Introducción
El objetivo de esta investigación es analizar en clave de paisaje los modos de producción de los territorios fluviales según los diferentes modelos de desarrollo y sus estrategias de gestión. El paisaje es un constructo social e ideológico, "un test permanentemente, un palimpsesto de lectura posible que muestra trazas y restos de buenas y malas prácticas" (Zoido Naranjo, 2006: 3).
El interés de este trabajo es poner en diálogo el concepto de paisaje, agua y gestión. Más allá de condicionar morfológicamente al paisaje, el agua es un protagonista clave del desarrollo económico, productivo y cultural de la humanidad que suscita reacciones que van desde el aprecio y conciencia de identidad hasta el rechazo (Mata Olmo y Fernández Muñoz, 2010).
El camino hacia la inclusión de la dimensión cultural del agua implica una revisión de los modos actuales de intervención que abren paso a políticas públicas tendientes a considerar la proyección con el paisaje, una estrategia que combina sostenibilidad, sensibilidad, conocimiento ecológico y social desde una visión holística (Folch y Bru, 2017).
El proceso de construcción social de los paisajes del litoral fluvial del río Salí en el Sistema Metropolitano de Tucumán (SiMeT) es caracterizado desde una perspectiva histórica y cultural. Según los modelos de organización territorial propios de Argentina (colonial, liberal, agroexportador, de industrialización por sustitución de importaciones y neoliberal),2 se definen paisajes con relación a las rupturas en las formas y cambios de contenidos (Santos, 1996), considerando, en este contexto, las respuestas desde la gestión públicas y cómo estas incidieron en los paisajes promoviendo otro tipo de territorialización.
Desde esta perspectiva se identifican y definen los paisajes raíces, innovadores, híbridos y en disputa. Sus lógicas de producción y planificación han generado la consolidación de un modelo de desarrollo de base extractivista, que compromete la accesibilidad a estos bienes comunes y la posibilidad de imaginarlos en términos de derechos para la población.
El SiMeT es una ciudad de segundo orden del sistema urbano argentino. Alberga 982.050 habitantes en un área de 2.367 km2, que equivalen al 10,5% de la superficie provincial, concentrando aproximadamente el 68% de su población. En su configuración coexisten áreas urbanas con espacios naturales -Sierra San Javier y cuenca del río Salí- que, por sus valores ecológicos y por su biodiversidad, configuran un soporte territorial del que depende, en gran medida, el equilibrio de la aglomeración (Ministerio del Interior y Obras Públicas y Vivienda, et al., 2016).
La metrópolis se emplaza en la sección central de la cuenca del río Salí, la cuenca endorreica más grande de Argentina. El curso del Salí no solo es importante para el desarrollo de actividades económicas y vitales de la población actual, sino por su condición histórica como factor decisivo para el traslado de la ciudad capital de Tucumán desde Ibatín a la Toma en 1685. Asimismo, el río se constituye como un paisaje representativo para el SiMeT, por su carácter de patrimonio común y su potencial transformador de la realidad.
Paisaje, agua y gestión
El concepto de paisaje adquiere múltiples significados con relación a los diálogos y discusiones establecidos entre las diferentes aproximaciones disciplinares. Su conceptualización contemporánea está más ligada a su dimensión sociocultural y política, en tanto construcción social resultantes de dinámicas a lo largo del tiempo tal como es percibido por la colectividad y los individuos que la integran (Nel Lo, 2007).
El paisaje es, a su vez, producto de un proceso de intervención antrópica que articula la descripción y diagnosis del ambiente, la interpretación y valoración del paisaje por parte de los sujetos con los procesos de gestión y planificación del territorio (Aponte García, Escobar Ocampo y Molina Saldarriaga, 2018).
Esta manera de comprender el paisaje subraya las trayectorias demográficas de la población y los grupos de interés cambiantes sobre la superficie (Corner, 2006). Es así que cada trayectoria constitutiva puede ser identificada con relación a la noción de régimen y ruptura plantea por Santos (1996). Según el autor, el régimen integra el conjunto de variables que funcionan armónicamente durante una porción considerable de tiempo, hasta que la organización deja de ser eficaz.
El proceso de producción social del paisaje con relación al agua deviene en la tipología de los paisajes del agua. Los mismos corresponden a aquellos ámbitos donde el elemento físico predominantes es el mar, el río, el lago. Como plantean Muñoz, et al. (2006: 32) "los paisajes del agua no son sólo recursos naturales con capacidad para sustentar la economía de los centros poblados, sino también los elementos más relevantes del entorno urbano".
Estos nuevos conceptos, como declaran Mata Olmo y Fernández Muñoz (2010), habían estado ausentes hasta hace poco de las políticas públicas que, de modo específico o indirectamente, se han venido ocupando de la gestión de los recursos hídricos. A partir de la década de 1990 comienza a manifestarse un cambio de paradigma a raíz de una serie de políticas, congresos y declaraciones donde el término paisaje se asocia cada vez con mayor frecuencia a las problemáticas del agua y al desarrollo sostenible (Frolova, 2007).
En este contexto, la recuperación de los ríos y sus riberas se constituye en una estrategia primordial para las metrópolis que propone enfocar su gestión más allá del paradigma tecnicista-legalista en los documentos y de las soluciones hidráulicas en el territorio (Barsky y Di Pace, 2012).
La gestión del paisaje surgió vinculada a medidas conservacionistas relacionadas con la planificación del paisaje hasta abrir paso desde fines del siglo XX a políticas tendientes a gestionar los procesos de cambio en la totalidad del territorio. Específicamente, el Convenio Europeo del Paisaje (CEP) celebrado en 2000 abrió un abanico de intervenciones, políticas y marcos normativos innovadores con relación al paisaje europeo.
La Convención Internacional del Paisaje (ILC), en el marco de la reunión de expertos en París en 2010, señaló al paisaje como base para un nuevo instrumento jurídico. En las últimas décadas muchos países utilizan los catálogos de paisaje como herramienta para estudiar, identificar y evaluar los paisajes y su diversidad. La experiencia acumulada provino, específicamente, de Reino Unido, Irlanda, Bélgica, Francia, Eslovenia y España.
En este contexto, la gestión del paisaje es la gestión colectiva de un bien común e implica a todas las competencias administrativas sectoriales y territoriales, así como a todos los agentes económicos y sociales. Esto es así tanto por las responsabilidades que derivan de la participación directa de los agentes públicos y privados, como por el derecho que entraña el disfrute de bien común (Cruz Pérez y Español Echániz, 2009).
Estos avances en términos de instrumentos y consenso relativos al paisaje repercutieron en el ámbito latinoamericano. Al respecto, vale destacar la Iniciativa Latinoamericana del Paisaje (LALI) como espacio en el que se intenta aunar esfuerzos para la consolidación de los compromisos asumidos tras la redacción de la Carta Iberoamericana del Paisaje Cultural en 2012 y otros documentos de escala nacional como las cartas de paisaje de Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, México, Perú, Uruguay y Venezuela. La Carta Iberoamericana plantea una serie de objetivos tendientes al reconocimiento, la protección y la formulación de metodologías de actuación sobre el patrimonio paisajístico.
La perspectiva de la Nueva Cultura del Agua ha incorporado el enfoque del CEP y todas sus potencialidades para un planteamiento global de los valores y de los problemas del agua (Mata Olmo y Fernández Muñoz, 2010). Se rescata como un hito fundamental la Declaración Europea por una Nueva Cultura del Agua de 2003, la cual propicia un salto cualitativo con respecto a las consideraciones del agua, incorporando su dimensión patrimonial como herencia que marca los territorios, en tanto es revalorizada como un bien común en términos de derechos y como un patrimonio de la sociedad.
Hubo una gran difusión a escala global de estos postulados. Argentina adoptó los principios de la Nueva Cultura del Agua en la política hídrica contenidos en el Acuerdo Federal del Agua. La trayectoria de la planificación desde la articulación paisaje-agua es aún incipiente en el país y, en sí mismo, el paisaje no es una categoría institucionalizada en nuestra legislación.
La construcción social de los paisajes fluviales
Los procesos que guiaron la construcción social del sistema fluvial en el SiMeT se distinguen por una sucesión de paisajes, a manera de capas superpuestas que han aportado un espesor histórico al paisaje natural original (Pastor, 2008).
Así se definen, en primera instancia, los paisajes raíces (1685-1876) entretejidos entre dos soportes materiales: el río y la ciudad. En este periodo se afirmaron las bases sobre su relación particular. El río, en tanto forma natural, representaba un recurso imprescindible para el desarrollo de la sociedad y sus actividades, mientras que la ciudad era la forma espacial de la organización sociocultural. Las ideologías propias de la era colonial y su estilo de desarrollo se manifestaron en los modos de apropiación y articulación sociedad-naturaleza. Es así que las significaciones atribuidas principalmente al río por parte de la sociedad son de tipo utilitarias, y estaban vinculadas al agua para el consumo humano y productivo. Estos contenidos van acompañados de un proceso lento de modificación de la forma del ambiente natural del río Salí, que recién a fines de siglo XIX comienza a mutar. El lugar que ocupaba el río en el trazado en damero de 9 x 9 manzanas, correspondía a un papel subordinado al desarrollo de la sociedad y alejado espacialmente de la trama urbana efectivamente ocupada. En los paisajes raíces las pujas sociales estuvieron dadas por la búsqueda de soluciones alternativas a la provisión de aguas potables para la ciudad, su distribución equitativa y adecuada accesibilidad.
Luego, con el advenimiento de la modernidad e industrialización en el territorio tucumano, que impulsó la instalación del ferrocarril en 1876, el litoral fluvial del río Salí adquirió nuevas formas y contenidos que definieron los paisajes innovadores (1876-1960). Estos paisajes se caracterizaron por nuevas materialidades vinculadas a la incorporación de innovaciones tecnológicas (obras hídricas, estación experimental y granja modelo) impulsadas desde la elite criolla y la industria azucarera. El río fue el medio principal para transformar gran parte del territorio tucumano en área productiva. En los paisajes innovadores, el abastecimiento de agua para irrigaciones es garantizado a partir del Canal Matriz y el dique La Aguadita, como respuesta a las demandas esencialmente propiciadas para el desarrollo económico.
Los paisajes híbridos (1960-1990) fueron el resultado de procesos simultáneos, por un lado, la metropolización que propició los cambios en los usos del suelo y, por otro, las políticas que tendieron a la diversificación productiva. Este contexto requirió la concreción del dique El Cadillal como infraestructura soporte para un amplio abanico de actividades antrópicas. El Dique se convirtió en un generador de bienes (energía eléctrica, agua potable, riego, villa turística) y un regulador de los cursos de agua en su condición de embalse. Los factores ambientales del sistema fluvial fueron modificados aguas abajo, lo que redujo los caudales y las inundaciones en la las planicies aluviales (Adler, 2014).
Otras obras de infraestructura que condicionan las formas de los paisajes híbridos son el Canal Norte y la Ruta Nacional N° 9. En el tramo que linda con el aglomerado urbano, la carretera fue construida de manera sobre elevada, constituyéndose como una barrera física importante entre la ciudad y el río. Las formas de los paisajes también se modificaron con la aparición de actividades extractivas e industriales en los márgenes del río. A partir de la década de 1970 se crearon y consolidaron los núcleos poblacionales próximos al río que, más adelante, conformarían la conurbación del sistema metropolitano (La Banda del río Salí, Las Talitas y Alderetes) y, paralelamente, se originaron los asentamientos irregulares autogestionados en el litoral.
Sobre este palimpsesto se reconstruyen en el territorio fluvial hacia la década de 1990 los paisajes en disputa (1990-2016), caracterizados por una intensificación de las transformaciones territoriales. Estas generaron una degradación profunda de los márgenes producto de actividades extractivas, del vertido de líquidos cloacales e industriales sin el adecuado tratamiento, y la disposición de residuos sólidos urbanos. La morfología de los paisajes adquirió otras cualidades y funciones vinculadas a la aparición de nuevos modos de producción en articulación con el neoliberalismo, en donde tiene un papel predominante el mercado. Asimismo, se manifiesta la disputa entre una red de actores sociales cada vez más compleja, entre los que se encuentran emprendedores inmobiliarios, productores citrícolas e industriales, prestadores de servicios, comunidades ladrilleras y funcionarios gubernamentales, entre otros. A partir del siglo XXI se produjo una visibilización de la problemática ambiental del río Salí, vinculada a los conflictos derivados de la contaminación de la cuenca Salí-Dulce.
El análisis de la trayectoria constitutiva de los paisajes en el sistema fluvial en articulación con el SiMeT refleja la persistencia de lógicas extractivas como modos prioritarios en la apropiación del río Salí. Estos paisajes no fueron apreciados por sus valores estéticos o ambientales, a diferencia de las sierras de San Javier, las cuales representaban los paisajes más representativos para el colectivo social.
Planes y normas
En los paisajes raíces el uso y distribución del agua era desigual, y su posesión respondió a una estructura espacial y social jerárquica. En un acta elaborada por el Cabildo de Tucumán en 1798 se hace alusión a los perjuicios que causaban los derrames de la acequia principal por parte de los vecinos con chacras. A partir de dicha acta, se hace obligatorio que todo aquel que logre un beneficio de la acequia la dirija al mismo cauce principal y siga su curso en iguales términos (Wauters, 1904).
La regulación en el aprovechamiento del agua es manifiesta recién en los paisajes innovadores. El abastecimiento de agua para irrigaciones es garantizado a partir del canal matriz y el dique La Aguadita, obras hídricas de principios de 1900, como respuesta a las demandas esencialmente propiciadas para el desarrollo económico. El agua en esa época era una cuestión de dominio económico y político (Comba, 2007). Se avanzó asimismo en legislaciones como la aprobación de la Ley de riego en 1899.
En los paisajes innovadores se dan las primeras intervenciones concretas en términos de planificación correspondientes a los planes reguladores propuestos por los arquitectos Guido y Calcaprina entre las décadas de 1930 y 1960. El Plan Regulador de Tucumán de Guido fue influido por una corriente teórica del urbanismo organicista, presentando propuestas tendientes al saneamiento de la ciudad y a la búsqueda de una identidad propia comprometida con los objetivos de construcción del Estado Nacional. En tanto el segundo Plan Regulador, elaborado por Calcaprina, se sustentó en un urbanismo racionalista con fuertes apuestas a un planeamiento económico para el desarrollo. Más allá de estos matices, ambos describen el río como recurso económico, poniendo en relieve su valor utilitario para el desarrollo urbano.3
Los paisajes híbridos se definen por la concreción del dique El Cadillal, inaugurado en 1965 a 29 kilómetros al nordeste de la ciudad, para dar solución al déficit que existía en el servicio de agua y, posteriormente, para la generación de energía eléctrica. Simultáneo a esta nueva forma se generan instrumentos normativos para regular la extracción del río y su litoral en 1978. En 1982, en la zona de El Cadillal, se creó la Reserva Natural Aguas Chiquitas para la preservación de ambientes del bosque de transición de Tucumán.
Estas acciones son contemporáneas a la irrupción del paradigma ambiental en la gestión del territorio, caracterizas por la idea de controlar la naturaleza, de la que resultan los paisajes ingenieriles del agua (Cosgrove, 1990). Durante las décadas de 1960 y 1970, como explican Silvestri y Aliata (2001: 168), "los principales factores que hacen el cambio radican en la crisis energética de 1973 y la maduración de la ciencia ecológica que convierte la imagen de una naturaleza hostil e inmutable".
Es en los paisajes en disputa donde se advierten nuevas valoraciones del río como componente necesario de recuperar. Frente a la problemática ambiental acuciante debida a la contaminación del curso de agua, en 2006 se propone el Plan de Gestión de la Cuenca. En consonancia con él se confecciona el Plan de Reconversión Industrial en la provincia de Tucumán, en el cual se propone desarrollar y ejecutar un plan para las industrias situadas en el ámbito de la cuenca del Salí Dulce con un enfoque preventivo, así como la adopción de mecanismos y políticas para el desarrollo industrial sustentable.
En 2009 se licitó el Plan Maestro para la recuperación y desarrollo de la costanera del río Salí. Es importante rescatar que el Plan incorpora además de obras de recualificación del cauce del río y su ribera, el Programa de Mejoramiento de Barrios (PROMEBA),4 implementado en las poblaciones que habitan los márgenes del Salí en situaciones de pobreza extrema. Este programa fue concluido, no así el Plan.
Las imágenes anticipatorias del Plan Maestro y los discursos idealizan el río y su ribera como escenarios de cambios profundos para la concreción de un parque lineal, con una intención principalmente estética, descuidando cuestiones vinculadas al paisaje como construcción social. De acuerdo con Cruz Pérez y Español Echániz (2009), un paisaje en el contexto del paisajismo es un producto de la creación escénica, un planteamiento ex novo y no un elemento más del sistema territorial complejo.
En 2016 se elaboraron los Lineamiento Estratégicos Metropolitanos (LEM), entre los cuales el lineamiento 3, Saneamiento y recuperación del sistema fluvial del Salí, plantea entre sus programas la recuperación de la ribera como espacio público (Ministerio del Interior y Obras Públicas y Vivienda, et al., 2016).
Otro componente importante son los Proyectos y Planes de Bosques Nativos 2018 comprendidos en la Ley No. 8.304, Ley Provincial de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la Provincia de Tucumán. El Artículo 7 establece áreas de protección de márgenes de ribera para enriquecer, restaurar, conservar y manejar sustentablemente los bosques nativos de ribera. La autoridad de aplicación es la Dirección provincial del Agua (DPA) y debe establecer un área de protección de márgenes a partir de la línea máxima de creciente, la cual, actualmente, no se encuentra reglamentada.
Las propuestas sucesivas de planificación han dejado marcas en los modos de representación de los paisajes del sistema fluvial del río Salí. Al respecto, Dematteis (1999: 172) plantea que la producción de planes y normas promueve una "territorialidad de primer tipo" orientada a fijar reglas de uso de los recursos disponibles.
Los planes desarrollados y normativas desde comienzos del siglo XXI buscan dar solución, primordialmente, a la problemática ambiental y social del río Salí. El sistema fluvial adquiere valoraciones ambientales y paisajísticas. Si bien en las últimas décadas del siglo pasado se idearon ciertos instrumentos de gestión para el río Salí pensado como recurso estratégico, su recuperación efectiva y su saneamiento integral es aún una asignatura pendiente.
Consideraciones finales
Es posible advertir que los procesos de territorialización actual en el SiMeT llevan a una resignificación de las formas del sistema fluvial. En este sentido, adquieren nuevas valoraciones paisajes de larga data, vinculadas a la visibilidad de las problemáticas ambientales en el río. Sin embargo, se manifiesta la continuidad de modos de producción que caracterizaron al río como borde físico y comprometen su cualidad de bien común.
La superposición de autoridades con injerencia sobre el río, y la ausencia de políticas e instrumentos normativos propios del paisaje son, quizás, uno de los mayores desafíos por resolver para la visibilidad del rio como un cúmulo de paisajes representativos del SiMeT. Como expone Pastor, et al. (2016: 3)
Aunque el término paisaje es un vocablo de uso corriente y familiar, sus contenidos y representaciones sociales se asocian a porciones de espacio natural o escasamente transformado en los que prima la presencia de la naturaleza como condición excluyente para su consideración como paisaje.
En tal sentido, es pertinente la distinción entre valores ambientales y valores paisajísticos expuesta por Roger (2008: 78) que, citando a Lassus, plantea que "se puede imaginar fácilmente que un lugar contaminado constituya un paisaje bello y que, a viceversa, un lugar no contaminado no sea necesariamente bello".
Sostenemos estas posturas en tanto consideramos el paisaje como un bien común y como un derecho. Así, se requieren acciones que incorporen condiciones más equitativas en la producción del territorio, y que garanticen el acceso y el disfrute de los paisajes por parte de sus habitantes.
Los paisajes fluviales como bienes comunes y sus demandas incumben a las responsabilidades públicas como punto de partida (Cruz Pérez y Español Echániz, 2009). Pero, además, consideramos que, en la medida en que este recurso se visibilice como derecho e imagen representativa para el aglomerado, también es una responsabilidad que deber ser asumida por parte de la población que lo habita.
Como expone Ostrom (2011), se precisan de herramientas que incrementen la capacidad de los participantes para cambiar las reglas coercitivas del juego y gestionar sosteniblemente un recurso de uso común. Estas herramientas también aportan a recuperar la dimensión pública del paisaje, transformándolo en un componente visible para toda la sociedad.