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Revista Latinoamericana de Bioética

Print version ISSN 1657-4702

rev.latinoam.bioet. vol.11 no.2 Bogotá June/Dec. 2011

 

Bioética y educación
Sobre la necesidad de adoptar una concepción de la bioética flexible y que promueva la educación en los principios de la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos

BIOETHICS AND EDUCATION:
ON THE NEED TO ADOPT A FLEXIBLE DESIGN OF BIOETHICS AND PROMOTE EDUCATION IN THE PRINCIPLES OF THE UNIVERSAL DECLARATION ON BIOETHICS AND HUMAN RIGHTS

BIOÉTICA E EDUCAÇÃO:
SOBRE A NECESSIDADE DE SE ADOTAR UMA CONCEPÇÃ FLEXIVEL DA BIOÉTICA E QUE PROMOVA A EDUCAÇÃO NOS PRINCÍPIOS DA DECLARAÇÃO UNIVERSAL SOBRE BIOÉTICA E DIREITOS HUMANOS

María Casado González *

* Directora del Centro de Investigación Observatori de Bioética i Dret, UB - Parc Científic de Barcelona.Titular de la Cátedra UNESCO de Bioética de la Universitat de Barcelona. Miembro del Comité de Bioética de España, del Comité de Bioética de Catalunya y del Board of Directors de la International Association of Bioethics. Email: mariacasado@ub.edu

Fecha Recepción: Junio 1 de 2011
Concepto Evaluación: Julio 30 de 2011
Fecha Aceptación: Septiembre 30 de 2011


RESUMEN

El siguiente artículo de reflexión pretende argumentar los aspectos de mi pensamiento sobre la Bioética, que se sustentan en una concepción flexible de la misma y que se apoya en el marco que proporcionan los derechos humanos reconocidos. Toda esta propuesta la sustento en lo establecido en el Artículo 23 de la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO, que poner de manifiesto la necesidad de fomentar la educación, la formación y la formación en Bioética.

Palabras Clave

Bioética, UNESCO, Derechos humanos, Formación en Bioética.


SUMMARY

The following article attempts to argue reflective aspects of my thinking on Bioethics, which are based on a flexible conception of it and that is based on the framework provided by recognized human rights. All this proposal I supported as set in Article 23 of the Universal Declaration on Bioethics and Human Rights of UNESCO, which highlight the need to promote education, training and training in bioethics.

Key Words

Bioethics, UNESCO, Human Rigths, Education in Bioethics.


RESUMO

Este artigo de reflexão pretende argumentar aspectos do meu pensamento sobre a Bioética, sustentados em uma concepção flexível da mesma e que se apóia no marco proporcionado pelos direitos humanos reconhecidos. Sustento toda esta proposta no estabelecido no Artigo 23 da Declaração Universal sobre Bioética e Direitos Humanos da UNESCO, que deixa evidente a necessidade de fomentar a educação, a formação em Bioética.

Palavras-Chave

Bioética, UNESCO, Direitos Humanos, Formação em Bioética.


INTRODUCCIÓN

En primer lugar, quisiera agradecer al Departamento de Humanidades de la Universidad Nueva Granada y a todos los organizadores de este Congreso por la invitación recibida, que me proporciona la ocasión de participar en este Congreso de Bioética y de volver a esta hermosa ciudad de Bogotá, con la que hoy me unen fuertes vínculos personales.

Cumplido con gran placer este deber de cortesía, quiero exponer ante ustedes, en el tiempo que me ha sido asignado, algunos aspectos de mi pensamiento sobre la Bioética, que se sustentan en una concepción flexible de la misma y que se apoya en el marco que proporcionan los Derechos Humanos reconocidos. Y, haciendo hincapié en lo establecido en el art. 23 de la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos de la Unesco, poner de manifiesto la necesidad de fomentar la educación, la formación y la formación en Bioética.

Desde hace años trabajamos juntos con diversos grado de dedicación médicos, juristas, filósofos, genetistas, periodistas, enfermeras, antropólogos, entre otros profesionales en un grupo que comenzó su andadura hace ya más de quince años en torno al Master de Bioética y Derecho1, y se fue consolidando en el "Observatorio de Bioética y Derecho" de la Universidad de Barcelona, con sede en el Parque Científico de Barcelona2. Tenemos en nuestro haber una ya larga historia de trabajo común, en los ámbitos de investigación, organización de encuentros científicos, docencia y publicaciones conjuntas3. Querría señalar, de modo especial, que lo que nos identifica como grupo es el doble entendimiento de que las biotecnologías presentan implicaciones éticas jurídicas y sociales, que sólo pueden ser abordadas desde planteamientos interdisciplinares, y que su normativización -sea de carácter moral, social o jurídico- requiere previamente información rigurosa sobre los presupuestos fácticos y un debate racional en el que participe la sociedad en su conjunto. Debate social informado que se configura como requisito para que la Bioética no se convierta en una nueva tecnocracia, en una forma de tiranía de "expertos" que toman a su cuidado resolver lo que es atribución de todos decidir.

Nuestra aproximación a las implicaciones de la biotecnología y de sus aplicaciones biomédicas se enmarca en el respeto y la promoción de los Derechos Humanos como límite y como criterio orientador, ya que éstos constituyen el mínimo moral y jurídico sobre el que se asienta nuestra convivencia. Dentro del respeto a dicho marco, cada uno puede articular libremente sus opciones, siempre sobre la base del pluralismo en los valores y la lealtad en la confrontación entre los mismos, sabiendo que los valores no son absolutos, que en cada caso concreto deben ser ponderados, y que las creencias de cada uno sólo pueden imponerse a los demás mediante la persuasión.

Esta línea de trabajo, pluridisciplinar, pluralista y laica es la que hemos venido sosteniendo en nuestras publicaciones, que pretenden proporcionar una visión de conjunto de los principales problemas de la Bioética en un cambio de milenio en el que la globalización hace que sea necesario acostumbrarse a vivir en un marco lo suficientemente flexible que permita adoptar soluciones, siempre provisionales, que, evidentemente, no pueden ser satisfactorias para todos, pero que han de buscar aquello que resulta aceptable y permitan avanzar en un terreno en el que las unanimidades son, no sólo imposibles, sino incluso sospechosas de estar basadas en el vacío o en la intolerancia (Valls, R. 1998).

SOBRE LA NECESIDAD DE ADOPTAR UNA CONCEPCIÓN FLEXIBLE DE LA BIOÉTICA

La Bioética es una disciplina joven cuyas primeras fases de desarrollo han sido pujantes. No obstante, la construcción de una Bioética válida para este milenio requiere una profunda clarificación y renovación en las distintas concepciones de la misma que operan en nuestro entorno y un trabajo educativo de importancia. Existen diversos planteamientos tras los que laten concepciones de la libertad distintas, de los derechos humanos y, en definitiva, de la persona. Conviene poner de manifiesto que esas diferentes concepciones coexisten realmente en la práctica, si bien muchas veces la única coincidencia entre ellas estriba en las palabras.

En el ámbito de la reflexión sobre las implicaciones éticas, jurídicas y sociales de la biotecnología y de la biomedicina, usamos frecuentemente los mismos términos para designar contenidos distintos -y, a veces, contrapuestos-, lo que dificulta sobremanera la claridad del debate y produce la aparente armonía de los acuerdos vacíos. Pero tras vacíos consensos sin contenido subyacen rivalidades y luchas de poder y de control ideológico difíciles de imaginar. Si se acepta lo anterior, y se ponen de manifiesto las diferencias realmente existentes, es preciso dar un paso más y tratar de elaborar una "Bioética flexible" que admita la coexistencia de principios diversos, puesto que plurales son los valores de la sociedad en que vivimos.

El pluralismo fáctico, político y social, en el que hoy nos hallamos inmersos, se opone a la idea de que exista un único proyecto válido, o de que pueda acaecer una armonía final que permita conjugar todos los distintos proyectos y finalidades de vida propugnados. Esta idea de que existe un solo modelo legítimo de convivencia, o de que en último extremo todos son conciliables, -heredera de la tradición iusnaturalista- sigue presente en el subconsciente colectivo y se hace especialmente evidente en la Bioética. Ello es palmario en los planteamientos confesionales, como es lógico, pero también subyace en gran parte de los que no se muestran como tales pero que comparten la idea de que La Verdad existe -aunque no necesariamente ésta sea una verdad revelada-, y que su conocimiento proporciona, además, criterios morales "naturales" La historia nos ha mostrado, además, que después de elaborar un "modelo" suele darse un paso más: Tratar de imponerlo a los demás. Pero ese paso sólo es legítimo si se logra mediante la persuasión, nunca por imposición. Por eso mismo, conviene señalar que nuestro planteamiento -que busca la convivencia de las opciones diversas, aceptando ante todo que lo son- encuentra un paralelismo útil en el análisis de las transformaciones de la vida constitucional en los distintos países europeos: Los cambios acaecidos en el concepto de Constitución, a causa de la existencia de grupos sociales con proyectos políticos y sociales diferentes, que han llevado a la propuesta de que la coexistencia se debe desarrollar en el ámbito de un compromiso constitucional "dúctil" y desde una consideración "flexible" del Derecho4.

Las sociedades pluralistas actuales asignan a la Constitución la tarea de realizar las condiciones de posibilidad de un proyecto de vida en común, y no ya el de establecer directamente un proyecto concreto. Paralelamente, lo que aquí se propone, es la búsqueda de una manera fecunda de tratar los problemas que evite las soluciones cerradas, casuísticamente concretas, acerca de cuestiones que, de suyo, son generales y abiertas. Constituye una propuesta en pro de una Bioética flexible que proporcione criterios que permitan conseguir un compromiso bioético en el que puedan tener cabida las diversas maneras de abordar el problema. Esta consideración abierta de los problemas bioéticos asume el pluralismo, de la misma manera que lo hacen las constituciones democráticas, que se conciben como un "compromiso de posibilidades" para la coexistencia de las posibles soluciones y no como un proyecto apriorístico que se deba asumir rígidamente. En este sentido, la Constitución no impone un modelo rígido sino que es un marco de convivencia política -producto del consenso- y que, por ser plural, admite opciones ideológicas diversas.

La coexistencia de valores y principios en que se basa toda sociedad democrática debe ser asumida también en el terreno de la argumentación ético-jurídica acerca de las biotecnologías y sus aplicaciones biomédicas. Para ello, cada uno de los valores y los principios se concibe no con un carácter absoluto, sino de manera compatible con los demás valores y principios con los que ha de convivir. "Solamente asume carácter absoluto el metavalor que se expresa en el doble imperativo del pluralismo de los valores (en lo tocante a aspecto sustancial) y de la lealtad en su enfrentamiento (en lo referente al aspecto procedimental)" En este sentido G. Zagrebelsky propugna el establecimiento de un modelo de convivencia dúctil construida sobre el pluralismo y la interdependencia. Éste sería un "modelo europeo" enemigo de la imposición por la fuerza -heredero de la experiencia de siglos de guerras-, y se configuraría como una propuesta política que exige actitudes moderadas, a la vez que constructivas y positivas, y una actitud mental y vital posibilista. Puede decirse, que el único contenido 'sólido' de una Bioética pluralista -y que se debería defender rigurosa y decididamente contra las agresiones de sus enemigos- es el de la pluralidad de valores y principios; sin, por otra parte, predeterminar rígidamente el modo en que esos valores y principios han de convivir.

Ciertamente la flexibilidad conlleva un cierto grado de imprevisibilidad, que no es grato para los que desean la certeza absoluta en las decisiones, los que buscan "recetas morales" siguiendo las cuales se sienten cómodamente seguros. Ahora, ya en el siglo XXI, parece llegado el momento de dejar los andadores y asumir las decisiones que nos corresponde tomar a nosotros mismos. Por otra parte, ciertas corrientes de la Bioética tienden a radicalizar su rigidez y dogmatismo. Si la Bioética nació como reflexión autónoma sobre los problemas de la biotecnología y la biomedicina, pronto las corrientes confesionales adoptaron la nueva palabra, y lo que había de ser reflexión no necesariamente teológica fue impregnándose de sus presupuestos dogmáticos más o menos explícitos. Los primeros en movilizarse para suministrar respuestas a los nuevos problemas médicos y biotecnológicos fueron quienes provenían del campo religioso. En nuestro país, por ejemplo, fueron sectores de la iglesia católica y así ha sucedido también en otros lugares con diferentes confesiones. Esto ha marcado, como no podía ser menos, el debate y la orientación de las pautas del mismo.

Convencidos de que los problemas tienen una solución, dejan al experto la tarea de encontrarla. Si sólo se trata de un problema de "medios" ¡que los que saben busquen la solución. Se diría que los problemas morales y políticos pueden ser transformados en problemas técnicos, para cuya solución sí es relevante el conocimiento experto. Se dan "remedios" y soluciones mágicas que, de nuevo, evitan pensar y decidir al sujeto implicado que confía en la solución del experto -del técnico en Bioética- en quien ¡otra vez! vuelve a declinarse la propia responsabilidad.

Sin embargo, se están produciendo transformaciones en el mundo que abarcan los más diversos aspectos de la vida de los que aún ni siquiera se ha tomado conciencia. Es bien cierto que resulta difícil adquirir el necesario distanciamiento para analizar con la suficiente perspectiva los fenómenos que se están produciendo, pero eso no quita que sea necesario hacerlo. Estas transformaciones afectan a toda la sociedad y es lógico que se reflejen en la evolución de la reflexión bioética. Por ejemplo, la constitucionalización y posterior garantía de los derechos fundamentales ha transformado la naturaleza de la relación entre la Política, la Ética y el Derecho, introduciendo elementos sustanciales que imponen límites y obligaciones también al legislador.

La primera repercusión de este hecho ha sido dejar como insuficiente la concepción de las democracias como un conjunto de reglas procedimentales, ya que a las reglas relativas a la forma de tomar decisiones se añaden criterios que condicionan el contenido de estas decisiones. Dicho de otra forma, introducir la defensa de los Derechos Humanos en las constituciones supone otorgarles la garantía constitucional y ello implica que condicionan doblemente: respecto a lo que resulta intangible (la lesión de los derechos y libertades, es decir, la tutela de la persona) y sobre lo que debe ser promovido (los derechos sociales, es decir la satisfacción de los mínimos vitales) por la ley y por los poderes públicos, lo que implica que de la relación de subordinación del Derecho como instrumento de la Política -el punto de vista de que el Derecho depende del poder-, se pasa a que sea la Política el instrumento de la actuación del Derecho.

SOBRE LA NECESIDAD DE LA EDUCACIÓN EN BIOÉTICA

En esta segunda parte de mi exposición, tomaré como punto de apoyo el Artículo 23 de la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos6, recordando la importancia de esta Declaración que vincula definitivamente la bioética a los derechos humanos, integrando la disciplina en el contenido material del derecho internacional. El mencionado artículo 23 tiene como objetivo promover los principios de la Declaración mediante programas de educación y de información pública que capaciten a los ciudadanos en la comprensión de las implicaciones bioéticas de la ciencia y la tecnología. En principio, se dirige a los Estados -pues éstos son los actores centrales del Derecho Internacional en que la Declaración opera inicialmente- y les atribuye una función promotora con la respecto de los programas de educación e información en Bioética, de tal suerte, que los Estados que la ratifiquen quedan comprometidos en el establecimiento de políticas públicas para el fomento y la difusión de programas bioéticos. Además, el segundo parágrafo amplía explícitamente la base de sus interlocutores añadiendo a las organizaciones intergubernamentales, internacionales y regionales, así como a las organizaciones no gubernamentales internacionales, regionales y nacionales, para que participen en esta tarea.

Informar y formar. Conocimiento y valores. Lo común y lo distinto

El principal objetivo de la educación debe ser capacitar a los ciudadanos para tener una opinión propia que les permita participar en el debate social informado y en la promoción de políticas públicas que enmarquen las nuevas cuestiones en juego. Así, para que se puedan tomar las decisiones informadas que sean necesarias, lo primordial es conocer las materias en discusión y su alcance. Esto es así en todos los ámbitos de la vida, pero en el campo de la Bioética es especialmente importante y complejo, ya que para poder proponer y promover pautas normativas -éticas, políticas y jurídicas- se requiere de una actitud especialmente responsable y de un doble conocimiento: el científico-técnico (lo que supone una cuidadosa labor previa de difusión y divulgación por parte de quienes trabajan directamente en los problemas) y el argumentativo (lo que implica contar con las herramientas deliberativas que proporcionan las CCSS).

Importa distinguir entre la educación-formación y la información, como hace el artículo de la Declaración citado. Mediante la información se transmiten datos y conocimientos, sin evaluación ni orientación. Por el contrario, la educación y la formación implican un paso más y pueden considerarse como semejantes ya que transmiten valores y enseñan a jerarquizarlos y a evaluarlos. Ante las biotecnologías y los dilemas biomédicos, el conocimiento fáctico es el punto de partida y el pilar básico que permitirá, tras un correcto análisis, hacer una buena evaluación y, a partir de ella, una adecuada toma de decisiones. Para ello, es necesaria la información de los técnicos y de los científicos que trabajan empíricamente en los distintos temas; luego, con esos conocimientos, es necesario establecer la forma de abordar los problemas sobre la base de argumentos y valores asumidos en común -o bien por los distintos grupos que dialogan y deliberan. La cuestión fundamental en la formación bioética es, precisamente, decidir cuáles son los ejes sobre los que pivota la educación que se desea promover, qué tipo de ciudadano y qué valores.

La Declaración aporta un plus significativo, ya que los principios que en ella se enuncian implican ya el haber establecido las bases comunes para educar: Los valores que en ella se contienen y que se presentan como universales, éticos y jurídicos. Es muy interesante este hecho puesto que la UNESCO, que ha propiciado el multiculturalismo -poniendo en cuestión el concepto mismo de derechos humanos-, con esta Declaración sobre Bioética y Derechos Humanos se decanta claramente por la necesidad de contar con unos principios ético-jurídicos comunes, universales, que permitan establecer un sistema de valores universales: obviamente, los de la Declaración, y, además, todo el conjunto de los instrumentos, internacionales y nacionales de reconocimiento de los Derechos Humanos que ésta viene a completar.

Aceptar la existencia de los Derechos Humanos que se sustentan en universales éticos -son un mínimo ético y jurídico común-, implica aceptar una concepción de la humanidad en la que existen mayores y más importantes semejanzas entre sus miembros que diferencias. Es necesario recalcar que, aunque nos distinguen muchas cosas como seres individuales, también nos unen muchas otras como partes de la comunidad humana a que pertenecemos. No obstante, nuestra "modernidad-civilización" se basa en buena parte en la idea opuesta: es decir, en recalcar el valor del individuo como aislado y distinto -desde donde es frecuente deslizarse hacia creerse único y, como tal, capaz de mejorar al conjunto, quimera difícil de afrontar.

La necesidad de poner de manifiesto la fraternidad de los humanos -sin caer por ello en la falacia angélica-, exige poner el énfasis en lo que poseemos en común; se trata, pues, de elaborar marcos que compatibilicen la necesidad de contar con reglas generales y abstractas sin que se opongan al desarrollo de la individualidad que existe en cada ser humano y cada grupo. En este aspecto, el reto de la educación, también en bioética, estriba en proponer un marco común de valores que, a la vez, sea respetuoso con las diferencias entre los individuos y sus modelos de vida. Esta doble faz de un asunto, lo que separa y lo que une, se pone de manifiesto de forma clara e irrefutable con un ejemplo del genoma: La huella genética, que identifica a cada individuo como único pero, a la vez, lo inserta en un conjunto de relaciones de forma tal que cada uno comparte su genoma con su familia biológica -hermanos, padres, abuelos- quedando así enraizado ineludiblemente. Interesa caer en la cuenta de esta doble faceta, contradictoria y complementaria, que permite hablar de intimidad genética como un Derecho fundamental de cada persona y como dato enormemente sensible e individual, y, a la vez, como algo que atañe a la "intimidad familiar" y supone un patrimonio familiar común.

Así, como bien dice el artículo 23, para promover los principios enunciados en la Declaración y colaborar a una mejor comprensión de los problemas planteados en el plano de la ética por las novedades científico-técnicas es preciso fomentar la educación y formación, relativas a la bioética, basadas en los principios de la propia Declaración, y hacerlo desde una actitud que fomente el respeto hacia las diferentes cosmovisiones y la apertura hacia los avances del conocimiento.

Promover una concepción flexible de la bioética -y del mundo.

El proceso de educación en Bioética debe tender a proponer pautas educativas que fomenten el pensamiento propio y que ayuden a perder miedos y atavismos. Esto encaja con la concepción de una democracia de calidad, que conlleva transparencia y participación, que es flexible y "dúctil" a la hora de compatibilizar lo común y lo distinto, como antes se dijo. La coexistencia de valores y principios en que se basa toda sociedad democrática debe ser asumida también en el terreno de la educación bioética y precisamente por ello, cada uno de los valores y principios establecidos en la Declaración se concibe de manera compatible con los demás valores y principios enunciados en ella -con los cuales ha de convivir- y no con un carácter absoluto, tal como se señalaba en el apartado anterior. El principio de la igualdad, la no discriminación, el respeto a la autonomía y la libertad individual reconocidos en el texto, proporcionan importantes ejemplos de la forma de proceder y educar que se preconiza y, por ello, el respeto y la promoción de tales principios valores y derechos son un buen criterio a la hora de establecer políticas educativas para la Bioética, ya que el respeto y la promoción de los derechos humanos son la mejor pauta a la hora de evaluar las biotecnologías y las practicas biomédicas.

Así, los principios de la Declaración que nos ocupa representan el consenso logrado en torno a cuáles son las exigencias de la dignidad humana y constituyen los rasgos identificadores de una concepción de Bioética laica, plural y flexible -a la vez que la enmarcan y la dotan de contenido-, sin necesidad de recurrir a otro tipo de anclajes en normativas heterónomas que solo afectan a los que profesan con determinados cuerpos de creencias -dignos de ser respetados, pero no vinculantes más que para los que participan de ellos-7 (Casado, M. 2000). Casado, M. 2007).

El modelo educativo previo, que pueda conducir a esta concepción flexible de los problemas bioéticos, tiene que ser establecido sobre bases abiertas pero que, al mismo tiempo, defiendan decididamente la mencionada pluralidad de valores y principios sin predeterminar rígidamente el modo en que esos valores y principios han de convivir. Como ya se ha señalado, la ductilidad, la flexibilidad, la razonabilidad, la prudencia, deben intentar salvaguardar los distintos valores y principios de la Declaración, entendiéndolos no como absolutos sino permitiendo que se respeten todos en la medida de lo posible y jerarquizándolos en cada caso concreto.

El reconocimiento de que existen distintos modelos morales posibles de vida buena es una enseñanza irrefutable y precisamente la Política y el Derecho tienen como cometido establecer sus condiciones de posibilidad. En esta misma línea de pensamiento, K. Popper considera que una sociedad humana que carezca de conflictos sería una sociedad no de amigos sino de hormigas, y que los conflictos de valores y principios pueden llegar a ser valiosos y esenciales para la existencia misma de una sociedad abierta8 (K. Poper, 1945). Así sucede también en el terreno de los problemas bioéticos, que exigen para su análisis una mirada pluridisciplinar y pluralista y cuyo tratamiento requiere de flexibilidad y revisabilidad en los acuerdos que se establezcan.

No obstante, hay que tener presente que aunque puede haber diferentes maneras de entender qué sea la "vida buena',' eso no implica que todas esas maneras sean en efecto "buenas" Es decir, si bien puede haber distintas vías de tratamiento de problemas eso no implica que todas ellas sean buenas. Las distintas propuestas y opiniones son válidas en tanto lo sean los argumentos en que se basen, las razones que las sustentan, y las consecuencias a que lleva su aplicación. Aceptar el pluralismo moral no quiere decir adoptar posturas nihilistas ni escépticas; ese paso se da con frecuencia, pero es falaz. No se trata de que cualquier propuesta sea aceptable, hay que evaluarla. Ni de que todas las opiniones sean válidas, sólo lo son las sustentadas en argumentos consistentes y dotados de razonabilidad, aptos, por esa misma razón, para ser esgrimidos en un debate público en el cual los prejuicios deben ser rebatidos con razones. En tal contexto, siguiendo el pensamiento de M. Atienza, "ser razonable es más importante -y más difícil- que ser simplemente racional' ya que "los problemas de la bioética son en lo esencial problemas de argumentación; o sea, lo que se necesita en este campo es, sobre todo, un método de discusión, un procedimiento que nos permita llegar a acuerdos razonables a través de un intercambio de razones capaz de eliminar las malas razones y las que parecen buenas pero no lo son"9. (Atienza, M. 2004)

Es necesario -aunque aparenta ser políticamente incorrecto- rebatir el lugar común de que "todas las opiniones son respetables" ya que este tópico resulta ser terriblemente perjudicial para la educación y para la convivencia. Son las personas las que son respetables, no las opiniones; es más, algunas opiniones son verdaderas majaderías y muy dañinas. Si la postura generalizada es que da igual cualquier cosa que los otros piensen, se incurre en otra forma de desprecio al otro puesto que eso convierte sus opiniones en irrelevantes; no cuentan en el dialogo social porque, además, este no existe. Lamentablemente esta postura es hoy la más habitual en nuestro medio y bien puede constatarse que los participantes en los debates no se escuchan entre sí; en el mejor de los casos, la mera cortesía permite que cada uno hable por turnos expresando opiniones a las que los demás son impermeables puesto que están simplemente esperando turno para colocar su siguiente "eslogan" a modo de cuña publicitaria del pensamiento. En la actual sociedad occidental, al menos en España, se ha dado el paso hacia "el pasotismo" y es preciso reconocer que impera una cultura de nula implicación en las cuestiones comunes; la idea de que "a mí me da igual" y "cada uno piense y haga cómo le dé la gana" pues "es cosa suya" se confunde con "respeto" a las ideas ajenas cuando en realidad implica que ni se considera al otro un interlocutor válido, digno de ser escuchado, ni vale la pena convencerlo ni tratar de llegar a acuerdos. Por el contrario, si la actitud de poseer la verdad es la que impera, ello cierra el dialogo, puesto que para quien considera conocer "lo verdadero" todas las demás posiciones son, por definición, erróneas, de ahí que el paso de imponerlo sea dado con tanta frecuencia. Se puede obligar si se tiene el poder, pero no por persuasión sino por ejercicio de la autoridad -potestad-.

Naturalmente, las posiciones flexibles y dialogantes como las que aquí se propugnan requieren del esfuerzo suplementario de participar y fomentar el debate social de forma adecuada, es decir, aportando información y argumentos (Revuelta, G. 2010). No hay que olvidar que estar dispuesto a ello es algo que hace a una sociedad tolerante y democrática; si uno está en disposición de debatir es que considera al otro como un igual -y lo es en tanto sea capaz de hacerlo-. Es muy importante tenerlo en cuenta, puesto que es esa la realidad que actualmente encontramos y, en el proceso educativo que la Declaración propugna, en especial para los jóvenes, de lo que se trata es de suministrar herramientas para que quienes han de tomar las riendas del futuro -los que nos han de seguir y actualmente empiezan su camino-, sean capaces de asumir el control y la gestión de los problemas bioéticos10. Eso significa que los jóvenes han de llevar a cabo su etapa de aprendizaje por sí mismos, contando con las adecuadas orientaciones educativas, por supuesto, pero sabiendo que, mientras no las validen por sí mismos, no serán suficientes.

Hay que aceptar el ensayo-error como parte del aprendizaje y entender que hay más modos que el propio de afrontar y resolver las cosas. Es preciso enseñar que las verdades científicas están siempre sometidas a la posibilidad de ser refutadas por nuevos conocimientos y que esta actitud, modesta en la aceptación de la realidad, es inherente al conocimiento científico, ya que los conocimientos del pasado y el presente son la base que sustenta a aquellos que harán posibles nuevos conocimientos futuros, que a su vez podrán ser compatibles o no con los supuestos y afirmaciones del pasado. La constatación de que el conocimiento es evolutivo resulta ineludible para vencer la rigidez de cualquier descubrimiento que se presenta como cierto e invulnerable y, en definitiva, es preciso reconocer que cualquier nuevo conocimiento es también de valor relativo y aun cuando mejore el conocimiento presente, siempre cabe la posibilidad de que hechos o principios nuevos pueda modificarlo. El tiempo y el ritmo del progreso son algo distinto en la ciencia experimental y en la asimilación de que es capaz la mente humana y, más aún, puede constatarse que una vez se ha alcanzado la comprensión de lo que esté ocurriendo en ciencia y biotecnología y cómo puede ser aplicado, es todavía más lento decidir cómo podemos regularlo. La formación en bioética debe enseñar a convivir con la incertidumbre y a abordarla de forma prudente, manejando con flexibilidad los principios comunes, sin pensar en haberlo solucionado "todo para siempre" sino que el conocimiento alcanzado en cada momento y su regulación serán igualmente revisables y superables en el futuro.

A problemas complejos no se les pueden dar soluciones simples y binarias -o maniqueas- de bueno o malo, blanco o negro, ya que los problemas bioéticos generalmente se desarrollan en la escala de grises y por ello es necesario que el proceso educativo enseñe a distinguir y comprender los matices y a pensar en términos posibilistas. Cuando estos problemas complejos se producen además en sociedades plurales, la dificultad es doble, pues a lo anterior se añade que la consideración social e individual de los problemas no es homogénea. Ante las nuevas realidades no valen posturas nostálgicas, conservacionistas a ultranza de un tiempo pasado considerado mejor, ni tampoco posturas inmovilistas atenazadas por el miedo y el desconocimiento. Las nuevas realidades tecnocientíficas que son el objeto de la reflexión bioética, requieren una actitud activa en la ciudadanía para encauzarlas en beneficio de los seres humanos. Por eso, la educación en Bioética no es otra cosa que la educación en la reflexión y la tolerancia, la educación que propicie una actitud activa de crítica racional y el debate informado; en suma, es parte del camino hacia la educación de ciudadanos libres para una democracia real.


NOTAS

1 El Master en Bioética y Derecho de la Universidad de Barcelona puede cursarse de forma semipresencial o enteramente a distancia, se encuentra ya en su XIII edición y se imparte a lo largo de dos años académicos a cargo de un equipo interdisciplinar de profesores, característica que también se da en la composición del alumnado. Sus objetivos son: Proporcionar una visión global e integradora de la Bioética y sus implicaciones jurídicas, conseguir una formación pluridisciplinar en el tratamiento de los distintos problemas, contribuir a clarificar el debate en torno a los problemas fundamentales de la Bioética, cuya discusión y decisión pertenece por su propia índole a la sociedad en su conjunto, capacitar para la adopción racional de decisiones en problemas surgidos de los avances científicos y de la alta tecnología, fomentando, además, el trabajo en equipo entre los distintos profesionales implicados.

2 Esta dirigido a: profesionales sanitarios, juristas, profesores de filosofía y humanidades, periodistas, sociólogos, psicólogos, pedagogos, otros licenciados o diplomados. Su programa abarca: una Parte General: La Bioética, Bases para una ética práctica, Los Derechos Humanos, Introducción al Derecho, El marco que suministra el derecho positivo. Bioética y sanidad. Los Comités de Bioética, La economía de la salud y la Bioética, Y una Parte Especial: El aborto. La eutanasia. Bioética y genética. Bioética y reproducción asistida, Bioética e investigación, Los trasplantes. Bioética y ecología, La informática, Las personas con discapacidad. Bioética y psiquiatría, Bioética y SIDA. Bioética y toxicodependencia. Nanotecnología.

3 El Observatorio de Bioética y Derecho es un centro de investigación, de prospección y difusión sobre problemas éticos, legales y sociales derivados de la biotecnología y de la biomedicina, generado a partir del Grupo de investigación "Bioética, Derecho y Sociedad" También funciona como centro de consulta y documentación y proporciona asesoramiento técnico en problemas éticos, jurídicos y sociales derivados de la biotecnología y de sus aplicaciones biomédicas. Abierto a la sociedad en general, a la comunidad universitaria, a los centros asistenciales, a los medios de comunicación, a las empresas e instituciones y a los encargados de promover políticas públicas. Por otra parte, el Observatorio organiza actividades docentes y divulgativas en los más diversos niveles: conferencias, seminarios, jornadas, congresos y cursos de formación para la comunidad universitaria, hospitales, laboratorios y organismos públicos y privados (incluyendo formación para empresas y entidades). Cuenta también con un Grupo de Opinión, concebido para la difusión de comunicados y declaraciones sobre temas de actualidad y de debate, en el contexto de la opinión pública. Las líneas de investigación preferentes son: Intimidad y confidencialidad de los datos genéticos y de las historias clínicas, las repercusiones ético jurídicas de la detección de genes responsables de la enfermedad de Alzheimer, la investigación y donación de embriones y gametos, el concepto de Bioética y Derechos Humanos, objetivos de la medicina, sistemas normativos y Bioética en general.

4 Para mayor información puede verse la página web http://www.bioeticayderecho.ub.es o, también, http://www.bioeticayderecho.com

5 La noción de "ductilidad" constitucional se toma de la obra de G. Zagrebelsky (1995).

6 Una parte de las ideas de este apartado se desarrollan de forma más extensa en: M. Casado, Sobre la Dignidad y los Principios. Análisis de la Declaración Universal de Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO. Ed. Civitas, Navarra, 2009.

7 Artículo 23 - Educación, formación e información en materia de Bioética

8 1. Para promover los principios enunciados en la presente Declaración y entender mejor los problemas planteados en el plano de la ética por los adelantos de la ciencia y la tecnología, en particular para los jóvenes, los Estados deberían esforzarse no sólo por fomentar la educación y formación relativas a la Bioética en todos los planos, sino también por estimular los programas de información y difusión de conocimientos sobre la Bioética.

9 2. Los Estados deberían alentar a las organizaciones intergubernamentales internacionales y regionales, así como a las organizaciones no gubernamentales internacionales, regionales y nacionales, a que participen en esta tarea.

10 Véase, M. Casado, "Bioética flexible", en Estudios de bioética y derecho, cap. I, Tirant Lo Blach, Valencia, 2000. Asimismo M. Casado (comp.), Nuevos materiales de bioética y derecho. Ed. Fontamara, México, 2007 y también Las Leyes de la Bioética, Colección Bioética, Ed. Gedisa, Barcelona, 2004.

11 "No puede haber sociedad humana que carezca de conflictos: una sociedad así sería una sociedad no de amigos sino de hormigas. E incluso si fuera posible, existen valores humanos de la mayor importancia que serían destruidos para lograr una tal sociedad y que por tanto nos disuaden de intentar producirla...los conflictos de valores y principios pueden ser valiosos y esenciales para una sociedad abierta...El hecho de que los valores o principios morales puedan estar en pugna no los invalida. Los valores pueden ser descubiertos, incluso inventados; pueden ser relevantes para una situación dada, e irrelevantes para otras situaciones. Pueden ser accesibles para unas personas, e inaccesibles para otras. Pero todo esto es muy distinto del relativismo; o sea la doctrina que propugna que no puede ser defendido ningún conjunto de valores" K. Poper, La sociedad abierta y sus enemigos ed. Routledge, Londres, 1945.

12 M. Atienza: Bioética, derecho y argumentación, Ed. Temis, Palestra, Lima-Bogotá, 2004. Véanse especialmente los capítulos I "Bioética y argumentación" y III "Investigación con embriones y clonación: la ética de la razonabilidad". Las citas corresponden a la pag. 114 y la pag. 13.

13 "La educación no es sólo un derecho en sí mismo, sino también indispensable para el ejercicio de otros derechos humanos" THE JOINT EXPERT GROUP UNESCO (CR) / ECOSOC (CESCR) ON THE MONITORING OF THE RIGHT TO EDUCATION 2005. UNESCO, 2006. http://unesdoc.unesco.orgimages/0014/001457/145738m.pdf


REFERENCIAS

• ATIENZA M. (2004). Bioética, derecho y argumentación, Ed. Temis, Palestra, Lima-Bogotá         [ Links ],

• CASADO, M. (2000) "Bioética flexible", en Estudios de bioética y derecho, cap. I, Tirant Lo Blach, Valencia.         [ Links ]

• CASADO, M. (2007) (comp.), Nuevos materiales de bioética y derecho. Ed. Fontamara, México.         [ Links ]

• CASADO, M. (2009) Sobre la Dignidad y los Principios. Análisis de la Declaración Universal de Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO. Ed. Civitas, Navarra.         [ Links ]

• POPER, K. (1945). La sociedad abierta y sus enemigos ed. Routledge, Londres,         [ Links ]

• REVUELTA G. (2010). (coord.), Dilemas y Acuerdos Éticos en la Comunicación Médica. Ed. Civitas, Barcelona,         [ Links ]

• VALLS, R. (1998) "Ética para la Bioética", en Bioética, Derecho y Sociedad, ed. Trotta, Madrid, M. Casado (ed.         [ Links ])

• ZAGREBELSKY G. (1995) El Derecho dúctil, ed. Trotta, Madrid.         [ Links ]