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Franciscanum. Revista de las Ciencias del Espíritu

Print version ISSN 0120-1468

Franciscanum vol.64 no.178 Bogotá July/Dec. 2022  Epub Oct 10, 2022

https://doi.org/10.21500/01201468.5550 

Teología

Recuperación feminista de la categoría de ley natural *

Feminist recovery of the natural law category

Gabriela Maria Di Renzo1  **
http://orcid.org/0000-0002-1894-3045

1Universidad Católica de Córdoba; Córdoba; Argentina


Resumen

El estudio plantea una recuperación de la categoría de ley natural, desde los aportes de la teología feminista. La problemática de la ley natural que estructura y fundamenta la ética teológica del magisterio católico, se fue entretejiendo en el tiempo y su gran sistematizador fue Santo Tomas De Aquino. La teología feminista, surgida de las teorías feministas sustenta como principio crítico la promoción de la plena humanidad de las mujeres y asume que los textos y las tradiciones de la comunidad cristiana o las marcas de su recepción a lo largo de la historia, funcionan a partir de una concepción errónea de la mujer. Esto ha configurado para ellas un ethos a partir de una visión estática y esencialista de su naturaleza. La teología feminista es consciente de la necesidad de reflexionar a partir de una antropología igualitaria que incluya y haga partícipes a las mujeres del bien humano de la misma manera que a los varones, y a la vez permita visualizar las diferentes maneras en que varones y mujeres experimentan sus vidas. Esta reflexión encarnada sobre los bienes a los que estamos dirigidos y el descubrimiento de los medios necesarios para lograrlos integra la comprensión de la ley natural.

Palabras clave: Ley natural; ética; feminismo; mujeres; experiencia

Abstract

This papers propose a recovery of the natural law category, from the contributions of feminist theology. The problem of the natural law that structures and bases the theological ethics of the Catholic magisterium, was interwoven in time and its great systematizer was Saint Thomas Aquinas. Feminist theology, arising from feminist theories, supports as a critical principle the promotion of the full humanity of women and assumes that the texts and traditions of the Christian community or the marks of their reception throughout history, function from of a misconception of women. This has established for them an ethos based on a static and essentialist vision of their nature. Feminist theology is aware of the need to reflect from an egalitarian anthropology that includes and makes women participate in the human good in the same way as men, and at the same time allows to visualize the different ways in which men and women experience their lives. This incarnated reflection on the goods to which we are directed and the discovery of the necessary means to achieve them integrates the understanding of natural law.

Key Words: Natural law; ethics; feminism; women; experience

Introducción

Este trabajo propone una hermenéutica de la categoría de ley natural desde los aportes de la teología feminista. Todo los textos, especialmente los que recorren una tradición llevan consigo una distancia y si bien siguen siendo válidos necesitan nuevas formulaciones culturales y lingüísticas que puedan acortar ese espacio histórico y cultural a fin de mantener y actualizar la tradición1. La teología feminista que surge de las teorías feministas, posee como principio crítico fundamental la promoción de la humanidad plena de las mujeres2. Asume que los textos y tradiciones de la comunidad cristiana en sí mismos o las marcas de su recepción a lo largo de la historia, funcionan a partir de una concepción errónea e inválida de la mujer3. Si bien hay un pluralismo y un discurso variado en temas y metodologías, dentro de estas teologías y en las teorías feministas mismas, en el presente trabajo se parte de conceptos y análisis asumidos por la mayorías de ellas. El método de trabajo de esta teología, que utiliza en parte los procedimientos metodológicos de la teología de la liberación, parte de la experiencia histórica de las mujeres de sufrimiento y opresión, en todos los aspectos de la vida, derivados de su inexorable condición de mujer4. La hermenéutica de la sospecha le permite utilizar herramientas críticas que permiten descubrir, como sostiene C. Amorós «las distorsiones específicas que el sistema de dominación masculina introduce en la configuración de tal discurso haciendo de él, precisamente, un discurso patriarcal»5. Esta reconstrucción de los aspectos distorsionados del texto permite visualizar lo femenino silenciado y abordar estrategias éticas y políticas6. Si se toma en consideración que junto al sexo hay otras categorías que se entrecruzan como clase, género y raza, cobra relevancia el concepto de interseccionalidad7. Desde este lugar se visibiliza aún más que la teología feminista ofrece aportes epistemológicos y conceptuales que no solo están restringidos a las mujeres sino también a los varones8. La intención de este trabajo tiene como objetivo reflexionar desde el lugar de las mujeres en el que también están incluidos todos aquellos que desde una u otra categoría son integrados desde el lado de la desigualdad e inequidad.

La categoría de ley natural que estructura y fundamenta la ética teológica del magisterio católico, se fue entretejiendo en el tiempo y se remonta al cristianismo primitivo y a la filosofía clásica anterior. Su gran sistematizador fue Santo Tomas De Aquino. Sus fundamentos y contenidos se han debatido durante muchos siglos y sus interpretaciones posteriores influyeron en gran medida en las bases teórica de la ética cristiana hasta nuestros días9. En la cultura occidental la discusión sobre la ley natural ha surgido de problemáticas prácticas y teóricas dentro de los ámbitos legales, políticos y teológicos. Como observa Hittinger, el concepto de ley natural puede gravitar hacia una combinación de tres focos: la ley en la mente humana, en la naturaleza y en la mente de Dios10. La reflexión ética contemporánea da cuenta de la problemática acerca de cómo pueden integrarse estos tres focos11. El teólogo está interesado principalmente en el tercer foco, que según Santo Tomás es expresión de la providencia divina y el cual conforma el marco de este trabajo. En la época moderna, la teología de la ley natural se marginó y las dimensiones epistemológicas y naturales se volvieron centrales incluso dentro de la teología12. El documento «En busca de una ética Universal: una nueva mirada sobre la ley natural» se ofrece como un recurso para abordar problemáticas globales que puedan «promover la comprensión, el reconocimiento recíproco y la cooperación pacífica entre todos los miembros de la familia humana»13. Justamente la ética teológica feminista al aportar otra perspectiva de la ley natural sobre las problemáticas humanas ofrece un diálogo fecundo en referencia a planteos éticos actuales. En esta visión que se propone convergen presupuestos éticos de la tradición católica superadores de la visión neoescolástica de la ley natural14. Desde aquí, desde esta posibilidad de abrirse a todo sujeto es donde la ley natural, venida desde muy lejos, adquiere actualidad.

1. La ley natural en Santo Tomás de Aquino

En la Suma Teológica, Santo Tomás ubica el tratado de la ley natural en el contexto del análisis general de ley en cuanto principio normativo objetivo por los que se evalúa la conducta15. La ley en cuanto regla y medida de nuestros actos pertenece al orden de la razón. Más precisamente son proposiciones básicas del orden de la razón práctica. Se puede decir que la ley es un efecto de la actividad de la razón16. Luego de considerar la existencia de una ley eterna, o razón divina que gobierna el mundo, fruto de la providencia, Santo Tomás se dedica a estudiar la ley natural17. En un marco inicial, Aquino comienza vinculando esta ley principalmente con el orden providencial de Dios para con el mundo. Afirma que las cosas que están sometidas a la divina Providencia, están reguladas y medidas por la ley eterna, cada una a su manera. Ésta es participada por las creaturas de diferentes maneras de acuerdo a su propia naturaleza18. Los seres irracionales participan desde una inclinación material que está impresa en su naturaleza, y que los empuja mecánicamente hacia el acto propio o hacia el fin que le corresponde naturalmente, de tal manera que resulta impedida toda diversidad de comportamientos19. Por el contrario, el ser humano cuenta con la libre capacidad de una toma de conciencia de manera de poder discernir que obligaciones morales conlleva. Sus acciones están guiadas por procesos deliberativos que conducen al juicio y a la elección20. Santo Tomás explica que «la criatura racional se encuentra sometida a la divina providencia de una manera muy superior a las demás, porque participa de la providencia como tal, y es providente para sí misma y para las demás cosas»21. De modo que define la ley natural como la «participación de la ley eterna en la criatura racional»22, porque en el ser humano esta participación se da a través de la inteligencia y la razón23. Se trata entonces de una proposición o una serie de proposiciones de la razón práctica. Santo Tomás lo fundamenta explicando que la ley natural no es un hábito sino un acto de la razón que no debe confundirse con el proceso por el cual se produce24. La razón humana es aquí fuente reguladora y preceptiva de la ley de manera análoga a la sabiduría divina. El ser humano es capaz de gobernarse así mismo en autonomía sin dejar de ser a la vez teónomo. Aquino sostiene que el orden de los preceptos de la ley natural es correlativo al orden de las inclinaciones naturales. Todo aquello a lo que el sujeto se siente naturalmente inclinado, lo aprehende la razón como bueno. Como todo agente obra por un fin que le parece bueno, el bien es lo primero que se alcanza por medio de la razón práctica. Entonces, el primer principio de la razón práctica se formula como «el bien es lo que todos apetecen», es decir hacer el bien y evitar el mal25. En este sentido el teólogo sostiene la permanencia e inmutabilidad de la ley natural en términos inequívocos porque no puede extirparse del corazón humano. Estos primeros principios de la ley natural no pueden ser alterados y pueden complementarse con la ley divina y positiva26. Como de este precepto se fundamentan y desarrollan todos los demás preceptos de la vida moral, es evidente que deben completarse con el conocimiento de lo que es bueno o malo en situaciones concretas27.

En esta naturaleza dinámica del ser humano se encuentran tres tipos de inclinaciones. La inclinación a la conservación de la vida humana, común con todos los seres; la inclinación a la conservación de la especie, en común con los animales; y por último a conocer la verdad sobre Dios y a la convivencia social, propio de la naturaleza racional del ser humano28. Esto indica que las inclinaciones están ordenadas jerárquicamente, una vida verdaderamente buena es aquellas en las que los esfuerzos por satisfacer las inclinaciones básicas como reproducirse o vivir se ponen al servicio de aquellas consideradas superiores como vivir en sociedad y buscar a Dios. De esta manera se evidencian las bases para la realización humana las cuales incluyen los diferentes bienes, que, perseguidos y disfrutados armoniosamente, hacen a una vida dignamente humana29. La q. 94, a.2 proporciona una evidencia de que el contenido de la ley natural solo puede establecerse mediante juicios prudenciales y en este sentido dice poco o nada acerca del contenido de la ley natural. «Estos principios por sí mismos no conducen a la acción, y mucho menos generan normas para la acción, hasta que son comprometidos por deseos que impulsan a la reflexión y a la acción práctica»30.

2. La naturaleza humana y el ethos humano

En principio se puede sostener que Santo Tomás no identifica la ley natural con estas inclinaciones naturales que forman sólo el elemento material de la ley natural. La participación de la ley eterna sólo es formalmente ley cuando estas inclinaciones naturales son discernidos por la razón. Los preceptos específicos de la vida humana no se pueden deducir del precepto fundamental de hacer el bien y evitar el mal, puesto que no da información sobre contenidos concretos de la vida humana en los que realmente se precisa conocimiento y experiencia31. El mismo Santo Tomás cuando se pregunta si la ley natural es la misma para todos, establece que en el orden de la verdad o rectitud práctica, la verdad es la misma a nivel de principios comunes pero no a nivel de las conclusiones particulares o de un conocimiento práctico concreto32. Él no concibe las inclinaciones como simples datos de los que se deduzcan, de manera abstracta y deductiva, reglas morales. Las inclinaciones son indispensables pero no son determinantes. De allí se infiere que para las situaciones concretas se hace necesario tomar en cuenta otras guías de discernimiento33. Para Aquino la naturaleza no es estática sino que posee un dinamismo potencial que les imprime una trayectoria, una dirección específica a la que tienden. De aquí que las inclinaciones le marcan al sujeto una finalidad y no un conjunto de reglas34. Las antropologías que describen un núcleo inmutable de la naturaleza humana, se han utilizado para marginar a las mujeres. El sistema patriarcal ha configurado un ethos a partir de una visión estática y esencialista de la naturaleza de la mujer a partir del cual se fundamenta lo que se considera que conforma el bien para las mujeres. Se trata de una maniobra de manipulación que consiste en leer los datos de la biología femenina desde un prejuicio, desde un interés previo. En consecuencia, el ethos formulado es un producto de un ideología patriarcal. Esta antropología es opresiva porque más allá de privilegiar a los varones con ciertos criterios y características antropológicas consideradas normativas, justifica la exclusión de las mujeres a la plena participación en las comunidades35. Para las teologías feministas es claro que no son las diferencias biológicas de los sexos las que generan desigualdades sino la valoración social que se hace de esa diferencia36. Se llega así al concepto de género que para Scott refiere a un elemento constitutivo de las relaciones sociales basado en las diferencias que se perciben entre los sexos. También es una manera de significar las relaciones de poder37. Para De Lauretis lo masculino y lo femenino constituyen un sistema de género, un sistema de sentido y significado producto de diversas tecnologías sociales que «asocia al sexo a contenidos según valores y jerarquías sociales»38. Para la ética feminista se hace necesario contar con afirmaciones acerca de la naturaleza humana que puedan deconstruir las narrativas de género masculinas. Si se parte de la consideración de Santo Tomás de la mujer como imagen de Dios por su naturaleza racional y su capacidad de responder a Dios a través de ella,39 la teología feminista es consciente de la necesidad de reflexionar a partir de una antropología igualitaria que incluya y haga partícipes a las mujeres del bien humano de la misma manera que a los varones, y a la vez permita visualizar las diferentes maneras en que ellas experimentan sus vidas. Solamente de esta forma es posible distinguir aquellas situaciones injustas que dañan la vida y la dignidad, y exigir justicia para las mujeres. Se trata de la problemática de la igualdad y de la diferencia. El feminismo de la igualdad aspira a que mujeres y varones tengan los mismos derechos y así logren participar en igualdad de condiciones en todos los ámbitos de la sociedad. El feminismo de la diferencia, desde una posición feminocéntrica, reivindica los valores propios de las mujeres y se opone a la noción de igualdad como aceptación de los valores patriarcales40. Para M. Farley identificar la igualdad entre varones y mujeres, más allá de cualquier diversidad, puede ser peligroso por el riesgo de perder de vista las diferencias y así no se consideren o se devalúen, de todas maneras sigue siendo importante para las mujeres41. El concepto de igualdad no se opone al de diferencia. Existen diferencias entre varones y mujeres como condición de identidades colectivas e individuales y a la vez como negación a fijar esas identidades. Si hay igualdad, debe haber diferencias, ambas son interdependientes. En realidad se trata de un falso dilema, porque lo opuesto a la igualdad no es la diferencia sino la desigualdad42. La reflexión sobre la naturaleza humana requiere tanto una identidad histórica, que le permita ser reconocible a lo largo del tiempo, como también abrirse a una existencia dinámica y abierta que impida su congelamiento43. De aquí que DeCrane observe que «las constantes antropológicas que se proponen como universalmente verdaderas… deben contener una cierta condicionalidad, incluso cuando son propuestas como universalmente ciertas»44.

3. La intervención de la razón práctica

El carácter obligatorio de la moralidad viene dado porque promueve el bienestar, y la prosperidad de las personas y sus comunidades45. Hay bienes en los que es más evidente su relación con la bienaventuranza, creencia que, además, se recibe por la fe. Pero las innumerables situaciones particulares pueden no evidenciar claramente esta relación. Ahora bien, en Santo Tomás llegamos a conocer estos bienes cercanos a la bienaventuranza al observar las potencialidades e inclinaciones, y es la razón práctica la que interviene para reconocer y promover los bienes particulares en relación a cada aspecto de lo humano46. En la dimensión cognitiva de un sujeto están involucradas otras dimensiones y es imposible hacer una disección de unas con otras47. Aquí se visibiliza un sujeto encarnado en el que tanto el saber como el placer y el dolor, y las experiencias con otros, están mediadas corporalmente48. Como sostiene M. Zambrano, el conocimiento es un ejercicio del alma entera en el que razón y pasión debe estar juntas49. El razonamiento moral si bien presupone una comprensión de los principios generales no pueden operar sin la consideración de las experiencias particulares significativas. Una explicación tomista del razonamiento moral muestra el papel indispensable de las emociones morales como forma de razonamiento humano que, como tal, pueden aprehender de lo particular. Las experiencias y percepciones que provocan determinadas respuestas emocionales pueden ser vistas como indicaciones fiables acerca de las demandas en relación a otras personas o situaciones. La compasión, la ira, el sentimiento de injusticia, por ejemplo, se acompañan de una reflexión a partir de principios racionales, y de la comprensión del valor y del sentido de la vida humana. Así estas emociones morales se transforman en conceptos morales. De aquí que «el juicio moral no puede funcionar correctamente cuando la capacidad de sentir está dañada»50. Se trata de una visión compleja de un sujeto en la que todas sus dimensiones, su capacidad cognitiva, su voluntad, sus deseos, emociones y su cuerpo se encuentran insertas en un tiempo histórico y todo a la vez. Desde esta perspectiva la razón práctica no se entiende como un proceso de razonamiento seguido de un «acto de voluntad» sino como una operación que combina fe y deseo51. Los estándares que toman un argumento práctico son más variados, más amplios que los de la razón especulativa y más limitados por la incertidumbre del proceso. Cuenta con principios pero se basa fundamentalmente en la experiencia de varones y mujeres porque no existe un conocimiento a priori sobre el significado de ser plenamente humanos, lo cual se va comprendiendo a medida que se observan los logros de la humanidad52. Se trata de un proceso gradual, siempre corregible que comprende una narración histórica o las experiencias vividas en relación a la pregunta acerca de quienes somos como especie y como comunidad. Para Hall, la misma reflexión sobre los bienes a los que estamos dirigidos y el descubrimiento de los medios necesarios para lograr o para constituir esos bienes integra la comprensión de la ley natural53. Santo Tomás establece dos categorías de preceptos morales, los primarios y los secundarios54. La diferencia entre ambos es epistemológica. Los primarios se caracterizan por ser punto de partida del razonamiento práctico. Se conocen fácilmente y no requieren una reflexión especial, son abstractos, formalmente normativos e inmutables55. Por el contrario los secundarios, son más concretos, se conocen solamente a partir de la experiencia y la reflexión, y por ser materialmente normativos se asimilan a las normas morales. Al no conocerse fácilmente, a diferencia de los primarios, pueden «borrarse del corazón humano» debido a malos hábitos o a una interpretación indebida56. De aquí que Aquino afirme una estabilidad mayor para los preceptos primarios que para sus especificaciones concretas, es decir los secundarios57. Éstos no son comprendidos de la misma manera por todas las personas porque dependen de las situaciones particulares y de la reflexión que hace cada persona sobre la experiencia moral58. Al descubrirse de manera inductiva, a partir de una continua profundización del conocimiento y de la experiencia de la vida y de la naturaleza humana, llevan a un conocimiento progresivo del bien59. Desde el punto de vista epistemológico el método inductivo posibilita identificar patrones continuos dentro de los cambios y los avatares de la vida humana que incluye deseos, elecciones éxitos y fracasos. Es siempre un conocimiento en perspectiva y parcial que nunca se separa de los contextos y de las propias identidades. Cahill asume que hay valores básicos «objetivos», es decir compartidos entre todos los seres humanos, en términos de realismo moral, y una epistemología del razonamiento práctico inductivo, basada en la experiencia. Este hacer ético se muestra más sensible a la experiencia concreta, sus conclusiones son más revisables y además permite tomar conciencia de las diferencias entre las culturas60.

4. La experiencia de las mujeres

Este razonamiento moral histórico y encarnado da cuenta que las mujeres pueden contribuir legítimamente a una ética normativa cuando pueden relatar sus propias experiencias, personales y comunitarias como mujeres. En este sentido la encarnación funciona como una medida de evaluación de la realización humana61. Rosemary Radford Ruether advierte que la novedad de la teología feminista no está en el uso de la experiencia sino en el uso de la experiencia de las mujeres porque tanto la Escritura como la Tradición en sí mismas son experiencias humanas colectivas pero basadas únicamente en la experiencias de varones y no en la experiencia humana universal62. En sus momentos iniciales la teoría feminista reflexionó sobre el patriarcado que, como sistema de dominación masculina, se manifiesta en todos los órdenes de la vida. Por lo tanto, el feminismo debía incluir una política de la vida diaria, especialmente en el ámbito sexual y doméstico. De aquí surge la expresión «lo personal es político» y la necesidad de dar voz a la vida de las mujeres63. Éstas participan de toda una gama de experiencias, personales y culturales a las que otros sujetos no acceden, de aquí que la experiencia moral humana sólo puede expresarse a través de todas las vicisitudes por la que atraviesa un sujeto encarnado. Ejemplos de ello son la reflexión ética acerca del cuidado de la salud, como el estudio de Hannah Stammers sobre la anorexia64, la investigación acerca de la violencia doméstica de Ally Moder65, el trabajo de empoderamiento de las mujeres que realizó Patricia Santos en la India66, la reflexión que elabora Susana Cornwall sobre la generatividad, adopción y matrimonio67, y la preocupación de Sharon Welch sobre la construcción de un poder nacional e internacional más justo y humano, los cuales revelan solo algunas aportaciones recientes acerca de la preocupación constante de las mujeres por la humanidad encarnada68. En relación a la experiencia de la búsqueda del propio bien por parte de las mujeres, merece destacarse justamente su dificultad. Desde el feminismo es claro visualizar que los grupos dominantes que universalizan su experiencia y la hacen representativa de la humanidad, identifican a los grupos no dominantes en perspectiva de desviación o inferioridad. Esto provoca en este grupo sometido una doble conciencia, «una sensación de mirarse siempre así mismo a través de los ojos de los demás, de medir el alma con la cinta de un mundo que mira con divertido desprecio y piedad»69. Encarnadas en esta cultura es muy fácil para las mujeres, sobre todo en el ámbito religioso, asumir valores como el sacrificio y la obediencia que enmascaran imaginariamente los significantes de ser verdaderamente «Otro»70. El ideal de amor incondicional es utilizado para consolar o manipular a mujeres a fin de que acepten la posición que les toca en la vida y para muchas mujeres esto supone valoraciones negativas de sí mismas, de su cuerpo y de la naturaleza71. Weaver plantea que «cuando el pecado se entiende como una autoafirmación orgullosa y la virtud como un autosacrificio, y cuando tal pensamiento ha sido el razonamiento de los teólogos masculinos, la ética sacrificial que sigue permite que aquellos en posiciones de poder opriman a las mujeres y a las minorías»72. Para la autora, el amor propio debe asumir el riesgo valiente de ser uno mismo73. De la valentía de que se trata es la del ejercicio de poder construir una nueva subjetividad deconstruyendo postulados masculinos de género y creando nuevos espacios y nuevas perspectivas.

5. La virtud de la prudencia

Santo Tomás entiende que los preceptos secundarios no puedan practicarse correctamente sin el ejercicio de las virtudes adquiridas. Ambos están conectados. Dado que la razón práctica debe dirigirse a la búsqueda del bien en circunstancias complejas y cambiantes, el concepto de ley natural debe analizarse en un todo integral junto a otras categorías usadas por Tomás especialmente la sabiduría práctica y la prudencia dentro del conjunto de las virtudes. Es aquí donde adquieren mejor comprensión y desarrollo. En el tratado de la prudencia Santo Tomás desarrolla la generación y aplicación de los preceptos morales secundarios, porque ayuda a las personas a conocer qué bienes elegir y como realizarlos correctamente74. La prudencia logra esto por medio de la experiencia o de la enseñanza75. El aquinate enfatiza el papel de la experiencia porque por ella se descubre lo que es cierto en la «mayoría de los casos»76. La experiencia es necesaria porque revela las situaciones que generalmente conducen a un buen vivir. Es decir, lo que debe enseñarse no son solamente los preceptos sino sobre todo la prudencia porque es, de hecho, la única forma de lograr la buena vida77. En este sentido la prudencia perfecciona la razón práctica78. Esta virtud forma parte de la sabiduría práctica y resulta de amplio alcance porque permite un razonamiento riguroso pero flexible. Una especie de paraguas bajo el cual caen muchos hábitos y virtudes, todos los cuales deben ser empleados para razonar bien79. La prudencia opera por medio del consejo junto con el juicio y el imperio80. El consejo es esencial porque por él se descubren los buenos medios81. Se trata de una forma de reflexión comunitaria, dialógica, acerca de las acciones concretas82. Cada miembro aporta experiencias y comprensión y se descubren los medios adecuados83. Se podría decir que se va construyendo un fondo común de juicio prudencial colectivo al que continuamente se contribuye y se renueva a través de los procesos colectivos de experiencia, debate y reflexión84. Para Aquino esta es la forma ideal de consejo. La otra forma es partir de preceptos o formas codificadas y normativas de experiencia moral acumulada85. Esta forma de consejo tiene el potencial de cegar a los agentes en relación a la importancia de las situaciones contingentes concretas, cosa que no realiza el consejo como diálogo86. De las consideraciones en relación a la prudencia se deduce la importancia de la memoria, porque la reflexión sobre las consecuencias o los contextos de una decisión son fuentes invaluables de aprendizajes. Santo Tomás expresa que «para conocer la verdad entre muchos factores, es necesario recurrir a la experiencia» y «la experiencia, a su vez, se forma, de muchos recuerdos»87. Se trata del conocimiento de un sujeto situado cuya experiencia personal y comunitaria a lo largo del tiempo le va anunciando un conocimiento acerca de la naturaleza humana en un proceso complejo y sutil, que cuenta con una comprensión de los fines y principios.

6. La experiencia comunitaria de las mujeres

Una epistemología inductiva, propia de la naturaleza práctica del conocimiento moral, necesita un conocimiento colaborativo porque «ayuda a contrarrestar la realidad omnipresente del sesgo»88. Como ya se mencionó, la hermenéutica feminista parte de la experiencia de las mujeres en el quehacer de elaborar un juicio sobre las dimensiones morales de las situaciones de sus vidas hasta ahora poco asumidas por la ética teológica. La ley natural debe ayudar a las mujeres a tomar responsabilidad sobre sus propias decisiones morales, por un lado, autónomas pero también interdependientes con la comunidad. El modelo feminista de virtud como capacidad de razonar y actuar moralmente, coloca la autoridad moral fuera de la academia y la emplaza hacia una comunidad más amplia. Solo así la ley natural puede permanecer fiel a las implicancias democráticas e igualitarias de su antropología y de su método y sólo así se garantiza un razonamiento plural y crítico acerca de los prejuicios basados en género, clase o raza. Por su fuerza liberadora, si la gracia obra en la búsqueda de la verdad, ésta se visibiliza con más claridad en un entorno comunitario más que en uno restringido. Si las mujeres no participan de la discusión moral, entonces los discursos éticos pueden estar sesgados por la mirada única de las perspectivas y experiencias de los sabios y especialistas89. Por lo tanto la reflexión moral a partir de la ley natural debe incluir los puntos de vista y experiencias de todos los miembros de la comunidad eclesial especialmente los grupos más marginados. En este sentido el reconocimiento de la igualdad es particularmente sensible. Desde un punto de vista social es más fácil, para las personas que toman decisiones, negar la igualdad como un valor importante para el bienestar de todos y de la entera comunidad que negar ciertos bienes básicos como alimentos y seguridad. Es verdad que, en los discursos, nadie negaría la necesidad de respetar la igualdad y la dignidad humana, pero en las prácticas es más difícil reconocerla90. De aquí el método de la ley natural tiene más probabilidades de éxito cuando contiene un procedimiento que tome en cuenta los puntos de vista de todas las personas que no están incluidos en la del grupo de los «sabios». Esta participación amplia es importante, además, por su sesgo epistemológico liberador. En no pocas ocasiones el discurso del teólogo moral consiste en una reflexión para resolver problemas, más que para preguntarse de qué manera promover el crecimiento moral. El contenido de la reflexión moral o de las mismas normas debe pasar por la prueba de la idoneidad para el enriquecimiento integral y humano de las mujeres. Eso implica describir el bien de las mujeres y las condiciones necesarias para su desarrollo que abarca las dimensiones morales y espirituales de la vida, y también las materiales, históricas y sociales implicadas en ellas91.

Conclusión

La tradición de la ley natural en los textos de Santo Tomás de Aquino son indicadores de los compromisos más esenciales con la ética teológica feminista. Su visión teológica del fin último del ser humano integra todos los bienes que conforman en conjunto la prosperidad integral de las mujeres. La ley natural da cuenta que la mujer como imagen de Dios es capaz de seguir y decidir acerca de sus propios bienes y los de la comunidad de manera totalmente igualitaria y a la par de los varones. Surgen sin embargo dos cuestiones. En primer lugar, en relación a las inclinaciones de la ley natural, Santo Tomás prioriza la búsqueda de Dios y la participación en la vida social más que otros bienes ligados a la vida biológica, como la procreación, a los que les está subordinado. Esto exige que la teología, en su fidelidad a la tradición, asuma el compromiso moral de asegurar especialmente estos bienes superiores a las mujeres de los que se les sigue privando, especialmente en relación a la plena participación de ellas en la Iglesia. En segundo lugar, si se parte de la premisa feminista que todo sistema ético debe promover el bien de todos, más allá de lo mencionado, la crítica más importante a la ley natural se centra en el hecho que las experiencias de encarnación y las narraciones de las mujeres, y también de algunos varones, no integran su reflexión epistemológica. Las diferentes vivencias de la existencia encarnada afectan la reflexión moral y éstas deben ser asumidas y analizadas críticamente. Ahora bien, esto no está presente en la reflexión posterior de la ley natural que, entre otras cuestiones, contó solo con las experiencias de un grupo de varones. Este es en gran medida el quehacer que presenta la teología feminista y los textos de la ley natural siguen siendo una tradición vigente para transitar este desafío.

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* El presente artículo forma parte del trabajo de investigación del proyecto: «Teología hecha por mujeres. Mapa de autoras, corrientes y temas de teología feminista en el cruce de contextos, disciplinas y métodos» en la Universidad Católica de Córdoba-Unidad Asociada al CONICET. Córdoba, Argentina.

1 Cf. David Tracy, «Creativity in the Interpretation of Religion: The Question of Radical Pluralism», New Literary History 2 (1984): 293-294, consultada en febrero 3, 2021, file:///C:/Users/Usuario/Downloads/468857.pdf. «La importante tarea que la hermenéutica teológica tiene hoy consiste en interpretar en su pleno sentido y, así, recuperar, más o menos satisfactoriamente, el significado central y transformador cada doctrina». David Tracy, «Una hermenéutica de la ortodoxia», Concilium 355, (2014): 16.

2 Cf. Rosemary Radford Ruether, Sexism and God-Talk (Boston: Beacon, 1983), 18-21. La teoría feminista es la formulación teórica del movimiento feminista cuyo surgimiento se remonta al liberalismo moderno en el siglo XVII. En cada época los feminismos habilitaron nuevas discusiones e incluso fueron cambiando sus demandas en un constante proceso de deconstrucción de mandatos sociales y autocrítica. Para las discusiones feministas actuales cf. Celia Amorós y Ana De Miguel, eds., Teoría feminista, vol. 3, De los debates sobre el género al multiculturalismo, 2a ed. (Madrid: Biblioteca Nueva, 2019). Para las diferentes teologías feministas cf. Letty M. Russell y J. Shannon Clarkson, eds., Dictionary of Feminist Theologies, s. v. «Feminist Theologies» (Louisville: Westminster John Knox Press, 1996). Para la historia de la teología feminista cf. Teresa Forcades i Vila, La teología feminista en la historia (Barcelona: Fragmenta editorial, 2011).

3Tanto el texto como la tradición están distorsionados en su percepción de la humanidad normativa, porque están basados solamente en las experiencias de los varones y se han utilizado para justificar la opresión de la mujer. De esta manera dan cuenta de su sufrimiento y exclusión. Por lo tanto, el texto y la tradición deben ser analizados a fin de establecer si son capaces de promover la plena salvación de las mujeres. Susanne A. DeCrane, Aquinas, Feminism, and The Common Good (Washington: Georgetown University. 2014), 39, consultada en abril 1, 2021, ed. electrónica.

4Al igual que otras teologías liberacionistas, la opción por el pobre y las estructuras opresivas que conducen al sufrimiento constituyen su punto de partida tanto para la investigación como para la elección de las herramientas metodológicas. Cf. Elina Vuola, Teología feminista. Teología de la liberación (Madrid: Iepala, 2000), 104-107.

5 Celia Amorós, Hacia una crítica de la razón patriarcal, Pensamiento crítico/Pensamiento utópico 15, 2a ed. (Barcelona: Anthropos, 1991), 178. Esta acción deconstructora de la hermenéutica de la sospecha, devela, entonces, el sexismo derivado de la visión patriarcal que viven las sociedades. «Al interpretar cualquier texto clásico… podemos notar que estos textos tienen una cierta permanencia y exceso de significado que resiste una interpretación definitiva» Tracy, «Creatitivy», 296; cf.Tracy, «Una hermenéutica», 81.

6Cf. DeCrane, Aquinas, 38-39.

7 El término interseccionalidad fue acuñado por la jurista Kimberly Crenshaw para «denotar las diversas formas en que la raza y el género interactúan para dar forma a las múltiples dimensiones de la experiencia laboral de las mujeres negras». Kimberle Crenshaw, «Mapping the Margins: Intersectionality, Identity Politics, and Violence against Women of Color», Stanford Law Review 6 (1991): 1244, consultada en febrero 15, 2021, file:///C:/Users/Usuario/Downloads/1229039.pdf. Cf. Jennifer C. Nash, «Re-thinking intersectionality», Feminist Review 89 (2008): 1-15, consultada en febrero 15, 2021, doi: https://doi.org/10.1057/fr.2008.4. A. M. Hancock asume la interseccionalidad como un paradigma que engloba a la vez teoría normativa e investigación empírica. El sujeto político esta constituido por una minoría que forma una coalición con otras minorías. Cf. Ange-Marie Hancock, «Intersectionality as a Normative and Empirical Paradigm», Politics & Gender 3, n.°2 (2007): 248-254, consultada en febrero 20, 2021, doi: https://doi.org/10.1017/S1743923X07000062.

8Para R. Radford Ruether se trata de aspirar a una humanidad inclusiva que incluya géneros, grupos sociales y razas. No se trata de igualdad sino de la afirmación de una auténtica reciprocidad que sostenga diferentes formas de ser. Radford Ruether, Sexism, 20.

9Cf. Porter quien analiza el recorrido de la ley natural de la escolástica a la modernidad, Jean Porter, Nature as Reason (Cambridge: Wm. B. Eerdmans Publishing Co., 2005), Para un análisis histórico en la ética cf. Jean Marie Auber, «Le droit naturel: ses avatars historiques et son avenir», Le Supplément 81 (1967): 282-324, consultada en noviembre 26, 2020, https://gallica.bnf.fr/ark:/12148/bpt6k6583862d/f100.

10Russell Hittinger, The First Grace: Rediscovering the Natural Law in a Post-Christian World (Wilmington: Intercollegiate Studies Institute, 2014), introducción. electrónica. Cf. H. L. A. Hart, The Concept of Law, 3a ed. (Oxford: Oxford University Press, 2012); Lon L. Fuller, The Morality of Law, (New Haven: Yale University Press, 1969) y John Finnis, Natural Law and Natural Rights, 2a ed. (Oxford: Oxford University Press, 2011).

11Esto se puede observar en la terminología usada en el ámbito ético para designar la ley natural: Isasi-Diaz habla del «Universal situado», Ada Maria Isasi-Diaz, En La Lucha. In the Struggle. Elaborating a Mujerista Theology, 10a ed. (Mineapolis: Augsburg Fortress 2004), introducción a la décima edición, Hollenbach refiere al «Universalismo dialógico», David Hollenbach, The Common Good and Christian Ethics (Cambridge: Cambridge University Press, 2002), 159. Esta traducción y todas las que le siguen son mías. Nussbaum habla de «Capacidades humanas», Martha C. Nussbaum, Women and Human development. The Capabilities Approach (Cambridge: Cambridge University Press, 2001), 70. Radford Ruether toma el concepto de «Humanidad plena», Sexism, 19. Azetsop prefiere el término «Fuerza vital». Jacquineau, Azetsop, «Una ética centrada en la vida. Salud pública y curación en África», Concilium 336 (2010): 390, consultada en abril 12, 2021, https://www.revistaconcilium.com/wpcontent/uploads/2019/pdf/336.pdf. Para este tema cf. Lisa Sowle Cahill, «Catholic Feminists and Traditions: Renewal, Reinvention, Replacement», Journal of the Society of Christian Ethics 34, n°2 (2014): 43. doi: https://doi.org/10.1353/sce.2014.0029.

12Hittinger, The First Grace, introducción. Cf. William C, Mattison III, «The Changing Face of Natural Law: The Necessity of Belief for Natural Law Norm Specification», Journal of the Society of Christian Ethics 27, N°1 (2007): 251-277, consultada en marzo 2, 2021, https://www.jstor.org/stable/23561864. Para un análisis de la historia de la ley natural dentro de la teología moral cf. Hittinger, The First Grace, cap. 1.

13Comisión Teológica Internacional, «En busca de una ética universal: una nueva mirada sobre la ley natural», Prudentia Iuris 72 (2011), consultada noviembre 10, 2020, http://bibliotecadigital.uca.edu.ar/repositorio/revistas/en-busca-etica-universal-nueva-mirada.pdf

14Comenzando por el impulso dado por John Mahony, The Making of Moral Theology. A Study of the Roman Catholic Tradition (Oxford: Clarendon, 1987). Véase también, entre otros: Charles E. Curran y Richard A. McCormik, eds., Natural Law and Theology. Readings in Moral Theology, 7 (New York: Paulist Press, 1991), 247-95; Michael Bertram Crowe, The Chanching profile of the natural law (La haya: Martinus Nijhoff, 1977); Servais Pinckaers, The Sources of Christian Ethics (Washington: The Catholic University of America Press, 1995) y James Keenan, A History of Catholic Moral Theology in the Twentieth Century. From Confessing Sins to Liberating Consciences (London: Bloomsbury, 2010), 173-196.

15Tomás de Aquino, Suma Teológica, vol. 2, 2a ed. (Madrid: Bac, 1993), I-II, q.6, consultada en diciembre 9, 2020, https://www.dominicos.org/media/uploads/recursos/libros/suma/2.pdf. En adelante ST, I-II. En la introducción a esta cuestión, Santo Tomás sostiene que va a estudiar los actos humanos en sí mismos y luego sus principios. De estos estudia primero los interiores, los hábitos (q.49) y luego los principios exteriores, la ley (q.90) y la gracia (q.109). Cf. el estudio de jean Porter sobre la ley natural en el contexto de la tradición escolástica. Para la autora a reflexión sobre la ley natural surge en un período de transformaciones sociales y reformas institucionales rápidas y de gran alcance y en el marco de una tradición normativa y teológica compartida. Jean Porter, Natural and Divine Law. Reclaiming the Tradition for Christian Ethics, Saint Paul University Series in Ethics (Grand Rapids: Wm. B. Eerdmans Publishing, 1999), cap.1-3, consultada en febrero 10, 2021, ed. electrónica.

16ST, I-II, q.90, a.1.

17ST, I-II, q.91, a.1

18ST, I-II, q.93, a.6

19Tomás de Aquino, Suma Teológica, vol. 1. 4a ed. (Madrid: Bac, 2001), I, q.103, a.1, ad.3, consultada en diciembre 20, 2020, https://www.dominicos.org/media/uploads/recursos/libros/suma/1.pdf. En adelante ST, I. Esta participación de los seres irracionales no se puede llamar ley sino impropiamente, sostienen Santo Tomás, cf. ST, I-II, q.91, a.2, ad. 3.

20Jean Porter, Justice as Virtue. A Thomistic Perspective (Grand Rapids: William B. Eerdmans Publishing, 2016), 160.

21ST, I-II, q.91, a.2. Además porque el hombre es capaz de obrar como un ser libre, dueño de sus actos que puede ordenar también a los demás seres vivos. CG II, 11, 112.

22ST, I-II, q.91, a.2.

23ST, I-II, q.91, a.2, ad. 3.

24ST, I-II, q. 94, a.1. «Los escolásticos no se propusieron derivar verdades morales de puntos de partida fijos dados por la razón o por observaciones del mundo natural. Más bien, sus conceptos de la ley natural fueron tomados de definiciones tradicionales extraídas de autoridades cristianas y clásicas, y se desarrollaron a través de la reflexión sobre las leyes, costumbres y creencias morales diversas y desorganizadas de su propia sociedad». Porter, Natural and Divine Law, cap.1, 1.

25ST, I-II, q.94, a.2

26ST, I-II, q. 94, a.5.

27ST, I-II, q.94, a.2. Santo Tomás sostiene una inmutabilidad formal en relación a los primeros principios y un amplio margen de relativismo en relación a los principios secundarios. Véase Crowe, The Chanching profile, 177.

28ST, I-II, q. 94, a. 2. La llamada «Nueva teoría de ley natural», desarrollada por Germain Grisez y John Finnis entiende que las inclinaciones son especificaciones normativas del primer principio de la razón práctica y comparten su fuerza y transparencia. Por lo tanto la ley natural se compone de normas morales concretas tan racionalmente convincentes que constituyen fundamentos sólidos para una ética universal. Véase: Finnis, Natural Law; John Finnis, Fundamentals of Ethics (Washington: Georgetown University Press, 1983); Germain Grisez, Joseph Boyle, y John Finnis, «Principles, Moral Truth and Ultimate Endsۚ», American Journal of Jurisprudence 32 (1987): 99-151, consultada en febrero 11, 2021, http://ajj.oxfordjournals.org/ Downloaded from. También: Jean Porter, «Basic Goods and the Human Good in Recent Catholic Moral Theology», The Thomist: A Speculative Quarterly Review 57, n°1 (1993): 27-49, consultada en febrero 15, 2021, doi:10.1353/tho.1993.0049; Jean Porter, «Does the Natural Law Provide a Universally Valid Morality?», en Intractables disputes about the natural law. Alasdair MacIntyre and Critics, ed. Lawrence S. Cunningham (Notre Dame: University of Notre Dame, 2009); Porter, Nature as Reason, cap.1, 3; Martin Rhonheimer, The Perspective of the Acting Person. Essays in the Renewal of Thomistic Moral Philosophy, ed. con William F Murphy (Washington: The Catholic University of America Press, 2008), 129-157; Patrick Lee, «The New Natural Law Theory», en The Cambridge Companion to Natural Law Ethic, ed. Tom Angier (Cambridge: Cambridge University Press, 2019), 73-91.

29Jean Porter, The Recovery of Virtue. The Relevance of Aquinas for Christian Ethics (Louisville: John Knox Press, 1990), 79, 89-90. Cf. Porter, Justice as Virtue, 160.

30Porter, Nature as Reason, cap. 4, 2. Para J. Porter Santo Tomás combina, en este artículo, diferentes enfoques dando coherencia a una variedad de sentidos de la ley natural que se discutían en ese momento. Además sostiene la unidad de la ley natural en cuanto tendencias complejas y racionalmente comprensibles que constituyen a una persona. Cf. Porter «Does the Natural Law», 67-73.

31Crowe, The Chanching profile, 178-179.

32ST, I-II, q.94, a.2 y a.4.

33El sistema normativo de la ley Natural, en cuanto ley, es siempre provisoria porque no se pueden conocer las exigencias morales de una humanidad indigente y siempre en falta, cf. Aldo Vendemiati, «La actualidad de la ley natural tomista», Espíritu LXVII, n°156 (2018) 357, consultada en noviembre 12, 2020, https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=6769788

34Cristina L. H. Traina, Feminist Ethics and Natural Law. The End of the Anathemas, Moral Traditions & Moral Arguments (Washington: Georgetown University Press, 1999), 191. Para la autora la antropología feminista se basa tanto en el construccionismo social como en el naturalismo en el que el contexto cultural incide pero dentro de ciertos límites (cf. Ibid., 19-25).

35Marciano Vidal, Feminismo y ética. Cómo feminizar la moral (Madrid: PPC, 2005), 29.

36Los estudios pioneros de la antropóloga M. Mead con sus trabajos acerca de las diferencias de los roles de sexo en diferentes sociedades, demostró la inadecuación de las explicaciones biológicas para comprender la diferenciación sexual, Margaret Mead, Sexo y temperamento en las sociedades primitivas, trad. por Francesco Gironella (Barcelona: LAIA, 1973). G. Rubin propone la categoría «sistema de sexo-Género» y sitúa la opresión de las mujeres dentro de los sistemas de organización social y no en la biología, Gayle Rubin, «El tráfico de mujeres», en El género. La construcción cultural de la diferencia sexual, comp. Marta Lamas (México: UNAM, 2003), 35-96.

37Joan Scott, «El género una categoría útil para el análisis histórico», en El género. La construcción cultural de la diferencia sexual, comp. Marta Lamas (México: UNAM, 2003), 266-268. Más tarde escribirá que el género sigue siendo útil si se reflexiona críticamente acerca del significado de los cuerpos sexuados y lo que producen en relación a unos y otros y de qué manera estos significados se despliegan y cambian, Joan Wallach Scott, «Gender: Still a Useful Category of Analysis?», Diogenes 225 (2010): 10, consultada en enero 20, 2021, doi: 10.1177/0392192110369316.

38Teresa De Lauretis, Technologies of Gender Essays on Theory, Film, and Fiction (Bloomington: Indiana University Press, 1987), 5. La autora habla de tecnología del género basándose en los trabajos de M. Foucault.

39ST, I, q.93, a.6, ad 2. Para Santo Tomas varones y mujeres son esencialmente iguales. Si bien para Santo Tomás la mujer está subordinada al hombre como parte del orden de la creación (ST, I, q.92, a.1, ad 2), Tomás no lo abordó como un problema y los pasajes en referencia se encuentran dispersos en sus escritos, DeCrane, Aquinas, 46-49. De todas maneras la igualdad entre varones y mujeres, es más esencial que sus diferencias, Porter, «At the Limits of Liberalism», 601-3.

40Se trata de un debate académico y político propiciado por el feminismo, entre finales de los años setenta y mediados de los ochenta, sobre cómo abordar la diferencia entre los sexos. Para la discusión de la problemática en el ámbito español ver Roberta Johnson, «El feminismo de la igualdad y el de la diferencia en los territorios castellanos y catalanes de España » y «Persiste el debate feminista entre el feminismo de la igualdad y el de la diferencia en el Estado Español », en Una nueva historia de los feminismos ibéricos, Pensamiento y acción feminista, ed. Silvia Bermúdez y Roberta Johnson (Valencia: Tirant Humanidades, 2021), 441-451 y 533-540.

41Margarte Farley, «A Feminist Version of Respect for Persons», Journal of Feminist Studies in Religion, Vol. 9, n° ½ (1993): 183-198, consultada abril 6, 2021, http://www.jstor.org/stable/25002208.

42Jean W. Scott, «Igualdad versus diferencia: Los usos de la teoría postestructuralista para el feminismo», trad. por Marta lamas, Debate Feminista, Vol. 5 (1992): 99, consultada marzo 8, 2021, http://www.jstor.org/stable/42624037.

43Lisa Cahill, Global Justice, Christology and Christian Ethics, New Studies in Christian Ethics (Cambridge: Cambridge University Press, 2013), 256-57. En relación al universalismo moral frente a grupos culturales opresivo de las mujeres cf. Susan Moller Okin et. al., Is multiculturalism bad for women?, ed. Joshua Cohen, Matthew Howard y Martha C. Nussbaum (Princeton: Princeton University, 1999), 7-24. En relación al universalismo y multiculturalismo en el ámbito del derecho: Seyla Benhabib, The right of others. Aliens, Residents, and Citizens (Cambridge: Cambridge University, 2004).

44DeCrane, Aquinas, 27.

45El hacer ético no es tal porque es «natural» en el sentido científico sino porque está de acuerdo con lo que es bueno para los seres humanos considerado de manera integral en el que se incluye la biología. Cf. Stephen J. Pope, Human Evolution and Christian Ethics, New Studies in Christian Ethics (Cambridge Cambridge University Press, 2007), 148 y 292.

46La conciencia en la diversidad de los bienes incluye la apertura a la información brindada por las ciencias que aportan una mejor comprensión de lo real y coloca al hombre en una situación de humildad, Pope, Human Evolution, 270.

47Cf. Cahill, Global Justice, 253-254.

48DeCrane, Aquinas, 94-95. El estudio del cuerpo como categoría central en las ciencias sociales tuvo como pionero a M. Mauss, M. Foucault y P. Bourdieu. El cuerpo constituye uno de los ejes principales de las teorías y teologías feministas puesto que el género como construcción de prácticas sociales involucra al cuerpo. Véase Mari Luz Esteban, Antropología del cuerpo. Género, itinerarios corporales, identidad y cambio, 2a ed (Barcelona: Edicions Bellaterra, 2013), 23-31.

49María Zambrano, Hacia un saber del alma (Madrid: Alianza Editorial, 2000), 22.

50 Porter, Justice as Virtue, 214. En la reflexión concreta es difícil apreciar si los déficit son cognitivos o afectivos, pero en cualquier caso no es posible comprender totalmente la situación particular. Ibid., 199-234. Véase Daniel Westerberg, Right Practical Reason. Aristotle, Action, and Prudence in Aquinas, Oxford Theological Monographs (Oxford: Clarendon Press, 1994), 78.

51La escolástica posterior enfatiza la voluntad en la razón práctica. Si la responsabilidad principal la tiene la voluntad del agente, entones ésta necesita instrucciones para obedecer como reglas y normas. La razón interviene pero solo para formular aplicaciones específicas de reglas. Cuando ocurre antes de la elección el razonamiento adquiere una forma abstracta y legalista. Westerberg, Right Practical, 35-36.

52Armand A. Maurer, St. Thomas and Historicity. The Aquinas Lecture, 1979 (Milwaukee: Marquette University Press, 1979), 18. Para Parson el proyecto ético debe poder entender el núcleo de la humanidad, no a partir de principios abstractos sino a partir de aquellas características de la condición humana que se comparten más allá de la contingencia y de los cambios históricos. Se trata de la consideración de la vida real e integral encarnada en la historia, Susan Parson, Feminism and Christian Ethics, New Studies in Christian Ethics (Cambridge: Cambridge University Press, 1996), 225.

53Pamela Hall, «Towards a Narrative Understanding of Thomistic Natural Law», Medieval Philosophy & Theology, Vol. 2 (1992): 68. https://doi.org/10.5840/medievalpt199221.

54Los primarios se conocen naturalmente a partir del principio de hacer el bien y evitar el mal. Los secundarios son los que se desarrollan a partir del primero y requieren un razonamiento práctico. ST, I-II, q.94, a.2. Véase Crowe, The Chanching profile, 178-184.

55ST, I-II, q.94, a.2 y a.5.

56ST, I-II, q.94, a.6; En ST, I-II, q.94, en el a. 5 Santo Tomás deja sentado que en relación a los principios primarios la ley natural no cambia, pero sí puede cambiar en relación a los principios secundarios.

57Cahill, Global Justice, 257. La relación entre juicio práctico y conocimiento especulativo es recíproca y mutuamente correctora, Porter, «Does the Natural Law», 81.

58En ST, I-II, q.100, luego de afirmar que «todo juicio de la razón práctica se fundamenta en ciertos principios conocidos naturalmente» (a.1), sostiene que algunos de los preceptos más particulares de la ley natural son mejor conocidos por los sabios y se aclaran por revelación (a.1 y a.3).

59ST, I-II, q.91, a.3. Daniel Daly, «The relationship of virtues and norms in the Summa Theologiae», The Heythrop Journal, 51(2) (2010): 216-217, consultada en febrero 24, 2021, doi:10.1111/j.1468-2265.2009.00561.x.

60Cahill, «Catholic Feminists and Traditions», 43. «La relación entre juicio práctico y conocimiento especulativo es, por tanto, recíproca y mutuamente correctora», Porter, «Does the Natural Law», 81.

61Puesto que la tradición feminista parte del hecho que las diferencias corporales en relación a los varones, han servido para fundamentar las desigualdades sociales, la reflexión sobre los cuerpos se hace prioritaria. Véase Iris Marion Young, On Female body experience. «Throwing Like a Girl» and Other Essays, Studies in Feminist Philosophy (Oxford: Oxford University Press, 2005), 3-26.

62Radford Ruether, Sexism, 12-13.

63El concepto de experiencia que se reformuló en la segunda ola del feminismo dividió al feminismo angloamericano del francés. El primero tuvo un uso epistemológico y el francés fenomenológico en el que la experiencia daba cuenta del sujeto como del Otro. Si bien el tema de la experiencia ya había sido formulado por la filosofía del siglo XX, las teorías feministas, especialmente las del ámbito anglosajón, sumaron la teoría crítica para advertir de qué manera el patriarcado sesga la comprensión que las mismas mujeres hacen de su propia vida. Véase Grant, Judith, «Experience and Epistemology in Feminist Theory», en The Oxford Handbook of Feminist Theory, ed. Lisa Disch y Mary Hawkesworth (Oxford: Oxford University Press, 2016), 227-246.

64Hannah R Stammers, «The Theological Language of Anorexia: An Argument for Greater Rapprochement between Chaplains and Physicians», Feminist Theology, Vol. 28, n°3 (2020): 282-296, consultada en Junio 8, 2021, doi:10.1177/0966735020906951.

65Ally Moder, «Women, Personhood, and the Male God: A Feminist Critique of Patriarchal Concepts of God in View of Domestic Abuse», Feminist Theology, Vol. 28, n°1 (2019): 85-103, consultada en mayo 27, 2021, doi:10.1177/0966735019859471.

66Patricia Santos, «That All May Enjoy Abundant Life: A Theological Vision of Flourishing from the Margins», Feminist Theology 25 (3) (2017): 228-239, consultada en junio 21, 2021, doi:10.1177/0966735017693755.

67Susannah Cornwall, Un/familiar theology. Reconceiving Sex, Reproduction and Generativity, Rethinking Theologies: Constructing Alternatives in History and Doctrine, Vol. 1 (London: &T Clark, 2017).

68Sharon Welch, «Pax americana, Pax humana», en Theological Perspectives for Life, Liberty, and the Pursuit of Happiness, New Approaches to Religion and Power, ed. Ada María Isasi- Díaz, Mary McClintock Fulkerson y Rosemary P. Carbine (New York: Plagrave Macmillan, 2013), 23-33.

69W. E. B. Du Bois, The souls of black folk (New Haven: Yale University press, 2015), 5. Véase Iris Marion Young, Justice and the Politics of Difference (Princeton: Princeton University Press, 1990), 59-63.

70Buck explora de qué manera muchas teorías tradicionales de la expiación y sus imágenes han reforzado las relaciones sociales desiguales entre varones y mujeres, Jennifer M. Buck, «Feminist Philosophical. Theology of the Atonement», Feminist Theology Vol. 28, n°3 (2020): 239-250, consultada en abril 23, 2021, doi: 10.1177/0966735020906938.

71Para Harrison no estamos llamados a practicar la virtud del sacrificio, Beverly Wildung Harrison, Making the Connections. Essays in Feminist Social Ethics, ed. Carol S. Robb (Boston: Beacon Press, 1985), 19-20. Plascow considera que se puede correr el riesgo de perder la propia identidad, Judith Plascow, The Coming of Lilith. Essays on Feminism, Judaism, and Sexual Ethics, 1972-2003, ed. Donna Berman (Boston: Beacon Press, 2005), 40-43.

72Darlene Fozard Weaver, Self love and Christian Ethics, New Studies in Christian Ethics (Cambridge: Cambridge University Press, 2002), 64.

73Ibid, 70, 91-92.

74Tomás de Aquino, Suma Teológica, vol. 3 (Madrid: Bac, 1990), II-II, q.47, a.2, consultada en diciembre 15, 2020, https://www.dominicos.org/media/uploads/recursos/libros/suma/3.pdf. En adelante ST, II-II. La virtud moral necesita la prudencia, porque ésta un hábito que hace buena la elección ST, I-II, q.58, a.4. A su vez « la prudencia no puede existir sin la virtud moral», ST, I-II, q.58, a. 5. Véase ST, II-II, q.47, a.3. Véase Westerberg, Right Practical, 218-219. «La compleja teoría de las virtudes de Aquino refleja así un fuerte sentido de la complejidad de nuestras vidas como agentes morales, llamados a integrar valores y reclamos diversos y, a veces, inconmensurables», Porter, Justice as Virtue, 255.

75ST, II-II, 47.15. A medida que se acumula experiencia del juicio de la prudencia el sentido del paradigma se vuelve más extenso, sutil y sofisticado. Esto significa que captamos con más seguridad los ideales y se pueden formular de una manera más adecuada. Porter, Natural and Divine Law. cap. 4,5.

76ST, II-II, q.49, a.1.

77Daly, «The relationship of virtues», 220. ST, II-II, q.49, a.3.

78ST, I-II, q.57, a.5; q.58, a.4.

79ST, II-II, q.47, a.2, a.3 y a.6. Véase Traina, Feminist Ethics, 42.

80ST, II-II, q.47, a.8.

81ST, II-II, q.47, a.1, ad 2.

82ST, I-II, q.14, a.3.

83ST, II-II, q.47, a.15; q.51, a.1.

84Porter, Nature as Reason, cap. 4, 5.

85ST, I-II, q.91, a.4, ad 2.

86Daly, «The relationship of virtues», 222.

87ST, II-II, q.49, a.1.

88Cahill, Global Justice, 265

89Traina, Feminist Ethics, 276, 135. Se debe recordar que Para Santo Tomás, si bien los primeros principios son evidentes por sí mismos, porque hablan de lo que es familiar a todos los seres humanos, otros principios, son evidentes sólo «para los sabios». ST, I-II, q.94, a.2.

90Cahill, Global Justice, 267.

91Traina, Feminist Ethics, 277-278. Véase Cynthia S. W. Crysdale, «Revisionino Natural Law: From the Classicist Paradigm to Emergent Probability», Theological Studies 56 (3) (1995): 481, consultada en marzo 30, 2021, doi:10.1177/004056399505600303.

Para citar este artículo: Di Renzo, Gabriela Maria. «Recuperación feminista de la categoría de ley natural». Franciscanum 178, Vol. 64 (2022): 1-22.

** Doctora en Teología y Doctora en Investigación Gerontológica, Psicóloga. Universidad Católica de Córdoba, Córdoba, Argentina. Grupo de investigación: Teología hecha por mujeres. orcid: 0000-0002-1894-3045. Contacto: gmdirenzo@gmail.com

Recibido: 17 de Agosto de 2021; Aprobado: 18 de Octubre de 2021

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