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Educación y Educadores

Print version ISSN 0123-1294On-line version ISSN 2027-5358

educ.educ. vol.9 no.1 Chia Jan./June 2006

 

¿Existe alguna legalidad o autonomía propia de la pedagogía?

Teoria de la educación

Original alemán en el vol. VII de las Gesammelte Werke de Hildebrand, editadas en 1974 por la W. Kolhammer Verlag (Stuttgart) y la J. Habbel Verlag (Regensburg), pp. 375-397.

Dietrich von Hildebrand

Nacido en Florencia el 12 de octubre de 1889. Doctor en Filosofía en 1912. Enseña en la Universidad de Munich desde 1918 a 1933. En 1914 se convierte al Catolicismo. Fundador de la revista anti-nazi Der Christliche Staendestaat (diciembre de 1933). Enseña en la Universidad de Fordham, en Nueva Cork, desde 1941 hasta 1960. Muere el 26 de enero de 1977.

Traducido por: José María Barrio Maestre

Doctor en Filosofía por la Universidad Complutense de Madrid (España), con premio extraordinario. Profesor Titular de Antropología Pedagógica en la Universidad Complutense. Profesor visitante en la Universidad de La Sabana. jmbarrio@edu.ucm.es


Resumen

Hoy se habla mucho de una autonomía o legalidad propia para la cultura y los asuntos culturales. Las leyes propias de la política y de la economía se han convertido en un tópico, si bien el concepto de legalidad propia está lejos de ser claro. He aquí nuestra primera tarea respecto al tratamiento de este asunto: "¿Existe una legalidad propia para la Pedagogía?" La pregunta intenta reconocer con claridad en qué sentido puede hablarse en general de legalidad propia, es decir, determinar qué se entiende por tal de un modo inteligente y práctico. Mostraremos enseguida lo equívoco y ambiguo de este concepto en el modo en que es empleado y, sobre todo, hasta qué punto se entienden unitariamente como legalidad propia dos cosas completamente diferentes.

Palabras clave: filosofía de la educación, teoría de la educación; pedagogía; disciplina, Von Hildebrand.


Abstract

Nowadays, a lot is heard about the autonomy or legality which is typical of culture and of cultural affairs. The laws which are typical of politics and of the economy have become a topic, even though the concept of legality is far from being clear. This is our first task regarding how to deal with this matter: "Does a legality which is typical for Pedagogy exist?" The question intends to clearly recognize in what sense it is appropriate to talk in a general sense of typical legality, i. e. to clarify what is understood as such in an intelligent, practical way. Next, we will show the fallacy and ambiguity of this concept in the way it is used and, above all, up to what extent two things which are completely different are unitarily understood as typical legality.

Key words: Philosophy of education, theory of education, pedagogy, discipline, Von Hildebrand.


Legalidad propia en sentido óntico

En primer término puede entenderse como legalidad propia el hecho de que las diferentes regiones del ser sean gobernadas desde su respectiva particularidad óntica. La esfera vital muestra un orden diverso al de la naturaleza inorgánica, así como el orden espiritual personal difiere del de la vida en general, etc. La esfera del derecho posee su propia ratio, que es distinta de la del arte, y dentro del ser personal encontramos relaciones de motivación que, en cambio, no se dan en la naturaleza inorgánica. En el dominio psíquico, por ejemplo, sí que se dan tales relaciones de motivación.

Existen muchas regiones ónticas en el cosmos. Si le sostenemos la mirada a nuestro mundo, encontramos objetividades de muy diverso tipo, pertenecientes a las más variadas categorías y dominios de lo real. Junto a realidades de carácter psíquico con sus particularidades, hallamos acontecimientos y relaciones entre ellas; encontramos hechos, circunstancias y figuras con un modelo propio; encontramos el espacio, los seres vivos: plantas y animales, individuos, personas espirituales que pueden realizar actos plenos de sentido; valores: la belleza natural, los bienes de la acción moral; composiciones artísticas: un cuadro, una pieza musical, un drama como el Fausto; comunidades, como el Estado, la familia, la nación; representaciones, como el derecho, las obligaciones y los contratos; encontramos también algo tan peculiar como el tiempo: hallamos configuraciones en forma de épocas o edades culturales; el mundo que se nos ofrece en la percepción interior: actitudes, acciones, situaciones; y encontramos asimismo leyes que son inmanentes a los diversos contenidos. Para todos esos objetos son válidas leyes enteramente generales, como el principio de no contradicción (la incompatibilidad entre el ser y el no ser), o el principio de razón suficiente; pero dichos contenidos encierran igualmente, en mayor o menor medida, peculiares principios que valen únicamente para ellos y que no permiten ser transferidos a otras esferas del ser. Si se trata no solo de tipos singulares de realidad sino de dominios del ser en general, encontramos menos disposiciones comunes y una mayor abundancia de leyes propias. Esa persistencia propia de los diferentes campos del ser y el hecho de que en ellos rigen los principios peculiares de su singularidad puede entenderse en primer lugar como legalidad. Así pues, hacerse cargo de esa legalidad supone un gran avance.

Uno de los errores más funestos con el que nos tropezamos en la historia del conocimiento es la transferencia de principios válidos para un determinado campo a otros sectores de lo real completamente heterogéneos. Me viene a la memoria el tremendo error de emplear, para comprender el mundo psíquico y personal, analogías tomadas del mundo físico: ya se trate de comprender la conciencia como si fuera un cajón en el que se encierran las "representaciones" y los sentimientos interactuando de modo causalmecánico como si fuesen cosas físicas, o bien se trate del desconocimiento del carácter intencional de actitudes como la alegría, el amor, el entusiasmo, o de actos como afirmar, preguntar, ordenar, prometer, etc.; o bien se interprete el mundo de las motivaciones en clave causal-mecánica, o incluso la defectuosa comprensión del mundo de los valores y la obstinación en concebir esas cualidades misteriosas y plenas de sentido como meros sentimientos de placer que pasan completamente por alto su legalidad propia. Aunque sería prolijo hacerlo en detalle, intentaré mostrar, solo con algunos ejemplos, cómo la desidia humana, o bien su práctica necesidad de manejarse con pocas categorías, induce con demasiada frecuencia a falsear la historia del conocimiento en áreas enteras del ser, así como a violentar sus peculiaridades malinterpretando su legalidad propia en su verdadero sentido.

Igualmente funesta resulta la aplicación de los mismos métodos de investigación a facetas de lo real totalmente heterogéneas. Ya Aristóteles decía en su Ética a Nicómaco que cada dominio exige el método correspondiente a su singularidad propia. Resulta ingenuo tratar de desarrollar la ética o la lógica de forma experimental, al igual que construir la química o la historia por medio de análisis modales apriorísticos. Los diferentes dominios del ser y de la vida exigen ser adecuadamente tratados, también mediante la aplicación del método idóneo a su singularidad óntica. Poco a poco se descubren nuevos sectores de realidad diferentes en su naturaleza, derivados unos de otros, cada uno con sus propias uniformidades legales. Se descubren, además, muy variados niveles de "estabilidad propia" y de "legalidad peculiar".

Junto a la legalidad propia de los diversos campos del ser -como por ejemplo el ser personal y el ser físico, o el reino de los valores y el de los hechos- existe también una estabilidad y una peculiar legalidad relativamente mayores, como en el caso de las reacciones químicas y mecánicas. Con todo, más relevante que la gradación de la legalidad resulta ser, en este sentido, el hecho de que no todos los más o menos diversos sectores de lo real se hallan desconectados entre sí, sino que se relacionan y ordenan mutuamente en las maneras más variadas. No se haría completa justicia a la peculiaridad de una esfera óntica si no se consigue captar su lugar específico en el cosmos, así como las variadas relaciones que mantiene con otros sectores de realidad, y que pertenecen también de manera necesaria a su legalidad propia. Enseguida volveremos a tratar de ello, aun teniendo en cuenta que la legalidad propia y la estabilidad específica nunca pueden significar en su justo sentido que ese campo del ser deba contemplarse como si estuviera aislado, sino más bien como siendo parte de su singularidad su encaje en el conjunto del cosmos. Veremos también cómo se diferencian los diversos campos del ser entre sí y qué papel juega en su singularidad característica la coordinación con otros campos del ser. Tan importante como el conocimiento de la singularidad óntica y la estabilidad propia de un campo del ser es el conocimiento de la arquitectura del cosmos, y no solo para la comprensión de este, sino también para comprender los diversos campos particulares en toda su dimensión y profundidad.

Al igual que la antes mencionada comparación de parámetros diferentes de realidad con la consiguiente transposición a legalidades extrañas, otro error funesto consiste en el brutal aislamiento de un área de objetos y la consideración de los diferentes campos del saber y de la vida como algo completamente incoherente. Esto supone hoy un peligro importante. La creciente especialización acaba desfigurando la realidad, llegando a pasar por alto su auténtica singularidad óntica de modo incomprensible. Como hemos dicho, volveremos a tratar de forma más detallada los límites de la legalidad propia.

Significación propia y valor propio

No obstante, se puede hablar de legalidad propia en un sentido completamente distinto, y de hecho se hace con frecuencia sin separar las dos acepciones de este concepto. Si se pone de relieve, por ejemplo, que las cuestiones estéticas no deberían ser juzgadas según las normas éticas, estaríamos refiriéndonos con ello a la legalidad propia de lo estético. En ese caso, "legalidad propia" significa bastante más que lo enunciado anteriormente. Con esto no se piensa solamente que la esfera del arte sea "independiente" y que encierre en sí misma legalidades exclusivas, sino que posee un sentido y un valor independiente respecto de la esfera ética. Por legalidad propia se entenderá significación propia y, sobre todo, valor propio.

Cuando consideramos el reino de lo existente, observamos que se dan sectores de la realidad y de la vida cuyo valor y significado se nutre únicamente de lo que logran para otros sectores axiológicos. En este sentido, la economía carece de valor propio, como ocurre con la comunicación o la técnica.

La importancia y el valor de esos campos residen en lo que aportan a otros que están dotados de valor propio. Las esferas de la cultura, del arte, de la convivencia y del conocimiento poseen un valor propio. No solo en la medida en que desarrollan en la persona unos valores éticos, sino también porque son valiosos en sí mismos y ponen de manifiesto la majestad de Dios. El mundo no constituye una simple "organización teleológica" en la que cada cosa solo tuviese importancia en función de algo más elevado hasta llegar a Dios; más bien lo creado, en tanto que salido de la mano de Dios, refleja espontáneamente al Creador en muy variados aspectos, en relación a otros ámbitos asimismo elevados. El mundo constituye un "cosmos" en el que existen esferas de valor propio junto a todas las conexiones teleológicas.

Si mediante la independencia, la autonomía y la legalidad propia se quiere expresar que prevalece una significación independiente y un valor propio, entonces no existe una legalidad propia para todos los ámbitos de la vida sino solo para algunos.

En esta segunda acepción, la "legalidad propia" tiene un significado completamente distinto, bien referido a la esfera estética respecto de la ética, o bien la propia del conocimiento, pero no la de la economía, la política y la técnica. Una obra de arte acabada -como la Novena Sinfonía, de Beethoven, o El esclavo moribundo, de Miguel Ángel- posee un valor propio. Su existencia es valiosa, incluso con independencia del efecto moralmente sublime que ejerza sobre los hombres; refleja la majestad de Dios; "debe existir", por su valor propio. De igual modo, cada conocimiento verdadero -una ciencia, por ejemplo- implica un valor completo en sí, no solo por lo que rinda para la salud, el bienestar o el progreso moral del hombre. ¿Qué valor propio debe poseer, en cambio, la esfera de la economía, por ejemplo? Su importancia es muy relativa respecto al bienestar de cada individuo, y respecto de la esfera cultural. Carece de valor propio aunque funcione bien. Una economía floreciente es mejor que una estancada o fracasada. Ciertamente, pero ¿por qué? No porque sea en sí mismo valioso que la economía exista, sin más, sino porque gracias a ella los individuos particulares no padecen y se crean las condiciones necesarias para la realización de los valores culturales. Lo mismo sucede con la técnica. Una máquina muy perfecta no posee en sí misma nada de valioso 1. Su existencia no es un bien en sí mismo. Es importante solo en la medida en que sirve a determinados fines valiosos. Facilita acaso la locomoción, hace posibles muchas alegrías, el enriquecimiento cultural para muchas personas, etc. No corresponde a la peculiaridad óntica de muchos sectores el poseer un valor y una significación propia en el primer sentido indicado, a saber, una legalidad propia en el segundo sentido.

El valor propio se halla dentro de la jerarquía de los valores

Tras haber reconocido a grandes rasgos los dos significados de "legalidad propia", cada uno con su respectiva solidez y positividad, se hace necesario distinguirlos nítidamente, y entonces hemos de reflexionar ahora sobre los límites de esas dos clases de legalidad propia. Comenzamos, en primer término, con el segundo y más estricto sentido de legalidad propia, o sea, la autonomía. Al comprobar que muchos campos del ser y de la vida poseen un significado y un valor propios, como el conocimiento, la sociedad, el arte, etc., no podemos olvidar que están incluidos con ese valor propio en una jerarquía objetiva. Que una esfera posea un valor a través del cual Dios es explícitamente alabado no impide que otra, cuyo valor propio es mayor, no pueda dar todavía más gloria a Dios. El hecho de que se nos manifieste un valor propio no supone que tal valor sea incomparable con otros. Existen grandes diferencias entre los valores éticos, estéticos o vitales, pero además cada tipo de valor posee un grado de relevancia específica. Así, los valores éticos son más elevados que los valores vitales. Los bienes morales del individuo son incomparablemente superiores en sí mismos a la plenitud vital, a la salud exuberante, a la noble estirpe, etc. Para la determinación de un tipo de valor propio es necesario, asi mismo, conocer su nivel de relevancia específica, es decir, su lugar en la jerarquía completa. Cuando hablamos de la cultura y decimos que esta posee un valor propio respecto de la esfera ética, podemos mencionar grandes personalidades culturales que no son precisamente modélicas desde el punto de vista moral, y no por ello queda alterado el hecho de que los valores morales sean superiores a los culturales; estar dotado de un alto nivel moral es más importante, para el hombre, que ser una gran personalidad del mundo de la cultura. En otras palabras: la peculiar relevancia de muchos ámbitos de la vida, no puede restringir nuestra estima a la contemplación endógena de su valor propio; más bien hemos de seguir avanzando en el conocimiento del orden jerárquico de los valores, y precisamente en ello reside la clara delimitación de la autonomía en este segundo sentido, pues los sectores del ser, aunque posean una significación y valor propios, no por ello dejan de estar vinculados los unos con los otros, sino que lo hacen de forma muy variada, con una asociación y mutua interacción, de suerte que no solo podemos medir una determinada esfera por su propio valor, sino que hemos de considerar igualmente su significado indirecto respecto de otras esferas de la vida, relevantes desde el punto de vista axiológico, especialmente en relación a los valores superiores. Ciertamente, que algo pueda considerarse como auténtica obra de arte depende solo de su valor estético. Pero en la tesitura de si esa obra de arte debe existir o no, habrá que considerar, sin duda, otros puntos de vista. Si resulta que dicha obra de arte solo puede existencializarse mediante una injusticia moral, entonces es mejor que no exista, pues el mal moral encierra generalmente un contravalor mayor que el propio mal estético.

Reconocer que hay diversos tipos de valores propios y que, al emitir juicios de valor en las diversas esferas, el valor propio ha de ser el único criterio en tal juicio, es tan importante como darse cuenta de que para advertir la relevancia de toda la esfera tratada, el valor superior es el que tiene la última palabra. Esto es válido, en primer lugar, desde el punto de vista puramente objetivo, pero también en relación con la actitud del individuo hacia las diversas esferas del ser y de la vida. Vivimos en un mundo en que los diversos campos del ser y de la vida se entrelazan de muy diversas maneras. Diariamente tropezamos con tareas en las que tenemos que elegir entre lo valioso y lo menos valioso. Igualmente es necesario, junto a la apreciación del valor propio de una esfera, el conocer su rango axiológico en el orden general de los valores. Detrás de toda relatividad (secundum quid), se encuentra una última medida unitaria, precisamente la que se refiere a la jerarquía objetiva de valores. Y la esfera moral, no solo es más elevada que otras esferas de valor, sino que además posee un puesto preferente y singular que afecta al centro del cosmos. No puede ser tratada, sin más, como una esfera de valor entre otras; tampoco basta reconocer su alto rango. Para la persona, la esfera moral pertenece a lo único necesario (unum necessarium). Comprender la "legalidad propia" de la esfera moral exige que se reconozca su puesto singular y preferente, su centralidad cósmica. No existe esfera de la vida en la que la persona deba tomar partido sin referencia alguna a la esfera moral, pues por muy variados que sean los campos vitales, el hombre es un todo unitario que no se deja disolver en funciones parciales y fracturadas.

La esfera religiosa de valor es la más elevada y universal

La esfera religiosa, sin embargo, en modo alguno puede situarse como una esfera especial junto a otras como la cultura, el derecho, la sociedad, etc. Todo auténtico valor culmina en su relación con Dios, resumen esencial de todos los valores. Ningún valor propio se comprende en su dimensión profunda si no se concibe hasta qué punto sirve para alabar a Dios, o en qué medida supone una irradiación de su absoluta majestad. Mientras no sea capaz de concebir en un valor propio su índole de "manifestación de Dios", no habré percibido su profundidad esencial. Esa "manifestación" de un mundo más elevado que se cierne sobre nosotros, la irradiación sublime de la gloria de Dios, se halla en cada belleza artística o natural, en cada acto moralmente bueno, en el valor propio de toda comunidad de personas, en la excelencia de lo justo, en la solemne dignidad de cada conocimiento verdadero, en el que una porción de lo existente reproduce verdaderamente el espíritu de Dios. Apenas podemos concebir el valor de la existencia de Dios. Tal manifestación es solo una auto-referencia, una redundante sobreabundancia de los valores. Pero cuando tenemos noticia de Dios mediante pruebas argumentales, y especialmente a través de la Revelación, comprendemos ese lenguaje de los "valores" en un sentido completamente nuevo. Por tanto, es imposible separar de la esfera religiosa cualquier valor genuino, es decir, cualquier esfera del ser o de la vida con valor propio. Aquella no solo es la esfera más alta sino también la más completa. La cuestión religiosa -lo que algo significa ante Dios, en qué medida le glorifica- es lo realmente decisivo para cada campo con valor propio.

Desde luego, la esfera religiosa -la situación del hombre en relación a Dios y el especial vínculo que entre ambos establece la gracia sobrenatural- es algo completamente nuevo y propio. Es para el hombre no solo la más elevada, sino la más decisiva esfera, a la cual se subordinan todas las demás que están dotadas de valor propio y objetivo. El punto de vista de religioso es, por tanto, incomparablemente superior a los otros, y todo lo que posee valor propio se encuentra subordinado a él; posee, en lo general y en lo particular, la última palabra.

Los límites de la legalidad propia

Volvamos ahora sobre los límites de la "legalidad propia" en el más amplio sentido de la palabra. En primer término habrá que recordar que la legalidad propia de las esferas particulares no debe exagerarse de modo que queden desatendidas las leyes que sin excepción son válidas para todo lo existente. El enunciado de que todo lo contingente exige una causa vale para todo tipo de existentes contingentes. Es completamente falsa la idea de Bergson según la cual también las leyes lógicas están limitadas a determinados sectores de lo real. Así como las leyes propias han de ser respetadas, también ciertas leyes universales deben comprenderse y juzgarse como válidas en su singularidad para todo lo existente. Además, ya se ha señalado que a la "singularidad" de un sector del ser o de la vida necesariamente le corresponde su específica "clasificación" en el cosmos, y no puede comprenderse una esfera sin hacerse cargo de las relaciones que mantiene con otras y sin reconocer su ubicación en la totalidad del cosmos. Con todo, el tipo de clasificación es muy heterogéneo desde el punto de vista formal. No podemos comprender, por ejemplo, la esfera específica de lo vital sin considerar su inclusión en la esfera de lo físico y de sus leyes propias, lo cual en nada se opone al hecho de que el ámbito de la vida se reserve una autonomía y legalidad propias.

Primeramente habrá que comprender la ratio específica de cada esfera autónoma. Habrá que precisar lo que sirve para discernir cada campo en su singularidad, como el mundo de los colores en relación con la extensión, la forma, etc. Si se satisfacen estas exigencias podrá entenderse válidamente en qué relación se encuentra ese campo con los otros y cómo se halla inserto en el cosmos.

Pero a ciertos ámbitos corresponde el incluir otros campos del ser en un sentido nuevo y especial según su singularidad. Así, la persona humana se configura como algo cuyo peculiar ser no puede comprenderse sin una ordenación específica al mundo del sentido y de los valores y, en última instancia, en relación a su último fin en Dios.

Si pasamos por alto el carácter intencional de lo psíquico, no comprenderemos en absoluto la legalidad propia del ser personal respecto de lo impersonal. Así, no puedo reconocer a la persona si no sé nada del mundo de los valores objetivos ni de la plenitud de sentido, o si los paso por alto. Para el ser consciente que irradia desde dentro de la persona, que presenta algo completamente nuevo frente a todo lo impersonal -como por ejemplo el ser de un árbol- para ese "estar en posesión de sí mismo", que es un ser tan verdadero y completo, su estar dirigido hacia un objeto que está situado fuera de él es profundamente característico. ¿Cómo voy a comprender lo que sea la alegría si paso por alto que esta es un "alegrarse de" o un "alegrarse en" algo, que atañe inteligentemente a un objeto a cuya singularidad responde? ¿Cómo voy a reconocer los tipos originariamente tan diversos de alegría? ¿Cómo puedo pretender separar la pura y santa alegría que es respuesta a lo valioso en sí, de la alegría por el mal ajeno, que es la simple respuesta a mi propia complacencia? ¿Cómo puedo apreciar esa profunda diversidad psicológica si paso por alto el objeto radicalmente variado de la alegría en ambos casos, si prescindo de aquello a lo que responde en cada una de las dos situaciones? ¿Cómo puedo comprender el amor, el odio, el querer, la capacidad de persuasión, si concibo esas actitudes como simples imágenes fijas en sí, como si fueran meras situaciones, y prescindo de su singularidad más profunda en tanto que actitudes intencionales? Ni las actitudes individuales características de la persona espiritual, ni su ser, tomado en conjunto, pueden ser comprendidos si se tratan de manera trivial e ignorando su esencial orientación y ordenación al mundo de los valores y del ser en general; si los trato como configuraciones impersonales que no poseen la capacidad de trascenderse a sí mismas. Y no solamente la intencionalidad efectiva de las vivencias más fundamentales de la persona; también hemos de comprender la objetiva ordenación de la persona a lo real, al mundo de los valores -el hecho de que el hombre es una persona espiritualmente capaz-, al otro, con quien, pese a su alteridad, puedo compartir cosas de una forma muy singular, a saber, espiritualmente. Hemos de comprender que la persona es capaz de conocer y dar respuestas de valor, que está llamada a realizar buenas acciones y a ser portadora de valores, que es capaz de mantener relaciones espirituales con otras personas, y en particular con la sociedad, etc. Una psicología que se cree autónoma y que pretende poder prescindir del mundo del espíritu y de los valores, soslaya la vertiente espiritual de la persona. Puede incluso establecer leyes psicológicas y peculiaridades psíquicas de carácter periférico, pero la condición específica del ser personal le resulta impenetrable a causa de una legalidad propia mal interpretada. Una auténtica psicología que quiera ser también ontología de la persona tiene que hacer justicia a esa orientación intencional que se verifica en el ser personal, y ser consciente de que este solo puede entenderse si se considera en relación a lo que la persona está destinada a través de sus actos y actitudes más profundas; es decir, si no pierde de vista la situación metafísica del hombre y su lugar en el cosmos.

No cabe pensar, pues, que la legalidad propia, rectamente comprendida, signifique siempre que un sector de lo real pueda y deba considerarse separado de otros. También existen áreas -en cierto modo las de mayor y más marcada "independencia" y "legalidad propia"- que precisamente tienen como peculiaridad el referirse a otras de un modo en que se hace necesaria la consideración de lo otro desde su génesis (ab ovo). Comprender la mencionada "legalidad propia" es, por supuesto, de especial relevancia para dar respuesta a nuestra pregunta: "¿Existe una legalidad propia en la Pedagogía?".

De manera particular ha de destacarse aquí que no podrá inferirse, de esa legalidad propia de las esferas del ser y de la vida, la adecuada actitud práctica de la persona hacia ellas. La confusión de los dos tipos de legalidad propia a menudo conduce a juzgar la economía y la política según puntos de vista económicos y políticos, por la misma razón que el arte, se dice, ha de juzgarse de acuerdo con criterios artísticos. Se trata justo de lo contrario. La tarea práctica del hombre consiste precisamente en hacer aprovechables de manera consciente todas las áreas que carecen de significado y valor propios, poniéndolas al servicio de los campos respecto de cuyo sentido creador deben ser "tributarios". El hombre debe conocer sus leyes propias, pero no debe ignorar su específica subordinación. Las leyes propias de la economía deben ser tenidas en consideración, pero solamente en cuanto sirven a un valor no inmanente más elevado que el de la esfera económica. La repercusión intrínseca de las leyes económicas ha de ser ponderada en relación al hombre. Cuando este se desenvuelve en esas esferas como si poseyeran una legalidad propia en el segundo sentido, es decir, como si estuvieran dotadas de valor propio, es cuando hace de ellas auténticos ídolos. Es así como si en una inundación alguien dijera que no se deben contener las fuerzas de la naturaleza en el dinamismo de sus propias leyes. Lo mismo sucede en política. Desde la perversa obra de Maquiavelo no cesa de escucharse el mensaje del significado propio de la política, como si el hombre debiera tratar de la legalidad propia de ese campo como algo que hay que dejar discurrir sin trabas.

Debemos conocer la legalidad propia en sentido lato, la que se encuentra en todos los sectores del ser y de la vida, pero debemos aprovecharla y regularla en nuestro quehacer práctico sin abandonarla a los resultados de su propia dinámica espontánea. En buena medida, esto es válido para todos los campos de la vida que se refieren a la actividad humana, por ejemplo la economía, la política, etc. Como católicos, no debemos olvidar que, en relación a la legalidad propia de un campo concreto de la praxis humana, se produce una contaminación procedente del pecado original. Este coloca al hombre ante la tarea expresa, no de abandonar esas esferas a su legalidad propia, sino de "bautizarlas", por así decirlo, mediante su consciente y recta ordenación y subordinación.

En resumen: si se habla de legalidad propia, ha de ser en el sentido adecuado, aunque la expresión "legalidad" no ha sido elegida demasiado felizmente. En todo caso debe resaltarse de manera clara si con la expresión "legalidad propia" -que concita tantos significados genéricos- se hace referencia a que cada campo del ser muestra sus conexiones y aspectos normativos singulares, o si se refiere solamente a aspectos concretos de ciertos ámbitos del ser y de la vida que representan una importancia y valor propio. Si no se disciernen bien ambos significados, termina uno moviéndose en medio de vaguedades y de frases hechas. Además, las fronteras de ambas legalidades propias, tal como hemos visto, nunca deben pasarse por alto. La afirmación de una legalidad propia en ambos sentidos será errónea si no se considera la aclaración consistente en que el mundo es un cosmos organizado. Por último, hay que ser prudente en relación a las consecuencias que una de las dos legalidades propias implica para nuestra actitud práctica frente a la realidad. Precisamente en este último punto la diferencia radical de los dos conceptos de legalidad propia se manifiesta particularmente relevante.

Tras estas orientaciones generales, centrémonos en nuestro verdadero tema: "¿Existe una legalidad propia para la Pedagogía?" Vamos a articular la cuestión en los siguientes puntos:

  1. ¿Constituye el campo de la Pedagogía algo esencialmente autónomo respecto de la Psicología, la Ética, etc.? Es decir, ¿posee una legalidad propia que manifieste unas peculiaridades que únicamente se verifican en ese campo y que justificarían una emancipación de la ciencia pedagógica respecto de la Psicología y de la Ética?

  2. ¿Es autónomo el campo de la Pedagogía en el sentido de que posea un significado y valor propios, como por ejemplo la esfera del arte?

Los partidarios de la legalidad propia de la Pedagogía hablan de esto en tres aspectos:

  1. Legalidad propia del acontecer pedagógico.
  2. Autonomía de la Pedagogía como ciencia, respecto de la Ética, Teología, etc.
  3. Autonomía de las instituciones pedagógicas -especialmente la escuela- respecto del Estado, la Iglesia, etc.

La primera tesis decisiva que hay que examinar aquí es la de la autonomía del quehacer pedagógico o de las relaciones vitales que entraña -con otras palabras, de la educación-, ya que el asunto de la autonomía de la ciencia o de las instituciones pedagógicas presupone aclarar la primera cuestión. Primeramente fijémonos, pues, en ese campo vital y en su legalidad propia, en los dos significados anteriormente expuestos.

La inserción de la Pedagogía en la Psicología

Antes de entrar en las dos cuestiones mencionadas debemos considerar el objeto de la Pedagogía. En sentido amplio puede describirse como todo tipo de influencia consciente y formativa sobre otras personas, es decir, no solo la formación del niño, sino también cualquier orientación y formación consciente de adultos, por ejemplo, la que se da en la relación entre el maestro y los jóvenes, el director espiritual y sus dirigidos, el jefe y los subordinados, los esposos entre sí, en el sentido de la ayuda mutua (mutuum adjutorium), pero también en las amistades profundas, en la relación entre la Iglesia y el creyente individual, el Estado y los ciudadanos, etc. También cabe restringir el objeto de la Pedagogía a la formación y educación consciente del niño, de hombres jóvenes o de menores de edad. La pregunta por cuál sea la fórmula correcta no queremos responderla de manera simplista; más bien deseamos considerar nuestro tema según la legalidad propia de la educación para ambas fórmulas, la amplia y la restringida. Comencemos con la concepción más amplia.

En toda formación consciente hemos de distinguir tres modos de influir sobre otras personas.

Realmente la tarea formativa posee cierta legalidad propia en sentido amplio. Los diversos modos clásicos de influir -instrucción, ejemplo, autoridad, castigo, recompensa, influjo del medio ambiente, libros, juegos, amistades, contacto con otros individuos- tienen su función específica en el desarrollo de la otra persona. Aunque todavía no se conocen bien las leyes propias del influjo formativo, sí conocemos las legalidades psicológicas del cambio y del desarrollo de la persona. Pero, por otro lado, estamos ante la cuestión de bajo qué parámetros se verifica la transformación de la personalidad, cómo tiene lugar el crecimiento de la persona, el desarrollo y la aprehensión espiritual; es decir, estamos ante la cuestión previa e inseparable de los posibles modos del influjo y la formación. Una cuestión pedagógica fundamental, por ejemplo, es cómo puedo preparar a una persona para que se deje formar, cómo puedo traspasar su férrea impenetrabilidad, etc. Es, duda, una cuestión inseparable de la de cómo se produce una emancipación y ulterior desarrollo de la persona. Solo una penetración profunda en el ser de la persona y en la específica influencia de actitudes y conductas ajenas, así como en el mundo de los valores, puede responder a la pregunta de cómo conseguir conscientemente el objetivo de un aprendizaje educativo. Mientras no sepa lo que es superación, de qué modo, por ejemplo, puede alguien superar la obstinación, el complejo de inferioridad, el resentimiento o la intimidación, no comprenderé en qué medida el educador puede contribuir a dicho crecimiento en el sentido más amplio de la palabra. Una educación coherente con la psicología freudiana, que equipara la superación con la represión, tendría que llegar a resultados completamente distintos. Aparecerían pautas pedagógicas completamente diversas. Mientras no sepa de dónde viene la ceguera axiológica, no entenderé cómo una persona se predispone hacia los valores. Si la ceguera moral se interpreta como algo parecido a la ineptitud musical, entonces la influencia formativa no tendría objeto, ya que esta solo se puede reclamar para algo que entiendo se puede cambiar. En una palabra, la cuestión sobre cómo un individuo puede influir en el cambio y desarrollo de otro, qué es lo que puede hacer en ese sentido y de qué manera, contiene algún elemento nuevo respecto de la cuestión de cómo se consuma el cambio y el desarrollo; estamos entonces tan estrechamente comprometidos con la cuestión psicológica que no podemos nunca desligarnos de ella; no puede sustraerse de nuestra mirada, de la misma manera que la medicina no puede desvincularse de la patología.

Dependencia de la Pedagogía respecto de los valores del fin de la educación

A esta incardinación de la Pedagogía en la Psicología, que representa ya una restricción de su legalidad propia en el primer sentido, todavía hay que añadir algo más. Las pautas del cambio y del desarrollo en la persona humana no son completamente ajenas al mundo del sentido y de los valores. Ya hemos visto cómo corresponde a la peculiaridad de la persona espiritual el referirse intencionalmente a objetos, conociéndolos, comprendiéndolos y adoptando frente a ellos una actitud; cómo la persona no puede comprenderse sin su correlación objetual, cómo se malentienden y falsean sus vivencias y pautas de comportamiento si se ignora en ellas el objeto y la motivación axiológica y de sentido. De ahí que la educación no depende solo de su legalidad propia, del modo en que las personas cambian y se desarrollan, sino también indirectamente del mundo de contenidos y valores objetivos a los que la persona está finalmente destinada.

Pero, ante todo, es completamente ilusorio pensar que la influencia formativa, la transformación y desarrollo orientado por una persona ajena puede tener un sentido sin determinar el fin hacia el que debe orientarse y sin indicar la dirección hacia la que el afectado debe dirigirse. La determinación del fin es absolutamente imprescindible para educar, para que la tarea educativa tenga algún sentido, y lo tiene, incluso cuando este se trata de enmascarar tras oscuras categorías como humanidad, vida más elevada, plenitud humana, etc. Si se desea transformar a otra persona e influir en ella, es menester una orientación, una meta a la vista, una imagen de lo que el otro deberá ser. Si falta esto, la voluntad de influir no será más que un derroche de energía inútil, un brindis al sol, realmente desinteresado de toda influencia eficaz, postura que tampoco puede ser señalada como educativa, ni siquiera por los partidarios más acérrimos de la legalidad autónoma de la Pedagogía.

Quienes propugnan la autonomía del quehacer educativo 2 aseveran que el educando debe ser considerado como un fin en sí mismo; no debe partirse de un valor objetivo, pues de lo contrario podemos hacer del educando un simple medio para un bien objetivo. El error aquí implícito consiste en que se obra así como si el "valor objetivo" fuera algo heterogéneo a la persona. En realidad, el educando se convertirá precisamente en el verdadero tema principal si procuro a hacer de él una persona objetivamente y valiosa. Es cierto que no puede considerarse auténtica educación aquella en la que la persona solo se ve como un medio para un fin -como acontece, por ejemplo, en la instrucción militar para ser soldado-, que busca solo en ella la idoneidad para un determinado fin práctico extrapersonal. Pero cuanto más en serio se tome a la persona y cuanto menos se considere como un mero medio para la consecución de un bien extrapersonal, tanto más se aspira a conseguir la realización de todos los valores personales en ella. El fin de la educación es la realización de todos los valores personales en el educando: vitales, estéticos e intelectuales -en la medida en que los valores pueden desarrollarse en estos ámbitos- y, sobre todo, los valores morales y la santidad, que constituye la finalidad principal para cada persona. Mientras yo no tienda a la realización de esos valores personales objetivos en el educando, no existirá un verdadero interés y un auténtico amor hacia él. No nos engañemos: toda educación necesariamente se fundamenta en un ideal de persona, bien se trate del hombre "natural" del que hablaba Rousseau, bien del hombre autónomo según el ideal moral de Kant, o bien del que se esconde en la "Humanidad" de Geißler. La peculiaridad del quehacer y de la relación educativa reside precisamente en que se exige necesariamente tal fin; su legalidad propia consiste en no ser independiente, en carecer de contenido y de sentido en tanto tal fin objetivo no haya sido fijado.

Para la educación, Geißler reclama, además, "totalidad". Desde luego, la auténtica educación también debe poseer "totalidad", es decir, ha de interesarse por el individuo íntegro, por el desarrollo de todos los valores personales, pero siempre según el orden objetivo del ser de la persona y según la jerarquía de los diversos tipos de valor. La salud, la formación, la profundidad espiritual y la seriedad, la apertura a los auténticos valores estéticos y culturales, la delicadeza, el tacto, la energía, en especial el altruismo, la bondad, el espíritu de sacrificio, la pureza, la humildad, la caridad y, lo más importante, el conocimiento de la fe verdadera, la fe en Dios y el amor a Dios, todos ellos son valores personales objetivos, y deben estar presentes en la mente del educador como los fines más importantes y primarios, pues se trata de valores elevados que constituyen el más alto bien para el educando. El educador que aprecia realmente a la persona del educando, percibe que los valores morales son más esenciales que los de carácter intelectual e incluso vital, y que a todo deben anteponerse las cuestiones vinculadas a la moral, a la santidad y a la salvación del interesado, cuestiones que se presentan para cualquier persona como lo único necesario (unum necessarium). A nadie se le presenta el mundo de los valores como algo heterogéneo a su ser, como algo que le es ajeno, sino más bien como lo que ha de buscarse en la educación para lograr el verdadero destino y fin último del hombre.

La entrega a los valores enriquece el valor de la persona

Pero tampoco la educación pasa por alto la esfera de los valores a-personales. Ya hemos visto que la persona, en su más profundo ser, está destinada al mundo de los valores objetivos, y únicamente a través de esa vocación puede ser comprendida. Ahora hemos de confirmar que solo en su orientación a los valores objetivos y en la entrega a los más diversos bienes y valores, puede la persona ser portadora de valores intelectuales y morales. La propia persona se convierte en portadora de valores personales cuando es capaz de captarlos, de saberse interpelada por ellos y de dar una adecuada respuesta a dicha interpelación. ¿Qué significa decir que debemos dejar a la persona misma la elección de los valores y bienes objetivos que desea afirmar? Toda nobleza, toda belleza, todo valor propio de la persona crece a partir del sentirse apelado por los verdaderos valores y bienes objetivos, y del compromiso con ellos. ¿Cómo puede alguien amar plenamente si no se orienta su espíritu hacia otras personas y no afirma ese valor espiritual con una libre decisión? ¿Cómo podría ser educado en la pureza si no se le abre al valor de la esfera de sentidos queridos por Dios, así como al contravalor implícito en toda transgresión de esos sentidos, a saber, sin afirmar el correspondiente valor y sin rechazar el disvalor respectivo? ¿Cómo podrá alguien convertirse en un individuo espiritualmente rico y profundo si no se le pone en relación con el valor del conocimiento, de la belleza y del arte, y si no se le alimenta con auténticos bienes culturales? ¿Cómo puede alguien llegar a ser un hombre religioso si desconoce al Dios verdadero y no se entrega a Él? La persona podría anular todo contacto con los bienes y valores objetivos, y llegar así a perder los valores personales específicos, pero esto es imposible. Todo depende de si se expone al sol de los bienes y valores verdaderos, o al venenoso canto de sirena de los falsos ídolos.

Educación como socialización

Tampoco la alternativa entre educar para la comunidad o educar para la "autonomía" -toda vez que la persona es un fin en sí-, puede plantearse del modo en que frecuentemente se hace. Carece de sentido pensar que la educación cristiana -aquella que trata de integrar a la persona individual como miembro vivo del Cuerpo Místico de Cristo (Corpus Christi Mysticum)- en el fondo no hace más que reducirla a la condición de mero medio. La persona se convierte en un miembro cabal de la Santa Iglesia si es santa, o al revés, es santa si su vida interior como miembro del Cuerpo Místico de Cristo discurre sin trabas. Precisamente lo específico de esa comunidad singular es que el fin y el valor propio de toda la comunidad van completamente de acuerdo con la salvación y santificación del individuo particular. Cuanta más educación recibe alguien para ser miembro de la Iglesia, tanto menos puede ser considerado como un simple medio, y tanto más debe pensarse en la realización del valor más elevado y supremo en él, tanto más se le toma en serio como persona y se fomenta su interés verdadero, profundo y real. La educación cristiana, según el sentir de la Iglesia, representa el desarrollo del valor más alto y decisivo de la persona. De ahí que -si se me permite saltar a otra cuestión- la Iglesia tenga la última palabra en relación al tema de la educación, si se ha comprendido correctamente el sentido y peculiaridad de esta. En aquellas comunidades cuyo valor propio no tiene por qué estar de acuerdo con el último sentido y valor de la persona -el Estado, la nación, etc.- cabe el peligro de que la educación cívica lleve aparejada una consideración parcial y unilateral de la persona como un simple medio. A menudo lo encontramos en las concepciones totalitarias del Estado, desde Esparta hasta el fascismo. La educación cívica, no encierra en sí misma tal perversión del fin educativo. Si se la considera una pequeña parte subordinada del conjunto de la educación, entonces también se puede producir en ella el desarrollo de un determinado valor personal, ya que la situación del ciudadano celoso del cumplimiento de sus deberes y plenamente responsable, implica un valor en la persona, y también algo necesario para el Estado.

Ninguna forma de educación es "neutral"

Hemos visto que no puede hablarse, en el sentido amplio, de una legalidad propia para la educación. Más bien se trata de una particularidad de ese campo -su anclaje en el ser de la persona y en el valor de esta como un fin-, y ello hace enteramente imposible el aislamiento de ambos. A su vez, la índole de los medios y métodos, el carácter de la influencia y de la relación educativas, así como la enseñanza de las diversas disciplinas dependen formalmente de la peculiaridad material del fin de la educación. Como es lógico, no es lo mismo introducir la lectura del Fausto de Goethe, enseñar matemáticas o transmitir un contenido de la Revelación; análogamente, tampoco hay una forma neutral de educar que pudiéramos tomar como base para cada ideal educativo que nos propongamos. Si se orienta hacia el mal, en vez de educación habrá seducción, y así como sus métodos son formal y fundamentalmente diversos, su influencia es distinta. De igual manera, la educación será formalmente muy distinta dependiendo del contenido axiológico de lo que se pretende promover, por ejemplo, cuando se toma como paradigma al superhombre o al santo. Así, para los cristianos, la influencia marcada por el signo de la autoridad será un medio educativo legítimo, mientras que no lo será para los devotos del ídolo anarquizante, que apura los placeres de la vida, o del ídolo natural de Rousseau.

No existe forma alguna de educación absolutamente neutral que pudiera ser señalada como "autónoma" frente al concreto fin que se propone a la tarea educativa. La Pedagogía que desea tener en cuenta al educando y lo que en él es más elevado, también ha de partir de la jerarquía objetiva de valores que desemboca en Dios, síntesis de todos los valores y del supremo bien. La verdadera legalidad propia de la Pedagogía, su singularidad óntica y su más hondo sentido lo exige, y apunta claramente al mundo de los valores y a Dios.

Es patente que esto también es así en una concepción estricta de la Pedagogía. Al niño se le asigna el papel del recién llegado, mientras que al educador se le asocia el papel del adulto frente al niño o joven, y ambos papeles poseen su propia legalidad. Pero la nueva "legalidad propia" que aquí se asocia está vinculada a la peculiar intencionalidad del hombre y nos prohíbe pasar por alto la inclusión del mundo del sentido y de los valores a los que la persona humana está destinada. El quehacer educativo en sentido estricto -la educación del niño- exige aún más un fin con contenido axiológico. Las nociones "individuo adulto", "hombre independiente", son intentos de enmascaramiento; son tan formales como vacías, y entonces no pueden cumplir la función de un fin educativo, o bien se trata de ocultos ideales de la personalidad de carácter material, como el de la autonomía kantiana. Si la palabra "adulto" no expresa otra cosa que la consumación del desarrollo del niño -algo así como el estado en el que naturalmente deviene la pubertad- entonces al educador no le queda tarea alguna; resulta superfluo. Ahora bien, si por "adulto" se entiende el hombre despierto, moralmente mayor de edad, consciente, responsable, libre de todo tipo de infantilismos y sin trabas para una completa continuidad de la vida, entonces estamos realmente ante un fin pedagógico lleno de contenido; se trata, no obstante, de valores personales de carácter material que ya se encuentra contenidos en la Pedagogía, y que implican en la persona una connaturalidad y predisposición hacia los valores objetivos de carácter material. A su vez, en relación a la Pedagogía, el primer sentido estricto de legalidad propia no se distingue básicamente de la acepción más amplia.

El valor de una educación depende de su fin

Tenemos, pues, que seguir preguntándonos: ¿Posee la tarea pedagógica un valor propio, un significado propio, es decir, una legalidad propia en el segundo sentido? En todo caso es valioso y sumamente significativo que la persona pueda convertirse en portador de diversos valores, y sobre todo de aquellos cuyo sentido más profundo y auténtico implica su santidad. La santidad glorifica a Dios mucho más que todos los demás valores específicos. Es este el núcleo axiológico de toda la realidad, al que se subordinan todas las áreas del ser, incluso las que están igualmente provistas de valor autónomo. Ciertamente, la santidad no puede ser considerada en modo alguno como un simple medio para otra cosa, pero está, según su naturaleza -como cualquiera de los campos con valor propio- orientada en función de la gloria de Dios, síntesis de todos los valores, único y absoluto fin por sí mismo. El auténtico fin educativo es, por tanto, valioso en sí mismo en el sentido más eminente, pero en ese fin objetivo se contiene la plenitud personal de valores, el objeto de toda ética y además la santidad, el renacimiento en Cristo por la incorporación a su Cuerpo Místico. El quehacer educativo, sin embargo, no es valioso por sí mismo, sino que depende de lo que es capaz de rendir en favor de ese fin. No existe un valor propio del quehacer educativo en el sentido en que se habla del valor autónomo del arte, pues carece de significación en sí mismo fuera del resultado que reporta a la persona; la tarea educativa, entonces, solo existe para surtir efecto en la persona, y esto determina específicamente su legalidad propia en el primer sentido, no en el segundo. En el Cielo, en la comunidad de los bienaventurados, ya no hará falta el trabajo educativo. En sentido pleno, solo puede hablarse de un valor propio del quehacer educativo si se piensa en el valor que hace crecer al educador en el desempeño de su tarea, ya se trate de la amplitud de miras, de la liberación del egocentrismo como consecuencia del trabajo pedagógico -una acción inmanente y enriquecedora para el propio educador, que él vive mediante la abnegación comprensiva y amorosa- o bien se trate del valor moral que corresponde al acto educativo. Pero quienes hablan mucho de autonomía, probablemente no han reflexionado sobre este valor propio. La autonomía es accidental, y no es el tema propio de la educación: constituye un epifenómeno, es decir, se hace sentir solo cuando no es tema, y el educador se plenifica precisamente en su entrega al educando y a su valor. Una educación que se quisiera ejercer solo en torno a la actividad del educador, para ofrecerle la oportunidad de confirmar sus talentos pedagógicos -caso que por desgracia aparece con demasiada frecuencia, especialmente en los padres y madres "jóvenes"- representaría una lamentable pedantería, y ciertamente carece de toda "eficacia" saludable para el educador, y aún más carecería del valor moral que posee el verdadero acto educativo.

Solo en el primer sentido amplio, y de un modo limitado y condicionado, puede hablarse de una legalidad propia del quehacer educativo, del objeto de la Pedagogía, pues se trata de un ámbito que es inseparable de otros sectores de lo real. Y menos aún puede admitirse el segundo sentido de autonomía y legalidad propia, es decir, de un significado independiente del quehacer pedagógico. En el segundo sentido no se da de ningún modo una legalidad propia. Esto no quiere decir que el "fin" de la educación no sea valioso por sí mismo, ni que su verdadera meta no pueda ser independiente de propósitos en los que la persona sea concebida como medio para algo distinto de ella. En esta última pretensión de los partidarios de la autonomía del quehacer pedagógico se verifica algo muy razonable, pero solo dando por supuesto un fin educativo satisfecho en el orden de los contenidos y de los valores personales objetivamente jerarquizados. Si es este el caso, estamos aceptando también el punto de vista educativo de la Iglesia. De ahí que solo si los partidarios de la autonomía aceptan el punto de vista de la Iglesia, y solo si subordinan cualquier otro a su fin educativo, estaremos tomando en serio, de manera real e íntegra, a la persona individual. Solo si prescindimos de consideraciones mezquinas y alicortas en el interés por la persona, y nos hacemos cargo de la cuestión última y real, solo entonces entendemos dónde está el punto central, desde el que cabe decir a cada persona: ¡Esto va contigo! (tua res agitur). Solo así podemos obviar el peligro de tratar a la persona como simple medio para cualquier otra cosa, bien sea el Estado, la cultura, la ciencia, etc.: si la orientamos hacia el fin educativo contemplado por la Iglesia, que es precisamente la santidad y la salvación del individuo. Ahí descubrimos el verdadero sentido de la "Humanidad", la totalidad y la individualidad.

En efecto, solo puede hablarse de totalidad de la persona, en primer término, cuando nos referimos al punto más profundo y auténtico de la persona, a su valor más elevado y central, y en segundo término, si guardamos el orden jerárquico correcto y la arquitectura específica de los valores personales, si entendemos que se entiende que todo el valor de la persona y de la personalidad ha de culminar en la santidad. Pero mientras se trate de valores personales de carácter vital, intelectual, moral y religioso como esferas intercambiables y ambivalentes, sin comprender la jerarquía de dichos valores, o sin concebir dónde reside el auténtico destino o el sentido último del hombre, entonces no podemos hablar de totalidad, ya que totalidad también quiere decir valor orgánicamente integrado. Una caótica yuxtaposición de los valores implica siempre una concepción incompleta de la totalidad personal. Para llegar a la plenitud del ideal de persona es preciso poder discernir qué categoría asumen los valores personales en particular y dónde se halla su punto álgido, el valor más elevado y profundo de la persona. Solo a través del valor más eminente pueden alcanzar su lugar exacto el resto de los valores.

El fin educativo más elevado es la santidad

Conocer el valor más elevado de la persona humana, comprender el último sentido de la misma, presupone, con todo, concebir sus límites; significa comprender que tampoco el valor del hombre puede ser el último punto de vista para la educación, sino Dios, la gloria de Dios a través del hombre. Pero aunque suene paradójico, solo entonces es cuando tomamos en serio al hombre, solo entonces lo interpretamos en su último significado sin instrumentalizarlo vilmente: si no lo convertimos en fin absoluto de sí mismo, y si somos capaces de ver, como en toda criatura, en qué medida da gloria a Dios y es conforme a su Voluntad.

No nos engañemos: apreciamos de la manera más alta y adecuada cada bien si podemos hallar su auténtica situación en el cosmos. Quien conoce el valor más profundo de la ciencia y la ama más no es quien hace de ella un ídolo y la absolutiza, sino el que la sitúa en el lugar en el que realmente se encuentra en el cosmos. Quien comprende el Estado en su más profundo valor y lo afirma no es el que lo idolatra como la máxima realidad, sino quien lo comprende en su carácter de valor limitado. Con mayor razón sucede esto en el caso del hombre mismo. Todas las tendencias intelectuales que absolutizan al hombre lo quieren desligar de su limitación y de su incardinación en Dios. Todas las formas de la "Humanidad", históricamente terminan en el desconocimiento del ser espiritual de la persona y de su valor eterno, comenzando con la negación de la inmortalidad del alma hasta llegar a la interpretación del hombre como una fiera, incluso a la negación de la voluntad libre y la concepción materialista de la historia; todas conducen necesariamente a ello. Nadie puede amar a los hombres en lo más profundo si no ama a Dios más que a los hombres. ¡Qué es el amor del pedagogo Pestalozzi comparado con el del santo Don Bosco, o el de San Felipe Neri! Y quien ama tan profundamente a los hombres tiene que reconocer como el más alto fin educativo que el hombre se torne a Dios. "Quien pierde su alma por mi causa la salvará" 3.

Cuando dije: solo quien tenga en cuenta el fin educativo de la Iglesia puede comprender íntegramente al hombre, sin instrumentalización ninguna, no quise decir que la Iglesia nos da una Pedagogía acabada. Los medios pedagógicos, tanto las leyes del desarrollo como los métodos educativos, de formación, de asimilación de valores, etc., debemos elaborarlos científicamente por nosotros mismos. Pero el último fin educativo nos lo enseña la Iglesia, y toda Pedagogía tiene que pasar por esa guía si quiere hacer justicia a su tarea material y formal y no desea acabar en el error. Es un craso error pensar que ese no sea el fin de cada hombre individual, puesto que, si bien es cierto que en cada individuo reside un valor, y que toda violencia contra la singularidad individual constituye un error pedagógico fundamental, también lo es que solo llegamos a entender lo que sea la verdadera individualidad de un hombre si partimos de su último y más profundo sentido. El ideal de la santidad para cada hombre sirve para reconocer y para ayudar a realizar el pensamiento singular y peculiar de Dios que todo hombre representa. ¿Cómo podemos reconocer y entender eso de otro modo que contemplando al hombre desde la perspectiva de Dios (in conspectu Dei)? De lo contrario, habría que considerar, con la misma lógica, como fruto de una legítima individualidad, situaciones patológicas derivadas de la casualidad, del influjo pernicioso del ambiente o de haber padecido a maestros desgraciados. Las individualidades más fuertes, en el sentido justo de la palabra, son los santos. ¿Han existido individualidades tan acusadas, personalidades cuyo relieve estaba más alejado de toda nivelación rasa, que aquellas personas en las que se ha desarrollado más plenamente el especial designio de Dios: San Francisco de Asís, Santa Catalina de Siena, Santa Teresa, San Felipe Neri, etc.?

De todos modos, esto no implica que no se haya de tener muy en cuenta el desarrollo de la verdadera individualidad, sino más bien que el fin objetivamente valioso es la santidad. La personalidad individual es esencialmente el marco, la forma de expresión, pero no el tema principal. De lo contrario, en lugar de verdaderas individualidades, se educa a hombres estrafalarios.

Lo que vale para la legalidad propia del quehacer pedagógico, análogamente vale, conforme a su naturaleza, para la Pedagogía y para las instituciones educativas. Aclarar esto en detalle nos llevaría demasiado lejos. Sin embargo, en la consideración de todo el problema, hemos ido constatando que para el quehacer pedagógico, así como para cualquier otra tarea o actividad humana, es válida la palabra del Señor: "Buscad primero el Reino de Dios y su justicia, y todo lo demás se os dará por añadidura" 4.


1 Aquí no se considera el valor de la máquina como anulación de la actividad mental, que no corresponde propiamente a la esencia de la máquina.

2 Por ejemplo, Georg Geißler, en su escrito titulado La autonomía de la Pedagogía (Langensalza, 1929). Ahí se señalan la Humanidad, la Totalidad y la Individualidad como tres requerimientos esenciales de la educación que una Pedagogía "autónoma" podría satisfacer.

3 Mt., 10, 39.

4 Mt., 6, 33.

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