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Avances en Enfermería
Print version ISSN 0121-4500
av.enferm. vol.32 no.2 Bogotá July/Dec. 2014
10 años de la ley 911 de 2004
Ángela Lopera de Peña1
La Ley 911 de 2004, "Por la cual se dictan disposiciones en materia de responsabilidad deontológica para el ejercicio de la Profesión de Enfermería en Colombia; se estable el régimen disciplinario correspondiente y se dictan otras disposiciones" , nació hace diez años, por mandato de la Ley 266 de 1996, la cual en el capítulo de funciones del Tribunal Nacional Ético de Enfermería (TNEE), dice: "Adoptar el Código de Ética de Enfermería" . La convicción, la capacidad de argumentación, el empuje, el empeño y el compromiso de las enfermeras que fungían como magistradas del TNEE en ese momento lograron la construcción, la aprobación y la sanción presidencial. Pero este resultado no se hubiera obtenido sin el liderazgo de su presidenta Nelly Garzón Alarcón y de la abogada Eugenia Santamaría Muñoz, la asesoría de los tribunales homólogos y de juristas y sin el apoyo de congresistas.
¿Qué ha aportado la Ley 911 de 2004 a la enfermería y al país?
- 1. El código deontológico, que es un indicador de madurez y desarrollo de una profesión, porque es la carta de navegación del ejercicio. Así mismo, el código de enfermería establece principios, valores y conductas para el cuidado de la salud y de la vida, como también para la aplicación del propio proceso deontológico disciplinario.
- 2. Cambios significativos en la profesión, en la medida en que: ha sido pilar de la autorregulación y del desarrollo de autonomía; ha contribuido a mejorar la calidad del cuidado de enfermería; ha sido garante de la sociedad porque puede presentar ante los Tribunales Departamentales Éticos de Enfermería sus quejas; y ha otorgado las garantías necesarias a los profesionales implicados en una queja, pues determina que sean investigados en temas deontológico-disciplinarios por pares mediante la aplicación del proceso establecido por la ley, que nació del gremio y para el gremio.
- 3. Estudio de la ética y la deontología, consecuencia de los debates generados en la socialización realizada por los tribunales de ética a lo largo y ancho del país. Las discusiones abarcan temas como el consentimiento informado, el secreto profesional, la objeción de conciencia, la responsabilidad con los registros de enfermería y las condiciones para el ejercicio de la profesión, asuntos que siembran inquietudes e impulsan su estudio e investigación.
Desde el nacimiento de la Ley hasta la fecha se han investigado 525 quejas, cuyo resultado, en resumen, es el siguiente: El mayor número de quejas ha sido sobre administración de medicamentos, sin embargo, en esta categoría se comprobaron sólo cinco (5) faltas a la deontología. La falta deontológica más común fue el incumplimiento de los estándares de calidad de cuidado de enfermería, lo cual podría explicarse porque todo error en el cuidado de enfermería tiene que ver con esta categoría. Las faltas a la deontología relacionadas con la comunicación, que fueron siete (7), tuvieron un peso importante. Los procesos concluyeron así: 266 resoluciones inhibitorias, 136 por preclusión, 79 autos de prescripción, 6 fallos absolutorios y 38 fallos sancionatorios; sólo hubo 6 apelaciones. De éstas, el Tribunal de Segunda Instancia (TNEE) confirmó el fallo en todas sus partes a dos sanciones; se redujo la sanción a dos profesionales; se abstuvo de conocer una apelación porque el recurso se formuló en forma incorrecta y se decretó la prescripción de una.