Introducción
The link, “el vínculo”, en idioma inglés, se refiere a las posibles relaciones que se dan entre el maltrato animal, el maltrato de menores y la violencia doméstica (Becker & French, 2004). Una de estas relaciones, en particular, es la que se da entre el maltrato animal y la violencia de género. Ascione (1999) define el trato cruel o el maltrato de animales como un comportamiento que provoca dolor, sufrimiento o angustia a los animales de forma internacional e innecesaria, incluyendo su muerte.
En concordancia con lo anterior, el artículo 337 del Código Penal español (2022), por su parte, expresa que,
(s)erá castigado con la pena de tres meses y un día a un año de prisión e inhabilitación especial de un año y un día a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, el que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual, a (a) un animal doméstico o amansado, (b) un animal de los que habitualmente están domesticados, (c) un animal que temporal o permanentemente vive bajo control humano, o (d) cualquier animal que no viva en estado salvaje.
La violencia de género, por su parte, se basa y se ejerce por la diferencia subjetiva entre los sexos: las mujeres sufren violencia por el mero hecho de ser mujeres. Las víctimas de violencia de género se encuentran en cualquier estrato social, nivel educativo, cultural o económico. En el Código Penal español (2022), podemos encontrar referencia a la violencia de género en el artículo 153, el cual estipula que,
(e)l que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión de menor gravedad (…) o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años.
En el presente estudio cualitativo nos centramos en situaciones en la que existe violencia de género, como parte de la violencia doméstica, y maltrato hacia los animales cometido por el perpetrador de la violencia de género. Ahora bien, en línea con Ascione (1999) parece haber una relación clara entre maltrato animal y violencia interpersonal, y en este caso pasaremos a profundizar específicamente en violencia de género, si bien esta vinculación no se asocia necesariamente de forma casual.
Así, DeGue y DiLillo (2009) evaluaron retrospectivamente la exposición a la violencia familiar y la crueldad animal utilizando una muestra de 860 estudiantes universitarios. Los resultados sugieren que el maltrato animal puede ser una señal de alerta de violencia familiar en el hogar: alrededor del 60% de los participantes que ha presenciado o perpetrado crueldad hacia los animales cuando eran niños, así como informan experiencias de maltrato infantil o violencia doméstica. En cuanto a la concurrencia de abuso animal, abuso infantil y violencia doméstica, los resultados del estudio indicaron que el 22,9% de la muestra completa de 860 estudiantes informó alguna exposición a la crueldad animal. La violencia de los padres fue presenciada por el 17,7% de los encuestados en general, y el 14,8% informó abuso físico de su madre por parte de su padre. En particular, los resultados sugieren que el maltrato animal puede resultar un marcador más confiable para otras formas de violencia familiar que viceversa: aproximadamente el 60% de las personas que presenció o perpetró maltrato de animales también experimentó violencia familiar, pero solo alrededor del 30% de las víctimas de violencia familiar había experimentado crueldad hacia los animales.
Por su parte, Collins et al. (2018) exploran la intersección de la denominada “violencia de pareja íntima” (una de las formas más comunes de violencia contra las mujeres) y la crueldad animal en una muestra étnicamente diversa de 103 mujeres maltratadas que, además, poseían animales de compañía. Las mujeres fueron reclutadas de programas comunitarios de violencia doméstica. Su análisis reveló cinco temas recurrentes: el maltrato animal por parte de la pareja como una táctica de control y poder coercitivo; el maltrato animal por parte de la pareja como disciplina o castigo de la mascota; el maltrato animal por parte de los niños; el impacto emocional y psicológico de la exposición al maltrato animal; y las mascotas como un obstáculo para una planificación eficaz de la seguridad. De las 103 participantes, el 75% expresó que su pareja amenazó a un animal de compañía, el 66% que su pareja lastimó a un animal de compañía, y el 1% que había matado a un animal. Se destaca que el 41% de las participantes informó que su pareja había utilizado o amenazado con utilizar un objeto que no era un arma de fuego para herir o matar a un animal. Las participantes relataron amenazas o daños a los animales como comportamientos reactivos e instrumentales relacionados con los celos y el control de las actividades básicas de la vida. Los participantes declararon con frecuencia que se exhibieron armas de fuego y de otro tipo durante los incidentes de maltrato animal, y que se utilizaron contra el participante y el animal.
Varios estudios, como, por ejemplo, Johnson (2018), Chan y Wong (2019), Scheffer (2019), así como el de Herbert Garrido (2020), sugieren que, si se tiene en cuenta que los animales de compañía son considerados integrantes de la familia por la mayoría de las víctimas de violencia de género, esta circunstancia es explotada por los maltratadores para ejercer un control coercitivo sobre las mujeres maltratadas.
Así, en el estudio de Herbert Garrido (2020) se expresa que es importante considerar cómo el vínculo afectivo que se genera entre animales de compañía y humanos puede ser aprovechado por el agresor, el cual puede amenazar, golpear o matar al animal con el objetivo de causar sufrimiento a la víctima humana, controlar u obtener obediencia e impedir que abandone el hogar violento. Los maltratos a los animales de compañía forman parte del maltrato psicológico utilizado para intimidar, manipular y tomar represalias contra otros en el hogar.
Por su parte, Scheffer (2019) afirma que los animales son directamente sometidos en el ámbito de la violencia doméstica a golpizas, mutilaciones, muertes, e incluso son utilizados para coaccionar a víctimas humanas; el perfil mayoritario del agresor es el de un individuo de género masculino, quien cree que la mujer, los niños y los animales son de su propiedad y puede disponer de ellos según su voluntad. Johnson (2018), por su parte, indica que el maltrato y el abuso de animales es un indicador significativo de violencia hacia los seres humanos, incluyendo maltrato de la pareja íntima, agresión sexual, violación y asesinato. Algunas de las motivaciones para participar en la crueldad animal incluyen el control, las represalias, la expresión de agresividad, el desplazamiento de la agresión y el sadismo.
Coinciden Chan y Wong (2019) en cuanto a algunas de estas motivaciones. Luego de una revisión de 87 estudios de investigación identificados por medio de bases de datos en línea y búsqueda manual de estudios específicos, las investigaciones incluyen como motivaciones la toma de represalias contra otra persona, es decir, la crueldad hacia los animales producida como un método de represalia contra otras personas, y el desplazamiento de la hostilidad de una persona a un animal, esto es, un desplazamiento de la agresión frustrada de otra persona a un animal.
En el estudio de Loring y Beaudoin (2001), que explora el papel del maltrato como técnica coercitiva que conduce a conductas ilegales por parte de las víctimas, se evalúa a 251 de estas, obligadas a cometer delitos. Sus delitos van desde los más graves (como el asesinato), hasta los menos (como, por ejemplo, el fraude a la seguridad social, el fraude bancario o la prostitución). Las víctimas describen las amenazas de dañar a sus hijos y mascotas como importantes en su decisión de obedecer las órdenes de los maltratadores de cometer delitos. De las 251 víctimas, 124 (50%) denuncian que recibieron amenazas de lastimar o matar mascotas, y 40 (16%) que efectivamente si lastimaron o mataron a las mascotas.
Ascione (1998) ya expresaba hace más de veinte años que el maltrato de mascotas puede ser un método que utilizan los maltratadores de mujeres para controlarlas. Apoya sus conclusiones con los resultados de su estudio: de veintiocho mujeres maltratadas viviendo en casas refugio que tenían o tienen mascotas, el 71% contestó que su maltratador amenazó con lastimar o matar, o efectivamente lastimó, o mató, a una de sus mascotas. Lastimar o matar se dio en el 57% de los casos. Al mismo tiempo, Ascione (1998) cita dos encuestas, una realizada en Colorado y la otra en Wisconsin, que mostraron que el 24% y el 80% de las mujeres, respectivamente, que buscaban asistencia por violencia doméstica, informaron maltrato animal por parte de sus parejas. Adams (1994) sostiene también que las amenazas y el maltrato de las mascotas, a menudo fatal, por parte de la pareja sexual de una mujer, ocurren en sus intentos de establecer el control.
Allen et al. (2006) analizan las respuestas de una muestra de 23 mujeres que actualmente utilizan, o han utilizado recientemente, los servicios de uno de los tres refugios de mujeres en Irlanda. De las 23 mujeres, 13 dijeron haber presenciado amenazas o maltrato real de su animal de compañía. El control fue identificado como la principal motivación para el abuso de sus mascotas por 12 de las 13 encuestadas. La investigadora Bernuz Beneitez (2015) explica que existen tres cuestiones relacionadas con el análisis de los vínculos entre violencia de género, violencia doméstica y maltrato animal: (1) la violencia psicológica como mecanismo afectivo de dominación y control; (2) la consideración de la violencia contra los animales es un indicador fiable sobre la existencia de otras posibles formas de violencia interpersonal; y (3) el maltrato animal como instrumento para provocar daño, sumisión y humillación a la mujer.
Por medio de una encuesta estructurada sobre el maltrato el nivel y tipo de violencia de género perpetrados por parejas maltratadoras, en un estudio canadiense se recopilaron datos de 86 mujeres maltratadas que recibían servicios de refugio de violencia doméstica de mascotas (Barrett et al., 2020). El estudio proporciona evidencia para apoyar la conclusión según la cual las mujeres que informan que su pareja maltrató a sus mascotas tienen un riesgo significativamente mayor de sufrir formas más frecuentes y graves de violencia de género, en particular maltrato psicológico, físico y sexual. Los resultados del estudio también indican que, entre las mujeres que tenían animales de compañía durante sus relaciones abusivas, el maltrato animal fue una experiencia común; además, aproximadamente el 89% de las mujeres que tenían mascotas informaron que habían sido maltratadas por su pareja. Los maltratos incluyen amenazas de deshacerse de una mascota (65,5%), amenazas de lastimar a una mascota (47,3%), amenazas con lastimar o deshacerse de una mascota si la víctima no hace lo que el maltratador quiere (30,9%), lastimar efectivamente a una mascota (20%), y matar a una mascota (14,5%).
Strand y Faver (2005), por su parte, encuentran que en una muestra de 43 mujeres maltratadas que poseían mascotas, el 74% informó que sus mascotas habían sido amenazadas, el 52% que sus mascotas habían sido lastimadas, y el 14% que sus mascotas habían sido asesinadas. En total, el 86% de las mujeres informaron que sus mascotas habían sido maltratadas (amenazadas, lastimadas o asesinadas). Lacroix (1999) afirma que existe una amplia evidencia que sugiere cómo las personas que participan en actos de crueldad animal tienen una mayor probabilidad de cometer actos de violencia contra las personas, en comparación con las personas que no tienen antecedentes de cometer actos de violencia contra los animales. Asimismo, la literatura sobre violencia doméstica está llena de informes anecdóticos de incidentes de crueldad hacia las mascotas de la familia en la que ocurre el maltrato de la pareja.
Otro estudio realizado por medio de encuestas a programas de violencia doméstica, contestadas por 72 personas, constató que 49 (68%) informaron que tenían mascotas y hubo violencia hacia los animales (Quinlisk, 1999).
Los animales de compañía serían maltratados a partir de la importancia afectiva que tienen para las víctimas de violencia de género, quienes lo consideran integrantes de la familia. Flynn (2000) expresa que casi la mitad de las mujeres con mascotas que encuestó informó que sus parejas habían amenazado o dañado a sus animales; además, casi el 75% de todas las mujeres y el 90% de las mujeres cuyas mascotas fueron maltratadas señalaron que sus mascotas eran, al menos, algo importantes como fuente de apoyo emocional. Parece que Flynn (2000) pone de manifiesto que los maltratadores pueden haber apuntado a los animales precisamente debido al fuerte vínculo entre la mujer y el animal, tanto como forma de control como de humillación.
En el 2016, Fitzgerald et al. propusieron una escala de maltrato animal por parte de parejas románticas, desarrollada y probada con una muestra de 55 mujeres en refugios de violencia doméstica que se identificaron a sí mismas como víctimas de violencia de género. La escala se compone a su vez de cinco escalas: maltrato emocional de los animales, amenazas de dañar a los animales, negligencia con el animal, maltrato físico de los animales y maltrato físico severo de los animales. Estos cinco factores, identificados a través del análisis factorial, confirman la comprensión conceptual en la literatura, la cual está llena de evidencias que indican cómo el maltrato de los animales de compañía por parte de las parejas abusivas no es unidimensional y puede tomar la forma de abuso emocional y físico, negligencia o comportamiento amenazante. Al respecto, Fielding (2010), basándose en el estudio de las respuestas de 477 estudiantes universitarios en New Providence, Las Bahamas, indica que la presencia de violencia doméstica en los hogares está relacionada con el nivel de atención y la prevalencia de interacciones negativas con perros.
En resumen, el agresor utilizaría el vínculo afectivo entre víctima y animal de compañía para controlar a la víctima, o con el fin de vengarse de ella, amenazando o lastimando al animal. El miedo a que el agresor dañe al animal puede resultar en que la víctima no abandone inmediatamente el hogar donde es maltratada.
Profundizar en este estudio es pertinente en España. En nuestro país hay una gran cantidad de mascotas. Según los datos del año 2021 de la Asociación Nacional de Fabricantes de Alimentos para Animales de Compañía, “hay más de 29 millones de mascotas, y en más del 40% de los hogares hay un animal doméstico, y parece que esta tendencia se encuentra en aumento”. Estos 29 millones se distribuyen de la siguiente manera: más de nueve millones de perros, más de 5,5 millones de gatos, más de 7,5 millones de peces, más de cinco millones de pájaros, más de un millón de reptiles, y más de 1,5 millones de pequeños mamíferos, como, por ejemplo, conejos o hámsteres.
Objetivo
A los efectos de explorar la cuestión de si el maltrato animal podría ser un indicador policial de violencia de género, ambos cometidos por el mismo maltratador, se realizó un análisis cualitativo de casos reales en los que se han acometido simultáneamente acciones violentas hacia animales y violentas o intimidatorias hacia las parejas en el marco de un caso policial de violencia de género.
Este estudio exploratorio tiene como objetivo principal comprender el papel que juega la violencia sobre los animales bajo el control humano tales como mascotas, ganado o caza, como parte del maltrato psicológico en una relación amorosa, y así analizar la potencial aplicación del delito de maltrato animal como indicador de posible violencia dentro de la (ex) pareja. Para lograrlo se pretende explorar el proceso de maltrato animal y de (ex)pareja dentro de una relación a partir de casos reales.
Metodología
Descripción de la muestra y método
La muestra se compone de 13 casos (N = 13), cuyos hechos fueron obtenidos de sentencias identificadas en Vlex, un portal español de información jurídica que contiene un importante repositorio de sentencias. La detección de sentencias se ha realizado a través de búsqueda de casos de violencia de género como criterio de inclusión; la existencia de un delito de maltrato animal reconocido judicialmente como tal no fue criterio de exclusión: los casos con delitos en el marco de la violencia de género cuyos hechos probados contengan acciones violentas contra los animales bajo su cargo formaron parte de la muestra, independientemente de que estas acciones se judicializaran o no.
Estos casos, cometidos entre el 2007 y el 2018 y enjuiciados entre el 2009 y el 2020, contienen conductas violentas contra un animal que está bajo control humano y que, a su vez, están orientadas a agredir física o psicológicamente a la pareja del autor (en todos los casos, autor hombre y pareja mujer). La víctima animal más común es el perro (n = 10), aunque también se han identificado otras especies como el caballo (n = 1), el gato (n = 1), el pez (n = 1) y el gallo (caso compartido con agresión a perros); consecuentemente, prevalece el tipo de animal de compañía sobre ganadería (n = 3) y caza (n = 1). Los delitos contenidos en las sentencias incluyen amenazas, lesiones, violencia de género, malos tratos en el ámbito familiar, asesinato y homicidio (en grado de tentativa), incendio, agresión sexual, y daños, además de maltrato animal, entre otros.
En el Anexo I se expone una breve descripción de los casos analizados para facilitar la comprensión del análisis que se expone a continuación, respetando la protección de datos, dado que estos han sido anonimizados previamente y los nombres han sido modificados a fin de impedir la identificación de las personas.
El estudio ha adaptado el método crime scripting para el análisis de casos. Este método, aunque no es nuevo (Cornish, 1994), cada vez se emplea con mayor frecuencia en estudios de criminología (Dehghanniri et al., 2019), pues dada la habitual dificultad de acceso a datos que permitan un estudio cuantitativo, crime scripting nos permite deconstruir un delito en pequeños eventos y analizar cualitativamente los procesos para su mejor comprensión (Brayley et al., 2011).
El crime scripting, también denominado “guion criminal”, permite ordenar y entender, de manera clara, la información previamente generada e identificar los pasos seguidos en el curso del tiempo. Se trata de una herramienta heurística, ampliamente utilizada en psicología, introducida a la criminología por Derek Cornish (1994) con la intención de deconstruir el delito en sus acciones y elementos básicos, a fin de comprenderlo y permitir la detección del punto de la secuencia más adecuado para su intervención (Observatorio de Seguridad y Justicia, 2020). En el presente estudio se han deconstruido los casos (n = 13) e identificado así los elementos de la secuencia de cada acción delictiva, los cuales se codificaron en un cuaderno de trabajo de Excel y permitieron la elaboración de un guion secuencial que siguiera las acciones básicas que el método requiere: preparación, preactividad, actividad central y posactividad.
Análisis
El análisis cualitativo completo permite asignar a cada acción básica del guion secuencial una actividad específica del fenómeno objeto del presente estudio. En primer lugar, se identifican las fases comunes a los casos que permitan la elaboración de un guion secuencial, y posteriormente se pasan a detectar elementos básicos específicos dentro de las actividades analizadas.
Acciones y elementos de las acciones
De esta forma, las acciones de preparación identificadas consisten en el establecimiento de una relación romántica previa tóxica, con testimonios de actos anteriores de control y humillación; esto significa que la agresión animal no es un primer acto intimidación y sumisión. La fase de preactividad se relaciona con una discusión, cuyos motivos se analizan más adelante en los elementos básicos. Seguidamente, se pasa a la actividad central, que incluye acciones de intimidación y de agresión física, con elementos básicos diferenciados entre los casos. Finalmente, en la posactividad, se da un resultado de muerte o heridas graves a los animales, mientras que se producen lesiones a la pareja o expareja; lógicamente, estos resultados dependen de los elementos de la actividad central en cada caso, la cual se analiza a continuación. La Figura 1 presenta un cuadro resumen.
Los hechos de las sentencias describen un proceso de maltrato en el seno de la convivencia que implica la victimización tanto de la pareja como del animal de compañía, ganadería o caza. Este proceso, si bien concentra la escena de violencia e intimidación en dos fases centrales, comienza en un momento muy anterior, lo que se denomina “preparación”.
En la preparación se detectan antecedentes violentos previos que encajan en conductas de malos tratos (tal y como queda escrito en la sentencia correspondiente a los casos 3, 4, 5, 7, 9, 10 y 11), o, en menor proporción, rupturas y/o ceses intermitentes de convivencia (casos 2, 12, 13) que generan una situación de tensión mantenida en seno de la pareja (o expareja).
A su vez, las mencionadas escenas violentas o intimidatorias, denominadas “actividades centrales”, se encuentra inmediatamente precedidas por una escena de preactividad. La preactividad genera el desencadenante que da lugar a las escenas centrales, y este es esencialmente una discusión (n = 8), en la que el enfado y la frustración precipitan las conductas agresivas.
Sobre los temas de discusión que la sentencia deja constancia, generalmente versan sobre la relación de pareja como asuntos económicos (casos 4 y 5), de visitas a los hijos (caso 2) o celos (caso 13), además de exigencias de retirar la denuncia de malos tratos o violencia de género (caso 10); aunque también por motivos relacionados con el animal, como, por ejemplo, la obligación de llevar bozal (caso 3), o el lento aprendizaje en su domesticación (caso 4). También la ingesta de alcohol propició la escena central en los casos 1, 6 y 8.
Las escenas que contienen las actividades centrales de intimidación y violencia permiten identificar dos fases, ambas orientadas a comunicar el enfado y la frustración mal gestionada a la pareja o expareja. Una primera fase de centrada en la conducta intimidatoria hacia la pareja mediante la agresión al animal, acompañada de expresiones verbales de contenido violento contra la víctima humana. En una segunda fase, la violencia verbal pasa a manifestarse de forma física, por lo que se incluye a la pareja o expareja como nuevo objeto de agresión, mientras se mantiene el nivel de violencia contra el animal.
En este punto es relevante señalar los diferentes usos de la violencia hacia el animal en ambas escenas.
Violencia instrumental. Como aviso para la víctima humana, testigo de la agresión, de que puede realizar conductas de agresión física contra ella, como forma de expresión del enfado y amenaza de un mal futuro mayor. Ejemplo de este uso de violencia es el caso 1, cuando el autor estampa un gato contra el suelo; en el caso 5, cuando el autor amenazó de muerte a sus hijos y a su exmujer con una escopeta en mano y acto seguido disparó a dos caballos causándoles la muerte; en el caso 8, cuando pisa la cabeza del cachorro de la víctima mientras le exige dinero.
Violencia expresiva. Ocurre cuando la conducta física se da en conjunto hacia ambas víctimas, animal y humana, y permiten comunicar su frustración mediante la expresión más violenta posible. Esta violencia en paralelo se perpetra en el caso 9, cuando empuja a su pareja contra un acuario y pisotea los peces; en el caso 10, cuando el autor coge a su expareja del cuello y la golpea por el cuerpo a la vez que propina patadas a su perro; en el caso 13 cuando el autor desnuda a su pareja, la arrastra de los pelos al baño y la agrede sexualmente además de obligarla a ingerir productos de limpieza, mientras que intenta ahogar al perro en la bañera.
Tras estas escenas centrales, la posactividad suele incluir lesiones a la víctima humana y al animal o su muerte, además de la huida o ruptura de la relación.
El fallecimiento del animal es el más común (n = 8) de los resultados que arroja el análisis de las sentencias que permiten extraer esta información (en los casos 1, 2, 4, 5, 6, 8, 9 y 11), además de graves lesiones (como en el caso 8).
La atención policial y/o médica a la víctima humana fue muy frecuente (n = 7); se dio en los casos 1, 3, 6, 7, 9, 11 y 13, por lo que parece que la intervención institucional suele formar parte del proceso. La Figura 2 presenta un cuadro resumen.
Por tanto, como se puede apreciar en el cuadro resumen de la Figura 2, el delito de maltrato animal se incardina como instrumento de maltrato psicológico en el ámbito de la violencia de género. Como se desprende del análisis, en un contexto de relación tóxica, un desencadenante como la frustración facilita la conducta violencia hacia el animal, de modo que puede identificarse esta como instrumental para generar intimidación en la víctima (ex)pareja, o expresiva, siendo ambos, animal y (ex)pareja, víctimas de agresiones físicas.
Discusión y conclusiones
En este artículo se analiza el maltrato animal asociado a la violencia de género o maltrato familiar cuando ambos delitos son simultáneos o consecutivos, teniendo en cuenta la posibilidad de que el delito de maltrato animal sea conocido, pero el de violencia de género o maltrato familiar permanezca oculto tras una fachada de normalidad. La idea subyacente es que el maltrato animal podría ser un indicador policial de que en esa familia existan delitos contra las personas considerados más graves, generalmente vinculados con el maltrato psicológico o físico. En próximos estudios se sugiere que, ante cada nuevo caso de violencia de género o maltrato familiar, se indague la posibilidad de crueldad y maltrato hacia los animales previos, con el fin de considerar el maltrato animal un indicador policial de violencia de género.
El estudio, que mantiene las definiciones y líneas principales detectadas por Ascione (1999), en las que detectamos casos de violencia innecesaria hacia animales, al igual que los vínculos expuestos con las conductas interpersonales violentas (Ascione 1998), como son la violencia familiar y de género.
Nuestro estudio concuerda también y de forma muy específica con lo expuesto por Bernuz Beneitez (2015) en sus explicaciones sobre los vínculos entre violencia de género y maltrato animal. En primer lugar, la violencia psicológica parece ser un mecanismo afectivo de dominación y control en el seno de una pareja, tal y como se expone en las acciones intimidatorias vinculadas y no vinculadas con animales recogidas en las sentencias. Además, Bernuz Beneitez (2015) también identifica el maltrato animal como instrumento para provocar daño, sumisión y humillación a la mujer, como lo muestran las actividades centrales recogidas en nuestros análisis. Por último, y para nosotros más relevante, la consideración de la violencia contra los animales como indicador fiable sobre la existencia de otras posibles formas de violencia interpersonal, cuya detección puede sugerir una ampliación en la investigación sobre acciones violentas de la persona investigada.
Según nuestros resultados, y en línea con lo expuesto en análisis teóricos como los de Herbert Garrido (2020), Scheffer (2019), Johnson (2018), y Chan y Wong (2019), el maltrato animal perpetrado por un maltratador de su pareja tiene dos motivaciones: una instrumental, de control, y otra expresiva, de castigo desplazado de la pareja hacia el animal. En esta línea, sugerimos que la primera acontece al principio de la relación, y, mientras satisfaga al maltratador, permanece más o menos oculta. La segunda, expresiva, ocurriría cuando la víctima se rebela ante el maltrato. Más específicamente, el maltrato animal asociado a la violencia de género o maltrato familiar parece tener al menos dos clases de motivos diferentes: instrumental o expresivo. Del análisis cualitativo de sentencias sobre este tipo de delitos cometidos en España, encontramos como ejemplo del instrumental las lesiones al animal para amedrentar a la mujer, al observar esta lo que podría pasarle a ella, y de esta manera el agresor logra controlar y someter a la mujer a su voluntad. Como ejemplo de fines expresivos, la expresión de ira hacia la mujer canalizada hacia un animal querido por esta, con la intención de producirle dolor a ella. En el contexto de estos delitos en los que concurren en el tiempo el maltrato animal y la violencia de género o el maltrato familiar (lesiones, amenazas, etc.), se producen otros delitos de forma simultánea, como, por ejemplo, los de incendio provocado y/o daños materiales, y amenazas.
Conviene destacar brevemente importantes limitaciones de la muestra: se trata de solo 13 casos en el territorio nacional que impiden que las conclusiones del estudio sean generalizables al no ser una muestra representativa, como suele ocurrir en los estudios de caso; además, el sesgo de selección, a partir de casos judicializados y en los que se describen las acciones específicas contra los animales en los hechos probados, impide de nuevo que consideremos que se trata de casos generalizables, más bien, de los casos detectados a nivel institucional.
Para ampliar este estudio sugerimos la implementación de encuestas en España que permitan la realización de análisis cuantitativos, a fin de establecer con más precisión la relación entre el maltrato animal y la violencia de género 1.