El ingreso en prisión se puede entender como una experiencia marcada por la pérdida y el reajuste a un en torno que exige un esfuerzo adaptativo constante, lo cual genera consecuencias afectivas, emocionales, cognitivas y perceptivas (Bermúdez-Fernández, 2010, p. 348; Ministerio del Interior, 2017). El encarcelamiento, por tanto, es uno de los eventos más traumáticos que puede vivir una persona, ya que es una experiencia que puede resultar complicada en razón a ciertos rasgos característicos del entorno carce lario: ruptura con el estilo de vida cotidiano, pertenencia a un medio controlado y monitoreado y alejamiento de las re des de apoyo (Galán Casado & Moraleda Ruano, 2018; Scott, 2010), además de otros factores (Juarros-Basterretxea, Overall, Herrero, & Rodríguez-Díaz, 2019; Martín, Padrón, & Redondo, 2019).
La falta de un contexto social normalizado, así como las muchas reglas y restricciones que se deben seguir a diario en prisión hacen que sea necesario buscar estrategias de adaptación al entorno carcelario. A través de un proceso denominado “prisionización”, las personas reclusas adoptan normas, costumbres y hábitos de comportamiento propias de la subcultura carcelaria con la finalidad de pasar a for mar parte de la prisión, lo cual tiene como consecuencia una pérdida de la propia individualidad (Echeverri-Vera, 2010; Pereira, Arce, & Novo, 2016). Este proceso de adap tación lleva consigo una serie de consecuencias físicas y psicológicas que pueden marcar a la persona de por vida, incluso después de su salida de prisión. Por esta razón, la comunidad científica ha mostrado interés en cómo las personas reclusas se adaptan a la vida en la prisión y qué características inciden más en el comportamiento de los/as reclusos/as mientras cumplen condena (Marcum, Hilinski- Rosick, & Freiburger, 2014).
Los estudios sobre los efectos del encarcelamiento y la adaptación a prisión parten de dos teorías básicas: la teoría de importación y la teoría de privación. La primera hace referencia a la influencia de las características individua les, experiencias personales, creencias y todo el repertorio de conductas previas que acompañan a la persona y que esta incorpora al ambiente carcelario. Estas características incluyen factores sociodemográficos tales como la edad, la raza o la etnia, el nivel educativo, el entorno familiar o el historial delictivo (DeLisi, Trulson, Marquart, Drury, & Kosloski, 2011; Reidy, Sorensen, & Cunningham, 2012). Por otra parte, la teoría de privación describe lo que se deno mina “problemas por entrada en prisión” y hace alusión a las características punitivas y restrictivas de la reclusión en prisión. Dentro de esta teoría se incluyen aspectos como el hacinamiento, la falta de recursos, el nivel de seguridad en las prisiones, y la pérdida de libertad y autonomía (Hochstetler & DeLisi, 2005; Pierce, Freiburger, Chapin, Epling, & Madden, 2018; Steiner & Woolredge, 2009).
Las investigaciones sobre estos enfoques criminológicos de la estancia en prisión abarcan el estudio de la población masculina en su mayor medida (Yagüe & Cabello, 2005), en parte debido a que las mujeres reclusas siguen represen tando una pequeña proporción en la población total de las prisiones de todo el mundo (Limsira, 2011). La población reclusa femenina representa entre un 4% y un 7% respecto al total en países europeos (España, Muñoz, & Conde, 2012), y más concretamente en España, el 92.6% corresponde a los reclusos frente al 7.4% de reclusas para enero del 2020 (Mi nisterio del Interior, 2020). Debido a la baja tasa de muje res reclusas, en criminología se pensaba que la criminalidad debía abordarse desde un enfoque “típicamente masculino” (Banarjee, Islam, & Khatun, 2015; Martín, 2013). Sin embar go, ha quedado demostrado que el número de reclusas ha aumentado más deprisa que los reclusos varones (Carson & Sabol, 2012; Slotboom, Kruttschnitt, Bijleveld, & Menting, 2011), fenómeno que puede encontrar una explicación en la progresiva incidencia de la mujer en la sociedad tras mucho tiempo sepultada bajo unas estructuras sociales y familia res represivas (Yagüe & Cabello, 2005). Pese a esto, esta tendencia no se ha visto en España, donde la proporción de ingresos permanece estable (Ministerio del Interior, 2020).
Además del crecimiento exponencial de la población reclusa femenina, otra de las razones por las que se comen zaron a estudiar los efectos del encarcelamiento en muje res reclusas radica en las posibles diferencias de género en cuanto a las formas de adaptación a prisión entre hombres y mujeres (Gover, Pérez, & Jennings, 2008). Se puede decir que, a medida que ha ido incrementando la tasa de encarce lamiento de las mujeres, se ha acrecentado el interés cien tífico por cómo se genera el proceso de adaptación en ellas.
Ante el aumento de los estudios basados en el género y de los estudios de población reclusa únicamente femenina, el presente estudio de revisión sistemática se plantea como objetivo realizar una revisión pormenorizada de la eviden cia que existe sobre los efectos psicológicos que puede pro ducir la estancia en prisión en las mujeres reclusas. Para alcanzar este objetivo se plantean diversas preguntas de investigación en la que se abarcan las siguientes cuestiones: (1) conocer si existen necesidades psicológicas que se mues tren solo en la población reclusa femenina, (2) analizar si hay diferencias entre países con respecto al trato de las mujeres en prisión, (3) destacar las diferencias existentes en el ajuste a prisión entre hombres y mujeres, (4) conocer los factores de riesgo y de protección que influyen en el grado de adaptación a prisión de las mujeres reclusas, y (5) corroborar la falta de perspectiva de género y las con diciones discriminatorias que sufren las mujeres en prisión. De esta manera, se trata de dilucidar si hay evidencia sufi ciente para corroborar que las mujeres tienen necesidades intrínsecas al género en cuanto a su adaptación a prisión y qué aspectos requieren una mayor implicación científica. Además, se trata de poner de manifiesto la evidente nece sidad de un mayor estudio en este campo desde una pers pectiva feminista, a fin de poder adaptar mejor los métodos de estudio y obtener resultados más representativos de esta población hasta hace poco olvidada.
Método
Diseño
Se trata de una revisión sistemática en la que se incluyen estudios empíricos o revisiones sistemáticas/metaanálisis que aborden los efectos psicológicos del encarcelamiento en mujeres reclusas.
Procedimiento
Bases de datos utilizadas y palabras clave
Se llevó a cabo una búsqueda bibliográfica en las bases de datos Web of Science (en la que se incluyen las bases Web of Science Core Collection, Current Contents Connect, Medline, Biosis Citation Index, Biosis Previews, SciELO Citation Index, Derwent Innovations Index, Russian Science Citation Index), Scopus, Psicodoc, PsycInfo, Pubmed y el Directory of Open Access Journals (DOAJ). Para elaborar la fórmula de búsqueda se emplearon los conceptos clave adjustment, prisonization, incarceration, imprisonment, prison, jail, recidivism, women, women offenders y women inmates. A fin de enlazar dichos conceptos se utilizaron los operadores booleanos “AND”, “OR” y “AND NOT” (en términos como child, men o man) y los truncadores “”, () y *. Cabe matizar que la fórmula ha sido modificada atendiendo a los criterios de búsqueda de cada base de datos. Durante la búsqueda no se estableció un límite de fecha de publicación y se filtró por tipo de publicación (solo artículos empíricos y revisio nes sistemáticas o metaanálisis).
Periodos de elaboración de la revisión
Primero, se redactaron previamente los objetivos y criterios de inclusión/exclusión, con la finalidad de luego determinar la búsqueda bibliográfica y la selección de los artículos. Esta búsqueda se realizó entre marzo y septiem bre del 2019. Posteriormente, se realizó un segundo cribado mediante la lectura del texto completo y se llevó a cabo el análisis y la evaluación de la calidad metodológica de los estudios incluidos en la revisión.
Criterios de inclusión/exclusión
En cuanto a los criterios de inclusión, con respecto al tipo de estudio se han seleccionado aquellos estudios con diseños descriptivos, cohortes, casos y controles o revisio nes sistemáticas/metaanálisis sobre la temática. Además, se han elegido solo los artículos en idioma español o inglés. Con relación al tipo de población, se han elegido artícu los con población reclusa con edad mínima de 18 años y, además, aquellos cuyas muestras se compongan solo de población reclusa femenina o estudios comparativos entre hombres y mujeres.
En lo que se refiere a los criterios de exclusión, en cuanto al tipo de estudio se excluyen aquellos estudios que no detallen bien o no investiguen los efectos psicológicos del encarcelamiento. También se rechazan los estudios incom pletos, los capítulos de libro, los abstracts de congresos, las tesis doctorales y los estudios en idioma distinto al español o al inglés. En referencia al tipo de población, se excluyen aquellos estudios en los que solo se tenga como población a hombres reclusos y los estudios dirigidos a grupos menores de edad.
Selección de los estudios de la búsqueda
El procedimiento de selección de estudios se elaboró según una serie de pasos que se presentan en la figura 1.
Para la extracción de datos se hizo uso de un libro de codificación en el que se recogían las distintas variables referentes al objeto de estudio: (a) en cuanto al estudio: país de la muestra, diseño metodológico, tamaño de la muestra, grupo de comparación, instrumento de evalua ción; (b) en cuanto a variables delictivas y de encarcela miento: tiempo en prisión, carrera delictiva, reincidencia, conducta dentro de prisión, condiciones carcelarias, tipo de delito; y (c) en cuanto a variables sociodemográficas: edad media de la muestra, grupo étnico/raza, apoyo social, religiosidad, experiencias traumáticas, trastornos psicoló gicos, identidad de género, maternidad, estado civil, em pleo, nivel educativo. Con el fin de garantizar la fiabilidad de la revisión, una segunda persona realizó la codificación. Se calculó la fiabilidad interjueces con el índice kappa de Cohen y la correlación intraclase, lo que dio como resultado 1.00 (coincidencia completa entre los jueces).
Evaluación de la calidad metodológica
A fin de realizar la evaluación metodológica de los artículos incluidos se seleccionaron las herramientas de acuerdo con el diseño de estudio. Se usó la declaración Strobe de von Elm et al. (2008) para los estudios de cohor tes, casos-controles y transversales; la guía Coreq de Tong, Sainsbury y Craig (2007) para los estudios cualitativos, y la guía Prisma de Urrutia y Bonfill (2010) para las revisiones sistemáticas y los metaanálisis. Se incluyeron los artículos que puntuasen calidad media y calidad alta, siguiendo los puntos de corte indicados en las instrucciones de cada es cala. La revisión, finalmente, se constituye de 79 trabajos de calidad alta y 27 de calidad media.
Resultados
Atendiendo a los criterios de inclusión, se analizaron 106 estudios (de 1350 artículos y 53 revisiones). Los trabajos analizados abarcan desde el año 1976 al 2019 (ambos inclui dos). Para observar con detalle la población, el diseño, el procedimiento de evaluación y los principales resultados de cada publicación, véase el Anexo 1.
¿Existen necesidades psicológicas que sean intrínsecas a la población reclusa femenina?
En el caso de las reclusas femeninas hay consenso en la evidencia científica en que son más sociables y necesi tan redes de apoyo fuertes para poder afrontar esta etapa traumática, ya que son más propensas a padecer depresión y ansiedad dentro de la prisión (Aday & Dye, 2019; García- Vita, Añaños-Bedriñana, & Fernández-Sánchez, 2017). Las mujeres, desde que nacen, son orientadas hacia el rol de cuidadora, por lo que se ven más afectadas cuando las se paran de sus familias, sobre todo de sus hijos/as, ya que se consideran ellas mismas como “malas madres” por no poder hacerse cargo de su educación (Añaños-Bedriñana, Fernández-Sánchez, & Llopis LLácer, 2013; Barry, Adams, Zaugg, & Noujaim, 2020; Chmielewska, 2017; Crewe, Hulley, & Wright, 2017; Soffer & Ajzenstadt, 2010).
En cuanto a las redes de apoyo dentro de la prisión, las mujeres crean redes de apoyo entre las reclusas con quie nes comparten confidencias y hacen más amena su estancia en ese lugar. Sin embargo, esta necesidad muchas veces se ve truncada, ya que al haber poca población reclusa feme nina las cárceles no están habilitadas para ellas, de modo que es posible encontrar “mezclas de poblaciones”, como, por ejemplo, reclusas con trastornos mentales graves con aquellas que no, mujeres que cometen delitos graves con aquellas que cometen delitos leves o mezclar reclu sas jóvenes con reclusas mayores (Añaños-Bedriñana et al., 2013; Barry et al., 2020; Hawton, Linsell, Adeniji, Sariaslan, & Fazel, 2014; Severance, 2005a). Esto lleva a que se acre ciente el aislamiento y la soledad en esta población más necesitada de relaciones interpersonales.
A esta situación se le añade que existe poca comprensión y atención por parte del personal de prisión, lo que provo ca en las reclusas un sentimiento de descontrol que puede desembocar en ansiedad ante la muerte o una grave enfer medad, desconfianza en todo lo relacionado con el entor no carcelario y sentimientos de culpa (Aday & Dye, 2019; Deaton, Aday, & Wahidin, 2010; Kane & DiBartolo, 2002). Esta percepción negativa hacia los oficiales de prisiones se ve reducida cuando las reclusas se encuentran en libertad condicional (sobre todo, en aquellos/as oficiales que utilizan un estilo de supervisión menos punitivo), ya que se pone un mayor esfuerzo para la reintegración social de estas mujeres (Johnson, 2015; Morash, Kashy, Smith, & Cobbina, 2015).
¿Hay diferencias entre países con respecto al trato dado a las mujeres en prisión?
Se han encontrado artículos de diversos países, aunque hay una diferencia notable en cuanto a la cantidad de estu dios que existen. Estados Unidos es el país con mayor núme ro de estudios sobre el tema con 68 artículos (61%), seguido del Reino Unido con siete (6%) y España con seis artículos (5%); en el caso de los países latinoamericanos se encuentra un total de seis artículos (5%).
En los países subdesarrollados es más notoria la falta de adaptación y los efectos psicológicos perduran más como consecuencia de una falta importante de recursos básicos, además de que en estos países el estigma es aún mayor. Por ejemplo, en un estudio realizado en Pakistán (Khan et al., 2012), las cárceles de mujeres reclusas están muy descuida das, hasta el punto que deben dormir en el suelo por falta de espacio y apenas hay atención sanitaria. En un estudio de Indonesia (Rahmah, Blogg, Silitonga, Aman, & Power, 2014) se muestra cómo hay muy pocas instalaciones para mujeres y se ven en la obligación de atender a un servicio hecho para hombres. En otro estudio realizado en cárceles peruanas con mujeres holandesas “mulas” se pone de ma nifiesto la barrera del idioma, ya que no median entre ellas y sus familiares, además de restringir mucho las visitas, lo que favorece la privación (Sikkens & van San, 2015). En el estudio de las condiciones carcelarias de la prisión de Islas Marías, en México, las reclusas eran trasladadas a esta pri sión involuntariamente, de modo que las alejaban así de su entorno; solo hablaban con sus familias por teléfono diez minutos cada quince días, recibían continuas vejaciones por parte del personal de prisión y tenían pésimas condiciones de higiene, alimentos y cuidados médicos (Azaola, 2014).
Pero no solo en los países subdesarrollados existen desigualdades y diferencias en el trato de la mujer en pri sión. En un estudio realizado en Australia (Jones, Marris, & Hornsby, 1995), se pone de manifiesto la “criminalización” de las personas con enfermedades mentales, de manera que se encuentran pocos servicios sociales y un alto nivel de desempleo para las mujeres con enfermedades mentales que han estado cumpliendo condena. También se destaca el trato desfavorecido que reciben las mujeres extranjeras en las cárceles australianas al no facilitarles la comunicación con sus familiares y no dar a conocer el sistema de leyes del país, de manera que ponen a estas mujeres en una situación de especial vulnerabilidad (Easteal, 1993).
Todos los estudios, independientemente del país de la muestra, coinciden en que las cárceles de mujeres no están adaptadas y se encuentran sobrepobladas, ya que apenas hay centros destinados a ellas, dado que son una población con tasa muy baja respecto a los hombres. Existe más evi dencia sobre todo esto en los artículos de EE. UU. (el país con más documentos publicados).
¿Existen diferencias en el ajuste a prisión entre hombres y mujeres?
Según la evidencia encontrada, ambos sexos guardan muchas similitudes en cuanto al ajuste a prisión (Jiang & Winfree, 2006; Reidy, Cihan, & Sorensen, 2017). Esto al punto que tanto hombres como mujeres no difieren en cuanto a cometer violaciones de las reglas en la cárcel, si se controlan variables como, por ejemplo, el tipo de delito, el número de encarcelamientos y el tiempo actual de condena (Solinas-Saunders & Stacer, 2012). En los inventarios que se usan para evaluar población reclusa -como es el caso del PAI (Inventario de Evaluación de la Personalidad)-, tanto en hombres como en mujeres, se predice el comportamiento violento y delictivo con las variables paranoia, antisocial y nivel de agresión (Davidson, Sorensen, & Reidy, 2016). Ade más de que la prisión, de por sí, implanta en la persona (indistintamente de su sexo o género) una etiqueta que la marca de por vida, la reprimenda social dura hasta después de ser encarcelado (Mbuba, 2012). No obstante, cabe des tacar ciertos aspectos en los que hay una clara distinción de género.
En referencia a cometer infracciones, los hombres come ten más infracciones graves (violentas y no violentas) que las mujeres, incluso al controlar factores clave tales como enfermedad mental, abuso de sustancias y arrestos previos (Acevedo & Bakken, 2003; Marcum et al., 2014; Reidy & So rensen, 2018; Solinas-Saunders & Stacer, 2012; Valentine, 2018). Una explicación posible es que las cárceles de hom bres tienen una estructura más marcada por el poder coer citivo (factor de privación), de manera que esta población responde de forma más reactiva (Jiang & Winfree, 2006).
Con respecto al historial de abuso sexual y físico, las mu jeres tienen mayor pasado de abuso sexual que los hombres y, por tanto, más tendencia a episodios depresivos graves y a la autolesión, lo que dificulta su adaptación a prisión (García-Vita et al., 2017; Hawton et al., 2014; Solinas-Saun ders & Stacer, 2012; Wright, Salisbury, & Van Voorhis, 2007). En referencia a pedir apoyo psicológico, parece que las reclusas tienden a pedir más ayuda y, en cambio, a los hom bres les cuesta más hacerlo, quizá por el estereotipo todavía existente en los hombres en el que impera no recibir o pedir ayuda para no sentirse “débiles” (Ferraro et al., 2018).
En cuanto a factores de protección, los hombres casados tienen menos probabilidad de cometer infracciones, mien tras que en las mujeres este factor no tiene ningún efecto o el efecto es negativo. Podría explicarse por el hecho de que los hombres reciben más visitas de sus esposas que las muje res de sus contrapartes masculinos, ya que hay más estigma asociado a la mujer reclusa, de modo que se ven afectadas sus redes de apoyo (Galván et al., 2006). Si bien este hecho no está contrastado, sería un importante campo de estudio (Jiang & Winfree, 2006; Thompson & Loper, 2005).
En referencia al apoyo entre reclusos/as, las mujeres pa recen sentir que tienen más apoyo y cooperan más con sus compañeras reclusas que los hombres. Por último, en cuanto a las relaciones homosexuales, las mujeres tienen relacio nes con sus compañeras reclusas en busca de compañía y afecto y pueden influir en la disminución de la reincidencia (Severance, 2005b).
¿Qué factores de riesgo y de protección influyen en el grado de adaptación a la prisión de las reclusas?
La adaptación a la prisión depende de un conjunto de factores personales (importación) y ambientales (priva ción), los cuales hacen que varíe el grado de ajuste psi cológico en prisión. Al día de hoy parece que las variables personales revelan más sobre el grado de adaptación a la prisión que las variables ambientales, aunque es necesario entender este efecto como un conjunto de variables que interaccionan entre sí (Jensen & Jones, 1976). El perfil de mujer que menos se adapta a prisión y tiene más conse cuencias psicológicas sería el que se describe a continua ción, según lo analizado (Lahm, 2017).
Ser joven (menos de 35 años)
Es uno de los factores que se destacan en cuanto a su rela ción con la reincidencia y el mal comportamiento en prisión (Keaveny & Zauszniewski, 1999). Según la evidencia exis tente, cuanto más joven se entra en el sistema judicial, más conoce el ambiente carcelario y menos miedo se le tiene, lo cual desencadena el mal comportamiento institucional (Nowotny, Kuptsevych-Timmer, & Oser, 2019; O’Brien & Bates, 2005; Reidy et al., 2017; Socías et al., 2015). También se ha demostrado en varios estudios que a más edad, menos perpetración de delitos (Lahm, 2016; Marcum et al., 2014). En relación con la edad y el estado emocional, se ha des cubierto que las mujeres de mediana edad son las más pro pensas a sufrir depresión en prisión (Aday & Dye, 2019). Así lo demuestra el estudio de Vanhooren, Leijssen y Dezutter (2017), en el que se comprobó cómo a más edad de la reclu sa, mayor pérdida de significado, junto con tener miedo a morir y no saber cuidarse de sí misma, lo que desemboca en un peor ajuste psicológico (Aday & Dye, 2019). Sin embar go, las jóvenes no quedan exentas de sufrir preocupaciones dentro de la cárcel porque, según el estudio de Mancini et al. (2016), las jóvenes muestran mayor preocupación por su familia. Es decir, la edad es un factor vinculado con otros aspectos del desarrollo vital y la consecución de hitos vi tales, que son los que supondrán un factor protector de la adaptación en prisión.
Sin hijos/as
Tener hijos/as genera un gran vínculo de apego en las reclusas y es un pilar fundamental de la buena adaptación a prisión, puesto que reencontrarse con sus hijos/as es una fuerte motivación para resistir en la cárcel (Becerra, Torres, & Ruiz 2008). A pesar de esto, no se obtienen datos concluyentes, por lo que se insta a investigar más sobre este aspecto.
Raza/etnia
Las afroamericanas suelen ser más propensas a perpetrar delitos (Houser & Welsh, 2014; Lahm, 2016). Esta circuns tancia puede radicar en que estas mujeres siguen sufriendo el racismo por parte de la sociedad y de las instituciones, de manera que pueden sufrir una “estigmatización cuádru ple”: raza, género, clase y antecedentes penales (Acevedo & Bakken, 2003; Castillo & Ruiz, 2010; Zhao, Afkinich, & Valdez 2019). Al haber estado las mujeres negras en mayor contacto con el sistema judicial, las mujeres blancas sien ten que en la cárcel no son la raza “dominante”, por lo que se ven obligadas a cambiar su sistema de creencias hacia las mujeres negras (Kruttschnitt & Hussemann, 2008; Vuolo & Kruttschnitt, 2008). Solo un estudio asegura que la raza no influye en el ajuste inicial al encarcelamiento, por lo que habría una interesante vía de estudio sobre qué rol juega la raza en el impacto inicial al entrar en prisión (Clay, 2009).
Ser transgénero
Una de las experiencias más traumáticas que se puede vivir como mujer transgénero es ser encarcelada en prisio nes masculinas, ya que sufren todo tipo de discriminaciones y, en algunos casos, llegan a perder su identidad de género (Hochdorn, Faleiros, Valerio, & Vitelli, 2018; Hughto et al., 2019). Estas mujeres ocultan más sus sentimientos porque llorar es “signo de debilidad” en las cárceles masculinas, lo que implica mayor victimización. En la cárcel experimen tan abuso y acoso, aislamiento, condiciones correccionales severas y falta de acceso al tratamiento hormonal, lo que conlleva graves problemas de salud mental (McCauley et al., 2018).
Pertenecer a entornos urbanos
Según los estudios de O’Brien y Bates (2005) y de Thompson y Loper (2005), las mujeres que viven en entornos urba nos cometen más delitos con respecto a las que residen en entornos rurales. La mayoría de mujeres proceden tes de entornos urbanos pertenecen a razas minoritarias (Loper, 2002).
Ser condenada por delito violento
Las mujeres que han cometido delitos violentos previa mente a su estancia en prisión tienen más probabilidad de cometer infracciones en prisión (Kuo & Zhao, 2019), pues así se confirma en estudios como el de Houser, Belenko y Brennan (2012): una probabilidad de hasta tres veces mayor que las que no cometen delitos violentos. Por el contra rio, los delitos por drogas no contribuyen significativamen te a la mala conducta en prisión (Chen, Lai, & Lin 2014). Concretamente, de acuerdo con el estudio de Loper (2002), las mujeres que están cumpliendo condena por delitos de posesión están mejor adaptadas que las demás (incluso me jor que las que están por delitos de tráfico de drogas).
Con historial institucional previo
Según Houser et al. (2012)) y Houser y Welsh (2014), a mayor historial criminal, más propensión a la mala con ducta institucional. Si, además, hubo previamente acoso policial sin implicar arresto previo, se incrementa todavía más la probabilidad de ser arrestada y encarcelada (Socías et al., 2015).
Con trastorno mental
La depresión es el trastorno más recurrente entre las reclusas y por el que menos se ajustan a la prisión, seguido de los trastornos por ansiedad (Dye, Aday, Farney, & Raley, 2014; Ferraro et al., 2018). El estrés de la cárcel es el factor más importante en la depresión de las reclusas, seguido de la victimización (Chen et al., 2014; Hurley & Dunne, 1991; Wright et al., 2007). Muchas de ellas se medican con anti depresivos para lidiar con el entorno carcelario (Bentley & Casey, 2017; Colbert, Goshin, Durand, Zoucha, & Sekula, 2016). También es muy común encontrar mujeres que presenten trastorno concurrente, circunstancia que las hace ser más propensas a tener mala conducta en prisión (Houser et al., 2012; Houser & Welsh, 2014; Kuo & Zhao, 2019). Además, se han encontrado estudios que muestran un alto porcentaje de reclusas que se liberaban del es trés del encarcelamiento a través del daño autoinflingido (Chamberlen, 2017; Hawton et al., 2014; Mangnall & Yurkovich, 2010), e incluso canalizaban el estrés a través de la ideación suicida (Dye & Aday, 2013) o, directamente, llegan a suicidarse (Hawton et al., 2014). Esta tendencia a la auto lesión como estrategia de afrontamiento y que desemboque en suicidio, en algunos casos, está íntimamente ligada con haber sufrido experiencias traumáticas anteriores al encarce lamiento (Casey, 2018; Crewe et al., 2017; Dye & Aday, 2013).
Estudios más centrados en los trastornos de persona lidad aseguran que las mujeres con trastorno narcisista y alta puntuación en psicopatía tienen menos angustia psico lógica, mientras que quienes presentan trastorno límite de personalidad y un patrón dependiente tienen más miedos a ser atacadas y más tendencia a la ansiedad y la depresión (Mahmood, Tripodi, Vaughn, Bender, & Schwartz, 2012; Warren & South, 2006). Asimismo, el trastorno más pre valente entre las reclusas es el de personalidad antisocial (Hurley & Dunne, 1991).
Padecer trastornos mentales hace que se utilicen todos los recursos atencionales para intentar solventar dichos problemas, por lo que es frecuente encontrar mujeres con problemas de atención. También se valora estudiar si la velocidad de procesamiento en las funciones ejecutivas puede predecir la conducta violenta (Rocha, Fonseca, Marques, Rocha, & Hoaken, 2014). Además, tener trastor no mental conlleva recibir más castigos y más severos por desencadenar la conducta delictiva, lo cual refuerza un círculo vicioso, lejos de llegar a conseguir la buena convi vencia (Houser & Belenko, 2015).
Tener una enfermedad mental no solo afecta a las reclusas dentro de la prisión, sino que sus efectos perduran más allá del cumplimiento de la condena, de manera que se presenta una alta morbilidad psiquiátrica en exreclusas y un déficit importante en el funcionamiento social, lo cual es peor cuanto más tiempo haya durado su condena (Lewis & Hayes, 1997).
Abuso de sustancias
La adaptación en prisión también depende de la sus tancia que se consuma, ya que esto influye en la mala con ducta institucional y en el estado de ánimo. El estudio de Velasquez, von Sternberg, Mullen, Carbonari y Kan (2007) muestra cómo aquellas que consumen cocaína presentan mayores niveles de angustia psiquiátrica con respecto a aquellas que consumen solo alcohol o alcohol con cocaí na en dosis bajas. En los resultados del estudio de Zhao et al. (2019) se comprobó que el abuso de marihuana se relacionaba de forma directa con la depresión. En el estu dio de García-Vita et al. (2017) también se relacionaba con la depresión, pero, este caso, con el consumo de alcohol. También se han encontrado evidencias de que las reclusas con antecedentes de abuso de sustancias tienen más pro babilidad de contemplar el suicidio (Aday & Dye, 2019). En general, los estudios respaldan que una historia de consumo problemático de drogas en mujeres es un claro factor de riesgo para el ajuste en prisión.
Experiencias traumáticas pasadas
El estudio de Anderson y Pitner (2018) expone que las formas más significativas de trauma fueron las causadas por violaciones o abusos sexuales en infancia y adultez. Otro estudio de Lai, Ren y He (2018) refleja que un historial de violencia doméstica antes de prisión afectaba de forma ne-gativa el ajuste en prisión, de modo que estas reclusas necesitaban más asistencia al salir de prisión. Otros estudios muestran que el acoso sexual de adulta se correlaciona con la mala conducta institucional y, sin embargo, en el acoso sexual infantil no se establecía dicha relación, ya que estas mujeres son más sensibles a los factores que causan trau ma en la prisión y adaptan sus estrategias de afrontamiento propias del abuso al contexto carcelario (Islam-Zwart & Vik, 2004; Wright et al., 2007). En definitiva, un pasado previo con experiencias traumáticas y de victimización causaron es tragos en la estancia en prisión y se manifestaban como mala conducta, baja autoestima, depresión y ansiedad (Aday & Dye, 2019; Chen et al., 2014; Galván et al., 2006; García-Vita et al., 2017; Houser, et al., 2012; Kane & DiBartolo, 2002; Kuo & Zhao, 2019; Salina, Figge, Ram, & Jason, 2017; Salisbury, Van Voorhis, & Spiropoulos 2009; Zhao et al., 2019).
Condiciones carcelarias
En la mala conducta institucional también intervienen los factores ambientales que se traducen como las condi ciones en las que se encuentran las prisiones femeninas. Uno de los factores ambientales que se asocia con una mala adaptación es el nivel de seguridad de la prisión. Según el estudio de Marcum et al. (2014), las instalaciones de máxi ma seguridad instan a las reclusas a cometer infracciones graves. En el estudio de Gobeil, Blanchette y Barrett (2013), sin embargo, los resultados muestran que en cárceles más restrictivas se da un menor número de delitos graves, pero que puede deberse al aumento de vigilancia y no a que las reclusas no estén predispuestas a cometer delitos. Lo que parece quedar claro es que las prisiones de máxima seguridad afectan de manera significativa en los niveles de angustia psicológica (Hurley & Dunne, 1991).
Otro factor más relacionado con la mala conducta insti tucional es el hacinamiento en las cárceles femeninas, in cluso controlando variables como la raza y la edad (Ruback & Carr, 1984). En el estudio de Kruttschnitt, Gartner y Miller (2000) se comparaban dos cárceles y se comprobó que en la cárcel donde se establecían más posibilidades de que las mujeres tuvieran espacios aislados el ajuste se vio menos afectado por las características individuales de las reclusas. En otro estudio se muestra que las reclusas valoran más las oportunidades de privacidad que las de interacción social, y que el hacinamiento conlleva a tener más descuidadas a las reclusas en razón a una mayor demanda (Sharkey, 2010).
Es necesario destacar que, aunque todas estas variables han sido constatadas como factores de riesgo en reclusas, no son invariables ya que, a lo largo del tiempo, se han ido cambiando los efectos del comportamiento en prisión, tal como lo demuestra el estudio de Steiner y Wooldredge (2009). Este estudio compara dos momentos temporales -1991 y 1997- y se aprecia cómo afectan de manera dife rente los mismos factores de riesgo. Por otra parte, se han encontrado factores de protección clave para una mejor estancia en prisión.
Religiosidad
Participar en actividades religiosas dentro de prisión mejora la estancia en esta, incluso en mujeres condena das a cadena perpetua, ya que la religión aporta una visión esperanzadora del futuro e integra en un todo coherente sus historias de vida (Aday, Krabill, & Deaton, 2014; Negy, Woods, & Carlson, 1997; Schneider & Feltey, 2009). Ade más, se ha estudiado la relación entre niveles de depresión y participación en actos religiosos y se demuestra que, a más apoyo religioso, menos estados depresivos en prisión (Levitt & Loper, 2009).
Resiliencia
La resiliencia se ha comprobado en el estudio de Sygit-Kowalkowska, Szrajda, Weber-Rajek, Porażyński y Ziólkowski (2017) como un buen factor protector de los efectos del confinamiento. Sería un importante campo de estudio a profundizar.
Visitas en la cárcel
Muchos de los conflictos dentro de la cárcel pueden te ner su raíz en una falta de apoyo que tienen las reclusas por parte de sus familiares y personas allegadas, lo que hace del conflicto una respuesta ante esa carencia (García-Vita, 2017). En contraposición, recibir visitas de familiares es un importante factor de protección, ya que el mayor impacto positivo lo tiene la visita de los/as hijos/as y el menor im pacto el de las amistades (Liu & Chui, 2014). Además, recibir visitas de familiares reduce las preocupaciones financie ras y la depresión (Aday & Dye, 2019; Galván et al., 2006; Mancini et al., 2016). Asimismo, recibir visitas también pue de suponer una tortura, pues les recuerda que están lejos de sus familias y se incrementa el miedo a que las olviden y a que también les afecte la estancia en prisión (Aday & Dye, 2019; Krabill & Aday, 2007; Wright et al., 2007). Por otra parte, recibir visitas conyugales refuerza el sentimiento de apoyo, asociado a una mejor salud psicológica, proporcio na intimidad, tiene un efecto normalizador en sus vidas y reduce las tasas de delitos sexuales y no sexuales (Carcedo, Perlman, López, & Orgaz, 2012; Einat & Rabinovitz, 2013). Lo que no se tiene en cuenta en prisión es la pérdida de un familiar, a pesar de ser un duelo común que suele transcu rrir mientras se cumple condena y que, de tratarse debida mente, podría reducir la reincidencia y la mala conducta institucional (Harner, Hentz, & Evangelista, 2011).
Ser madre
Estar embarazada dentro de prisión hace que las propias reclusas modifiquen sus pensamientos y conductas porque creen que es lo mejor para el feto y esto, a su vez, facilita su adaptación a prisión, ya que adquieren una mejor visión del entorno carcelario (Wismont, 2000). Sin embargo, también puede ser, en parte, un factor de riesgo ser madre, ya que estar embarazada o tener a sus hijos/as con ellas en prisión incrementa el estrés, la inseguridad y el sentimiento de cul pa por temor a que sus hijos/as se vean afectados por un entorno poco favorecedor para su desarrollo o llegar a per der su custodia (Chmielewska, 2017; Fochi, Higa, Camisao, Turato, & Lopes, 2017).
Apoyo entre reclusas
Otro factor de protección es el establecimiento de redes de apoyo entre reclusas. Tener relaciones personales cer canas con las demás reclusas reduce notablemente la sen sación de soledad y aislamiento (Severance, 2005a). Estas relaciones suelen formarse de una manera que imita a una estructura familiar en la que la figura de mayor importancia es la que ejerce de madre del grupo (García-Vita & Melendro Estefanía, 2013). Es necesario añadir que también surgen relaciones homosexuales entre ellas, ya que ayuda a suplir carencias afectivas provenientes del exterior de la prisión y disminuye el riesgo de reincidencia, sobre todo en reclusas jóvenes (Einat & Rabinovitz, 2013; Hensley, Tewksbury, & Koscheski, 2002; Severance, 2005b). Si bien estas relaciones entre pares pueden no resultar del todo beneficiosas por dos razones: (1) aquellas mujeres que vienen de relaciones abu sivas suelen recrear este tipo de relaciones, y (2) aquellas que tienen relaciones de amistad fuertes tienden a tener sentimientos negativos con la prisión al tener como apoyo a mujeres con la misma visión hostil del entorno carcelario (Larson & Nelson, 1984; Loper & Gildea, 2004).
Duración de la sentencia
Existe un factor que puede hacer fluctuar el ajuste en prisión: la duración de la sentencia. Las mujeres con largas sentencias tienden a aumentar la mala conducta en el inicio de la sentencia, como respuesta a una situación en la que se ve reducida su libertad, y a disminuir su mala conducta a medida que avanza el tiempo en prisión con el objetivo de conseguir privilegios (Reidy & Sorensen, 2018). Sin em bargo, según el estudio de Marcum et al. (2014), cuanto más tiempo pasan en la cárcel peor se ajustan las muje res en prisión. El hecho de que las mujeres con sentencias más largas se ajusten peor puede ser debido a que tienen más tiempo para cometer infracciones (Casey-Acevedo & Bakken, 2001; Thompson & Loper, 2005).
En otro estudio de Islam-Zwart, Vik y Rawlins (2007), se comprobó que las reclusas ingresaban en prisión con unos niveles de psicoticismo y estrés elevados, los cuales dismi nuían drásticamente en la segunda semana. Otro estudio, sin embargo, arroja luz sobre un hecho que parece haberse contrastado: no existe asociación entre la duración de la sentencia y la depresión (Zhao et al., 2019).
Nivel educativo y el empleo previo
Los datos no son consistentes. Algunos estudios (Houser & Welsh, 2014; Salisbury et al., 2009) expresan que, a más educación, menos mala conducta en prisión. Por otra parte, se encuentran estudios que coinciden en cómo las mujeres que antes de entrar en la cárcel tenían trabajo o algún in greso económico respetaban más las normas, pero no sacan conclusiones claras (Keaveny & Zauszniewski, 1999). Lo que sí parece tener más fuerza es la eficacia de los programas vocacionales en los que se facilita a las mujeres tener un empleo al salir de prisión, lo que tiene como consecuencia directa una disminución considerable de la probabilidad de reincidencia (O’Brien & Bates, 2005).
Otras variables de interés
Por último, cabe destacar que la prisión, en sí misma, puede ser un factor de protección en aquellas mujeres en las que sus entornos eran menos seguros, como, por ejem plo, vivir en la calle, tener una familia o una relación de pareja disfuncionales con conductas violentas y abusivas, o una vida marcada por el abuso de sustancias (Añaños- Bedriñana et al., 2013; Asberg & Renk, 2015; Dye & Aday, 2013; Islam-Zwart & Vik, 2004; Loper, 2002; Reidy et al., 2017; Slotboom et al., 2011; Soffer & Ajzenstadt, 2010).
¿Existen condiciones discriminatorias por razón de género para las reclusas?
La condición más grave para las mujeres reclusas es la alta tasa de casos de acoso, abuso e incluso violación por parte de funcionarios de instituciones penitenciarias. Por miedo a las represalias o a perder protección, pocas son las que se atreven a denunciar. Según el estudio de Kubiak et al. (2017), son las reclusas mayores las que denuncian con mayor frecuencia. En un entorno en el que se supone que deben ser protegidas es, precisamente, donde más discri minación reciben.
Por otra parte, al haber una baja tasa de mujeres reclu sas, la institución penitenciaria, en términos generales, es una estructura creada por hombres para hombres, de manera que no se adapta a las mujeres (Añaños-Bedriñana et al., 2013). Las pocas instituciones penitenciarias para mujeres suelen estar alejadas de su lugar de residencia (Thompson & Loper, 2005) y suelen tener un mayor nivel de vigilancia con respecto a las cárceles masculinas, ya que se basan en el rol de género de mujer sumisa y pasiva, por lo que cualquier incidencia se castiga con mayor rigor (Acevedo & Bakken, 2003). Un caso claro de falta de adaptación de las cárceles a las reclusas es el sistema de amarre de las reclu sas embarazadas. En EE. UU. solo cinco estados contemplan las políticas de género en cuanto a encadenar de manos y pies a mujeres embarazadas. Esto da lugar a que en el resto de estados las mujeres embarazadas son a menudo encade nadas, incluso para ir a sus revisiones o al dar a luz (Thomas & Lanterman, 2019). Aquí se aprecia como la neutralidad de género no tiene porqué ser equitativa.
También se exponen otros casos, como, por ejemplo, no disponer de ropa femenina, falta de apoyo en transiciones vitales como la menopausia u orientar los talleres y cursos de orientación laboral a trabajos con poca proyección en el mundo laboral, tales como trabajos de limpieza de la pri sión o talleres de costura (Azaola, 2014; Barry et al., 2020; Chamberlen, 2017; Shantz & Frigon, 2009).
Discusión y conclusiones
En este estudio se pretendía estudiar los efectos psico lógicos que puede producir la estancia en prisión en las mujeres reclusas, centrándose en las necesidades psicológi cas que se muestren solo en la población reclusa femenina. De igual forma, se pretendía conocer los factores de riesgo y de protección que influyen en el grado de adaptación a prisión de las mujeres reclusas. Se ha observado que, den tro del contexto penitenciario, las mujeres reclusas repre sentan aún una pequeña proporción en la población total de las prisiones de todo el mundo (Limsira, 2011). Los países europeos tienen una población femenina de entre un 4% y un 7% de la población total (España et al., 2012). Sin embar go, ha quedado demostrado que el número de reclusas ha ido en aumento más rápido que el de los reclusos (Carson & Sabol, 2012; Slotboom et al., 2011).
De los artículos analizados se observa que la necesidad psicológica básica en las mujeres sería el apoyo social. Se destaca la naturaleza social de la mujer y el rol de cuidado ra que la persigue hasta en la cárcel (Añaños-Bedriñana et al., 2013; Barry et al., 2020; Chmielewska, 2017; Crewe et al., 2017; Soffer & Ajzenstadt, 2010).
En cuanto a las cárceles femeninas, se ven diferencias notables entre países subdesarrollados, en vías de desa rrollo y los ya desarrollados en el trato hacia las mujeres reclusas. Una constante siempre es el hacinamiento, debido a la falta de centros para mujeres, pues no existe una gran tasa de criminalidad y delincuencia femenina (Khan et al., 2012; Rahmah et al., 2014).
Aunque entre hombres y mujeres se encuentran simili tudes en cuanto a su estancia en prisión y su ajuste psico lógico, también se perciben diferencias características de género. Los hombres suelen ser más reactivos en prisión, de modo que tienen una mayor tasa de mala conducta grave y violenta, mientras que las mujeres cometen más infracciones leves y de carácter institucional (Acevedo & Bakken, 2003; Marcum et al., 2014; Reidy & Sorensen, 2018; Solinas-Saunders & Stacer, 2012; Valentine, 2018). Además, las formas en las que se relacionan también son distintas, ya que las mujeres buscan más apoyo emocional mientras que los hombres tienden más a las relaciones de convenien cia (Severance, 2005a). Pese a esto, muchas de las caracte rísticas de protección o riesgo respecto a la adaptación en prisión son similares en ambos sexos.
En cuanto a los factores de riesgo y de protección al encarcelamiento identificados en las mujeres, existe un perfil de alto riesgo para el ajuste a prisión: mujer soltera (Acevedo & Bakken, 2003; Chen et al., 2014; Galván et al., 2006; Keaveny & Zauszniewski, 1999; O’Brien & Bates, 2005), joven (menos de 35 años) (Keaveny & Zauszniewski, 1999; Nowotny et al., 2019; O’Brien & Bates, 2005; Reidy et al., 2017; Socías et al., 2015), con historial institucional previo (Houser et al., 2012; Houser & Welsh, 2014), sin hijos/as (Becerra et al., 2008; Galván et al., 2006), con trastornos mentales (Dye et al., 2014; Ferraro et al., 2018; Houser et al., 2012; Houser & Welsh, 2014; Kuo & Zhao, 2019; Mahmood et al., 2012; Warren & South, 2006), de raza ne gra (Acevedo & Bakken, 2003; Castillo & Ruiz, 2010; Zhao et al., 2019), ser transgénero (Hochdorn et al., 2018; Hughto et al., 2019), perteneciente a entornos urbanos (Loper, 2002; O’Brien & Bates, 2005; Thompson & Loper, 2005), condenadas por delito violento (Houser et al., 2012; Kuo & Zhao, 2019) y con experiencias traumáticas ante riores al encarcelamiento (Aday & Dye, 2019; Chen et al., 2014; Galván et al., 2006; García-Vita et al., 2017; Houser, et al., 2012; Kane & DiBartolo, 2002; Kuo & Zhao, 2019; Salina et al., 2017; Salisbury et al., 2009; Zhao et al., 2019). En cuanto al nivel educativo y el empleo previo los datos no son consistentes (Houser & Welsh, 2014; Keaveny & Zauszniewski, 1999; Salisbury et al., 2009). Muchos de estos factores se observan en revisiones previas sobre mujeres con antecedentes de violencia (Loinaz, 2014).
Como factores protectores están la religiosidad o las actividades religiosas en prisión (Aday et al., 2014; Negy et al., 1997; Schneider & Feltey, 2009), redes de apoyo con reclusas (Einat & Rabinovitz, 2013; García-Vita & Melendro Estefanía, 2013; Hensley et al., 2002; Severance, 2005a), visitas de familiares (sobre todo de los hijos/as) (Aday & Dye, 2019; Galván et al., 2006; García-Vita, 2017; Liu & Chui, 2014; Mancini et al., 2016), y en casos en los que el ambiente previo era difícil, la propia cárcel (Añaños- Bedriñana et al., 2013; Asberg & Renk, 2015; Dye & Aday, 2013; Islam-Zwart & Vik, 2004; Loper, 2002; Reidy et al., 2017; Slotboom et al., 2011; Soffer & Ajzenstadt, 2010).
También se exponen las condiciones discriminatorias a las que está sometida la mujer en el sistema penitenciario. En primer lugar, hay un porcentaje relevante de presas que afir man ser víctimas de acoso, abuso sexual y violación por par te del personal de instituciones penitenciarias, lo cual hace de la cárcel un entorno inseguro y hostil (Acevedo & Bakken, 2003; Kubiak et al., 2017; Thomas & Lanterman, 2019). De hecho, la victimización resulta un aspecto clave en el ries go de reincidencia (Loinaz & Andrés-Pueyo, 2017). Además, las cárceles no están equipadas de forma adecuada para las mujeres, al no tener recursos básicos para ellas (como ropa femenina, no tener adecuada atención sanitaria) y tampo co ofrecer talleres y curso con proyección laboral futura (Azaola, 2014; Barry et al., 2020; Chamberlen, 2017; Shantz & Frigon, 2009).
Todos estos resultados han sido en parte contrastados con la revisión de Fedock (2017). Este autor realiza una revisión de la literatura centrada en el ajuste psicológico de las presas. Pese a que esta revisión no es sistemática, expone las líneas de investigación que deben trabajarse con el fin de mejorar el conocimiento sobre el ajuste psicológico de la población reclusa femenina, como, por ejemplo, con siderar las teorías de privación e importación como com plementarias y llevar a cabo más estudios cualitativos que estudien los factores de riesgo del ajuste en prisión. Esta revisión sistemática apoya la conclusión de Fedock, pues to que se encuentra una falta de estudios cualitativos con muestra representativa y generalizable. Además, los artícu los no están orientados, en su mayoría, a tratar las teorías de privación e importación de manera conjunta. Así, pues, en el apartado de ajuste psicológico (indicador en el que se centra la revisión de Fedock) los resultados son similares.
En la actualidad, son especialmente importantes las investigaciones relacionadas con los diferentes ámbitos de la psicología jurídica y forense (e.g., Cantos, Kosson, Golds tein, & O’Leary, 2019; Férriz Romeral, Navas Sánchez, Gó mez-Fraguela, & Sobral Fernández, 2019; Heyman et al., 2018; Morales-Toro, Guillén-Riquelme, & Quevedo-Blasco, 2019; Selaya-Berodia, Quevedo-Blasco, & Neufeld, 2018). En este sentido, son relevantes los estudios sobre instrumentos de evaluación (e.g., Prieto-Macías, Guillén-Riquelme, & Que vedo-Blasco, 2020; Rojas, Morales, Juarros-Basterretxea, Herrero, & Rodríguez-Díaz, 2019), así como el análisis del suicidio en diferentes contextos (e.g., Cano-Montalbán & Quevedo-Blasco, 2018; Suárez-Colorado, Palacio Sañu do, Caballero-Domínguez, & Pineda-Roa, 2019; Teismann, Brailovskaia, & Margraf, 2019).
Aun al tener en cuenta lo expuesto, cabe destacar las limitaciones de este estudio, por lo que es imprescindible tomar estos resultados con suma precaución. Primero, los estudios de países menos desarrollados cuentan con muy poca muestra, por lo que, aunque esos estudios fueron se leccionados por la información relevante que brindaban sobre el sistema penitenciario de dichos países, pueden resultar poco generalizables. Como segunda limitación se expone el criterio de exclusión de artículos que no se en contraban en idioma español o inglés, ya que ahí se han po dido perder artículos con información relevante al estudio. Como tercera y última limitación, se considera que el mé todo de evaluación metodológica puede presentar sesgos por parte de la persona evaluadora, ya que la evaluación por checklists puede resultar tremendamente subjetiva. Además de esto, puede que exista pérdida de estudios por no haber utilizado todos los sinónimos posibles, como, por ejemplo, female.
Como conclusión final, se expone lo siguiente: (1) si bien los estudios sobre población femenina van en aumento, se necesita mayor investigación sobre los efectos del encarce lamiento y el ajuste psicológico en países menos desarrolla dos, a fin de lograr un mayor conocimiento de la influencia de los países y de los distintos sistemas penitenciarios en el ajuste a prisión; (2) los resultados brindan un problema todavía existente para las mujeres reclusas: la discrimi nación por género. Son aún muchos los casos de acoso y violación en las cárceles por parte del personal, y a las mujeres no se les alienta con un futuro laboral prometedor; y (3) es necesario un buen acondicionamiento de las cárce les femeninas, con lo cual se reducirían notablemente las tasas de enfermedades mentales y los efectos psicológicos posteriores al encarcelamiento.