva y política de las clasificaciones" (1999, p. 155), una eficacia proporcional a la autoridad de quien la enuncia.
El riesgo de tomar literalmente aquello que los documentos dicen también consiste en que puede conducirnos a establecer una relación lineal entre lo definido normativamente y las prácticas que efectivamente desarrollaban esas instituciones. En muchos documentos, ya sean informes elevados a un organismo superior, reglamentos, resoluciones o disposiciones internas, aparece en primer plano el deber ser de la institución, su autoimagen, los objetivos institucionales explícitos. Por ello, en lugar de creer que mecánicamente iluminan las prácticas de estas instituciones, es necesario ejercitar la mirada y leer entre líneas para intentar evidenciar el reverso de tales disposiciones, para interrogarlas, no en relación con el grado de cumplimiento que con ellas alcanzaron los objetivos que supuestamente las motivaron, sino respecto de por qué tales objetivos fueron formulados, cuáles habían sido las cuestiones, temas o comportamientos que previamente se habían definido como problemáticos y que condujeron a su enunciación. Así, anclar esas normas y reglamentos en su proceso de producción nos lleva a apreciarlos no solo como punto de partida para una nueva forma de institucionalidad -función que cumplen, por ejemplo, los decretos de creación de organismos-, sino también como resultante de procesos en los cuales distintos agentes y especialistas ejercían presiones, defendían sus intereses, y problematizaban aspectos de una realidad que contribuían a crear.
En este sentido, a través del análisis de distintos documentos es posible desarmar la idea de una burocracia delimitada y con contornos definidos, para tener en cuenta que muchas veces los distintos campos institucionales se vinculan unos con otros de múltiples maneras y que en esas relaciones -en ocasiones conflictivas y de confrontación, otras bien de cooperación o alianza- van construyendo su objeto y sus modalidades de intervención. Y así, tal como aconteció en la investigación sobre las instituciones destinadas a la minoridad, la primera aproximación a los documentos producidos por ellas permitió determinar que, lejos de tratarse de organismos aislados -a modo de ejemplo, juzgados de menores, por un lado; defensorías públicas de menores, por otro; y más allá las instituciones públicas y privadas, destinadas al encierro y moralización de los niños-, constituían antes bien un campo (Bourdieu, 1999) de instituciones y agentes que protagonizaban pujas de distinto tipo y se relacionaban cotidianamente. Relaciones que podían detectarse en las comunicaciones y reclamos a instancias superiores, en reglamentos institucionales y en proyectos legislativos, o en memorias e informes en los que se reportaba la labor realizada, pero también los obstáculos encontrados. Por lo tanto, esos documentos nos proporcionaron pistas para construir un mapa de las relaciones entabladas por esos agentes y para comprender que esas relaciones -muchas veces conflictivas-, en lugar de un telón de fondo delante del cual los organismos desarrollaban sus prácticas, eran antes bien constitutivas de las formas que adoptaban las mismas prácticas.
De igual manera, la causa judicial de Trelew puede ser convertida, desde esta perspectiva, en un mirador privilegiado para ilustrar sobre este tipo de relaciones y de prácticas, ya que resulta el punto de confluencia de una serie de disputas inter e intrainstitucionales, por lo cual constituye una entrada, tan rica como indirecta, al estudio de las fuerzas armadas, habitualmente reticentes al ingreso de otros/extraños.
Contrariamente a lo que se construye como la dispersión de las instituciones encargadas de tutelar a los menores, la denominada institución militar se presenta como una unidad que impone claramente sus límites: por la forma en que se sitúan espacialmente las bases y campos de entrenamiento, por la imposibilidad de acceder libremente a sus dependencias, por la claridad con que se definen quienes pertenecen a la institución; por el tipo de instrucción y el estilo de vida -con extensos períodos de convivencia estrecha, ya sea en unidades militares o en villas habitacionales-, pero sobre todo por la fuerza que tiene la distinción civil/militar y que circula socialmente. Dicha distinción ha sido caracterizada por la literatura especializada como relaciones cívico-militares, lo que ha llevado a naturalizar esa separación social entre ambos mundos21. Lo interesante es cómo, lejos de constituir una unidad a priori, la misma es construida en torno a la oposición constante, a través de una lógica de amigo/enemigo, que funciona tanto dentro de la propia Armada como con actores externos a ella. Así, en las declaraciones vertidas en el expediente judicial es posible rastrear los modos en que son abordadas las divergencias internas a través de las relaciones jerárquicas y las consecuencias de la "disidencia"22 que sustraen al "traidor" de la red de relaciones sociales en las cuales se insertaba dada su pertenencia institucional.
Así mismo, en diversos documentos del archivo secuestrado se mencionan seguimientos o comentarios sobre determinados personajes notables de la comunidad, en virtud de su reconocimiento social o pertenencia al aparato administrativo estatal, información que adquiere una dimensión analítica mayor si, sustrayéndonos de los detalles concernientes a un individuo específico, es considerada como un indicio para analizar la construcción de alianzas. Por lo tanto, intentar comprender las razones por las cuales en determinada coyuntura se realizan operaciones de inteligencia sobre ciertos individuos o grupos o, por el contrario, se intentan tramar alianzas, es una vía propicia para indagar las formas en que se constituye esa idea de unidad que irradian las fuerzas armadas.
En este sentido, desarrollar una etnografía multisituada resulta una propuesta fértil, en tanto abandona la idea de un campo de límites preestablecidos para proponer que el mismo se construye a partir de sendas, tramas, conjunciones o yuxtaposiciones de locaciones, en las cuales el etnógrafo "establece alguna forma de presencia, literal o física, con una lógica explícita de asociación o conexión entre sitios que de hecho definen el argumento de la etnografía" (Marcus 2001, p. 118). Así, nociones tales como la de familia militar son analíticamente más potentes si para su interpretación se sortea la distinción civil/militar, tal cual la estipulan los límites de la institución, y se sigue la conexión que une a ciertos sectores -hegemónicos- de las fuerzas armadas con sus potenciales aliados, básicamente la adhesión a determinadas ideas respecto de lo que constituyen los valores militares y el rol de la institución castrense en la política nacional23.
Por otro lado, sobre la asunción de estar frente a una disputa llevada ante la justicia para su resolución, la fórmula seguir el conflicto (Marcus, 2001, p. 121) permite tomar este caso como punto de partida y reconstruirlo desde una perspectiva etnográfica, entendiendo por ello que el material -la causa judicial- es el que abre y organiza el campo (Tiscornia, 2008). Sin embargo, al igual que en la otra investigación referida, el trabajo de campo no se limita a dicho material ni al análisis de un expediente. Ambas han demandado la revisión de leyes, debates parlamentarios y publicaciones institucionales, entre otras producciones, de manera tal que a medida que avanzábamos en la investigación nuestro corpus de materiales se ampliaba y ganaba heterogeneidad, puesto que se conformaba con documentos de muy distintos tipos y orígenes. Esa diversidad de lógicas, fuentes y objetivos, por un lado, nos condujo a diseñar e implementar diferentes estrategias heurísticas a fin de ordenar y procesar el material, pero, por otro lado, ella misma nos permitió advertir la diversidad de conflictos, grupos de interés, alianzas y organizaciones que constituyen cotidianamente el Estado, e identificar las distintas formas de clasificación que cada una de sus instituciones instala.
Desde esta perspectiva, construida a partir de las reflexiones metodológicas y las opciones teóricas a las que nos enfrentaron nuestras respectivas investigaciones, entendemos que se hace posible desarmar la idea del Estado, para poder apreciarlo, antes que como un ente monolítico con una direccionalidad única y lineal, como una arena de disputas en donde los diferentes actores sociales compiten por distintos tipos de recursos.
Ahora bien, enlazar estos documentos con su contexto de producción, deconstruir sus categorías, y representar el campo político en el cual emergieron, no supone subestimar su poder creador (Bourdieu, 1996) ni desconocer que ciertamente contribuyen a ese proceso de legitimación por el cual, como plantea Melossi (1992), determinados agentes sostienen que tienen el derecho a ocupar posiciones centrales en la sociedad. Esto es, si bien no constituyen un reflejo directo de las prácticas que efectivamente desarrollan esas instituciones, es importante considerar que actúan a la manera de guías de acción, consagran lo que es correcto y deseable, y por tanto constriñen las prácticas cotidianas, reforzando determinadas lógicas de funcionamiento institucional y opacando otras.
CONSIDERACIONES FINALES
Si por largo tiempo en nuestra disciplina prevaleció una imagen que asociaba el trabajo de campo con la interacción cara a cara, el estar ahí y una recopilación minuciosa de todos los detalles de la vida social, también es cierto que posteriormente ha sido revaluada y complejizada y los antropólogos y antropólogas construimos nuestros campos de trabajo de muy diferentes maneras. Ello ha conducido a varias reflexiones en torno a las formas en que ejercitamos una perspectiva etnográfica tanto de acontecimientos actuales y pasados como de procesos históricos que siguen teniendo incidencia en el presente (Balbi, 2007; Comaroff & Comaroff, 1992; Marcus, 2001). Como plantea Saurabh Dube:
[...] a medida que los antropólogos y los historiadores han replanteado la teoría, el método, y la perspectiva, se ha leído el material de archivo a través de filtros antropológicos y el trabajo de campo se ha atado a la imaginación histórica, lo cual de manera significativa ha abierto cuestiones acerca de la naturaleza del archivo y del campo. (2007, p. 300)
En el campo de la antropología política y jurídica, una fructífera manera de construir el campo de la investigación ha sido abordar las prácticas escritas de las instituciones estatales. Estas prácticas se materializan en distintos documentos, muchos de los cuales se encuentran en los archivos de esas instituciones y son de acceso público, mientras que otros se consideran secretos, reservados o confidenciales y difícilmente un investigador puede acceder a ellos. De esta manera, quienes estamos interesados en el análisis de problemas que se sitúan en el campo de lo estatal, muchas veces nos encontramos con limitaciones y restricciones que inciden en el diseño de nuestro trabajo de campo y que nos obligan a ensayar distintas vías de indagación.
Abordar documentos estatales desde una perspectiva etnográfica, como hemos desarrollado en este trabajo, implica pues transformar esos obstáculos en datos objeto de un análisis que integra las formas en las que accedemos a los documentos, para situarlos tanto en el contexto de su producción como en el de su clasificación y conservación. Asimismo, ensayar un enfoque etnográfico nos lleva a transponer la idea de documento en tanto objeto, para verlo como resultante de distintos procesos y así procurar detectar las relaciones sociales y de poder que hay detrás de él. En tal sentido, ya sea que analicemos resoluciones, disposiciones internas, normativas o causas judiciales, es preciso anclar esas producciones no solo en el contexto político mayor en el que fueron producidas, sino también en las dinámicas burocráticas que les han dado origen. Ahora bien, para situar esas prácticas escritas en las dinámicas y lógicas institucionales también es posible y deseable recurrir a otras vías para construir conocimiento sobre ellas. En otras palabras, una aproximación etnográfica de documentos producidos por instituciones del Estado puede ser complementada con otras herramientas y técnicas de indagación -tales como las entrevistas a agentes que se han desempeñado o se desempeñan en esas instituciones- o nutrirse de las experiencias del propio proceso de investigación y del conocimiento sobre las rutinas de funcionamiento de las instituciones estatales. De este modo, el análisis puede resultar enriquecido por el conocimiento construido en otras experiencias de trabajo de campo, tales como aquellas desarrolladas mediante una interacción cara a cara con los agentes que cotidianamente construyen el Estado.
Sin embargo, el análisis de documentos también nos enfrenta a dos riesgos que deben ser conjurados. Por un lado, en muchos de ellos el discurso se presenta bajo el signo del saber jurídico, saber que puede producir un encantamiento en tanto está poblado de tecnicismos y categorías que, una vez comprendidos, se presentan con la fuerza de lo autoevidente. Intentar explicar en qué consisten y cómo son aplicados nos debe forzar a tomar distancia, entendiendo que su construcción encierra toda una suerte de conflictos diversos; y que aunque dichos tecnicismos y categorías se presenten como uniformes y homogéneos, son aplicados diferencialmente según el contexto y los actores implicados.
Por otro lado, si rescatar las disputas -atenuadas, cuando no esfumadas- permite superar la trampa de un lenguaje que se presenta con la fuerza de lo autoevidente, también es necesario destacar cómo ese discurso que nos habla de un Estado homogéneo y singular participa ciertamente en su construcción y resulta, en muchos casos, una guía para las acciones de sus miembros. Y ello conduce entonces al desafío de analizar y ponderar los efectos de ese discurso, en la medida en que también nos habla de las formas en que se ha pensado al Estado, se han representado sus instituciones y construido tradiciones, así como transmitido formas de hacer el Estado.
En definitiva, un análisis etnográfico de documentos producidos por instituciones del Estado debe reconocerlos, antes que como meros datos o variables independientes, como parte de un campo de indagación a partir del cual se pueden delinear sendas de investigación que permitan, mediante una completa contextualización, explorar los sentidos con los que fueron dotados.
Notas
1. Este artículo se origina en las investigaciones que estamos desarrollando en el marco del Doctorado de la Universidad de Buenos Aires (UBA) (Eva Muzzoppapa) y de la Carrera de Investigador del Conicet (Carla Villalta). Asimismo, es producto de las reflexiones originadas en el seminario "El Estado como objeto de conocimiento etnográfico. Procesos y relaciones en la construcción del campo estatal", que hemos dictado en el primer cuatrimestre del año 2009 en la Facultad de Filosofía y Letras de la uba.
2. Pierre Bourdieu refiere así el poder que ejerce el Estado a través de los nombramientos y certificados de distinto tipo. Y sostiene que, "al anunciar con autoridad lo que un ser, cosa o persona es en verdad (veredicto) en su definición social legítima, es decir, lo que está autorizado a ser, lo que tiene derecho a ser, el ser social que tiene derecho de reivindicar, de profesar, de ejercer (en oposición al ejercicio ilegal), el Estado ejerce un verdadero poder creador" (1996, p. 21).
3. Darío Melossi propone así trabajar con un concepto reflexivo de Estado, entendiendo que el Estado como concepto en el que se apoyan los miembros de la sociedad, ha sido uno de los rubros esenciales en la estructuración del mismo. Un concepto que ha sido utilizado con el fin de lograr mantener el orden político y social, y no simplemente con el de describirlo.
4. Partíamos de la idea de que las prácticas desarrolladas por el Estado terrorista (Duhalde, 1999; O'Donnell, 1997; Tiscornia, 1997), aun en su caracterización de excepcionales y como producto y parte de un plan político-ideológico que se intentó implantar en la sociedad argentina, se han cristalizado a partir de elementos existentes en nuestra sociedad. Así, en concordancia con un sugerente planteamiento de Hannah Arendt en relación con el totalitarismo, establecimos que "el proceso de su comprensión también implica clara, y quizá primordialmente, un proceso de autocomprensión" (1995, p. 32). De tal forma, propusimos orientar nuestra mirada a las redes de relaciones sociales y de poder y al sustrato de prácticas que actuaron como condiciones de posibilidad de aquellas otras prácticas criminales; ya que comprenderlas implica también comprender las prácticas judiciales, institucionales y sociales, así como los significados que históricamente se tramaron en torno a la apropiación de un sector de la infancia y que fueron consolidando una actitud salvacionista hacia determinados niños (Villalta, 2006).
5. Véanse, entre otros trabajos, Nosiglia (1985), Herrera y Tenembaum (1990) y Arditti (2000).
6. Según Abuelas de Plaza de Mayo, organismo de derechos humanos constituido en el año 1977 por quienes buscaban además de a sus hijos a sus nietos, el número de niñas y niños apropiados asciende a 500, de quienes hasta el presente se ha localizado a 101. Sobre la base de estas restituciones, se ha establecido que más de la mitad de las apropiaciones se efectuó a través de una inscripción falsa como hijos propios, mientras que el resto de los niños restituidos fueron entregados en adopción o bajo alguna forma de guarda judicial (Regueiro, 2010).
7. De este organismo dependían los institutos y hogares para menores. Fue creado en el año 1957 y durante toda su historia trabajó en estrecha vinculación con el Poder Judicial, por cuanto recibía en sus establecimientos a los "menores" derivados por este. En el año 2005, con la sanción de la Ley 26.061, fue reemplazado por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia. Sus archivos, hasta el día de hoy, no están disponibles para la consulta. Recién en el año 2009 se ha iniciado un proceso de traspaso hacia el Archivo Intermedio del Archivo General de la Nación que hasta el momento no ha podido efectuarse.
8. Así las cosas, para el análisis de las prácticas de adopción e institucionalización de niños desarrolladas en períodos más tempranos -décadas de los treinta, los cuarenta y los cincuenta-, la estrategia utilizada consistió en la recopilación y análisis de los fallos editados sobre el tema. Ello nos enfrentó con otros inconvenientes que no es posible exponer aquí. No obstante, es importante notar que una vez que tuvimos en cuenta las limitaciones a las que nos enfrentaba ese material, pudimos situar sus potencialidades. En tal sentido, a partir del análisis de la jurisprudencia sobre un determinado tema, es posible indagar las divergencias de interpretación de algunos procedimientos y normas, así como analizar cuáles fueron las cuestiones que resultaron conflictivas en el ámbito judicial y en qué consistieron los argumentos elaborados para reducir la incertidumbre que generaba la irrupción de situaciones no previstas en la normativa.
9. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) es una organización no gubernamental que trabaja desde 1979 en la promoción y protección de los derechos humanos y el fortalecimiento del sistema democrático en Argentina.
10. Por ende, la lectura etnográfica solo será sobre el archivo devenido prueba de la causa, aun cuando para los fines de claridad se haga referencia al archivo.
11. La colaboración con el CELS tuvo lugar durante el período 2006-2008, a lo largo del cual se recopiló y sistematizó información para las diversas presentaciones judiciales en la causa por espionaje. Para ello se revisó el material secuestrado en el allanamiento así como otros documentos que fueron incorporados luego, básicamente legislación y reglamentación referente a las fuerzas armadas.
12. El caso continúa aún en trámite. Por esta razón, tanto el material secuestrado como el expediente judicial son reservados y la información citada aquí es de acceso público o se encuentra publicada en distintos medios: la página web del CELS y los diarios Página 12, Clarín, Chubut y La Jornada, principalmente.
13. El archivo era, efectivamente, previsible en cuanto a que tenía información de seguimientos de organizaciones "de izquierda", políticos, referentes sociales, entre otros. Asimismo, mucha de la información provenía de recortes de prensa.
14. En relación con el secreto que impera en este ámbito, vale destacar que una de las cuestiones distintivas en la justicia de menores ha sido que el expediente denominado tutelar, en el cual se decidía la internación del niño, su entrega en guarda con fines de adopción, o cualquier otra medida que el juez evaluara como conveniente para el menor, era reservado y solo podía acceder a él otro funcionario judicial: el asesor de menores. Además, las causas en las que son tramitadas las adopciones de niños son secretas.
Ello no solo fue establecido expresamente por una de las normativas que reguló el instituto de la adopción (Ley 19.134, año 1971), sino también en distintas reglamentaciones que imposibilitan el acceso a los expedientes judiciales actuales o recientes sobre adopción, y también a los que ya se encuentran archivados. La reserva se extiende asimismo a los legajos administrativos de los niños que han sido entregados en adopción por el organismo de protección de la minoridad, y de esta forma la institución tiene también disposiciones internas que prohíben el acceso a esos legajos.
15. El análisis del contexto sociopolítico y de las disputas institucionales y prácticas previas a la sanción de la Ley de Patronato de Menores, por un lado, y a la promulgación de la Ley 13.252 de adopción de niños, por otro, lo hemos desarrollado en Villalta (2005 y 2003, respectivamente). Para otros estudios sobre estos temas, puede consultarse Guy (2009) y Zapiola (2006).
16. Analizar cómo un tema es convertido en un problema social no implica restarle materialidad o pensar que fue inventado desde la nada. En lugar de eso, posibilita comprender a través de qué procesos ganaron visibilidad social en un determinado momento y fueron construidos como realidades en las que el Estado debía intervenir (Fonseca & Cardarello, 1999).
17. Desde fines del siglo XIX, época de su creación, las fuerzas armadas de Argentina tuvieron bajo su órbita todo lo relacionado con lo que se denominaba orden, progreso y fronteras. Esto fue reafirmado a partir de la década de 1950 por distintas leyes, guiadas por las disposiciones de la doctrina de seguridad nacional, construyéndose así el campo de la seguridad y el desarrollo. Solo a partir del fin del autodenominado Proceso de Reorganización Nacional, en 1983, este campo se convirtió en un campo de interés legítimo para los civiles, y el desafío consistió en diferenciar los ámbitos de la seguridad y de la defensa. En este sentido, las leyes sancionadas en 1988 y 1990 fueron hitos históricos, ya que instalaron el tema en la esfera parlamentaria y diferenciaron estrictamente los espacios de la seguridad interior y de la defensa nacional, con la consiguiente división de funciones institucionales (Muzzopappa, 2000). Con este mismo propósito, se promulgó la Ley de Inteligencia en el año 2001. Pese a su vigencia, las pujas por la inclusión de las fuerzas armadas en actividades de seguridad interior continuaron y, en parte, lo hallado en la oficina de Trelew se relaciona con ellas.
18. Nilda Garré asumió el cargo de ministro de Defensa en diciembre del año 2005. Su designación fue vista por algunos sectores como un nuevo avance del peronismo montonero en el Gobierno.
19. Para un análisis sobre este tipo de prácticas, véase Villalta (2006).
20. La categoría abandono ha sido aplicada tanto a los niños cuyos padres los entregaban a una institución pública para no volver a reclamarlos, como a aquellos que, a pesar del reclamo de sus padres para volver a tenerlos consigo, eran clasificados como abandonados, lo que impedía su restitución. A su vez, se aplicaba -y aún hoy se aplica- a niños que, por su situación de pobreza, eran así clasificados por distintos funcionarios en razón de encontrarlos en una "situación de abandono o peligro moral y/o material". Además de ello, en el contexto de terror imperante de la última dictadura militar argentina, muchos de los niños secuestrados fueron ingresados en este circuito jurídicoinstitucional bajo los burocráticos rótulos NN sobre abandono o menor abandonado (Guy, 2008; Villalta, 2006).
21. Si bien esta distinción ha sido criticada, lo cierto es que continúa siendo una categoría hegemónica en las ciencias sociales.
22. Represalias que el mismo suboficial que realizó la denuncia sufrió en carne propia, tanto antes como después de comparecer ante la justicia.
23. Este tipo de debates es particularmente relevante cuando, como en el caso de Trelew, se trata de una ciudad relativamente pequeña (cien mil habitantes aproximadamente), lo cual incide directamente en el tipo de relaciones que se plantean entre los distintos referentes sociales.
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