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Ideas y Valores

versão impressa ISSN 0120-0062

Ideas y Valores vol.62 no.152 Bogotá maio/ago. 2013

 

Pereira, Gustavo.
"Eticidad democrática y lucha por el reconocimiento: una reconstrucción de la influencia de Hegel en la democracia deliberativa", Areté [Pontificia Universidad Católica del Perú] XXIII/1 (2011): 125-158.


A partir de dos conceptos clave: eticidad y reconocimiento, el autor de este artículo se propone mostrar la influencia y vigencia de Hegel en la filosofía política contemporánea que versa sobre la deliberación, siguiendo para ello la lectura que de estas nociones hacen Albrecht Wellmer y Axel Honneth, respectivamente. Para Gustavo Pereira, la filosofía política de Hegel da herramientas para explicar la democracia y la dinámica social contemporáneas. El concepto de eticidad democrática permite integrar derechos subjetivos y participación ciudadana sin vulnerar libertades individuales. Por su parte, la dinámica social puede ser explicada a través de la necesidad de reconocimiento recíproco, la cual implica la constitución de la subjetividad y, seguidamente, la motivación moral de las luchas de los grupos sociales. Estas dos grandes tesis son desarrolladas por Pereira a través de su artículo, cuyos argumentos serán reconstruidos de aquí en adelante.

La filosofía política de Hegel presenta dos obstáculos que deben superarse: cierto autoritarismo que parece estar presente en su Filosofía del Derecho y la posibilidad de caer en una filosofía de la historia cuando se intenta abordar la explicación de la dinámica social. Estos dos retos deben enfrentarse por los mismos medios que se intenta recuperar el pensamiento político de Hegel. Primero que todo, la solución que el pensador alemán le intenta dar al problema de la libertad (la eticidad) se puede tomar como plataforma para explicar la democracia moderna. Tal concepto es decisivo para afrontar una interpretación desde el autoritarismo de la Filosofía del Derecho. En segundo lugar, como criterio para explicar la dinámica social, puede ser tomada la necesidad de reconocimiento recíproco. Este concepto permite superar el riesgo de depender de una filosofía de la historia a la hora de explicar dicha dinámica social.

Al final de la sección introductoria, Pereira formula tres tesis. Primero, el concepto de eticidad, entendido como cultura deliberativa, provee las condiciones de posibilidad para que una razón pública densa dinamice la lógica de la democracia deliberativa. Segundo, el derecho, la literatura y los recursos morales son medios idóneos para realizar la eticidad. Tercero, la democracia deliberativa se puede beneficiar de una relación interna entre eticidad democrática y lucha por el reconocimiento, que explique la motivación para la acción de quienes comparten una cultura deliberativa.

Karl-Heinz Ilting sostiene que Hegel busca, en su Filosofía del Derecho, sintetizar la libertad negativa del liberalismo moderno y la libertad positiva del republicanismo. Según esta lectura, Hegel se propone criticar y, a la vez, superar el concepto de comunidad formulado desde el derecho natural moderno, el cual la ve como una unidad de muchos, como una conexión de sujetos singulares aislados que no se compadece con una comunidad ética. Para tal crítica y superación, el filósofo alemán apunta al desarrollo de una propuesta de integración de ciudadanos libres en una comunidad éticamente integrada. A partir de Hegel, puede afirmarse que la libertad, vista desde el liberalismo, se concentra en la particularidad de un sujeto que simplemente defiende sus derechos individuales. Pero esta concepción sólo da lugar a una racionalidad estratégica de la acción que, a su vez, produce un antagonismo social general; pero los sujetos tienen que ser algo más, algo distinto. Esa libertad no es pensable coherentemente sin su integración a un contexto de libertad pública; esto es, una universalidad que sea fundamento necesario de la particularidad, poder sobre esta y fin último de esta. El Estado sería la esfera de esa eticidad sustancial, en la cual se supere el mencionado antagonismo y se proceda al restablecimiento de la libertad común bajo las condiciones de la modernidad. Allí, las instituciones políticas son el lugar de esa libertad comunitaria y racional. En ese entorno será posible la realización de la libertad misma.

En la sociedad civil, el Estado tiene la forma solo de una externalidad, así que, para asegurar la auto-integración de la sociedad, Hegel apela a la corporación. Esta forma de organización, pensada por Hegel, es sustancialmente diferente a las corporaciones en el Antiguo Régimen, por lo que supera las críticas liberales y revolucionarias a las corporaciones. Para el filósofo alemán, las funciones primarias de las corporaciones son la socialización y la educación. Es por eso que tal asociación combina la capacitación para los negocios con la capacitación para la ciudadanía. Así se reduce la brecha entre burgueses, orientados para la vida de los intereses, y los ciudadanos, orientados para la vida en común. Allí opera una transición desde la corporación hacia el Estado. Es el Estado, entonces, el que resulta ser condición de posibilidad de la corporación, a la vez que la corporación propende por la formación del espíritu de Estado.

En la dinámica de las corporaciones puede verse un proceso de deliberación que supera el típico atomismo de la democracia representativa, dirigido al único acto político de elegir a los representantes. En la corporación se vive el proceso de reflexión que termina en la Asamblea de los Estamentos, es decir, aquí no es la Asamblea la que delibera y, como resultado, toma las decisiones. Tal función de la corporación hace posible la identidad política de los sujetos. La construcción de la ley es resultado de la expresión material y real de la opinión pública. Esta opinión pública, a su vez, experimenta un proceso constante de transformación, de tal manera que alcance un nivel superior. En todo caso, Hegel ve que la opinión pública debe ser controlada para evitar la manipulación. Pero es la opinión pública la que hace posible la vida pública, a través de los mecanismos de diálogo en los que solo triunfan los mejores argumentos y la verdad surge del debate mismo.

La vigencia de la propuesta de Hegel está en su respuesta a las condiciones de posibilidad de la libertad moderna, la cual implica una tensión entre la perspectiva individualista de la tradición liberal y la perspectiva comunal del republicanismo. Sin embargo, una propuesta más radical está en Alexis de Tocqueville. Este filósofo pensó en una libertad indisoluble, primero, de la toma en común de las decisiones sobre asuntos comunes; segundo, de una opinión pública deliberante en términos de clarificación, transformación y crítica de opiniones, preferencias e interpretaciones individuales; y, tercero, de un igual derecho de los sujetos a influir y cooperar en la configuración de la vida colectiva y el establecimiento de fines. Así, la libertad negativa queda convertida en positiva. En tal escenario se restablecen, en un nuevo nivel, las relaciones comunitarias entre individuos. Allí hay eticidad, en cuanto praxis comunitaria que atraviesa las instituciones de la sociedad, y se convierte en un componente del carácter, las costumbres y los sentimientos morales de los sujetos. De ese modo, el proyecto de Hegel sienta unas bases que se pueden radicalizar a partir de Tocqueville, quien ha hecho aún más posible hablar de cultura deliberativa.

La conexión entre derechos y participación es inestable. Los derechos amenazan una vida comunitaria, ya que su formulación apunta a llevar una vida desligada, separada, que diga no. Uno de los espacios en los que se puede lograr equilibrio entre derechos y participación está en las estructuras no-centrales, plurales, es decir, en las asociaciones, instituciones y espacios públicos autónomos situados por fuera del Estado. Allí, la participación se vuelve costumbre; se conjugan los valores y principios del liberalismo con la legitimidad emanada de la participación. Así hay eticidad, pero una eticidad no-subordinada a lo político.

La propuesta de la doble dimensión de la ciudadanía excluye la democracia representativa, que reduce al ciudadano a un mero elector, y la democracia participativa, que limita al escenario político la realización de los sujetos. El modelo le apuesta a una esfera pública amplia donde tengan lugar luchas, asociaciones y grupos, además de aprendizaje moral y político, así como cambios en la valoración social. Esto, en conformidad con la reciprocidad igualitaria, de acuerdo con la cual ninguna minoría va a restringir sus derechos; esto redunda en una autoadscripción voluntaria, que implica una apertura a formas más amplias de pertenencia y autodeterminación, y una libertad de salida, que permita desvincularse de un grupo. Lo anterior implica tomar en serio la libertad y autonomía en Kant, las cuales llevan a profesar igual consideración y respeto por todos los seres humanos en cuanto libres y autónomos.

Este tipo de modelos generan dificultades de aplicación. El concepto de razón pública, acuñado por Rawls, muestra esta dificultad, y afecta directamente el alcance de la democracia deliberativa. Este concepto restringe el ejercicio de la razón pública a cuestiones de justicia, opera como un principio regulativo acerca de cómo debería razonarse (y no como proceso de reflexión), y restringe fuertemente los espacios sociales en los que se ejerce la razón pública. Frente a esto último, resulta fuertemente separado el ámbito público del ámbito doméstico, que es en donde se manifiestan las diferencias sociales, culturales y religiosas de los sujetos, lo cual las excluye de la reflexión política. En cambio, el modelo deliberativo incide directamente sobre las líneas demarcatorias entre lo público y lo privado. Igualmente, no se centra en el poder coercitivo del Estado, sino en procesos no-coercitivos de formación de la opinión en una esfera pública abierta. Asimismo, amplía el diálogo político más allá de la adjudicación legal. De esa manera, toda práctica colectiva resulta percibida por los ciudadanos como resultado de su deliberación.

La democracia deliberativa puede ser sintetizada en un modelo de doble vía, que acepte la regulación e intervención jurídica con métodos estatales y considere que la controversia y el diálogo son esenciales. Para tales efectos, tres principios son relevantes. Primero, reciprocidad: los participantes deben valerse de razones y principios que otros estén dispuestos a aceptar. Segundo, publicidad: deliberaciones abiertas en términos de posiciones públicamente defendibles. Tercero, responsabilidad: posiciones y decisiones justificadas.

Para Pereira, tres son los posibles medios para la promoción de la democracia deliberativa. El primero es el derecho: las normas jurídicas pueden promover ciertas conductas y desestimular otras, sin embargo, es riesgoso suscitar una cierta forma de vida buena a partir del Estado, ya que puede violentarse la igual consideración y respeto a otros estilos de vida. Es por eso que los derechos y libertades personales deben ser un campo invulnerable en cualquier modelo de democracia deliberativa. El segundo medio es la literatura: los textos literarios proveen a los sujetos de narraciones que propician procesos de auto-comprensión, en cuanto promueven la empatía en términos de reconocimiento de los sentimientos morales del otro y sus características culturales. El tercer medio son los recursos morales: estos obran como disposiciones de los sujetos y, a la vez, como convicciones que dan lugar a modos de entendimiento, diálogo y acuerdo, no sólo para la satisfacción de intereses, sino también en el escenario de contradicciones y luchas. Es en este último aspecto donde cobra relevancia el reconocimiento.

Para el Hegel del período de Jena, según Axel Honneth, la vida social se cumple bajo el imperativo de un reconocimiento recíproco, ya que sólo se constituye la identidad de los sujetos si estos se conciben como compañeros de interacción. A partir de lo anterior, Honneth formula tres modos de reconocimiento recíproco: las relaciones primarias de amor y amistad (naturaleza necesitada del sujeto); las de derecho, que aseguran el reconocimiento jurídico (tratamiento igualitario asegurado por la positivización de los derechos); y la adhesión solidaria que expresa la comunidad de valor (valoración social simétrica –toda persona es igualmente valiosa– entre sujetos individualizados y autónomos). Estas formas de reconocimiento se corresponden con tres formas de establecer relaciones consigo mismo: la autoconfianza, el autorrespeto y la autoestima. A su vez, en sentido contrario al anterior, están las formas de menosprecio o de negación del reconocimiento: menosprecio práctico, en el que se le retira a un hombre la disposición sobre su propio cuerpo; menosprecio personal, que excluye al sujeto de ciertas pretensiones individuales que puede reclamar en cuanto miembro de la comunidad política; y menosprecio del valor social del grupo, que desvaloriza modos de vida individuales y colectivos. Tales formas de menosprecio permiten, primero, identificar diferentes formas de sufrimiento (vergüenza social) y, segundo, posibilitan identificar aquello que se requiere para asegurar la identidad y la integridad del ser humano a través de la experiencia del reconocimiento.

El sentimiento de vergüenza social resulta clave, ya que a través de este es posible hablar de reconocimiento y de luchas por ese reconocimiento. La vergüenza es problemática, porque deriva del hecho de que algunos sujetos son minusvalorados, por alguna u otra razón, a través de diversos mecanismos. De este tipo de situaciones surgen las luchas por el reconocimiento, las cuales son crecientes en tiempos contemporáneos. Estas luchas muestran que las condiciones para el logro de la autorrealización sólo son posibles en la interacción con otros. Además, el reconocimiento deja atrás modelos de tolerancia pasiva, en virtud de los cuales no hay involucramiento en el mundo de la vida del otro, sino apenas indiferencia frente a su estilo de vida. En ese sentido, la propuesta de Honneth le apuesta a la idea de respeto activo, que permite tener la experiencia de acceder a los criterios valorativos del otro para así comprender cuánto le significan. De esa manera, burlas sobre los modelos de vida de otro se traducen, en último término, en un extrañamiento de ese universo valorativo que para ese otro es relevante. En una sociedad deliberativa que le apueste al reconocimiento, los ciudadanos se negarían a incurrir en tales prácticas y, mucho menos, bajo la excusa del ejercicio de la libertad de expresión o la libertad de prensa.

Pereira se interesa en retomar, para tiempos actuales, la filosofía política de Hegel, debido a que esta, a través de los conceptos de eticidad y reconocimiento, permite proyectar un programa de democracia deliberativa en el que ética y política se encuentran integradas. El artículo es honesto cuando da cuenta de los problemas de aplicación de este tipo de propuestas, sobre todo desde el lado del republicanismo. Una dificultad que se puede tomar como muestra para ahondar en la reflexión que propone Pereira se encuentra en la proposición de modelos de vida. Se ha pensado en diversas ocasiones que los modelos de democracia deliberativa requieren de cierto modelo de sujeto que los pueda llevar a la realidad. Cuando Pereira habla del derecho como medio para la realización de la democracia deliberativa, recuerda este riesgo. Sin embargo, más que en el derecho, los modelos de vida tienen lugar en las prácticas de los sujetos. Estos modelos terminan pensando a los seres humanos alrededor de unos requisitos sin los cuales no se es sujeto hábil para lograr la realización de un proyecto político u otro. Una vez se piensa en un conjunto de requisitos, inmediatamente se excluye a todo sujeto que no se compadezca con estos. Lo interesante es que se le excluye por considerarlo contrario a los propósitos modernistas, libertarios y democráticos. No obstante, se olvida que aquello que se busca con tales propuestas políticas es incluir, respetar, promover, reconocer. En ese aspecto, entre otros, el debate sigue abierto, así como también la búsqueda de nuevas y mejores prácticas.

DIEGO NICOLÁS PARDO MOTTA
Universidad de los Andes - Colombia
dn.pardo36@uniandes.edu.co